Autorización para la instalación excepcional de pasos canadienses en la plataforma de las carreteras de titularidad de la Comunidad Autónoma de La Rioja

Actualizado el 3 de agosto de 2020
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Determinar si se cumplen los requisitos excepcionales establecidos en la Orden 1/2015 para autorizar la instalación de pasos canadienses.

Requisitos

Qué son los pasos canadienses

Se considera como paso canadiense toda aquella instalación a ser ejecutada en la plataforma de las carreteras de titularidad de la Comunidad Autónoma de La Rioja, que permita un tráfico selectivo, de modo que evite el acceso o trasiego de animales por la misma, pero que, sin embargo, no impida el movimiento por ella de vehículos o peatones.

Requisitos

Con carácter general se prohíbe la instalación de pasos canadienses en cualquiera de las carreteras de titularidad autonómica. Excepcionalmente, su instalación podrá ser autorizada a los Ayuntamientos por el órgano competente en materia de carreteras, previa solicitud dirigida al mismo, siempre que se cumplan conjuntamente los siguientes requisitos:

  1. Que se trate de una carretera autonómica que finalice en un núcleo urbano y no tenga continuidad.
  2. Que dicha carretera soporte un tráfico con una Intensidad Media Diaria (IMD) inferior a 80 vehículos.
  3. Que la instalación del paso canadiense en el punto kilométrico donde se solicite no afecte significativamente a la seguridad vial de la carretera.
  4. Que el ganado se constituya en un elemento fundamental en la actividad económica del municipio que lo solicite, reuniéndose de este modo circunstancias singulares, que deberán ser debidamente acreditadas por aquél.

Emitida la resolución por la que se autorice el establecimiento del paso canadiense objeto de solicitud, el Ayuntamiento deberá proceder a la ejecución de las obras necesarias para su implantación y adecuada señalización, así como a la conservación de las mismas y de la propia instalación, conforme a las prescripciones contenidas en aquella resolución.

De manera previa al inicio de las obras, el Ayuntamiento comunicará a la Consejería competente en materia de carreteras, para su aceptación, los datos de los técnicos encargados de la Dirección de las Obras y los de la empresa que vaya a ejecutarlas, y entregará a la Dirección de obras y a la empresa una copia de la Resolución de Autorización. Asimismo, deberá comunicar a la Consejería, con una antelación mínima de diez días, la fecha de inicio de las obras. El personal técnico de la Consejería señalará el lugar exacto de ubicación del paso y supervisará la correcta ejecución de las obras.

En el supuesto en que las prescripciones impuestas en la autorización otorgada no fueran observadas, sin perjuicio de la responsabilidad administrativa en que pudiera incurrir el Ayuntamiento, se concederá a éste un plazo para adecuar la construcción, la conservación y la señalización del paso a las condiciones impuestas. Si no lo hiciera, se procederá a la ejecución subsidiaria de las obras, o a la revocación de la autorización y demolición de lo construido, reponiendo el terreno a su estado primitivo, todo ello a costa del Ayuntamiento.

Si del incumplimiento de alguna de las condiciones impuestas para la construcción, la conservación y la señalización del paso se derivase una situación de riesgo grave para la circulación, el Servicio de Carreteras procederá de forma inmediata a adoptar las medidas necesarias para suprimir la situación de riesgo, exigiendo seguidamente al Ayuntamiento el pago del coste de la actuación.

Documentación

  • Solicitud, escrito o comunicación
  • Las solicitudes para la instalación de pasos canadienses, así como su tramitación, comunicaciones, y resoluciones, se realizaran por medios electrónicos. El modelo de solicitud podrá obtenerse en la página web del Gobierno de La Rioja, www.larioja.org en los apartados ''Oficina electrónica'' y ''Obras Públicas''.

    La solicitud para la instalación excepcional de pasos canadienses deberá acompañarse de la documentación acreditativa de la necesidad, acompañada de un proyecto o documento equivalente suscrito por técnico competente, en el que se incluyan el diseño y el presupuesto estimado para la construcción y desmontaje del mismo.

    La presentación de la solicitud y documentación adjunta se realizará de forma telemática, en la citada Oficina electrónica de la página web del Gobierno de La Rioja.

