Ficha de terceros: altas, bajas y modificaciones
La Ficha de Terceros es necesaria para cualquier relación con el Gobierno de La Rioja que implique o pueda implicar el pago por prestaciones de bienes o servicios, subvenciones o ayudas.
Requisitos
Personas físicas o jurídicas, acreedoras del Gobierno de La Rioja.
Documentación
- Tramitación
Si se da de alta en el Registro de terceros de manera presencial, deberá acompañarse fotocopia del NIE (o documento equivalente para la identificación de persona física no española) o del CIF.
Para personas físicas españolas, no será necesario aportar fotocopia del DNI (artículo 37 de la Ley 5/2008, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2009).
Ficha de alta de terceros ( 149.1 Kb)
Cómo tramitarlo
Puede dar de alta su Ficha de Terceros por dos cauces:
- De manera presencial de la siguiente manera:
- rellene los datos y acuda a su oficina bancaria para que valide los datos relativos a su cuenta.
- presente el impreso en las dependencias de la Consejería de Hacienda de Logroño, Portales nº 71 o en cualquier oficina de registro habilitada. Si se da de alta en el Registro de terceros de manera presencial, deberá acompañar fotocopia del DNI/CIF.
- De manera telemática, desde su propio ordenador, evitando desplazamientos a través de nuestra Oficina virtual: Presentación telemática de la ficha
Plazos
- Plazo de presentación de solicitudes
Abierto todo el año
Más información
- Normativa:
- Observaciones:
Si opta por la tramitación electrónica recuerde que:
- Para acceder a la ficha de terceros de forma telemática es necesario disponer de firma electrónica.
- Si se trata de de una Empresa, Sociedad mercantil, Asociación, Fundación, Cooperativa, etc., deberá acreditarse como persona jurídica en la Agencia Tributaria. Si se trata de una persona física , podrá acreditarse como tal en las Oficinas de Atención al Ciudadano.
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Hacienda
- Órgano competente: Dirección General de Control Presupuestario
- Unidad tramitadora: Servicio de Tesorería y Política Financiera
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
- Belén Corres Santos