Habilitación de asesores o de evaluadores en el procedimiento de reconocimiento de competencias profesionales
Habilita para actuar como profesionales en las fases de asesoramiento y evaluación del procedimiento de reconocimiento de competencias profesionales.
Requisitos
Los requisitos que deben concurrir para obtener la habilitación para ejercer las funciones de asesoramiento o evaluación son:
- Tener una experiencia de al menos cuatro años en alguno de los siguientes colectivos:
- Profesorado perteneciente a los Cuerpos de Catedráticos, Profesores de enseñanza secundaria o Técnicos de formación profesional, con atribución docente en la Familia Profesional correspondiente a las unidades de competencia en que se desea ser habilitado.
- Otro profesorado, docentes y formadores y formadoras especializados en las unidades de competencia en que se desea ser habilitado.
- Profesionales expertos en las unidades de competencia en que se desea ser habilitado.
El Departamento de Cualificaciones de La Rioja, podrá facilitar una habilitación provisional a quienes, reuniendo los requisitos del punto 1, no hayan superado el curso de formación del punto 2.
Las personas habilitadas provisionalmente, tendrán prioridad en el acceso a los cursos de esta formación específica que organice o financie el Departamento. Su no realización podrá dar lugar a la pérdida de la habilitación provisional.
Los asesores habilitados podrán ser nombrados para realizar la fase de asesoramiento en cada convocatoria.
Los evaluadores habilitados podrán formar parte de las comisiones de evaluación que se constituyan para cada convocatoria para realizar la fase de evaluación.
Documentación
- Solicitud
En la solicitud se harán constar las unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales en las que se solicita ser habilitado, así como si se desea ser habilitado como asesor, como evaluador, o como ambas figuras.
Las personas interesadas deben presentar:
- Impreso de solicitud.
- Currículum vitae en formato europeo.
- Documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos. La experiencia se acreditará mediante el Informe de Vida Laboral (o autorización al Departamento de Cualificaciones para obtenerlo) y los contratos de trabajo, certificados de empresa, hojas de servicios, etc.; en cualquier caso, deberá documentarse expresamente que la experiencia está relacionada con la cualificación o las cualificaciones para las que se desee ser asesor o evaluador.
- Documentación acreditativa de la formación realizada más directamente relacionada con las cualificaciones en las que se solicita ser habilitado.
Solicitud de habilitación ( 337.5 Kb)
Curriculum Vitae Europeo ( 52.5 Kb)
Consentimiento para la notificación electrónica ( 37 Kb)
Solicitud de cambio de medio de notificación ( 63 Kb)
Sujetos obligados a recibir notificación electrónica ( 37 Kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
- La Oficina de Registro del órgano competente
- Oficinas de registro
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
- Plazo de presentación de solicitudes
La solicitud de habilitación podrá formularse en cualquier momento ante el Departamento de Cualificaciones de La Rioja.
- Plazo de resolución y notificación
Seis meses desde la fecha de solicitud.
Más información
- Normativa:
Decreto 32/2011, de 29 de abril, por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral así como por vías no formales de formación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
- Sentido de silencio (silencio administrativo):
Negativo
- Recurso que procede:
Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo
- Observaciones:
La habilitación será efectuada por la Consejería con competencias en educación cuando el derecho a ella se fundamente en la experiencia del solicitante como docente en el ámbito educativo.
La habilitación será efectuada por la Consejería con competencias en empleo cuando el derecho a ella se fundamente en la experiencia del solicitante como formador en el ámbito de la formación para el empleo o como profesional experto.
De la misma manera, resolverán negativamente las solicitudes de quienes no reúnan los requisitos exigidos para la habilitación.
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Educación y Cultura
- Órgano competente: Dirección General de Formación Profesional y Empleo
- Unidad tramitadora: Servicio de Políticas Activas para el Empleo
- Cargo que resuelve: Consejero/a
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
- Teléfono 941 294 205
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Instituto de la Vivienda de La Rioja, S.A.
Calle General Urrutia 10-12, 26005, Logroño
Instituto de Educación Secundaria Batalla de Clavijo
Calle General Urrutia 4, 26005, Logroño
Centro de Día Ciudad de Arnedo de Arnedo
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Instituto de Educación Secundaria Ciudad de Haro
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Calle Sor María de Leiva 14-16, 26250, Santo Domingo de la Calzada
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Oficina de Empleo de Logroño
Calle Calvo Sotelo 27, 26003, Logroño
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