Ayuda excepcional destinada a explotaciones ganaderas extensivas acogidas al régimen de mínimis

Actualizado el 3 de agosto de 2020
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Ayuda dirigida al apoyo de las explotaciones de ganadería extensiva que, debido a la sequía, están teniendo que complementar la alimentación de los animales al no estar disponible este recurso de forma natural en los pastos.

Requisitos

Beneficiarios

Titulares de explotaciones ganaderas extensivas instritas en el Registro de Explotaciones Ganaderas de La Rioja (REGA), de ovino, caprino y vacuno.

Debe cumplir los siguientes requisitos:

  • Estar activa a fecha 1 de julio de 2017 y en el momento de la solicitud de ayuda.
  • Quedan excluidos de cumplir el requisito anterior los jóvenes agricultores que se hayan incorporado a la actividad agraria en el periodo previo al de presentación de la solicitud de ayuda, considerándose como fecha de incorporación a efectos exclusivos la fecha de alta en Seguridad Social correspondiente a la actividad agraria ganadera.
  • Estar dado de alta en Seguridad Social correspondiente a la actividad agraria que determine su actividad ganadera en el momento de la solicitud de ayuda. En el caso de las Comunidades de Bienes y Sociedades Civiles, que carezcan de personalidad jurídica, podrán ser beneficiarias, si al menos el 50% de sus socios o comuneros cumplen los requisitos.

Cuantía y actividad subvencionable

Subvención directa por animal reproductor que esté en el censo de la explotación a fecha 1 de enero de 2017.

La cuantía será de:

  • 3 euros/ oveja o cabra reproductora.
  • 15 euros/vaca nodriza.

No se concederán pagos a las explotaciones cuyo importe total (antes de prorrateo) sea inferior a 600 euros.

El importe máximo de la ayuda será de 5.000 ? por explotación.

En el caso de que las necesidades financieras correspondientes a las solicitudes de ayudas superen la disponibilidad presupuestaria, se procederá a aplicar un prorrateo entre los beneficiarios de la subvención del importe global máximo destinado a estas subvenciones.

Documentación

  • Solicitud
  • La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:

  1. Declaración responsable del solicitante de:
  • No estar sometido a las causas que impiden adquirir la condición de persona beneficiaria que establece el articulo 13 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero.
  • Referencia a las ayudas y las subvenciones que haya solicitado u obtenido con la misma finalidad, indicando la cuantía y la entidad que las concedió.
  • Ficha de alta de terceros de la Comunidad Autónoma según modelo oficial (en caso de que no exista ya en la Consejería de Hacienda) o de modificación de datos. Presentación telemática de la ficha
  • Modelo de solicitud ( 44.5 Kb)

    Consentimiento para la notificación electrónica ( 37 Kb)

    Solicitud de cambio de medio de notificación ( 63 Kb)

    Sujetos obligados a recibir notificación electrónica ( 37 Kb)

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

    De forma electrónica desde el botón Tramitar

    De forma presencial a través de:

    Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano

    Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

    Plazos

    • Plazo de presentación de solicitudes

      Las solicitudes se presentará en el plazo de quince días hábiles desde la publicación de la orden en el BOR (4 de agosto de 2017).

      Fin de plazo: 28 de agosto de 2017.

    • Plazo de resolución y notificación

      El plazo máximo para resolver y notificar las resoluciones será de seis meses contados desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

    Más información

    • Normativa:

      Orden 13/2017, de 2 de agosto, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se establecen las bases reguladoras de la ayuda excepcional destinada a explotaciones ganaderas extensivas, acogida al régimen de mínimis

    • Sentido de silencio (silencio administrativo):

      Negativo

    • Recurso que procede:

      Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo

  • Tasas: No tiene tasa
  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio competente

    • Antonio González Terreros

    Asistencia técnica


    Oficinas de la administración

    Instituto de la Vivienda de La Rioja, S.A.

    Calle General Urrutia 10-12, 26005, Logroño

    Instituto de Educación Secundaria Batalla de Clavijo

    Calle General Urrutia 4, 26005, Logroño

    Centro de Día Ciudad de Arnedo de Arnedo

    Avenida Polideportivo 18, 26580, Arnedo

    Instituto de Educación Secundaria Ciudad de Haro

    Calle El Mazo 11, 26200, Haro

    Servicio de Comercio

    Calle Marqués de la Ensenada 13-15, 26003, Logroño

    Sección de Colocación y de Asesoramiento a Empresas

    Calle Calvo Sotelo 28, 26003, Logroño

    Sección de Inserción Laboral y Desarrollo Local

    Calle Presidente Leopoldo Calvo Sotelo 8-10, 26003, Logroño

    Servicio de Defensa de la Naturaleza, Caza y Pesca

    Calle Prado Viejo 62 bis, 26007, Logroño

    Oficina de Atención al Ciudadano de Santo Domingo de la Calzada

    Calle Sor María de Leiva 14-16, 26250, Santo Domingo de la Calzada

    Instituto de Educación Secundaria Inventor Cosme García

    Calle República Argentina 68, 26006, Logroño

    Oficina de Empleo de Logroño

    Calle Calvo Sotelo 27, 26003, Logroño

    Sección de Coordinación y Promoción Deportiva

    Calle Muro de Francisco de la Mata 8, 26005, Logroño

    Cinco Días
    Expansión
    EFE Emprende
    CuatroCasas Telefonica

    Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.