Ayudas sociales de permanencia en la Universidad de La Rioja
Convocatoria de ayudas sociales, en régimen de concesión directa, para el pago parcial de terceras y cuartas matrículas de alumnos de la Universidad de La Rioja.
Requisitos
Enseñanzas universitarias comprendidas
Quedan comprendidas, a estos efectos, las enseñanzas universitarias presenciales cuya superación conduzca a la obtención de un título académico oficial de Grado universitario por la Universidad de La Rioja.
Beneficiarios
- Podrán solicitar las ayudas reguladas por la presente orden, todos aquellos estudiantes que se encuentren realizando estudios universitarios oficiales de grado en la Universidad de La Rioja, con matrícula en vigor en el curso académico en que se realice la convocatoria de las ayudas y con créditos matriculados en terceras y cuartas matrículas y cuya renta y patrimonio familiar, calculado según lo especificado en la presente orden, no supere los umbrales que se establezcan anualmente en la correspondiente resolución de convocatoria.
- No podrán ser beneficiarios de estas ayudas quienes estén en posesión, o reúnan los requisitos legales para la expedición de un título oficial de graduado, licenciado, ingeniero superior o arquitecto.
- Queda excluida del ámbito de aplicación de estas ayudas la realización de estudios oficiales de máster universitario, doctorado, estudios de especialización y títulos propios de la Universidad de La Rioja.
- No podrán obtener la condición de beneficiarios quienes se encuentren incursos en alguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Requisitos económicos y patrimoniales
Consultar los apartados 3 y 4 de la Resolución de convocatoria.
Documentación
- Solicitud, escrito o comunicación
- El impreso de solicitud deberá acompañarse de la siguiente documentación:
- Declaración responsable del solicitante de:
- No estar incurso en las causas que impiden adquirir la condición de persona beneficiaria que establece el artículo 13 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero.
- Referencia, en su caso, a las ayudas y las subvenciones que haya solicitado y obtenido con la misma finalidad, con expresión de la cuantía y la entidad que las concedió.
- Estar afectado, en su caso, de un grado de discapacidad igual o superior al 33%, con expresa mención del grado que corresponda, y disponer del certificado oficial de su reconocimiento.
- En su caso, ser miembro de familia numerosa, con indicación de la categoría, general o especial, y disponer de la documentación que lo corrobora.
- Estar cursando enseñanzas universitarias presenciales destinadas a la obtención de un título académico oficial de Grado universitario en la Universidad de La Rioja en el curso correspondiente a la convocatoria de estas ayudas, con indicación expresa del número de créditos matriculados en terceras y cuartas matrículas, así como de la cuantía desglosada correspondiente a dichas terceras y cuartas matrículas.
- Ficha de alta de terceros, debidamente cumplimentada, si el solicitante no está dado de alta en el subsistema de Terceros del Gobierno de La Rioja o, en su caso, de modificación de datos. Presentación electrónica de la ficha.
- En su caso, fotocopia de los documentos acreditativos de la percepción de ingresos exentos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o no declarados por razón de la cuantía.
- En su caso, fotocopia de la matrícula de los hermanos del solicitante que se encuentren cursando estudios fuera del domicilio familiar.
- La solicitud de ayuda conllevará la autorización al órgano gestor, para recabar la información necesaria de los registros oficiales para la resolución del expediente, así como a recabar los certificados a emitir por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la Tesorería General de la Seguridad Social, por la Dirección General competente en materia de Tributos del Gobierno de La Rioja y por la Dirección General del Catastro.
- Si el solicitante opta por no autorizar al órgano gestor para la consulta de los datos deberá marcarlo expresamente en la casilla habilitada al efecto en el modelo de solicitud y aportar los siguientes documentos: copia compulsada del Documento Nacional de Identidad, certificados acreditativos de hallarse al corriente de sus obligaciones con la Hacienda Estatal, con la Tesorería General de la Seguridad Social y con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de La Rioja, certificación expedida por el Ayuntamiento u otro documento equivalente, que acredite el domicilio familiar e incluya a todos los miembros de la unidad familiar y copia compulsada de las declaraciones por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de los miembros computables de la unidad familiar y del impuesto de Patrimonio, de aquellos miembros computables que estén obligados a su presentación. Asimismo, los miembros computables que desarrollen cualquier actividad económica deberán presentar documentación que acredite el volumen de facturación de la actividad y su porcentaje de participación en la misma. A tal efecto, podrá presentarse fotocopia de las declaraciones del IVA y pagos fraccionados. Deberá presentarse también fotocopia de las escrituras de compraventa, contratos u otra documentación que acredite la titularidad de los inmuebles o fincas rústicas de los miembros computables de la unidad familiar.
