Subvenciones a las Organizaciones Profesionales Agrarias que operan en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja
Sostenimiento de los gastos de funcionamiento de las actividades de las organizaciones profesionales agrarias que operan en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja
Requisitos
Beneficiarios
Organizaciones profesionales agrarias que operen en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja y que hayan alcanzado representatividad regional.
Objeto de la subvención
Gastos de funcionamiento de las actividades que les son propias.
Documentación
- Solicitud
- Copia compulsada de la tarjeta de identificación fiscal.
- Copia compulsada de los estatutos debidamente legalizados y relación nominal de los miembros componentes de sus órganos ejecutivos y de dirección en el momento de la solicitud.
- Ficha de alta de terceros, según modelo oficial, que se recoge en el anexo II de la presente resolución. Presentación telemática de la ficha
- Memoria explicativa de la actividad o actividades que vaya a desarrollar la organización, en el presente ejercicio, en la que deberán plasmarse los conceptos genéricos y el gasto total previsto que suponen dichas actividades.
- Declaración responsable del solicitante sobre la recuperación o compensación de los impuestos indirectos.
- Declaración expresa del solicitante de ayudas y/o concedidas para la misma finalidad.
La solicitud deberá estar acompañada de la siguiente documentación:
La firma de los documentos que así lo requieran, se realizará por persona con capacidad para representar legalmente a la organización de acuerdo con lo establecido en sus propios estatutos. A tal efecto, deberá aportarse documento que acredite con suficiencia tal representación
Aportación de documentos junto con la solicitud
Escanee la documentación y adjúntela a la solicitud.
Modelo de solicitud ( 51.5 Kb)
Sujetos obligados a recibir notificación electrónica ( 37 Kb)
Cómo tramitarlo
Presentación de solicitudes:
De forma electrónica desde el botón Tramitar.
Plazos
- Plazo de presentación de solicitudes
Durante el primer trimestre del año.
Fin de plazo: 31 de marzo de 2019
- Plazo de resolución y notificación
Seis meses máximo
Más información
- Normativa:
Orden 24/2009, de 29 de mayo, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las organizaciones profesionales agrarias que operan en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Resolución 210/2019, de 15 de febrero, Convocatoria 2019
- Sentido de silencio (silencio administrativo):
Negativo
- Recurso que procede:
Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo
Notificaciones
Si el interesado no dispone de dirección electrónica habilitada en el sistema de notificaciones electrónicas de esta Administración, debe tramitar el alta en la dirección web: www.larioja.org/notificaciones, o bien solicitar el alta en la dirección de correo electrónico dg.agrigan@larioja.org, para lo cual debe indicar qué dirección electrónica pretende que se habilite.
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población
- Órgano competente: Dirección General de Agricultura y Ganadería
- Unidad tramitadora: Servicio de Ayudas a las Rentas y SIGC
- Cargo que resuelve: Consejero/a
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
- Yolanda Rodríguez Lasheras (ext. 33351)