Subvenciones a los Municipios y a las Entidades Locales Menores, para la mejora de la accesibilidad en la red viaria y en otros espacios de uso público
Promover la iniciativa de las entidades locales para la supresión de las barreras urbanísticas existentes, contribuyendo a la financiación de esas medidas.
Requisitos
Beneficiarios de las subvenciones
- Podrán ser beneficiarios de las subvenciones objeto de esta orden todos los municipios de la Comunidad Autónoma de La Rioja, y las cuatro Entidades Locales Menores reconocidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja, cuando tengan atribuida competencia en esta materia.
- En todo caso, será requisito previo a la concesión de la subvención, que la Entidad Local tenga presentados en la Dirección General competente en materia de régimen local los siguientes documentos, determinados en referencia a la fecha de presentación de la solicitud:
- El presupuesto general de la Entidad, del ejercicio en curso. Si la solicitud se presenta antes del día 1 de mayo, este requisito se referirá al presupuesto del ejercicio precedente.
- La Liquidación del presupuesto general de la Entidad, del ejercicio anterior. Si la solicitud se presenta antes del día 1 de mayo, este requisito se referirá al presupuesto del penúltimo ejercicio económico vencido.
- Copia de las actas de las sesiones celebradas por el Pleno u órgano colegiado superior de la Entidad, cumpliendo la periodicidad mínima exigida legalmente, durante los doce meses previos a la fecha de presentación de la solicitud de subvención.
- Excepcionalmente, por resolución del Director General con competencia en materia de régimen local, podrá otorgarse la subvención en ausencia de alguno de los documentos señalados en este apartado, cuando se acredite por la Entidad Local la concurrencia de circunstancias objetivas que hayan impedido su cumplimiento.
Destino de las subvenciones
- Las subvenciones tendrán el carácter de transferencia de capital y deberán destinarse a financiar la ejecución de obras o instalaciones que tengan por objeto la adaptación total o parcial de las infraestructuras urbanísticas existentes a las condiciones de accesibilidad establecidas en la normativa vigente. Se entiende por infraestructuras urbanísticas las que integran la red viaria de uso peatonal, incluyendo las aceras, zonas de aparcamiento, parques, paseos y otros itinerarios públicos de carácter urbano.
En ese marco, serán subvencionables las siguientes actuaciones:
- Adaptaciones en la urbanización: ensanchamiento y rebaje de aceras, transformación en calle de plataforma única, construcción de vados, pasarelas peatonales o rampas, instalación de barandillas o pasamanos, y cerramiento de alcorques.
- Reserva de plazas de aparcamiento para personas con movilidad reducida.
- Instalación de mobiliario urbano adaptado para personas con alguna discapacidad: bancos, fuentes, marquesinas y semáforos sonoros.
- Señalización especial para personas con discapacidad intelectual o con dificultades de comprensión.
- Otras que se justifiquen por circunstancias singulares de carácter objetivo.
En todos los casos las actuaciones subvencionables deberán ajustarse a la normativa vigente sobre accesibilidad.
Documentación
- Solicitud, escrito o comunicación
Junto a la solicitud se presentará la siguiente documentación
- Un ejemplar del proyecto técnico necesario para la contratación y ejecución de la obra o instalación. Si por las características de éstas no fuera necesario un proyecto, se presentará una memoria técnica, con la descripción detallada de la actuación a realizar, con planos de situación del entorno urbano a escala 1/1000, y planos de planta, alzados y secciones de la actuación a escala 1/100, y fotografías descriptivas del estado actual del área de actuación. Se incluirá en la memoria el presupuesto de gastos, con desglose de unidades y precios unitarios.
- Un certificado expedido por técnico competente, sobre la adecuación de la actuación prevista a los requisitos y criterios establecidos por la normativa en vigor en materia de accesibilidad y en la ordenación urbanística de aplicación en el municipio.
- Un certificado de Secretaría de aprobación del proyecto técnico y de disponibilidad de los terrenos.
- Un certificado de Secretaría del acuerdo de aprobación del plan de accesibilidad.
