Registro de organismos, empresas y domicilios con desfibriladores semiautomáticos externos
Registro de organismos, empresas y domicilios con desfibriladores semiautomáticos externos
Requisitos
- Toda actuación con desfibriladores deberá ir acompañada, de manera inmediata, de la comunicación al sistema de emergencias sanitarias extrahospitalarias a través del número de teléfono 112 o del que se pueda habilitar, con el fin de garantizar el control médico de la actuación y la continuidad asistencial de la persona atendida.
- Asimismo, cuando una persona autorizada utilice el desfibrilador deberá cumplimentar una hoja de registro de datos (modelo Utstein). El responsable del desfibrilador remitirá a la consejería competente en materia de salud y al servicio competente en emergencias sanitarias extrahospitalarias, en las siguientes 24 horas, copias de la hoja de registro de datos, con independencia de que otra copia se haya entregado al equipo sanitario asistencial que haya intervenido en el lugar.
- Junto a la hoja de registro de datos, el responsable del desfibrilador remitirá al servicio competente en emergencias sanitarias extrahospitalarias, copia del registro interno (soporte informático) de aquellos desfibriladores que dispongan del mismo.
- Tras cada utilización de un desfibrilador notificada por el responsable de la instalación, el servicio competente en emergencias sanitarias extrahospitalarias remitirá a la Dirección General de Asistencia, Prestaciones y Farmacia, informe de evaluación de dicho uso.
Documentación
- Solicitud
Organismos o instituciones, empresas públicas o privadas:
- Nombre, NIF y domicilio de la empresa y de su representante.
- Descripción del lugar concreto donde está situado el desfibrilador.
- Marca, modelo, y número de serie del desfibrilador. Certificado acreditativo del fabricante de que cumple con toda la normativa aplicable. Nombre del fabricante o distribuidor. Número de licencia sanitaria. Número del organismo notificado que ha otorgado el marcado CE.
- Nombre y DNI de las personas acreditadas para la utilización del desfibrilador.
- Póliza de seguro de responsabilidad civil por los daños que eventualmente pudieran surgir por la utilización del desfibrilador.
Domicilios particulares
- Nombre, NIF y domicilio del solicitante, así como domicilio en el que se instalará el desfibrilador.
- Marca, modelo, y número de serie del desfibrilador. Certificado acreditativo del fabricante de que cumple con toda la normativa aplicable. Nombre del fabricante o distribuidor. Número de licencia sanitaria. Número del organismo notificado que ha otorgado el marcado CE.
- Nombre y DNI de las personas acreditadas para la utilización del desfibrilador.
- Informe de un médico o facultativo especialista en el que se haga constar la identificación del paciente y que su patología tiene como tratamiento específico la desfibrilación eléctrica.
Aportación de documentos junto con la solicitud
Si el trámite se hace de forma presencial
Salvo que los documentos originales deban obrar en el procedimiento, los ciudadanos tendrán derecho a aportar -en lugar de copia compulsada- copias de los mismos cuya fidelidad quedará garantizada mediante la aportación de declaración responsable del interesado, sin perjuicio de la posterior facultad de comprobación por parte de la Administración.
El modelo de declaración responsable se encuentra disponible en Oficinas de Registro
Si se hace de manera electrónica
Escanee la documentación y adjúntela a la solicitud.
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
- La Oficina de Registro del órgano competente
- Oficinas de registro
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
- Plazo de presentación de solicitudes
Procedimiento no sujeto a un plazo específico de solicitud.
- Plazo de resolución y notificación El órgano competente dictará y notificará la resolución en el plazo de TRES MESES.
Más información
- Normativa:
Decreto 48/2008, de 18 de julio, por el que se regula el uso de desfibriladores semiautomáticos externos por personal no médico en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
- Sentido de silencio (silencio administrativo): Positivo
- Recurso que procede: Alzada
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Salud
- Órgano competente: Dirección General de Prestaciones y Farmacia
- Unidad tramitadora: Servicio de Ordenación y Seguridad
- Cargo que resuelve: Sr./Sra Director/a General
Contacto