Habilitaciones profesionales de Servicios Sociales
La Orden determina la cualificación profesional del personal de atención directa en las categorías de cuidador/gerocultor, auxiliar de ayuda a domicilio y asistente personal que trabaja en centros y servicios de servicios sociales del Sistema para la Autonomía y Atención a la dependencia; igualmente regula el procedimiento para la obtención de la habilitación excepcional y provisional para estas categorías profesionales.
Requisitos
Para la habilitación excepcional:
- Podrán obtener la habilitación excepcional como cuidador/gerocultor, auxiliar de ayuda a domicilio y en su caso asistente personal, las personas que a 31 de diciembre de 2017 acrediten experiencia laboral de al menos 3 años en los últimos 12 años, con un mínimo de 2000 horas trabajadas en la categoría profesional correspondiente.
- También podrán obtener la habilitación excepcional como cuidador/gerocultor, auxiliar de ayuda a domicilio y en su caso asistente personal las personas que sin alcanzar el mínimo de experiencia exigida en el párrafo anterior, y a 31 de diciembre de 2017, hubieran trabajado como tales en la categoría profesional que pretendan acreditar y tengan un mínimo de 300 horas de formación, en los últimos 12 años, relacionadas con las competencias profesionales que se quieren acreditar.
Para la habilitación provisional:
Podrán obtener la habilitación provisional como cuidador/gerocultor, auxiliar de ayuda a domicilio y en su caso asistente personal, las personas que a 31 de diciembre de 2017, tengan experiencia laboral previa en alguna de las categorías profesionales citadas y sin haber alcanzado los requisitos necesarios para la obtención de la habilitación excepcional se comprometan mediante declaración responsable a participar en los procesos de evaluación y acreditación de la experiencia laboral, que se realicen en el ámbito estatal o autonómico o a realizar la formación vinculada a los correspondientes certificados de profesionalidad o títulos de formación profesional hasta el 31 de diciembre de 2022.
Tanto el supuesto de la habilitación excepcional como de la provisional, únicamente se admitirán a trámite las solicitudes presentadas por aquellos solicitantes cuyo último servicio se haya prestado o se esté prestando en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Documentación
- Solicitud, escrito o comunicación
Solicitud de habilitación de profesionales pertenecientes a las categorías de cuidador/gerocultor, auxiliar de ayuda a domicilio, y asistente personal.
DNI: copia del DNI o NIE en vigor del solicitante y en su caso del representante.
Informe de vida laboral: informe actualizado de la vida laboral.
Contratos de trabajo: en el caso de los trabajadores por cuenta ajena contratos que acrediten la experiencia laboral en la categoría profesional solicitada en los últimos 12 años (entre el 01/01/2006 y el 31/12/2017).
Certificado: en el caso de los trabajadores por cuenta ajena, certificados de empresa que acrediten la experiencia laboral en la categoría profesional solicitada en los últimos 12 años (entre el 01/01/2006 y el 31/12/2017).
Declaración responsable: en el caso de trabajadores autónomos descriptiva de la actividad desarrollada y periodos de tiempo trabajados.
Cursos de formación: en el caso de que los solicitantes no alcancen la experiencia laboral requerida, aportarán copias de los certificados y o/documentos que acrediten al menos 300 horas de formación relacionadas con el cuidado de personas dependientes, ayuda a domicilio, personas con discapacidad, personas mayores, etc. recibidas en los últimos 12 años (entre el 01/01/2006 y el 31/12/2017).
Declaración responsable: en el caso de que el solicitantes no disponga de sufiente experiencia o formación, aportará declaración responsable de compromiso a obtener la cualificación profesional corresponidiente hasta el 31/12/2022.
SOLICITUD DE HABILITACIÓN ( 149.5 Kb)
CERTICADO DE EMPRESA ( 124 Kb)
DECLARACIÓN RESPONSABLE TRABAJADORES AUTÓNOMOS ( 120.5 Kb)
DECLARACIÓN RESPONSABLE COMPROMISO CUALIFICACIÓN ( 121.5 Kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
- La Oficina de Registro del órgano competente
- Oficinas de registro
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
- Plazo de presentación de solicitudes
A partir del día 23 de agosto de 2018.
- Plazo de resolución y notificación
Plazo máximo para resolver y notificar las resoluciones: 6 meses.
Más información
- Normativa:
Orden PSO/52/2018, de 31 de julio, por la que se determinan las cualificaciones del personal de atención directa: cuidador/gerocultor, auxiliar de ayuda a domicilio y asistente personal, de los centros y servicios de servicios sociales y el procedimiento para la obtención de la habilitación excepcional y de la habilitación provisional.
- Sentido de silencio (silencio administrativo):
Negativo
- Recurso que procede:
Alzada
La presente Resolución no pone fin a la via administrativa conforme al artículo 45 de la Ley 4/2005 de 1 de junio (BOR 07-06), de Funcionamiento y Régimen de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja. Contra la misma se puede interponer recurso de alzada ante el Consejero de Políticas Sociales, Familia, Igualdad y Justicia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, según se dispone en el artículo 52 de la Ley 4/2005 en relación con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Servicios Sociales y a la Ciudadanía
- Órgano competente: Secretaría General Técnica
- Unidad tramitadora: Servicio de Autorización, Acreditación e Inspección de Centros y Servicios
- Cargo que resuelve: Sr/a. Secretario/a General Técnico/a
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
- Mª Carmen Sanz Lasanta
- Cristina Jiménez Torres
FAQ (Preguntas frecuentes)
- ¿Quienes pueden solicitar la habilitación excepcional o provisional en la Comunidad Autónoma de La Rioja?
- Únicamente se admitirán a trámite las solicitudes presentadas por aquellos trabajadores cuyo último servicio se haya prestado o se esté prestando en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
- No, es necesario que la experiencia laboral sea en la categoría profesional correspondiente que se solicite.
Oficinas de la administración
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Calle General Urrutia 10-12, 26005, Logroño
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Calle General Urrutia 4, 26005, Logroño
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Instituto de Educación Secundaria Ciudad de Haro
Calle El Mazo 11, 26200, Haro
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Sección de Colocación y de Asesoramiento a Empresas
Calle Calvo Sotelo 28, 26003, Logroño
Sección de Inserción Laboral y Desarrollo Local
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Servicio de Defensa de la Naturaleza, Caza y Pesca
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Calle Sor María de Leiva 14-16, 26250, Santo Domingo de la Calzada
Instituto de Educación Secundaria Inventor Cosme García
Calle República Argentina 68, 26006, Logroño
Oficina de Empleo de Logroño
Calle Calvo Sotelo 27, 26003, Logroño
Sección de Coordinación y Promoción Deportiva
Calle Muro de Francisco de la Mata 8, 26005, Logroño