Subvenciones a empresas turísticas
Tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la solicitud, tramitación y concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, a las empresas turísticas para la realización de las siguientes actuaciones:
Requisitos
Beneficiarios
1.- Podrán acogerse a las ayudas que se regulan en esta Orden las pequeñas y medianas empresas inscritas en el Registro de Proveedores de Servicios Turísticos de La Rioja dedicadas a:
a) La actividad de alojamiento, a excepción de las pensiones y viviendas de uso turístico.
b) La actividad de restauración.
c) Turismo activo.
d) La organización profesional de congresos.
2.- Conforme a lo establecido en el Anexo I del Reglamento (UE) Nº 651/2014, de la Comisión de 17 de junio de 2014, publicado en el DOUE l2014-81403, artículo 1, se considerará empresa toda entidad independientemente de su forma jurídica, que ejerza una actividad económica. En particular, se considerarán empresas las entidades que ejerzan una actividad artesanal u otras actividades a título individual o familiar, así como las sociedades de personas y asociaciones que ejerzan una actividad económica de forma regular, estableciendo en su artículo 2 los efectos y límites financieros que definen las categorías de empresas.
3.- Quedan excluidas las empresas que en el momento de efectuarse la convocatoria estén incursas en alguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Actividades subvencionables
Son subvencionables las siguientes actuaciones:
a) Las estrategias y servicios de marketing de las empresas, los establecimientos o servicios turísticos.
b) La realización de programas de implantación de sistemas de calidad que conduzcan a la obtención de certificados o marcas de calidad, como la "Marca de Calidad Turística Española" emitida por el I.C.T.E., así como los programas de seguimiento y renovación de la certificación correspondiente.
c) Las obras y/ o equipamiento para eliminar barreras arquitectónicas y mejorar la accesibilidad de los establecimientos turísticos ubicados en La Rioja.
d) Las obras y/o equipamiento que tengan por finalidad el incremento de la categoría del establecimiento ubicado en La Rioja o el aumento del número de plazas.
Las presentes ayudas están sometidas al régimen de mínimis, reguladas en el Reglamento (CE) Nº 1998/2006, de 15 de diciembre de 2006, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas de mínimis.
Documentación
- Solicitud
- Fotocopia del DNI para personas físicas o fotocopia del CIF en el caso de personas jurídicas.
- Antecedentes de la Empresa o de los promotores con especial referencia a la experiencia en el sector.
- Documento acreditativo sobre la existencia o no de solicitud y/o concesión de subvenciones o ayudas a/o de otros organismos para la actividad subvencionada, especificando la cuantía y el organismo correspondiente, y en concreto, declaración sobre otras ayudas de mínimis recibidas durante el ejercicio fiscal correspondiente y durante los dos ejercicios anteriores, conforme el Reglamento CE Nº 1998/2006, de 15 de diciembre,(D.O.U.E L379/5, de 28 de diciembre de 2006), relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 de Tratado a las ayudas de mínimis.
- Certificaciones acreditativas de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o en su caso, autorización del solicitante al órgano gestor, para recabar los certificados a emitir por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, por la TesoreríaGeneral de la Seguridad Social y por la Dirección General de Tributos del Gobierno de La Rioja.
- Ficha de alta de terceros según modelo normalizado. Tramitación telemática
- Proyecto Técnico visado por el Colegio Oficial, en aquellas inversiones que por sus características lo requieran de acuerdo a la Ley de Ordenación de Edificaciones. Cuando no sea necesario proyecto técnico será necesaria la presentación de una memoria valorada firmada por técnico competente, en la que se contemple: descripción, localización y presupuesto de la inversión realizada con expresión de los precios unitarios y mediciones, fotografías del estado anterior a la inversión y del actual.
- Cuenta justificativa que deberá incluir, las facturas o cualquier otro documento con validez jurídica que permita acreditar el cumplimiento del objeto de la subvención, así como la declaración de las actuaciones realizadas que han sido financiadas con la subvención y su coste, con el desglose de cada uno de los gastos incurridos.
