Subvenciones a asociaciones sin ánimo de lucro, en materia turística.
Subvenciones a asociaciones sin ánimo de lucro que tengan su sede social en la Comunidad Autónoma de La Rioja, para la realización de actuaciones en materia turística encaminadas al desarrollo del turismo de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Requisitos
Beneficiarios
1. Podrán acogerse a las ayudas que se regulan en esta Orden:
- Las Asociaciones para el Desarrollo Turístico reguladas en el Título VIII del Decreto 10/2017, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Turismo de La Rioja.
- Las asociaciones sin ánimo de lucro que tengan su sede social en La Rioja cuando estén previstos expresamente en sus estatutos fines turísticos
- Las asociaciones de empresas y profesionales turísticos de la Comunidad Autónoma de La Rioja cuyos socios estén inscritos en el Registro de Proveedores de Servicios Turísticos.
2. Quedan excluidas las asociaciones que en el momento de efectuarse la convocatoria anual estén incursas en alguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Actuaciones subvencionables
1. Son subvencionables las actividades que redunden de manera beneficiosa en la promoción turística de La Rioja, en concreto:
- La organización de jornadas, ferias, mercados, visitas guiadas y rutas teatralizadas que pongan en valor los recursos o destinos turísticos y sirvan como polo de atracción de visitantes.
- La edición de material promocional turístico o acciones promocionales en internet, radio, prensa o televisión.
- La participación o asistencia a ferias turísticas de ámbito nacional y regional.
- La organización de cursos o planes de formación destinados a los titulares de las empresas asociadas o a su personal.
2. En inversiones es subvencionable la señalización que tenga por finalidad la identificación de los tipos y categorías de establecimientos turísticos mediante el sistema de placas identificativas reguladas en el Reglamento de Turismo.
3. La participación o asistencia a ferias turísticas de ámbito nacional y regional, la organización de cursos o planes de formación y las inversiones consistentes en señalización con placas identificativas de los establecimientos turísticos, señaladas respectivamente en la letras c) y d) del apartado primero y apartado segundo de este artículo, sólo podrán solicitarse por las asociaciones de empresas y profesionales turísticos, reguladas en el artículo 2.1.c).
Documentación
- Solicitud
- CARPETA CIUDADANO: realice otras gestiones: aportar documentación y consulta de sus expedientes
La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
1. La solicitud de subvención deberá presentarse en el impreso normalizado que estará a disposición de los interesados en la sede electrónica www.larioja.org, dentro del apartado Oficina Electrónica, Área Temática, Turismo, y se presentará acompañado de la siguiente documentación:
a) Documentación general:
1º Certificado del acuerdo adoptado por el órgano competente acreditativo de la solicitud de subvención, facultando al representante legal para la firma y tramitación de cuantos documentos sean necesarios y compromiso de asumir la financiación de la actuación en el tramo no subvencionado, así como certificación del acuerdo de autorización del gasto.
2º. Declaración responsable de no estar incurso en las causas que impiden adquirir la condición de persona beneficiaria que establece el artículo 13 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero.
3º Documento acreditativo de la existencia o no de solicitud y/o concesión de subvenciones o ayudas, procedentes de cualquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, deberá acreditarse el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las actuaciones subvencionadas.
4º Número de socios y estatutos de la asociación, indicando en caso de ser un beneficiario de los señalados en el artículo 2.1 b), el porcentaje de socios inscritos en el Registro de Proveedores de Servicios Turísticos.
5º Declaración responsable de los impuestos directos que son susceptibles de recuperación o compensación.
6º Ficha de alta de terceros en modelo normalizado, si el solicitante no está dado de alta en el subsistema de Terceros del Gobierno de La Rioja, o en su caso, de modificación de datos.
b) Documentación específica:
1º. Para la organización de jornadas, ferias, mercados, visitas y rutas teatralizadas, así como la participación o asistencia a ferias turísticas de ámbito nacional y regional, memoria explicativa de la actividad a desarrollar con expresa referencia, del lugar de celebración, fechas de inicio y finalización, antigüedad en el caso de la actividad señalada en el artículo 5.1 apartado a), y presupuesto desglosado de gastos e ingresos si la actividad los hubiese generado o de su inexistencia.
