Registro de Parejas de Hecho: solicitud de certificado de inscripción

Actualizado el 3 de agosto de 2020
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El contenido del Registro de Parejas de Hecho se acredita mediante certificaciones, que pueden solicitar los miembros de la unión de hecho, quienes acrediten un interés legítimo, y los Jueces y Tribunales de Justicia.

Requisitos

Los ciudadanos podrán obtener el certificado de inscripción de su pareja en el Registro de Parejas de Hecho de La Rioja en los siguientes supuestos:

  1. Estar inscritos en el momento de la solicitud.
  2. Haber estado inscritos como pareja de hecho, pero no estarlo en la fecha de la solicitud. En este caso, el certificado hará referencia al período temporal en que estuvo inscrita la extinta pareja.

Documentación

Cómo tramitarlo

La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

De forma electrónica desde el botón Tramitar

De forma presencial a través de:

Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano

Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

Plazos

  • Plazo de presentación de solicitudes

    No sujeto a plazo.

Más información

  • Normativa:

    Decreto 30/2010, de 14 de mayo, por el que se crea el Registro de Parejas de Hecho de La Rioja.

    Decreto, Decreto 10/2013, de 15 de marzo, por el que se modifica el Decreto 30/2010, de 14 de mayo, por el que se regula el Registro de Parejas de Hecho de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

  • Sentido de silencio (silencio administrativo):

    Negativo

  • Recurso que procede:

    Alzada

    La resolución no pone fin a la vía administrativa, contra la misma cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la notificación de la misma, ante el órgano competente de acuerdo con los artículos 112.1 y 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas y de lo previsto en el artículo 52 de la Ley 4/2005, de 1 de junio, de Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja

  • Observaciones:

    Las tasas a satisfacer serán las siguientes:

    • Por la tramitación de certificados acreditativos de estar inscrito en el RPH de la Comunidad Autónoma de La Rioja: 12,24 Euros
    • Por la tramitación de certificados acreditativos de estar inscrito en el RPH de la Comunidad Autónoma de La Rioja que surtan efectos en el extranjero 21,42

  • Tasas: 12,24 euros

    Número de Cuenta: ES7120387494826000105632

  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio competente

    • Magdalena García Martín: 941 291 441

    Asistencia técnica


    Oficinas de la administración

    Instituto de la Vivienda de La Rioja, S.A.

    Instituto de Educación Secundaria Batalla de Clavijo

    Centro de Día Ciudad de Arnedo de Arnedo

    Instituto de Educación Secundaria Ciudad de Haro

    Sección de Colocación y de Asesoramiento a Empresas

    Sección de Inserción Laboral y Desarrollo Local

    Servicio de Defensa de la Naturaleza, Caza y Pesca

    Oficina de Atención al Ciudadano de Santo Domingo de la Calzada

    Instituto de Educación Secundaria Inventor Cosme García

    Oficina de Empleo de Logroño

    Sección de Coordinación y Promoción Deportiva

    Cinco Días
    Expansión
    EFE Emprende
    CuatroCasas Telefonica

    Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.