    En el caso de pasos a instalar en la línea divisoria de varios municipios, o en las proximidades de ésta, se dará audiencia a los municipios afectados, con el fin de lograr un consenso respecto de la ubicación del paso, sin perjuicio de que, en caso de discrepancia, será el criterio técnico del órgano titular de la carretera, basado en la compatibilidad del paso con la seguridad vial, el que prevalezca en la decisión de la ubicación final del mismo. Asimismo, los Ayuntamientos de municipios limítrofes interesados podrán unirse al Ayuntamiento que formuló la solicitud de establecimiento del paso canadiense, a fin de ejecutar el paso conjuntamente con éste, compartiendo los mismos derechos y obligaciones que se deriven del expediente administrativo en tramitación y de la Resolución que se dicte

    Aportación de copias:

    Si se hace de manera electrónica

    Lo Ayuntamientos podrán aportar al expediente copias digitalizadas de los documentos, cuya fidelidad con el original garantizarán mediante la utilización de firma electrónica avanzada o DNI electrónico.

    La Administración podrá solicitar la exhibición de la documentación original cuando no pueda acceder a ella por otros medios.

    solicitud instalación paso canadiense ( 41.5 Kb)

Cómo tramitarlo

La presentación de solicitudes se podrá realizar solo de forma electrónica

Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano

Plazos

  • Plazo de presentación de solicitudes

    Abierto todo el año

  • Plazo de resolución y notificación

    El plazo para dictar y notificar la resolución que autorice o deniegue la solicitud presentada será de TRES meses, transcurrido el cual los Ayuntamientos deberán entender desestimada su solicitud.

Más información

  • Normativa:

    Orden 1/2015, de 30 de diciembre, de la Consejería de Fomento y Política Territorial, por la que se regulan los supuestos para facultar la instalación de pasos canadienses.

  • Sentido de silencio (silencio administrativo):

    Negativo

  • Recurso que procede:

    Requerimiento previo/Contencioso Administrativo

    De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en los litigios entre Administraciones públicas no cabe interponer recurso en vía administrativa, sino únicamente la interposición de recurso contencioso-administrativo. No obstante, este mismo artículo dispone que, previamente a la interposición del recurso, se podrá requerir a la Administración que dictó el acto para que lo anule, revoque o modifique. El requerimiento deberá presentarse en el plazo de dos meses contados desde la notificación del mismo, y se entenderá rechazado si dentro del mes siguiente a su recepción la Administración requerida no contestara.

  • Observaciones:

    La Consejería competente en materia de Carreteras, con sujeción a lo establecido en la normativa reguladora y dentro de los límites presupuestarios existentes, podrá suscribir Convenios de Cooperación con los Ayuntamientos interesados en la instalación de los pasos canadienses, para colaborar con éstos en la financiación o ejecución de las obras.

    La colaboración que se acuerde por esta vía no podrá superar el 50% del coste de ejecución de las obras, y se otorgará con sujeción al límite de crédito presupuestario disponible.

  • Tasas: 62,41 euros

    Concepto: Tasa por ocupación y aprovechamiento de dominio público; Tarifa 16

  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio de Carreteras

    Asistencia técnica


    Oficinas de la administración

    Instituto de la Vivienda de La Rioja, S.A.

    Calle General Urrutia 10-12, 26005, Logroño

    Instituto de Educación Secundaria Batalla de Clavijo

    Calle General Urrutia 4, 26005, Logroño

    Centro de Día Ciudad de Arnedo de Arnedo

    Avenida Polideportivo 18, 26580, Arnedo

    Instituto de Educación Secundaria Ciudad de Haro

    Calle El Mazo 11, 26200, Haro

    Servicio de Comercio

    Calle Marqués de la Ensenada 13-15, 26003, Logroño

    Sección de Colocación y de Asesoramiento a Empresas

    Calle Calvo Sotelo 28, 26003, Logroño

    Sección de Inserción Laboral y Desarrollo Local

    Calle Presidente Leopoldo Calvo Sotelo 8-10, 26003, Logroño

    Servicio de Defensa de la Naturaleza, Caza y Pesca

    Calle Prado Viejo 62 bis, 26007, Logroño

    Oficina de Atención al Ciudadano de Santo Domingo de la Calzada

    Calle Sor María de Leiva 14-16, 26250, Santo Domingo de la Calzada

    Instituto de Educación Secundaria Inventor Cosme García

    Calle República Argentina 68, 26006, Logroño

    Oficina de Empleo de Logroño

    Calle Calvo Sotelo 27, 26003, Logroño

    Sección de Coordinación y Promoción Deportiva

    Calle Muro de Francisco de la Mata 8, 26005, Logroño

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