Aportación de documentos junto con la solicitud
Escanee la documentación y adjúntela a la solicitud.
Anexo I. Modelo de solicitud ( 81 Kb)
Certificado de aprobación y disponibilidad de terrenos. ( 23.5 Kb)
Certificado técnico ( 23 Kb)
Certificado de adjudicación (para justificación de la subvención) ( 32.5 Kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se realizará de forma electrónica desde el botón Tramitar
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
- Plazo de presentación de solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes será de 45 días naturales, contados desde el día siguiente al de publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja.
El plazo comienza el 25 de octubre y finaliza el 10 de diciembre de 2018.
- Plazo de resolución y notificación
Si en un plazo de tres meses, contados desde el día en que termine el plazo señalado para presentar las solicitudes, no se hubiera notificado la oportuna Resolución, la Entidad solicitante podrá entender desestimada su petición
- Otros plazos
Plazo de justificación
El plazo para justificar la aplicación de las subvenciones terminará el miércoles, día 31 de octubre de 2019.
La falta de justificación en ese plazo, determinará la pérdida del derecho al cobro del importe total o parcial de la subvención:
a) Por el retraso no superior a un mes en el plazo de justificación se aplicará una reducción en la subvención justificada, de un 1 por ciento cada día de retraso, con un máximo de un 25 por ciento.
b) El retraso superior a un mes o la omisión de alguno de los documentos requeridos en el artículo 11.2 de la Orden reguladora determinarán la pérdida total de la subvención.
Si el gasto justificado fuera inferior al presupuesto que sirvió de base para la concesión de la subvención e inferior a 18.750 euros, pero con la actividad realizada quedara garantizado el objetivo de la subvención, se minorará ésta de forma que no supere el 80 por ciento del gasto justificado.
Más información
- Normativa:
Orden 5/2017, de 22 de septiembre, de la Consejería de Fomento y Política Territorial, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a los Municipios y a las Entidades Locales Menores, para la mejora de la accesibilidad en la red viaria y en otros espacios de uso público
Resolución de 17 de octubre de 2018, Resolución de convocatoria (texto íntegro)
Resolución de 17 de octubre de 2018, Resolución de convocatoria (extracto)
- Sentido de silencio (silencio administrativo):
Negativo
- Recurso que procede:
Alzada
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Gobernanza Pública
- Órgano competente: Dirección General de Política Local
- Unidad tramitadora: Servicio de Asesoramiento a Corporaciones Locales
- Cargo que resuelve: Director/a General de Política Local
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
- Maria Yolanda Jubera Sarramian
Oficinas de la administración
Instituto de la Vivienda de La Rioja, S.A.
Calle General Urrutia 10-12, 26005, Logroño
Instituto de Educación Secundaria Batalla de Clavijo
Calle General Urrutia 4, 26005, Logroño
Centro de Día Ciudad de Arnedo de Arnedo
Avenida Polideportivo 18, 26580, Arnedo
Instituto de Educación Secundaria Ciudad de Haro
Calle El Mazo 11, 26200, Haro
Servicio de Comercio
Calle Marqués de la Ensenada 13-15, 26003, Logroño
Sección de Colocación y de Asesoramiento a Empresas
Calle Calvo Sotelo 28, 26003, Logroño
Sección de Inserción Laboral y Desarrollo Local
Calle Presidente Leopoldo Calvo Sotelo 8-10, 26003, Logroño
Servicio de Defensa de la Naturaleza, Caza y Pesca
Calle Prado Viejo 62 bis, 26007, Logroño
Oficina de Atención al Ciudadano de Santo Domingo de la Calzada
Calle Sor María de Leiva 14-16, 26250, Santo Domingo de la Calzada
Instituto de Educación Secundaria Inventor Cosme García
Calle República Argentina 68, 26006, Logroño
Oficina de Empleo de Logroño
Calle Calvo Sotelo 27, 26003, Logroño
Sección de Coordinación y Promoción Deportiva
Calle Muro de Francisco de la Mata 8, 26005, Logroño