Subvenciones para el apoyo y mantenimiento de Grandes Federaciones Vecinales y Uniones de Asociaciones Vecinales, 2015

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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DESCRIPCIÓN

Resolución de la Convocatoria

Pueden ser objeto de subvención los gastos de mantenimiento, entendiendo por tales los gastos generales y de funcionamiento de la entidad, así como las actividades que desarrollen con carácter ordinario y habitual.

En todas las actividades ordinarias y habituales subvencionadas, deberá hacerse constar por los medios que estén al alcance de la entidad, que están subvencionadas por el Ayuntamiento de Zaragoza.

La comunicación, difusión y publicidad de la actividad o programa subvencionado deberá incluir la marca gráfica (logotipo) del Ayuntamiento de Zaragoza, según los criterios de la identidad corporativa municipal. Esto será de aplicación para cualquier material: folletos, carteles, web de la entidad, etc.

El Servicio de Distritos, Juntas Municipales y Vecinales, facilitarán las instrucciones necesarias para la correcta aplicación de la imagen del Ayuntamiento de Zaragoza. Cualquier material publicitario o de difusión deberá ser remitido al Servicio de Distritos, Juntas Municipales o Vecinales para tramitar la necesaria autorización previa de la Dirección de Comunicación Municipal de conformidad con lo previsto en el Decreto de Alcaldía Presidencia de fecha 27 de febrero de 2009.

Quedan excluidos los programas que sean objeto de subvención municipal en otra convocatoria de la misma o distinta Área del Ayuntamiento de Zaragoza, y de manera específica los gastos indirectos que sean imputados a cualquier otro proyecto subvencionado de la misma entidad.

La subvención se otorgará mediante la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Zaragoza, representado por la Consejera de Participación Ciudadana y Régimen Interior y la entidad correspondiente, representada por su Presidente.
En dicho convenio se fijarán las obligaciones de ambas partes, según resulten de estas Bases, del compromiso de gasto que resulte aprobado y del propio proyecto presentado.

Más Información

  • En las Bases adjuntas en el apartado de "Normativa".

Dirigido a Personas Jurídicas, Asociaciones

Normativas

Plazo Presentación

  • El plazo para la presentación de las solicitudes será de 20 días hábiles contado desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
  • Publicado en el BOPZ nº 107, de 14.05.2015

Plazo Resolución

  • El plazo para adoptar la resolución será hasta el 31 de julio de 2015.
  • Transcurrido dicho plazo sin que se haya publicado la resolución, la entidad solicitante podrá entender desestimada su solicitud de acuerdo con lo previsto en el artículo 14 de la Ordenanza General Municipal de Subvenciones.

FORMAS DE TRAMITACIÓN

Presencial

PROCESO:
  • Las solicitudes se formularán en el modelo oficial aprobado con esta convocatoria, cumplimentando en todos sus extremos y añadiendo las hojas adicionales que fueran necesarias para la correcta comprensión del proyecto o proyectos a subvencionar.
  • Los datos contenidos en la solicitud que hagan referencia al código de identificación fiscal (CIF), cuenta bancaria para efectuar el ingreso de la subvención y nombre y apellidos del representante legal, tendrán la consideración de comunicación de datos al objeto de su rectificación de oficio en el Censo Municipal de Entidades Ciudadanas, y de su veracidad responderá la persona que firme la solicitud.
  • Las entidades deberán acompañar la relación de asociaciones que forman parte de la Federación o Unión de Entidades Vecinales, con indicación del ámbito territorial de actuación de cada una de ellas.
  • Las solicitudes podrán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Zaragoza o en los Registros Auxiliares de las Juntas Municipales o Vecinales. No se admitirán las solicitudes enviadas por correo.

