Admisión Ciclos Formativos de Grado Medio y Grado Superior en régimen de enseñanza a distancia
Proceso de admisión en los ciclos formativos de Grado Medio y Grado Superior en régimen de enseñanza a distancia.
Requisitos
Oferta educativa para el curso 2019/20
Grado Medio
- Sistemas microinformáticos y redes, en el IES Comercio de Logroño
- Atención a personas en situación de dependencia, en el IES Batalla de Clavijo de Logroño
Grado Superior
- Comercio internacional, en el IES Comercio de Logroño
- Vitivinicultura, en el IES La Laboral de Lardero
- Educación infantil, en el IES Batalla de Clavijo de Logroño
- Integración social, en el IES Batalla de Clavijo de Logroño
- Administración de Sistemas Informáticos en Red, en el IES Comercio de Logroño
Criterios de admisión
El proceso de admisión y matrícula del alumnado en el ciclo formativo de grado medio ''Sistemas Microinformáticos y Redes'' a distancia se ajustará a lo establecido en la Resolución de 31 de mayo de 2019, de la Dirección General de Educación, por la que se autoriza y se establecen las instrucciones para la impartición de Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior en régimen de enseñanza a distancia en distintos centros educativos de La Rioja para el curso 2019/2020.
Reserva de plazas para alumnos de nuevo ingreso en Ciclos de Grado Medio
-
60 % para el alumnado que tenga el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria atendiendo sucesivamente a los siguientes criterios:
- Acreditar al menos un año a jornada completa de experiencia laboral en la Comunidad Autónoma de La Rioja relacionada con el perfil profesional que se desea cursar.
- Mayor nota del expediente académico del alumnado.
- En el caso de que se produzca algún empate se resolverá atendiendo en primer lugar a que la titulación por la que accede se haya obtenido en centros sostenidos con fondos públicos dependientes de la Consejería con competencias en materia de educación de La Rioja, y después los de otras Comunidades Autónomas.
- Y por último, si sigue persistiendo el empate se resolverá por las letras de desempate del sorteo de la Consejería de Educación, Formación y Empleo para el proceso de admisión.
-
30 % para el alumnado que tenga un título Profesional Básico atendiendo sucesivamente a los siguientes criterios:
- Tendrán prioridad en los ciclos formativos de las familias profesionales que se incluyen en el Anexo III.
- Mayor nota del expediente académico del alumnado.
- En el caso de que se produzca algún empate se resolverá atendiendo en primer lugar a que la titulación por la que se accede se haya obtenido en centros sostenidos con fondos públicos dependientes de la Consejería con competencias en materia de educación de La Rioja, y después los de otras Comunidades Autónomas.
- Y por último, si sigue persistiendo el empate se resolverá por las letras de desempate del sorteo de la Consejería de Educación, Formación y Empleo para el proceso de admisión.
-
10 % para el alumnado que haya superado una de las siguientes opciones, según el orden de prioridad indicando a continuación:
- El Curso de formación específico para el acceso a ciclos formativos de grado medio.
- La Prueba de acceso a los ciclos formativos de grado medio.
- La Prueba de acceso a los ciclos formativos de grado superior.
- Curso de formación específico para el acceso a los ciclos formativos de Grado Superior establecido por la Disposición final vigésimocuarta de la Ley 2/2011 de 4 de marzo de Economía Sostenible.
- La Prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.
- El título de Bachiller.
- El título de Técnico o de Técnico Superior de Formación Profesional.
- El título universitario.
- Otras vías de acceso contempladas en la legislación vigente.
En cada opción se atenderá a los siguientes criterios:
- Acreditar experiencia laboral de, al menos el equivalente a un año con jornada completa, en la Comunidad Autónoma de La Rioja relacionada con el perfil profesional que se desea cursar.
- Mayor nota del expediente académico del alumnado.
- En el caso de que se produzca algún empate se resolverá atendiendo en primer lugar a que la titulación por la que se accede se haya obtenido en centros sostenidos con fondos públicos dependientes de la Consejería con competencias en materia de educación de La Rioja, y después los de otras Comunidades Autónomas.
- Y por último, si sigue persistiendo el empate se resolverá por las letras de desempate del sorteo de la Consejería de Educación, Formación y Empleo para el proceso de admisión.
De acuerdo con lo establecido en la Disposición adicional segunda del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, se reserva un 5% de las plazas para los alumnos que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%. Asimismo, y de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 971/2007, de 13 de julio, sobre deportistas de alto nivel y alto rendimiento, en su artículo 9, apartado 3, se reserva un 5% de las plazas para los alumnos con esta distinción.
