Programa MOVES. Ayudas a la adquisición de vehículos de energías alternativas.
Establecer la convocatoria para la concesión de ayudas a actuaciones de apoyo a la movilidad basada en criterios de eficiencia energética, sostenibilidad e impulso del uso de energías alternativas en el territorio de la Comunidad autónoma de La Rioja.
Requisitos
Para los requisitos específicos de la línea de ayudas consulten las bases reguladoras y la correspondiente resolución de convocatoria de la ayuda.
Documentación
- Solicitud
DOCUMENTACIÓN A APORTAR JUNTO CON SU SOLICITUD
FASE DE CONCESIÓN.
En el caso de personas físicas (excepto profesionales autónomos):
- Certificado de empadronamiento del solicitante en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma de La Rioja, al menos desde el 1 de enero de 2018.
- Las personas jurídicas públicas y las Comunidades de Propietarios, además de lo establecido en el apartado anterior, deberán aportar documentación acreditativa de las facultades de representación de la persona que formule la solicitud de ayuda como representante de las mismas, debidamente inscrita, en su caso, en los registros públicos correspondientes.
- Memoria descriptiva de las actuaciones a acometer (Anexo II) que contenga al menos, descripción y alcance de la actuación, inversión, coste subvencionable y ayuda solicitada.
- En el caso de una entidad vinculada o dependiente del sector público deberá presentar una declaración responsable (Anexo III) donde acredite su adscripción, y donde declare si desarrolla o no actividad comercial y mercantil.
- Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, o bien declaración responsable de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, cuando la cuantía de la ayuda no supere los 3.000 euros por persona beneficiaria, conforme con lo previsto por el artículo 22 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
- Declaración responsable (Anexo IV y IV.b)) con el siguiente contenido:
- No concurre ninguna de las circunstancias enumeradas en el artículo 13.2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y, en particular, de hallarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones, en los términos previstos en el artículo 25 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones.
- No se dispone de otras ayudas para la misma actuación, por incompatibilidad de ayudas.
El solicitante de la ayuda respecto de las actuaciones para las que solicita financiación en la presente convocatoria:
-
NO puede recuperar el impuesto sobre el valor añadido (IVA)
-
SI puede recuperar el impuesto sobre el valor añadido (IVA)
El solicitante de la ayuda respecto de las actuaciones para las que solicita financiación en la presente convocatoria:
-
NO está obligado a inscribirse como empresario en la Seguridad Social.
-
SI está obligado a inscribirse como empresario en la Seguridad Social.
g. Copia del recibo del Impuesto de Vehículo de Tracción Mecánica del año 2018, del vehículo a achatarrar.
FASE DE ABONO
- Fotocopia de la Ficha Técnica (Tarjeta ITV) del vehículo adquirido.
- Fotocopia del Permiso de Circulación del vehículo adquirido o fotocopia del Permiso de Circulación provisional emitido por la Dirección General de Tráfico. En los casos en que se emita Permiso temporal para vehículos cuya matrícula comience con la letra P, se exigirá la aportación de fotocopia del Permiso de Circulación definitivo en el plazo de subsanación que se establezca en la convocatoria de la comunidad autónoma o ciudades de Ceuta y Melilla.
- Cuando se supere un importe de 3.000 euros en la ayuda o ayudas que pudieran ser otorgadas a un mismo solicitante o interesado, éste estará obligado a aportar certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias expedido a tal efecto por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y de estar al corriente de las obligaciones frente a la Seguridad Social, conforme con lo previsto por el artículo 22 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
- Copia de los tres presupuestos solicitados para la realización de la actuación.(cuando el importe del gasto supere los 40.000 euros para el caso de contratación de obras o 15.000 euros para otros contratos).
- Memoria de la actuación realizada (Anexo V)
- En el caso de renting o leasing operativo, además de los documentos anteriores, se adjuntará fotocopia del contrato de renting o leasing operativo, que establezca una duración mínima de dos años y donde figure como arrendatario del mismo el solicitante de ayuda o potencial destinatario final de la ayuda.
