Registro de Parejas de Hecho: inscripción
El Registro de Parejas de Hecho es un registro de carácter administrativo, en el que pueden inscribirse las uniones que formen una pareja estable no casada entre dos personas, con independencia de su sexo, que convivan de forma libre, pública y notoria, existiendo una relación de afectividad análoga a la conyugal, y teniendo ambos su vecindad administrativa en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Requisitos
Requisitos
- Solicitar conjuntamente en el modelo oficial la inscripción de la pareja de hecho en el Registro de Parejas de Hecho de La Rioja.
- Ser mayor de edad o gozar de la condición de menor emancipado.
- No estar ligados por vínculo matrimonial.
- Acreditar una convivencia previa durante al menos 2 años de forma ininterrumpida inmediatamente anterior a la presentación de la solicitud, en el mismo domicilio de algún municipio de La Rioja. Bastará la mera convivencia cuando la pareja tuviera descendencia común. En este último caso, además de acreditar la descendencia, deberán acreditar el empadronamiento de ambos miembros de la pareja en el mismo domicilio de algún municipio de La Rioja.
- Ser español o tener el permiso de residencia legal en España.
- No tener una relación de parentesco en línea recta por consanguinidad o adopción, ni colateral por consanguinidad o adopción hasta el tercer grado.
- No formar pareja de hecho con otra persona.
- No estar incapacitado judicialmente.
- Ingreso de la tasa por inscripción en el Registro.
Documentación
- Solicitud
La solicitud de inscripción se hará conjuntamente en el modelo oficial y deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
- Mayoría de edad:
- Se acreditará con un documento oficial en el que conste la fecha de nacimiento o mediante una autorización al órgano instructor para que compruebe los datos de identidad personal.
- La condición de menor emancipado se acreditará mediante resolución judicial o certificación del Registro Civil
- Ciudadanos españoles: se acredita este requisito con el certificado de fe de vida y estado civil expedido por los Juzgados de Paz y/o los Registros Civiles de:
- Logroño: Nuevo Palacio de Justicia, calle Marqués de Murrieta 45-47 (entrada por Plaza Adolfo Suarez). Cita previa: 900 700 333 o www.larioja.org/registrocivil
- Calahorra
- Haro
- Ciudadanos extranjeros: expedida por sus Consulados/Embajadas respectivos para pedir el citado documento, que en su caso debe ir acompañado de la correspondiente traducción oficial y todos los documentos debidamente legalizados/apostillados.
- Sin hijos comunes. Se acreditará mediante certificado/s de empadronamiento de cada uno de los componentes de la pareja de hecho en el que consten todos los domicilios en los que han estado empadronados en el últimos 2 años y en la fecha de la solicitud. Este documento es expedido por el Ayuntamiento del municipio donde resida la pareja de hecho. Para su expedición los componentes de la pareja deberán solicitar "Certificado de empadronamiento histórico de domicilio de los dos últimos años y a la fecha de la solicitud para el Registro de Parejas de Hecho de La Rioja"
- En el caso de hijos comunes, mediante la presentación del original y fotocopia del Libro de Familia. En este caso además se deberá presentar certificado de empadronamiento del Ayuntamiento donde ambos solicitantes tengan su domicilio, expedido con una antelación máxima de tres meses a la fecha de solicitud.
- Este requisito se debe pedir en el Ayuntamiento donde esté empadronada la pareja de hecho. Deben estar empadronados los dos en el mismo domicilio.
- No sirve el volante.
- Ciudadanos de otro estado miembro de la Unión Europea, de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o Suiza: NIE o certificado de registro de ciudadanos de la Unión Europea y pasaporte, todos ellos en vigor.
- Ciudadanos extranjeros extracomunitarios no incluidos en el punto anterior: NIE y pasaporte, ambos en vigor.
Los requisitos previstos en los apartados 6, 7 y 8 serán acreditados mediante declaración jurada de los solicitantes o mediante el documento normalizado aprobado al efecto.
Solicitud de inscripción ( 1715.7 Kb)
Consentimiento para la notificación electrónica ( 37 Kb)
Solicitud de cambio de medio de notificación ( 63 Kb)
Sujetos obligados a recibir notificación electrónica ( 37 Kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
- La Oficina de Registro del órgano competente
- Oficinas de registro
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
- Plazo de presentación de solicitudes
No sujeto a plazo.
- Plazo de resolución y notificación
Tres meses desde la recepción de la solicitud en el órgano competente.
- Otros plazos
Plazo de subsanación
Si se apreciaran deficiencias en la solicitud o documentación presentada se requerirá al interesado para que las subsane en el plazo máximo de diez días naturales.
Más información
- Normativa:
Decreto 30/2010, de 14 de mayo, por el que se crea el Registro de Parejas de Hecho de La Rioja.
Decreto, Decreto 10/2013, de 15 de marzo, por el que se modifica el Decreto 30/2010, de 14 de mayo, por el que se regula el Registro de Parejas de Hecho de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
- Sentido de silencio (silencio administrativo):
Negativo
- Recurso que procede:
Alzada
La resolución no pone fin a la vía administrativa, contra la misma cabe interponer Recurso de Alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la notificación de la misma, ante el órgano competente de acuerdo con los artículos 112.1 y 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas y de lo previsto en el artículo 52 de la Ley 4/2005, de 1 de junio de Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
- Observaciones:
En el justificante de pago de la tasa deberá figurar en el apartado CONCEPTO la siguiente información: RPH y nombre y apellido de cada uno de los miembros de la pareja.
Modos de pago:
- Cargo en cuenta
Número de Cuenta: ES7120387494826000105632
Concepto: RPH más nombre y apellido de cada uno de los miembros de la pareja
Notificaciones
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Organismo
- Consejería competente: Consejería de Servicios Sociales y a la Ciudadanía
- Órgano competente: Dirección General de Justicia e Interior
- Unidad tramitadora: Servicio de Relaciones con la Administración de Justicia
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
- Magdalena García Martín: 941 291 441
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Instituto de la Vivienda de La Rioja, S.A.
Calle General Urrutia 10-12, 26005, Logroño
Instituto de Educación Secundaria Batalla de Clavijo
Calle General Urrutia 4, 26005, Logroño
Centro de Día Ciudad de Arnedo de Arnedo
Avenida Polideportivo 18, 26580, Arnedo
Instituto de Educación Secundaria Ciudad de Haro
Calle El Mazo 11, 26200, Haro
Servicio de Comercio
Calle Marqués de la Ensenada 13-15, 26003, Logroño
Sección de Colocación y de Asesoramiento a Empresas
Calle Calvo Sotelo 28, 26003, Logroño
Sección de Inserción Laboral y Desarrollo Local
Calle Presidente Leopoldo Calvo Sotelo 8-10, 26003, Logroño
Servicio de Defensa de la Naturaleza, Caza y Pesca
Calle Prado Viejo 62 bis, 26007, Logroño
Oficina de Atención al Ciudadano de Santo Domingo de la Calzada
Calle Sor María de Leiva 14-16, 26250, Santo Domingo de la Calzada
Instituto de Educación Secundaria Inventor Cosme García
Calle República Argentina 68, 26006, Logroño
Oficina de Empleo de Logroño
Calle Calvo Sotelo 27, 26003, Logroño
Sección de Coordinación y Promoción Deportiva
Calle Muro de Francisco de la Mata 8, 26005, Logroño