Todas las reservas se mantendrán hasta finalizar el periodo ordinario de matriculación.
Los solicitantes cuyos expedientes de convalidación o de homologación de estudios hubieran sido iniciados y se encontraran pendientes de resolución en el periodo de solicitud de admisión, deberán presentar el volante acreditativo de que la solicitud de convalidación o de homologación ha sido presentada. Su solicitud será atendida sólo si quedan vacantes después de que se haya adjudicado plaza a todos los solicitantes que hayan acreditado que cumplen los requisitos académicos. En todo caso, su matrícula será provisional y sólo podrá obtener el título de Técnico si presenta la documentación que acredita que cumple los requisitos de acceso.
Reserva de plazas para alumnos de nuevo ingreso en ciclos de Grado Superior
-
60 % para el alumnado que tenga el título de Bachiller atendiendo sucesivamente a los siguientes criterios:
- Acreditar experiencia laboral de, al menos el equivalente a un año con jornada completa, en la Comunidad Autónoma de La Rioja relacionada con el perfil profesional que se desea cursar.
- Tendrán prioridad en los ciclos formativos según la modalidad y la materia vinculada en cada título de grado superior, según el Anexo IV.
- Mayor nota del expediente académico del alumnado.
- En el caso de que se produzca algún empate se resolverá atendiendo en primer lugar a que la titulación por la que se accede se haya obtenido en centros sostenidos con fondos públicos dependientes de la Consejería con competencias en materia de educación de La Rioja, y después los de otras Comunidades Autónomas.
- Y por último, si sigue persistiendo el empate se resolverá por las letras de desempate del sorteo de la Consejería de Educación, Formación y Empleo para el proceso de admisión.
-
30 % para el alumnado que tenga un título Profesional Básico atendiendo sucesivamente a los siguientes criterios:
- Acreditar experiencia laboral de, al menos el equivalente a un año con jornada completa, en la Comunidad Autónoma de La Rioja relacionada con el perfil profesional que se desea cursar.
- Tendrán prioridad en los ciclos formativos de las familias profesionales que se incluyen en el Anexo V.
- Mayor nota del expediente académico del alumnado.
- En el caso de que se produzca algún empate se resolverá atendiendo en primer lugar a que la titulación por la que se accede se haya obtenido en centros sostenidos con fondos públicos dependientes de la Consejería con competencias en materia de educación de La Rioja, y después los de otras Comunidades Autónomas.
- Y por último, si sigue persistiendo el empate se resolverá por las letras de desempate del sorteo de la Consejería de Educación, Formación y Empleo para el proceso de admisión.
-
10 % para el alumnado que haya superado una de las siguientes opciones, según el orden de prioridad indicando a continuación:
- La Prueba de acceso a los ciclos formativos de grado superior, Anexo VI.
- El Curso de formación específico para el acceso a ciclos formativos de grado superior establecido por la Disposición final vigésima cuarta de la Ley 2/2011 de 4 de marzo de Economía Sostenible
- La Prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.
- El título de Técnico Superior de Formación Profesional
- El título universitario
- Otras vías de acceso contempladas en la legislación vigente.
En cada opción se atenderá a los siguientes criterios:
- Acreditar experiencia laboral de, al menos el equivalente a un año con jornada completa, en la Comunidad Autónoma de La Rioja relacionada con el perfil profesional que se desea cursar.
- Mayor nota del expediente académico del alumnado.
- En el caso de que se produzca algún empate se resolverá atendiendo en primer lugar a que la titulación por la que se accede se haya obtenido en centros sostenidos con fondos públicos dependientes de la Consejería con competencias en materia de educación de La Rioja, y después los de otras Comunidades Autónomas
- Y por último, si sigue persistiendo el empate se resolverá por las letras de desempate del sorteo de la Consejería de Educación, Formación y Empleo para el proceso de admisión.
De acuerdo con lo establecido en la Disposición adicional segunda del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, se reserva un 5 % de las plazas para los alumnos que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%. Asimismo, y de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 971/2007, de 13 de julio, sobre deportistas de alto nivel y alto rendimiento, en su artículo 9, apartado 3, se reserva un 5% de las plazas para los alumnos con esta distinción.
Todas las reservas se mantendrán hasta finalizar el periodo ordinario de matriculaciónLos solicitantes que tengan acreditada la convalidación o la homologación de estudios cursados en sistemas educativos extranjeros por parte del Ministerio de Educación accederán a los ciclos en el cupo de reserva de plazas correspondientes a los estudios con los que se les ha homologado.