DOCUMENTACIÓN:
  • a) La solicitud será efectuada según modelo que figura como Anexo 1 tal como se recoge en lo establecido en la Ordenanza Municipal de Subvenciones, cumplimentada en todos sus apartados.
  • b) Memoria descriptiva del proyecto a realizar, que se referirá como mínimo a su objeto y finalidad, destinatarios o usuarios, contenido, cronograma, financiación y método de valoración de resultados y cumplimiento de objetivos.
  • c) Acreditar, con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión, que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, entre las que se incluyen las municipales y frente a la Seguridad Social, en los términos del artículo 14 de la Ley General de Subvenciones y del artículo 7 de la Ordenanza General Municipal de Subvenciones. También se deberá aportar declaración responsable de dicho cumplimiento y autorización al Ayuntamiento de Zaragoza a solicitar a la Agencia Estatal Tributaria y Seguridad Social, en su caso, por vía telemática, la acreditación del mismo.
  • d) Certificación del Secretario de la entidad en relación a la actuación del representante legal.
  • e) Declaración responsable de cumplir los requisitos específicos de la convocatoria, así como que no se hallan incursas en ninguna de las situaciones del artículo 34.4 de la Ley General de Subvenciones, según modelo que figura como Anexo 2.
  • f) Certificación bancaria de titularidad de la cuenta, donde haya de efectuarse el ingreso en entidad de ahorro o de crédito, correspondiente a la subvención concedida, según modelo que figura como Anexo 3.

Podrán, opcionalmente, presentar la entidad en el momento de solicitar la subvención, autorización del Presidente de la entidad a que el Ayuntamiento de Zaragoza reformule el proyecto al importe de la subvención. Anexo I.5

LUGAR DE PRESENTACIÓN:

Oficina de Registro Plaza del Pilar
Pza. del Pilar , 18, Planta B - Zaragoza 50003

  • Tfno: 976 721234 - 010
  • Horario:
    • De lunes a viernes: de 8,30 a 13,00 h.
    • AVISO: Los sábados son días inhábiles (equiparándolos a domingos y festivos).

Oficina de Registro Seminario
Vía Hispanidad, 20, Planta B - Zaragoza 50071

  • Tfno: 976 721234 - 010
  • Horario:
    • De lunes a viernes: de 8,30 a 14,30 h. y de 16,10 a 18,50
    • AVISO: Los sábados son días inhábiles (equiparándolos a domingos y festivos).

También en las Juntas Municipales y Juntas Vecinales

Impresos relacionados

Órgano Gestor

Servicio de Distritos
Pza. del Pilar , 18, Planta 0 - Zaragoza 50003

  • Tfno: 976 726089
  • Fax: 976 724 593

Oficinas de la administración

JUNTA MUNICIPAL OLIVER-VALDEFIERRO

Antonio Leyva, 87, Zaragoza

Tel. 976 726 096

Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL DELICIAS

Mompeón Motos, 12-14, Zaragoza

Tel. 976 726 058

Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL ACTUR-REY FERNANDO

María Zambrano, 56, Zaragoza

Tel. 976 726 085

Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL CENTRO

Pº Hernán Cortés, 31-33, Zaragoza

Tel. 976 726 110

Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL SANTA ISABEL

Avda. Santa Isabel, 100, Zaragoza

Tel. 976 726 024

Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL CASCO HISTÓRICO

San Pablo, 37, Zaragoza

Tel. 976 721 482

Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL SAN JOSÉ

Pza. Mayor, 2, Zaragoza

Tel. 976 726 062 / 60

Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL LA ALMOZARA

Avda. Puerta de Sancho, 28, Zaragoza

Tel. 976 726 104

Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL LAS FUENTES

Florentino Ballesteros, s/n, Zaragoza

Tel. 976 724 058 / 57

Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL MIRALBUENO

Calle del Pilón, 147, Zaragoza

Tel. 976 328 241

Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

REGISTRO GENERAL

Vía Hispanidad, 20, Planta B. Zaragoza

Tel. 976 724 588

Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 14,30 y de 16,10 a 18,30 h; sábado de 9,10 a 13,30 h. Julio y agosto de 8,30 a 13,30 h.

JUNTA MUNICIPAL CASABLANCA

Viñedo Viejo, 1, Zaragoza

Tel. 976 726 007

Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

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