- El órgano instructor, podrá requerir, en cualquier momento, la aportación de la documentación que acredite el cumplimiento de los extremos incluidos en la declaración responsable y el interesado deberá aportarla. Asimismo, podrá requerir los documentos complementarios que estime precisos para un adecuado conocimiento de las circunstancias peculiares de cada caso, a los efectos de garantizar la correcta adjudicación de las ayudas.
- La recuperación de la documentación presentada por los solicitantes no seleccionados, podrá efectuarse dentro de los dos meses siguientes a la resolución de concesión definitiva.
Modelo de solicitud ( 83.5 Kb)
Ficha de alta de terceros ( 105.7 Kb)
Consentimiento para la notificación electrónica ( 81.3 Kb)
Cambio de medio de notificación ( 127.8 Kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
- La Oficina de Registro del órgano competente
- Oficinas de registro
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
- Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la Resolución de convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja (Fecha de publicación: 15 de febrero de 2019).
El plazo de presentación de solicitudes comienza el 16 de febrero y finaliza el 15 de marzo de 2.019.
- Plazo de resolución y notificación
La resolución se dictará y notificará en el plazo máximo de seis meses a contar desde el día siguiente a aquél en que se haya publicado la resolución de convocatoria correspondiente. Transcurrido dicho plazo sin que haya recaído resolución expresa, dichas solicitudes podrán entenderse desestimadas por silencio administrativo.
Más información
- Normativa:
Orden EDU/30/2018,, de 29 de mayo, por la que se regula el procedimiento de concesión de ayudas sociales de permanencia en la Universidad de La Rioja
Resolución de 7 de febrero de 2019, de la Consejería de Educación, Formación y Empleo por la que se convocan ayudas sociales de permanencia en la Universidad de La Rioja, durante el curso 2018-2019 (Texto íntegro)
- Sentido de silencio (silencio administrativo):
Negativo
- Recurso que procede:
Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Desarrollo Autonómico
- Órgano competente: Dirección General de Universidad y Política Científica
- Unidad tramitadora: Servicio de Universidad e Investigación
- Cargo que resuelve: Subdirector/a
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Pablo Olasolo Alonso
Oficinas de la administración
Instituto de la Vivienda de La Rioja, S.A.
Calle General Urrutia 10-12, 26005, Logroño
Instituto de Educación Secundaria Batalla de Clavijo
Calle General Urrutia 4, 26005, Logroño
Centro de Día Ciudad de Arnedo de Arnedo
Avenida Polideportivo 18, 26580, Arnedo
Instituto de Educación Secundaria Ciudad de Haro
Calle El Mazo 11, 26200, Haro
Servicio de Comercio
Calle Marqués de la Ensenada 13-15, 26003, Logroño
Sección de Colocación y de Asesoramiento a Empresas
Calle Calvo Sotelo 28, 26003, Logroño
Sección de Inserción Laboral y Desarrollo Local
Calle Presidente Leopoldo Calvo Sotelo 8-10, 26003, Logroño
Servicio de Defensa de la Naturaleza, Caza y Pesca
Calle Prado Viejo 62 bis, 26007, Logroño
Oficina de Atención al Ciudadano de Santo Domingo de la Calzada
Calle Sor María de Leiva 14-16, 26250, Santo Domingo de la Calzada
Instituto de Educación Secundaria Inventor Cosme García
Calle República Argentina 68, 26006, Logroño
Oficina de Empleo de Logroño
Calle Calvo Sotelo 27, 26003, Logroño
Sección de Coordinación y Promoción Deportiva
Calle Muro de Francisco de la Mata 8, 26005, Logroño