- Compromiso de mantener la inversión al menos durante 15 años al fin para el que se concedió la subvención.
- Programa de actividades a desarrollar con expresión, en su caso, de los destinatarios, fechas y lugar de realización de la actividad.
- Presupuesto detallado, con expresión de los gastos a realizar.
La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
Documentación común
Documentación específica para inversiones
Documentación específica para actividades
Estarán exentos de presentar esta documentación aquellos solicitantes que la presentaron en la convocatoria anterior o cuando ya obrase en poder de la Dirección General de Turismo. Sin embargo, la declaración de encontrarse al corriente en el pago de las obligaciones Tributarias y con la Seguridad Social deberá acompañar a la solicitud en cualquier caso.
Modelo de solicitud ( 82 Kb)
Cuenta Justificativa ( 56 Kb)
Modelo compromiso ( 22.5 Kb)
Declaración responsable ( 20.5 Kb)
Ficha de alta de terceros ( 54 Kb)
Declaración de no recibir ayuda ( 23.5 Kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
- La Oficina de Registro del órgano competente
- Oficinas de registro
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
- Plazo de presentación de solicitudes
Un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja (fecha de publicación: 8 de marzo de 2019).
Desde el 9 de marzo hasta el 8 de abril de 2019.
- Plazo de resolución y notificación
La resolución se dictará y notificará en el plazo máximo de SEIS MESES a contar a partir del día siguiente a aquél en que se haya publicado la resolución de convocatoria correspondiente. Transcurrido dicho plazo sin que haya recaído resolución expresa, dichas solicitudes podrán entenderse desestimadas por silencio administrativo.
Más información
- Normativa:
Orden DEI/64/2018, de 28 de agosto, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a empresas turísticas
Resolución 540/2019, de 1 de marzo, de la Consejería de Desarrollo Económico e Innovación, por la que se convocan para el ejercicio 2019, las subvenciones reguladas en la Orden DEI/64/2018, de 28 de agosto por las que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a empresas turísticas (Texto íntegro)
- Sentido de silencio (silencio administrativo):
Negativo
- Recurso que procede:
Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Desarrollo Autonómico
- Órgano competente: Dirección General de Turismo
- Unidad tramitadora: Servicio de Turismo
- Cargo que resuelve: Consejero/a
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
- Nuria Fernández Fernández
- Mary Mar Mendoza Alonso
Oficinas de la administración
Instituto de la Vivienda de La Rioja, S.A.
Calle General Urrutia 10-12, 26005, Logroño
Instituto de Educación Secundaria Batalla de Clavijo
Calle General Urrutia 4, 26005, Logroño
Centro de Día Ciudad de Arnedo de Arnedo
Avenida Polideportivo 18, 26580, Arnedo
Instituto de Educación Secundaria Ciudad de Haro
Calle El Mazo 11, 26200, Haro
Servicio de Comercio
Calle Marqués de la Ensenada 13-15, 26003, Logroño
Sección de Colocación y de Asesoramiento a Empresas
Calle Calvo Sotelo 28, 26003, Logroño
Sección de Inserción Laboral y Desarrollo Local
Calle Presidente Leopoldo Calvo Sotelo 8-10, 26003, Logroño
Servicio de Defensa de la Naturaleza, Caza y Pesca
Calle Prado Viejo 62 bis, 26007, Logroño
Oficina de Atención al Ciudadano de Santo Domingo de la Calzada
Calle Sor María de Leiva 14-16, 26250, Santo Domingo de la Calzada
Instituto de Educación Secundaria Inventor Cosme García
Calle República Argentina 68, 26006, Logroño
Oficina de Empleo de Logroño
Calle Calvo Sotelo 27, 26003, Logroño
Sección de Coordinación y Promoción Deportiva
Calle Muro de Francisco de la Mata 8, 26005, Logroño