Renta de inclusión social

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
Ver en la web de la administración

Ayuda económica complementaria y subsidiaria de los ingresos de la unidad familiar.

Plazo

Abierto todo el año.

Presentación

Dirigido a

  • Personas pertenecientes a unidades familiares que se encuentren en situación de exclusión social.
  • La unidad familiar la forman los cónyuges o pareja estable y parientes por consanguinidad hasta el 2º grado (padres, hijos, hermanos, abuelos y nietos); y, por afinidad, hasta el 1º (padres del cónyuge y cónyuge de hijos), que convivan en el mismo domicilio.
  • Requisitos de acceso:
    a) Personas con una edad comprendida entre 18 y 65 años.
    b) Residir legalmente en territorio español.
    c) Acreditar la residencia efectiva y continuada en Navarra durante los 24 meses anteriores a la solicitud de la ayuda.
    d) Tener ingresos económicos inferiores a los establecidos para la prestación, en el último semestre.
    e) Haber solicitado previamente de cualquiera de las Administraciones y de la Seguridad Social las pensiones o subsidios de cualquier índole que le pudieran corresponder.

Excepcionalmente, podrán ser beneficiarias las unidades familiares que, aun no cumpliendo el requisito a) o el d), se encuentren en las situaciones descritas en la normativa a aplicar.

Más información

  • La Renta de Inclusión Social es una prestación complementaria y subsidiaria de cualquier otro tipo de recursos y prestaciones sociales económicas previstas en la legislación vigente.

Cuantías en 2016:

  • Unidad perceptora de 1 solo miembro: 655,2 euros (el 100% del Salario Mínimo Interprofesional)
  • Unidad perceptora de 2 miembros: hasta 786,24 euros
  • Unidad perceptora de 3 miembros: hasta 851,76 euros
  • Unidad perceptora de 4 miembros: hasta 917,28 euros
  • Unidad perceptora de 5 o más miembros: hasta 982,8 euros

La cantidad mensual mínima no será inferior al 10% (65,52 euros).

  • La Renta de Inclusión Social se concederá, con carácter general, por periodos de 12 meses hasta un máximo de 36.
  • Excepcionalmente, se podrá superar dicho periodo máximo de concesión cuando concurran causas contempladas reglamentariamente.
  • Las personas beneficiarias de Renta de Inclusión estarán obligadas, salvo en casos excepcionales, a establecer un acuerdo de incorporación social o socio-laboral con objetivos de inserción.

Documentación y tramitación

Documentación

  • Solicitud en impreso específico (que se facilitará en los Servicios Sociales de Base) debidamente cumplimentada y firmada por la persona interesada.
  • Informe social emitido por el Servicio Social de Base.
  • Fotocopia del D.N.I., permiso de residencia (Tarjeta identificación de extranjeros) o documentación que acredite identidad y residencia legal del solicitante y del resto de miembros de la unidad familiar con obligación de tenerlo y del Libro de Familia, si no constaran ya en el expediente familiar del Servicio Social de Base.
  • Certificado/s de empadronamiento que acredite la antigüedad de residencia continuada en Navarra durante los veinticuatro meses inmediatamente anteriores a la solicitud de la ayuda.
  • Certificado de convivencia en el que consten todas las personas que conviven en el mismo domicilio. Especificar la relación de parentesco y/o afinidad. En caso de no estar empadronados en el lugar de residencia efectiva se solicita declaración jurada de convivientes con relación de parentesco.
  • Justificación documental de ingresos económicos (nóminas, prestaciones, pensiones, subsidios, incapacidad transitoria) actuales y de los últimos seis meses (incluyendo el mes de fecha de entrada de solicitud) del solicitante y de todos los miembros de su Unidad Familiar.
  • En supuestos de separación o divorcio convenio regulador o sentencia judicial y, en su caso, acciones legales iniciadas por impago de la pensión establecida, si no constaran ya en el expediente del Servicio Social de Base.
  • Solicitud de abono por transferencia debidamente cumplimentada por la entidad bancaria.
  • Declaración jurada de no haber causado baja voluntaria o excedencia laboral ni rechazado oferta de empleo en los doce meses inmediatamente anteriores a la solicitud.

¿Cómo tramitar?

En las oficinas

Servicio social de base correspondiente al domicilio del solicitante

Pasos siguientes

El Servicio de Atención Primaria e Inclusión Social verificará el cumplimiento de los requisitos por parte del interesado y emitirá informe favorable o no de concesión.

Normativa

Contacto

Departamento de Derechos Sociales
C/ González Tablas, 7
31005 Pamplona



Oficinas de la administración

Tribunal Economico-Administrativo Foral de Navarra

Calle Iturrama 10, 31007, Pamplona/Iruña

Centro de Atencion Temprana

Calle Concepcion Benitez 12, 31009, Pamplona/Iruña

Direccion General de Desarrollo Rural, Agricultura y Ganaderia

Calle Gonzalez Tablas 9, 31005, Pamplona/Iruña

Sociedad de Desarrollo de Navarra (SODENA)

Avenida Carlos III 36 - 1º dcha, 31003, Pamplona/Iruña

Tel. 848421942

Instituto Navarro para la Igualdad

Avenida De Carlos III 36 - 2º DCHA, 31003, Pamplona/Iruña

Direccion General de Obras Publicas

Parque Tomás Caballero 1, 31005, Pamplona/Iruña

Direccion General de Industria, Energia e Innovacion

Calle Parque Tomás Caballero 1, 31005, Pamplona/Iruña

Escuela de Seguridad de Navarra

Carretera Zaragoza KM 9, 31191, Beriáin

Banco de Sangre y Tejidos de Navarra

Calle Irunlarrea 3, 31008, Pamplona/Iruña

Gerencia de Atencion Primaria

Plaza De la Paz S/N, 31002, Pamplona/Iruña

Direccion General de Administracion Local

Calle Arrieta 12, 31002, Pamplona/Iruña

Direccion General de Informatica, Telecomunicaciones e Innovacion Publica

Calle Cabárceno 6, 31621, Valle de Egüés/Eguesibar

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