Ayudas a personas con hemofilia y otras coagulopatías congénitas que hayan sido contaminadas con el virus de la hepatitis C como consecuencia de haber recibido transfusiones sanguíneas o tratamiento con concentrados de factores de coagulación
Ayudas sociales a las personas afectadas de hemofilia y otras coagulopatías congénitas, que hayan desarrollado la hepatitis C a consecuencia de haber recibido tratamientos con concentrados de factores de coagulación en el ámbito del sistema sanitario público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, que residan en dicho territorio y que no hayan percibido por el mismo concepto ayudas en otras Comunidades Autónomas.
Requisitos
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas:
- Las personas hemofílicas o con otras coagulopatías congénitas que hayan desarrollado la hepatitis C a consecuencia de haber recibido tratamientos con concentrados de factores de coagulación en el ámbito del sistema sanitario público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, que residan en la misma y que estén incluidas en el censo definitivo previsto en el artículo 80 de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social.
- En el caso de fallecimiento de las personas a que se refiere el apartado a) podrán ser beneficiarios: los hijos menores de edad y los mayores incapacitados, por partes iguales. En defecto de ellos, el conyugue no separado legalmente o, en su caso, la persona que hubiera venido conviviendo con el fallecido de forma permanente durante al menos dos años anteriores al momento del fallecimiento y a falta de los anteriores, los padres de las personas fallecidas.
Requisitos
Para acceder a estas ayudas, los solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos:
- Estar empadronado en un municipio de la Comunidad Autónoma de La Rioja a fecha 1 de enero de 2015.
- Padecer hemofilia u otra coagulopatía congénita y haber desarrollado la hepatitis C a consecuencia de haber recibido tratamientos con concentrados de factores de coagulación en el ámbito del Sistema Sanitario Público de La Rioja.
- Estar incluido en el censo definitivo previsto en el artículo 80 de la Ley 55/1999 de 29 de diciembre.
- No haber percibido por el mismo concepto ayuda en otra Comunidad Autónoma.
- Renunciar al ejercicio de todo tipo de reclamaciones por contaminación por el virus de la hepatitis C contra cualquiera de las Administraciones Públicas sanitarias y centros sanitarios vinculados al Sistema Nacional de Salud, o su respectivo personal.
- No haber obtenido sentencia condenatoria contra cualquiera de las Administraciones Públicas sanitarias y centros sanitarios vinculados al Sistema Nacional de Salud por contagio del virus de la hepatitis C.
- No encontrase sancionado penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni hallarse incurso en prohibición legal alguna que la inhabilite para ello.
- Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
- No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero.
Documentación
- Solicitud, escrito o comunicación
Las solicitudes se acompañarán de los siguientes documentos:
- Fotocopia del DNI del solicitante.
- Documento que contenga la renuncia previa al ejercicio de todo tipo de reclamaciones por contaminación por el virus de la hepatitis C contra cualquiera de las administraciones públicas sanitarias y centros sanitarios vinculados al Sistema Nacional de Salud, o su respectivo personal.
- Certificado expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social acreditativo de hallarse al corriente en el pago de las obligaciones de la Seguridad Social que le imponen las disposiciones vigentes, expedido con una antelación no superior a tres meses a la fecha de presentación de la solicitud.
- Certificado expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria acreditativo de estar al corriente de sus obligaciones en materia fiscal y tributaria, expedido con una antelación no superior a tres meses a la fecha de presentación de la solicitud.
- Certificado expedido por la Dirección General de Tributos del Gobierno de La Rioja acreditativo de encontrarse al corriente de sus obligaciones en materia fiscal y tributaria en el ámbito autonómico, expedido con una antelación no superior a tres meses a la fecha de presentación de la solicitud.
- Certificado de empadronamiento en un municipio de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
- Ficha de datos de terceros. (Presentación telemática de la ficha)
- Documentación acreditativa del parentesco con el fallecido que permita acceder a la condición de beneficiario, en los supuestos de solicitantes de los previstos en el artículo 2.b).
