Plan de Obras y Servicios Locales de la Comunidad Autónoma de La Rioja

Actualizado el 3 de agosto de 2020
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La presente Orden tiene por objeto regular la gestión del Plan de Obras y Servicios Locales de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Requisitos

Beneficiarios de las subvenciones

  1. Podrán ser beneficiarios de las subvenciones objeto de esta orden todos los municipios de la Comunidad Autónoma de La Rioja, y las cuatro Entidades Locales Menores reconocidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja, cuando tengan atribuida competencia en esta materia, y las Mancomunidades de municipios de la Comunidad Autónoma de La Rioja legalmente constituidas.
  2. En todo caso, será requisito previo a la concesión de la subvención, que la Entidad Local tenga presentados en la Dirección General competente en materia de régimen local los siguientes documentos, determinados en referencia a la fecha de presentación de la solicitud:
    1. El presupuesto general de la Entidad, del ejercicio en curso.
    2. La Liquidación del presupuesto general de la Entidad, del ejercicio anterior.
    3. Copia de las actas de las sesiones celebradas por el Pleno u órgano colegiado superior de la Entidad, cumpliendo la periodicidad mínima exigida legalmente, durante los doce meses previos a la fecha de presentación de la solicitud de subvención.

Destino de las subvenciones

  1. Las subvenciones tendrán el carácter de transferencia de capital y deberán destinarse a financiar la ejecución de obras.

Documentación

  • Solicitud, escrito o comunicación
  • DOCUMENTACIÓN DE LA SOLICITUD:

    Solicitud ajustada al modelo predefinido Anexo I, que cumplirá las siguientes condiciones:

    • Ha de tratarse en todo caso de inversiones en infraestructuras vinculadas a servicios públicos de competencia municipal. Entre ellas, se dará prioridad a las solicitudes referidas a los siguientes servicios obligatorios con arreglo al artículo 26.1.a) de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local: alumbrado público, cementerio, abastecimiento domiciliario de agua potable, alcantarillado, acceso a núcleos de población y pavimentación de las vías públicas. No se acogerán obras relativas a caminos rurales u otras infraestructuras agrarias.
    • Cada actuación a incluir en el Plan deberá tener un presupuesto, incluido el IVA, superior a 20.000 euros. Sólo de forma excepcional y justificada, para entidades con menos de 100 habitantes podrá incluirse una obra con presupuesto entre 10.000 y 20.000 euros.
    • Si se solicitara subvención para más de una actuación, se señalará el orden de prioridad entre ellas.
    • La solicitud se formulará por el Presidente de la Entidad, en nombre de ésta, previo acuerdo del órgano que sea competente para asumir el compromiso de ejecución de la inversión.

    APORTACIÓN DE DOCUMENTOS JUNTO A LA SOLICITUD:

    • Deberá aportarse una memoria descriptiva de la inversión, en la que se justifique su necesidad y se valore, por partidas, el presupuesto o coste de ejecución. Las obras deberán proyectarse en todos los casos con materiales de calidad de gama media.

    DOCUMENTACIÓN PARA LA GESTIÓN, SEGUIMIENTO Y JUSTIFICACIÓN:

  1. Por cada actuación incluida en el Plan , con fecha limiete del 10 de mayo del primer año al que se halle adscrita, deberan aportarse:
  • El proyecto técnico en soporte digital (Pdf) y una copa en papel. El proyecto estará redactado y firmado por tecinco competente y tener identica denominación a la recogida en el Plan.
  • Un certificado de la aprobación del proyecto técnico, nombramiento del director de obra, disponibilidad de los terrenos y permisos necesarios para la ejecución de la obra.
  • Cuando se pretenda realizar las obras con servicios propios de la entidad loca, se presentará informe justificativo de que concurren las circunstancias legales para ello
  • Una vez que se produzca el informe favorable sobre el cumplimiento de los requisitos expresados en el artículo anterior, mediante una resolución de la Dirección General se autorizará a la entidad local para contratar la ejecución de la obra o para ejecutarla con sus propios medios, según proceda. En todo caso, si a la fecha límite del día 30 de septiembre del año al que esté adscrita la inversión no se cumplieran los requisitos para autorizar su contratación, se excluirá esa inversión de dicha anualidad del Plan.
  • Previa instrucción del oportuno procedimiento administrativo, el órgano competente de la entidad local deberá realizar la adjudicación del contrato de obra, con fecha límite del día 1 de diciembre del primer año al que se halle adscrita la actuación dentro del Plan. En el mismo plazo deberá acordarse, cuando proceda, la ejecución por los servicios propios de la entidad local

    3. Documentación de seguimiento:

    1. Un ejemplar del acta de comprobación del replanteo, que se presentará junto a la primera certificación de obra ejecutada.
    2. Un ejemplar de cada certificación de obra ejecutada mensualmente, y de la certificación final de las obras ejecutadas.
    3. La factura expedida por el contratista por cada certificación de obra, aprobada por el órgano competente de la entidad local, que se presentará unida a la certificación de obra.
    4. Un ejemplar del acta de recepción de la obra, que se presentará junto a la certificación final de las obras ejecutadas.
    5. Un ejemplar digitalizado de los planos del proyecto técnico, ajustados a la obra materializada en el momento de su recepción. Se presentará al mismo tiempo que la certificación final.

