Residuos: autorización de explotadores de instalaciones de gestión
Autorización de explotadores de instalaciones de gestión en las que se realicen operaciones de tratamiento de residuos.
Requisitos
La autorización de personas físicas o jurídicas que realicen operaciones de tratamiento es un trámite dirigido a:
- Explotadores de instalaciones de gestión de residuos que realicen operaciones de tratamiento
- Operaciones de tratamiento de residuos y material orgánico en el suelo (operación R10)
Deben solicitar esta autorización las personas físicas o jurídicas cuyo DOMICILIO SOCIAL radique en la Comunidad Autónoma de La Rioja y realicen una o varias operaciones de tratamiento de residuos.
Documentación
- Solicitud
La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
- Memoria descriptiva que incluya:
- Descripción detallada de las actividades de tratamiento que pretende realizar con inclusión de los tipos de operaciones previstas para cada residuo identificadas según la codificación establecida en los anexos I y II de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
- Métodos que se utilizarán para cada tipo de operación de tratamiento, las medidas de seguridad y precaución y las operaciones de supervisión y control previstas.
- Capacidad técnica para realizar las operaciones de tratamiento previstas en la instalación. Relación del personal que va a operar de la instalación.
- Documentación acreditativa del seguro o fianza exigible.
- Autorización de la instalación o instalaciones que pretende operar.
- Contrato de vinculación con el titular de la instalación o instalaciones a operar.
- Documento acreditativo de la personalidad de la empresa: Copia del último recibo de IAE, alta en licencia ambiental, o cualquier otro documento oficial en el que figure la identificación del centro productor (razón social y CIF/ NIF)
- Justificante de ingreso de la tasa vigente por servicios en calidad ambiental para la para la autorización de actividades de gestión de residuos. Entidad bancaria: Bankia, c/c nº 2038 74 94 826000025806 "Comunidad Autónoma de la Rioja" Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente. Concepto de ingreso: Tasa 05.19.11. Autorización de actividad de gestión de residuos.
- ATENCION. La tasa se reducirá al 25% en el caso de modificaciones.
- La solicitud de autorización de gestores de tratamiento de residuos y material orgánico en suelos se ajustará a lo dispuesto en el Real Decreto 1310/1990, de 29 de octubre, por el que se regula la utilización de los lodos de depuración en el sector agrario.
Modelo de solicitud de Autorización de explotadores ( 132.5 Kb)
Memoria para operación R10 ( 36.7 Kb)
Notificación de cambio de titularidad ( 523.4 Kb)
Tasas ( 312.1 Kb)
Sujetos obligados a recibir notificación electrónica ( 37 Kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para, al menos, los siguientes sujetos:
a) Las personas jurídicas.
b) Las entidades sin personalidad jurídica.
c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.
e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
De forma presencial, opcional sólo para personas físicas, a través de:
- La Oficina de Registro del órgano competente
- Oficinas de registro
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Plazos
- Plazo de presentación de solicitudes
Abierto todo el año.
- Plazo de resolución y notificación
Diez meses, a contar desde la fecha de entrada en la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente (que se hará constar en la anotación efectuada en la solicitud).
Más información
- Normativa:
Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
Real Decreto 833/1988, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la ley 20/1986, básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos.
Real Decreto 1310/1990, de 29 de octubre, por el que se regula la utilización de lodos de las depuradoras en el sector agrario.
Real Decreto 952/1997, de 20 de junio, por el que se modifica el Reglamento para la ejecución de la Ley 20/1986 de régimen jurídico básico en materia de residuos tóxicos y peligrosos.
Real Decreto 1481/2001, de 27 de diciembre, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero.
Real Decreto 1383/2002, de 20 de diciembre, sobre gestión de vehículos al final de su vida útil.
Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre aparatos eléctricos y electrónicos y la gestión de sus residuos.
Real Decreto 1619/2005, de 30 de diciembre, sobre la gestión de neumáticos fuera de uso.
Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición.
Orden MAM/304/2002, de 8 de febrero, por la que se publican las operaciones de valorización y eliminación de residuos y la lista europea de residuos.
Decreto 44/2014, de 16 de octubre, por el que se regulan las actividades de producción y gestión de residuos y su registro.
- Sentido de silencio (silencio administrativo):
Negativo
- Recurso que procede:
Alzada
Contra la resolución del procedimiento cabe interponer recurso de alzada ante el superior jerárquico del órgano que dictó el procedimiento expreso en el plazo de un mes.
- Observaciones:
El periodo máximo por el que se otorga la autorización es de ocho años, que podrán ser objeto de dos prórrogas.
- Otros enlaces:
Más información en www.larioja.org/residuos
Modos de pago:
- Cargo en cuenta
Número de Cuenta: 20387494826000025806
Concepto: Tasa 05.19.11. Autorización de actividad de gestión de residuos
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Sostenibilidad y Transición Ecológica
- Órgano competente: Dirección General de Calidad Ambiental y Recursos Hídricos
- Unidad tramitadora: Servicio de Gestión y Control de Residuos
- Cargo que resuelve: Director/a
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
- Mª Jesús Sáez del Campo
- David Alonso Sáez
residuos.industriales@larioja.org
Trámites relacionados
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