Los solicitantes que hayan obtenido las ayudas concedidas por el Estado al amparo de la Ley 14/2002 de 5 de junio y Real Decreto 377/2003 de 28 de marzo, estarán exentos de presentar el documento b).
Ficha de datos de terceros ( 105.7 Kb)
Modelo de solicitud ( 39.5 Kb)
Documentación a aportar (en sobre cerrado) ( 43 Kb)
Consentimiento para la notificación electrónica ( 81.3 Kb)
Solicitud de cambio de medio de notificación ( 128.8 Kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se realizará
De forma presencial a través de:
- La Oficina de Registro del órgano competente
- Oficinas de registro
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
- Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes finalizará a los 50 días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la resolución de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja.
Fecha inicio del plazo: desde el 27 de agosto de 2019
Fecha finalización del plazo: 5 de noviembre de 2019 (incluído)
- Plazo de resolución y notificación
Esta resolución se dictará y notificará en el plazo máximo de TRES MESES a contar desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada. Transcurrido dicho plazo sin haberse notificado resolución expresa, la solicitud presentada se entenderá desestimada.
Más información
- Normativa:
Orden 4/2015, de 1 de abril, de la Consejería de Salud y Servicios Sociales, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas sociales dirigidas a personas con hemofilia y otras coagulopatías congénitas que hayan sido contaminadas con el virus de la hepatitis C como consecuencia de haber recibido transfusiones sanguíneas o tratamiento con concentrados de factores de coagulación en el ámbito del Sistema de Salud en La Rioja
- Sentido de silencio (silencio administrativo):
Negativo
- Recurso que procede:
Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo
Contra la Resolución que pone fin a la vía administrativa, podrá recurrirse en reposición ante el Consejero de Salud, en el plazo de un mes según lo dispuesto en los artículo 121 y 122 de la Ley 39/2015 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, contra dicha resolución de concesión, cabe interponer en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, de acuerdo con los dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio reguladora de dicha jurisdicción.
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Salud
- Órgano competente: Dirección General de Salud Pública, Consumo y Cuidados
- Unidad tramitadora: Servicio de Epidemiología y Prevención Sanitaria
- Cargo que resuelve: Sr/a. Director/a. por delegación
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Servicio de Epidemiología y Prevención Sanitaria
- Enrique Ramalle Gomara
Oficinas de la administración
Instituto de la Vivienda de La Rioja, S.A.
Calle General Urrutia 10-12, 26005, Logroño
Instituto de Educación Secundaria Batalla de Clavijo
Calle General Urrutia 4, 26005, Logroño
Centro de Día Ciudad de Arnedo de Arnedo
Avenida Polideportivo 18, 26580, Arnedo
Instituto de Educación Secundaria Ciudad de Haro
Calle El Mazo 11, 26200, Haro
Servicio de Comercio
Calle Marqués de la Ensenada 13-15, 26003, Logroño
Sección de Colocación y de Asesoramiento a Empresas
Calle Calvo Sotelo 28, 26003, Logroño
Sección de Inserción Laboral y Desarrollo Local
Calle Presidente Leopoldo Calvo Sotelo 8-10, 26003, Logroño
Servicio de Defensa de la Naturaleza, Caza y Pesca
Calle Prado Viejo 62 bis, 26007, Logroño
Oficina de Atención al Ciudadano de Santo Domingo de la Calzada
Calle Sor María de Leiva 14-16, 26250, Santo Domingo de la Calzada
Instituto de Educación Secundaria Inventor Cosme García
Calle República Argentina 68, 26006, Logroño
Oficina de Empleo de Logroño
Calle Calvo Sotelo 27, 26003, Logroño
Sección de Coordinación y Promoción Deportiva
Calle Muro de Francisco de la Mata 8, 26005, Logroño