Los solicitantes cuyos expedientes de convalidación o de homologación de estudios hubieran sido iniciados y se encontraran pendientes de resolución en el periodo de solicitud de admisión, deberán presentar el volante acreditativo de que la solicitud de convalidación o de homologación ha sido presentada. Su solicitud será atendida sólo si quedan vacantes después de que se haya adjudicado plaza a todos los solicitantes que hayan acreditado que cumplen los requisitos académicos. En todo caso, su matrícula será provisional y sólo podrá obtener el título de Técnico si presenta la documentación que acredita que cumple los requisitos de acceso.
Documentación
- Solicitud, escrito o comunicación
Documento nacional de identidad, pasaporte o cualquier otro documento legalmente reconocido que acredite la identidad del aspirante.
Junto a la solicitud de admisión, Anexo IA o Anexo IB, debe presentarse copia con declaración jurada donde se reconozca su validez, de la siguiente documentación, si no está en posesión de la plataforma Racima:
- Acceso mediante requisitos académicos:
- Documentación que acredite, en el momento de realizar la solicitud, que el solicitante cumple las condiciones académicas por las que accede al ciclo formativo. En todos los casos, esta documentación deberá incluir la nota media del expediente académico de la titulación que da acceso. El centro de origen del alumno será el responsable de proporcionar el documento en el que figure dicha nota media.
- Las personas que tengan la convalidación o la homologación de estudios cursados en sistemas educativos extranjeros por parte del Ministerio de Educación tienen que aportar el documento oficial que lo acredita donde conste la nota media. En el supuesto que no figure la nota media, para su cálculo podrán acudir a la Alta Inspección de Educación, situada en la Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma de La Rioja (calle Muro Francisco de la Mata, 3). Sin perjuicio de lo anterior, y en ausencia de calificación, a los efectos de nota media, a estos alumnos se les asignará una puntuación de cinco.
- Acceso mediante prueba:
- Certificado que acredita la superación de la prueba de acceso y en el que figure la nota final obtenida. El centro de origen del alumno será el responsable de proporcionar el documento en el que figure dicha nota media.
- Acceso mediante curso de formación específico:
- Certificado que acredite la superación del curso específico de acceso a Ciclos Formativos y en el que figure la nota media obtenida y el año de superación del curso.
Las personas que tengan reconocido un grado de discapacidad, que cumplan los requisitos de acceso a ciclos formativos establecidos en la normativa vigente y que soliciten una de las plazas reservadas para las personas con discapacidad, deberán aportar la acreditación de tener reconocido por el organismo público competente un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
Los deportistas de alto nivel que cumplan los requisitos de acceso a ciclos formativos establecidos en la normativa vigente y que soliciten una de las plazas reservadas para ellos, deberán aportar también la acreditación que justifica su condición de deportista de alto nivel o de alto rendimiento.
Para la admisión en los ciclos formativos, la justificación de la experiencia laboral se realizará mediante la presentación de la siguiente documentación:
- Trabajadores por cuenta ajena: mediante el certificado de la empresa o contrato de trabajo donde haya adquirido la experiencia laboral en el que haya constar específicamente la duración del contrato, la actividad laboral desarrollada por el interesado, número de horas dedicadas a la actividad laboral y la vigencia del mismo.
- Trabajadores por cuenta propia: mediante descripción de la actividad desarrollada e intervalo de tiempo en el que se ha realizado la misma indicando la duración de la actividad y el número de horas dedicadas a la misma.
- Trabajadores voluntarios o becarios: certificación de la organización donde se haya prestado la asistencia en la que consten, específicamente, las actividades y funciones realizadas, el año en el que se han realizado y el número total de horas dedicadas a las mismas.
- En los casos a) y b) deberá presentarse, además, el certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social y/o de la Mutua Laboral a la que estuviera afiliado, con indicación de la empresa, categoría laboral y periodo de contratación.
Los solicitantes cuyos expedientes de convalidación o de homologación de estudios hubieran sido iniciados y se encontraran pendientes de resolución en el periodo de solicitud de admisión, deberán presentar el volante acreditativo de que la solicitud de convalidación o de homologación ha sido presentada.
Según el artículo 28 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se entiende otorgado el consentimiento para la consulta de los datos de identidad. En caso de no otorgarse el consentimiento para la consulta deberá hacerse constar en la solicitud y aportar la documentación requerida a tal efecto.
Aportación de documentos junto con la solicitud
Si el trámite se hace de forma presencial
Salvo que los documentos originales deban obrar en el procedimiento, los ciudadanos tendrán derecho a aportar copias de los mismos cuya fidelidad quedará garantizada mediante la aportación de declaración responsable del interesado, sin perjuicio de la posterior facultad de comprobación por parte de la Administración.