    Anexo I. Modelo de solicitud ( 46.5 Kb)

    Certificado de aprobación ( 43 Kb)

    Certificado de adjudicación del contrato de obras ( 52.5 Kb)

    Certificado de adjudicacióln del contrato de obras (Plurianualización) ( 54 Kb)

    Certificado de adjudicación en Convenios de Cooperación. ( 19.3 Kb)

    Certificación ordinaria, anticipada o final ( 65.5 Kb)

    Acta de Recepción de Obras ( 32.5 Kb)

    Acta de Comprobación y replanteo ( 32.5 Kb)

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se realizará de forma electrónica desde el botón Tramitar

    Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

    Plazos

    • Plazo de resolución y notificación

      Si en un plazo de tres meses, contados desde el día en que termine el plazo señalado para presentar las solicitudes, no se hubiera notificado la oportuna Resolución, la Entidad solicitante podrá entender desestimada su petición

    • Otros plazos
      • Fecha límite de 10 de mayo del primer año al que se halle adscrita la inversión, para remitir el proyecto técnico acompañado de la certificación de aprobación del proyecto, nombramiento del director de la obra y disponibilidad de los terrenos necesarios para la ejecución de la obra.
      • Si a la fecha límite del 30 de septiembre del año al que esté adscrita la inversión no se cumplieran los requisitos para autorizar su contratación, se excluirá la inversión de dicha anualidad del Plan.
      • La adjudicación del contrato se realizará por el órgano competente de la Entidad Local, previa instrucción del oportuno procedimiento administrativo, con fecha límite del día 1 de diciembre del primer año al que se halle adscrita la actuación dentro del Plan. En el mismo plazo deberá acordarse, cuando proceda, la ejecución por los servicios propios de la Entidad.
      • Con fecha límite del 10 de diciembre del mismo año, deberá presentarse ante la Dirección General de Política Local una certificación, con arreglo a los modelos predefinidos, del acuerdo de adjudicación o de declaración de la licitación desierta o el acuerdo de ejecutar la obra por los servicios propios de la Entidad Local.
      • La ejecución de las inversiones debe iniciarse dentro del año al que se adscriben en el Plan. La finalización de las inversiones debe acreditarse con fecha límite del día 1 de septiembre del año siguiente al de aquel al que se hallen adscritas en el Plan, mediante la presentación ante la Dirección General de Política Local de la certificación final de las obras ejecutadas y del acta de recepción de la obra, suministro o servicio por parte de la Entidad Local, con las facturas correspondientes.

    Más información

    • Normativa:

      Ley Ley 7/1985, de 2 de abril, Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

      Ley Ley 1/2003,, de 3 de marzo, Ley 1/2003, de 3 de marzo, de la Administración Local de La Rioja

      Ley Ley 1/2018, de 30 de enero, Ley 1/2018, de 30 de enero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año 2018

      Orden Orden FOM/42/2018, de 27 de junio, Orden FOM/42/2018, de 27 de junio, de la Consejería de Fomento y Política Territorial, por la que se regula la gestión del Plan de Obras y Servicios Locales de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

    • Sentido de silencio (silencio administrativo):

      Negativo

    • Recurso que procede:

      Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo

  • Tasas: No tiene tasa
  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio competente

    • María Yolanda Jubera Sarramian
    • José Ignacio Gómez López

    Asistencia técnica


    Oficinas de la administración

    Instituto de la Vivienda de La Rioja, S.A.

    Calle General Urrutia 10-12, 26005, Logroño

    Instituto de Educación Secundaria Batalla de Clavijo

    Calle General Urrutia 4, 26005, Logroño

    Centro de Día Ciudad de Arnedo de Arnedo

    Avenida Polideportivo 18, 26580, Arnedo

    Instituto de Educación Secundaria Ciudad de Haro

    Calle El Mazo 11, 26200, Haro

    Servicio de Comercio

    Calle Marqués de la Ensenada 13-15, 26003, Logroño

    Sección de Colocación y de Asesoramiento a Empresas

    Calle Calvo Sotelo 28, 26003, Logroño

    Sección de Inserción Laboral y Desarrollo Local

    Calle Presidente Leopoldo Calvo Sotelo 8-10, 26003, Logroño

    Servicio de Defensa de la Naturaleza, Caza y Pesca

    Calle Prado Viejo 62 bis, 26007, Logroño

    Oficina de Atención al Ciudadano de Santo Domingo de la Calzada

    Calle Sor María de Leiva 14-16, 26250, Santo Domingo de la Calzada

    Instituto de Educación Secundaria Inventor Cosme García

    Calle República Argentina 68, 26006, Logroño

    Oficina de Empleo de Logroño

    Calle Calvo Sotelo 27, 26003, Logroño

    Sección de Coordinación y Promoción Deportiva

    Calle Muro de Francisco de la Mata 8, 26005, Logroño

    Cinco Días
    Expansión
    EFE Emprende
    CuatroCasas Telefonica

    Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.