Alta de nueva especialidad formativa en el Catálogo de Especialidades Formativas
Alta de nueva especialidad formativa en el Catálogo de Especialidades Formativas
Requisitos
Para incluir nuevas especialidades en el Catálogo de especialidades formativas (antes denominado Fichero de especialidades formativas) que contiene todas aquellas que están adscritas a las familias profesionales establecidas en el Real Decreto 1128/2003, de 5 de septiembre, por el que se regula el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales ( texto consolidado), el procedimiento a seguir será el siguiente:
- Presentación de solicitud cumplimentada en el impreso normalizado que aparece en el apartado DOCUMENTACIÓN
- La solicitud deberá ir acompañada de los Anexos I y II que se añaden
Documentación
- Solicitud, escrito o comunicación
- Anexo I: Programa formativo propuesto
- Anexo II: Informe motivado sobre la necesidad de incluir la nueva especialidad en el Catalogo de especialidades formativas del Servicio Público de Empleo Estatal (S.E.P.E.)
Junto al modelo solicitud de ALTA de especialidad, se presentarán los siguientes Anexos:
Modelo de solicitud ( 157.5 Kb)
Anexo I. Programa formativo ( 134.5 Kb)
Anexo II. Informe motivado sobre la necesidad de incluir la nueva especialidad ( 126 Kb)
Sujetos obligados a recibir notificación electrónica ( 37 Kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se realizará de forma electrónica desde el botón Tramitar
Dicha solicitud se remitirá en el plazo de tres meses, como máximo, al órgano estatal competente en la materia, el cual, una vez analizada la documentación remitida desde la Dirección General de Empleo de La Rioja, procederá, en su caso, a la inclusión como nueva especialidad mediante la resolución correspondiente
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
- Plazo de presentación de solicitudes
En cualquier momento que el interesado (Entidad de Formación o Empresa) detecte la necesidad formativa, promoverá su inclusión en el Catalogo de especialidades formativas a través del órgano competente de la Comunidad Autónoma (Dirección General de Empleo).
- Plazo de resolución y notificación
Plazo para resolver y notificar el alta o denegación de la inclusión de la especialidad propuesta en el Catálogo de especialidades 3 meses desde que la solicitud tenga entrada en el Servicio Público de Empleo Estatal. Sentido del silencio: positivo Plazo para remitir la solicitud propuesta por el interesado desde la Dirección General de Empleo del Gobierno de La Rioja al Director General del Servicio Público de Empleo Estatal 3 meses Sentido del silencio: positivo (se remitirá con informe favorable la propuesta planteada por el interesado)
Más información
- Normativa:
Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral.
Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral
Orden 24/2009, de 11 de mayo, de la Consejería de Industria, Innovación y Empleo, por la que se regulan la formación de oferta, las acciones de formación en intercambio de investigación, Desarrollo e innovación (I+D+i) y las de Acciones de apoyo y acompañamiento a la formación y estudios y acciones de sensibilización y difusión y se establecen las bases reguladoras del procedimiento de concesión y justificación de subvenciones destinadas a tal fin, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Resolución de 12 de marzo de 2010, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se establece el procedimiento para la inclusión de nuevas especialidades en el Fichero de especialidades formativas
- Sentido de silencio (silencio administrativo):
Positivo
- Recurso que procede:
Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Educación y Cultura
- Órgano competente: Dirección General de Formación Profesional y Empleo
- Unidad tramitadora: Servicio de Planificación y Gestión
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
- Puy Martínez Mínguez
- Pilar Argüeso Jiménez
Oficinas de la administración
Instituto de la Vivienda de La Rioja, S.A.
Calle General Urrutia 10-12, 26005, Logroño
Instituto de Educación Secundaria Batalla de Clavijo
Calle General Urrutia 4, 26005, Logroño
Centro de Día Ciudad de Arnedo de Arnedo
Avenida Polideportivo 18, 26580, Arnedo
Instituto de Educación Secundaria Ciudad de Haro
Calle El Mazo 11, 26200, Haro
Servicio de Comercio
Calle Marqués de la Ensenada 13-15, 26003, Logroño
Sección de Colocación y de Asesoramiento a Empresas
Calle Calvo Sotelo 28, 26003, Logroño
Sección de Inserción Laboral y Desarrollo Local
Calle Presidente Leopoldo Calvo Sotelo 8-10, 26003, Logroño
Servicio de Defensa de la Naturaleza, Caza y Pesca
Calle Prado Viejo 62 bis, 26007, Logroño
Oficina de Atención al Ciudadano de Santo Domingo de la Calzada
Calle Sor María de Leiva 14-16, 26250, Santo Domingo de la Calzada
Instituto de Educación Secundaria Inventor Cosme García
Calle República Argentina 68, 26006, Logroño
Oficina de Empleo de Logroño
Calle Calvo Sotelo 27, 26003, Logroño
Sección de Coordinación y Promoción Deportiva
Calle Muro de Francisco de la Mata 8, 26005, Logroño