Autorización de funcionamiento de instalaciones radiactivas de segunda y tercera categoría

Actualizado el 3 de agosto de 2020
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Requisitos

Objeto
Autorizar el funcionamiento de las instalaciones radiactivas de segunda y tercera categoría garantizando su seguridad.
Se consideran instalaciones radiactivas de segunda y tercera categoría, las instalaciones con fines científicos, médicos, agrícolas, comerciales o industriales cuando les corresponda esta categoría según lo establecido en el apartado 3 del Anexo l del Reglamento sobre Instalaciones nucleares y radiactivas, excepto las industriales de irradiación, que serán de primera categoría.
Procedimiento
Autorización de la instalación

  1. Solicitud de autorización acompañada de la documentación preceptiva.
  2. Solicitud al Consejo de Seguridad Nuclear del informe preceptivo y vinculante.
  3. A su recepción se emite la autorización de la instalación

Autorización para la puesta en marcha

  1. Autorizada la instalación, el titular de acuerdo con los limites y condiciones de la autorización, podrá proceder a su construcción y montaje.
  2. Cuando la instalación esté en disposición de iniciar las operaciones, el titular lo comunicará al Consejo de Seguridad Nuclear a fin de que este pueda realizar la visita de inspección.
  3. 3. Una vez el Consejo haya estimado que la instalación puede funcionar en condiciones de seguridad, informará a la Dirección General de Industria, al objeto de que éste emita la notificación para la puesta en marcha.
  4. 4. Ninguna instalación radiactiva podrá iniciar su funcionamiento antes de disponer de la notificación para la puesta en marcha, que facultará al titular para el inicio de las operaciones.

Documentación

  • Solicitud
  • Autorización de la instalación

    • Escrito de solicitud
    • Memoria descriptiva de la instalación.
    • Estudio de seguridad.
    • Verificación de la instalación.
    • Reglamento de funcionamiento.
    • Se incluirá la relación prevista de personal, la organización proyectada y la definición de las responsabilidades que correspondan a cada puesto de trabajo, tanto en condiciones normales de operación como en caso de emergencia.
    • Plan de emergencia interior.
    • Previsiones para la clausura y cobertura económica prevista para garantizar la misma en condiciones de seguridad.


    Autorización para la puesta en marcha

    • Comunicación al Consejo de Seguridad Nuclear y al Ministerio correspondiente haciendo constar que la instalación esta en disposición de iniciar las operaciones.

    Puede obtener los modelos de documentos necesarios a través del siguiente enlace: https://www.larioja.org/industria-energia/es/impresos

    Solicitud ( 59.5 Kb)

Cómo tramitarlo

La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

De forma electrónica desde el botón Tramitar

De forma presencial a través de:

Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano

Para descargar los impresos a cumplimentar y aportar junto con su solicitud consulte el siguiente enlace

Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

Si no es vd un sujeto obligado, se recomienda la presentación de forma presencial, en tanto se habilita el sistema de pagos del Servicio de Industria y Energía

Plazos

  • Plazo de resolución y notificación

    Plazo de la resolución de autorización: 6 meses. Este plazo podrá ser objeto de suspensión en tanto se emiten los informes preceptivos.

Más información

  • Normativa:

    Real Decreto 1836/1999, de 3 de diciembre, sobre instalaciones nucleares y radiactivas.

  • Sentido de silencio (silencio administrativo):

    Positivo

  • Recurso que procede:

    Alzada

  • Observaciones:

    El contenido de la información recogida en este documento tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales.

  • Tasas: 57,25 euros
  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio competente

    Asistencia técnica


    Oficinas de la administración

    Instituto de la Vivienda de La Rioja, S.A.

    Calle General Urrutia 10-12, 26005, Logroño

    Instituto de Educación Secundaria Batalla de Clavijo

    Calle General Urrutia 4, 26005, Logroño

    Centro de Día Ciudad de Arnedo de Arnedo

    Avenida Polideportivo 18, 26580, Arnedo

    Instituto de Educación Secundaria Ciudad de Haro

    Calle El Mazo 11, 26200, Haro

    Servicio de Comercio

    Calle Marqués de la Ensenada 13-15, 26003, Logroño

    Sección de Colocación y de Asesoramiento a Empresas

    Calle Calvo Sotelo 28, 26003, Logroño

    Sección de Inserción Laboral y Desarrollo Local

    Calle Presidente Leopoldo Calvo Sotelo 8-10, 26003, Logroño

    Servicio de Defensa de la Naturaleza, Caza y Pesca

    Calle Prado Viejo 62 bis, 26007, Logroño

    Oficina de Atención al Ciudadano de Santo Domingo de la Calzada

    Calle Sor María de Leiva 14-16, 26250, Santo Domingo de la Calzada

    Instituto de Educación Secundaria Inventor Cosme García

    Calle República Argentina 68, 26006, Logroño

    Oficina de Empleo de Logroño

    Calle Calvo Sotelo 27, 26003, Logroño

    Sección de Coordinación y Promoción Deportiva

    Calle Muro de Francisco de la Mata 8, 26005, Logroño

    Cinco Días
    Expansión
    EFE Emprende
    CuatroCasas Telefonica

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