2º. En los demás supuestos, memoria explicativa de la actividad a desarrollar y presupuesto desglosado de gastos.
2. La solicitud de ayuda conllevará la autorización al órgano gestor para recabar la información necesaria de los registros oficiales cuando sean necesarios para la resolución del expediente. Si el solicitante opta por no autorizar al órgano gestor para la consulta de los datos deberá marcarlo expresamente en la casilla habilitada al efecto en el modelo de solicitud y aportar el CIF de la asociación.
3. Estarán exentos de presentar la documentación a que se refiere el apartado anterior cuando ya obrase en poder de la Dirección General con competencia en materia de turismo.
MODELO DE SOLICITUD ( 76.5 Kb)
CUENTA JUSTIFICATIVA ( 56 Kb)
DECLARACIÓN IVA ( 20.5 Kb)
DECLARACIÓN RESPONSABLE ( 20.5 Kb)
DECLARACIÓN DE NO RECIBIR AYUDA ( 20 Kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se realizará de forma electrónica desde el botón Tramitar
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Si el interesado presenta la solicitud de manera presencial se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la subsanación.
Plazos
- Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de 1 mes contado a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja (Fecha de publicación: 8 de marzo de 2019).
El plazo comienza el 9 de marzo y finaliza el 8 de abril 2019.
- Plazo de resolución y notificación
La resolución se dictará y notificará en el plazo máximo de seis meses contados a partir del día siguiente de la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que haya recaído resolución expresa las solicitudes podrán entenderse desestimadas por silencio administrativo.
Más información
- Normativa:
Orden DEI/49/2018, de 25 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a asociaciones sin ánimo de lucro, en materia turística.
Resolución 538/2019, de 1 de marzo, de la Consejería de Desarrollo Económico e Innovación, por la que se convocan para el ejercicio 2019, las subvenciones reguladas en la Orden DEI/49/2018, de 25 de julio por las que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a Asociaciones sin ánimo de lucro, en materia turística (Texto íntegro)
- Sentido de silencio (silencio administrativo):
Negativo
- Recurso que procede:
Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Para la presentación electrónica, si el interesado no dispone de dirección electrónica habilitada (DEH) en el sistema de notificaciones electrónicas de esta Administración, debe tramitar el alta en la dirección Web (www.larioja.org/notificaciones), o bien, solicitar al órgano gestor que tramite dicha alta en la dirección de correo electrónico que se asociará a la resolución de convocatoria, precisando la dirección de correo electrónico que se asociará a la DEH.
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Desarrollo Autonómico
- Órgano competente: Dirección General de Turismo
- Unidad tramitadora: Servicio de Turismo
- Cargo que resuelve: Consejero/a
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
- Nuria Fernández Fernández
- Mary Mar Mendoza Alonso
Oficinas de la administración
Instituto de la Vivienda de La Rioja, S.A.
Calle General Urrutia 10-12, 26005, Logroño
Instituto de Educación Secundaria Batalla de Clavijo
Calle General Urrutia 4, 26005, Logroño
Centro de Día Ciudad de Arnedo de Arnedo
Avenida Polideportivo 18, 26580, Arnedo
Instituto de Educación Secundaria Ciudad de Haro
Calle El Mazo 11, 26200, Haro
Servicio de Comercio
Calle Marqués de la Ensenada 13-15, 26003, Logroño
Sección de Colocación y de Asesoramiento a Empresas
Calle Calvo Sotelo 28, 26003, Logroño
Sección de Inserción Laboral y Desarrollo Local
Calle Presidente Leopoldo Calvo Sotelo 8-10, 26003, Logroño
Servicio de Defensa de la Naturaleza, Caza y Pesca
Calle Prado Viejo 62 bis, 26007, Logroño
Oficina de Atención al Ciudadano de Santo Domingo de la Calzada
Calle Sor María de Leiva 14-16, 26250, Santo Domingo de la Calzada
Instituto de Educación Secundaria Inventor Cosme García
Calle República Argentina 68, 26006, Logroño
Oficina de Empleo de Logroño
Calle Calvo Sotelo 27, 26003, Logroño
Sección de Coordinación y Promoción Deportiva
Calle Muro de Francisco de la Mata 8, 26005, Logroño