El modelo de declaración responsable se encuentra disponible en Oficinas de Registro
Si se hace de manera electrónica
Escanee la documentación y adjúntela a la solicitud.
Anexo IA_Modelo de Solicitud Grado Medio ( 26 Kb)
Anexo I-B_Modelo de solicitud Grado Superior ( 28.4 Kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar.
De forma presencial a través de:
- Preferentemente, el centro educativo seleccionado en primera opción.
- La Oficina de Registro del órgano competente.
- Otras Oficinas de Registro.
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano.
Plazos
- Plazo de presentación de solicitudes
Plazo de preinscripción: del 22 al 25 de julio de 2019, ambos incluidos.
- Otros plazos
- El 2 de septiembre de 2019: Publicación de la lista provisional de admitidos
- Del 3 al 5 de septiembre de 2019: Plazo de reclamaciones a la lista de admitidos.
- El 9 de septiembre de 2019: Publicación de las listas definitivas de admitidos.
- Del 10 al 12 de septiembre de 2019: Plazo para que los solicitantes formalicen su matrícula. Aquellos que no lo hagan en el plazo fijado, perderán los derechos sobre la plaza asignada.
- 16 y 17 de septiembre plazo de ampliación de matrícula de alumnos admitidos en el proceso ordinario de admisión y que no han sido admitidos en alguno de los módulos que solicitaron en la preinscripción.
- 19 y 20 de septiembre de 2019: matrícula directa en los módulos profesionales de los ciclos a distancia con plazas vacantes para los solicitantes que no han sido admitidos en el proceso ordinario de admisión.
- 26 y 27 de septiembre de 2019: matrícula directa en plazas vacantes.
El alumnado que esté cursando esta modalidad durante el curso 2018/2019 se matriculará del 12 de junio al 6 de julio de 2019.
Más información
- Otros Impresos
- Anexo II_Calendario ( 67.4 Kb)
- Anexo III_Ciclos Formativos de Formación Profesional Básica que dan prioridad a los Ciclos Formativos de Grado Medio ( 70.1 Kb)
- Anexo IV_Criterios de admisión para cursas Ciclos Formativos de Grado Superior ( 65.2 Kb)
- Anexo V_Ciclos Formativos de Grado Medio que dan prioridad a los Ciclos Formativos de Grado Superior ( 70.5 Kb)
- Anexo VI_Opciones de la prueba de acceso a GS ( 70.9 Kb)
- Normativa:
Orden 44/2010, de 6 de agosto, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas de los ciclos formativos de Formación Profesional del sistema educativo y su aplicación en la Comunidad Autónoma de La Rioja
Resolución de 23 de mayo de 2019, de la Dirección General de Educación, por la que se autoriza y se establecen las instrucciones para la impartición de Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior en régimen de enseñanza a distancia en distintos centros educativos de La Rioja para el curso 2019/2020
- Sentido de silencio (silencio administrativo):
Según normativa aplicable
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja.
Puede comprobar la validez de sus certificados en el enlace https://www.larioja.org/oficina-electronica/es/comprobacion-funcionamiento.
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Educación y Cultura
- Órgano competente: Dirección General de Educación
- Unidad tramitadora: Área de Ayudas y Participación Educativa
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Oficinas de la administración
Instituto de la Vivienda de La Rioja, S.A.
Calle General Urrutia 10-12, 26005, Logroño
Instituto de Educación Secundaria Batalla de Clavijo
Calle General Urrutia 4, 26005, Logroño
Centro de Día Ciudad de Arnedo de Arnedo
Avenida Polideportivo 18, 26580, Arnedo
Instituto de Educación Secundaria Ciudad de Haro
Calle El Mazo 11, 26200, Haro
Servicio de Comercio
Calle Marqués de la Ensenada 13-15, 26003, Logroño
Sección de Colocación y de Asesoramiento a Empresas
Calle Calvo Sotelo 28, 26003, Logroño
Sección de Inserción Laboral y Desarrollo Local
Calle Presidente Leopoldo Calvo Sotelo 8-10, 26003, Logroño
Servicio de Defensa de la Naturaleza, Caza y Pesca
Calle Prado Viejo 62 bis, 26007, Logroño
Oficina de Atención al Ciudadano de Santo Domingo de la Calzada
Calle Sor María de Leiva 14-16, 26250, Santo Domingo de la Calzada
Instituto de Educación Secundaria Inventor Cosme García
Calle República Argentina 68, 26006, Logroño
Oficina de Empleo de Logroño
Calle Calvo Sotelo 27, 26003, Logroño
Sección de Coordinación y Promoción Deportiva
Calle Muro de Francisco de la Mata 8, 26005, Logroño