- Fotocopia de la factura de compraventa del vehículo, debiendo ser la fecha de la misma posterior a la fecha de registro de la solicitud de ayuda. No serán admisibles las autofacturas. En la factura deberá constar la matrícula o número de bastidor, marca, modelo y versión del vehículo adquirido y un descuento por parte del fabricante/importador o punto de venta de al menos mil euros para las adquisiciones de vehículos de categorías M1 y N1, por el «Programa MOVES».
- Documentos justificativos del pago de la factura de compraventa del vehículo:
- En la factura, deberá aparecer detallado el importe del descuento obligatorio a practicar por el concesionario que será, como mínimo, de 1.000 ? sobre el precio de venta.
- En relación a la documentación del vehículo que se achatarra, se aportará:
Solicitud para la adquisición de vehículos de energías alternativas ( 1413.5 Kb)
Memoria descriptiva de la actuación vehículos de energías alternativas ( 1399 Kb)
Declaración responsable PYMES ( 1392 Kb)
Declaración responsable de adscripción al sector público para vehículos de energías alternativas ( 1394 Kb)
Declaración responsable solicitud otras ayudas para vehículos de energías alternativas ( 1394 Kb)
Declaración responsable sobre IVA y Seguridad Social para vehículos de energías alternativas ( 1393.5 Kb)
Solicitud de abono vehículos de energías alternativas ( 1365.5 Kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
- La Oficina de Registro del órgano competente
- Oficinas de registro
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
- Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes comienza el 22 de agosto y finaliza el 31 de diciembre de 2019.
- Plazo de resolución y notificación
6 meses
Más información
- Normativa:
Real Decreto 72, de 15 de febrero, por el que se regula el programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible (Programa MOVES).
Real Decreto 132, de 8 de marzo, por el que se acuerda la concesión directa de las ayudas del programa MOVES a las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla.
Resolución 1135, de 9 de agosto, de la Consejería de Desarrollo Económico e Innovación, de aprobación por la que se convocan ayudas para adquisición de vehículos de energías alternativas en el marco del programa MOVES.(Texto íntegro)
Resolución 1135/2019, de 21 de agosto, de aprobación por la que se convocan ayudas para adquisición de vehículos de energías alternativas en el marco del programa MOVES.(extracto)
- Sentido de silencio (silencio administrativo):
Según normativa aplicable
- Recurso que procede:
Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo
- Observaciones:
Las ayudas se tramitan y gestionan por cuenta del INSTITUTO PARA LA DIVERSIFICACIÓN Y AHORRO DE LA ENERGÍA y son cofinanciadas por el Fondo europeo de Desarrollo Regional (FEDER) en el marco del Programa Operativo Plurirregional de España (POPE) 2014-2020
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Sostenibilidad y Transición Ecológica
- Órgano competente: Dirección General de Transición Energética y Cambio Climático
- Unidad tramitadora: Servicio de Energía y Transición Energética
- Cargo que resuelve: Consejera de Desarrollo Económico e Innovación
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Oficinas de la administración
Instituto de la Vivienda de La Rioja, S.A.
Calle General Urrutia 10-12, 26005, Logroño
Instituto de Educación Secundaria Batalla de Clavijo
Calle General Urrutia 4, 26005, Logroño
Centro de Día Ciudad de Arnedo de Arnedo
Avenida Polideportivo 18, 26580, Arnedo
Instituto de Educación Secundaria Ciudad de Haro
Calle El Mazo 11, 26200, Haro
Servicio de Comercio
Calle Marqués de la Ensenada 13-15, 26003, Logroño
Sección de Colocación y de Asesoramiento a Empresas
Calle Calvo Sotelo 28, 26003, Logroño
Sección de Inserción Laboral y Desarrollo Local
Calle Presidente Leopoldo Calvo Sotelo 8-10, 26003, Logroño
Servicio de Defensa de la Naturaleza, Caza y Pesca
Calle Prado Viejo 62 bis, 26007, Logroño
Oficina de Atención al Ciudadano de Santo Domingo de la Calzada
Calle Sor María de Leiva 14-16, 26250, Santo Domingo de la Calzada
Instituto de Educación Secundaria Inventor Cosme García
Calle República Argentina 68, 26006, Logroño
Oficina de Empleo de Logroño
Calle Calvo Sotelo 27, 26003, Logroño
Sección de Coordinación y Promoción Deportiva
Calle Muro de Francisco de la Mata 8, 26005, Logroño