Acreditación y/o Inscripción de especialidades formativas del Catálogo por entidades de formación
Acreditación y/o Inscripción de especialidades formativas del Catálogo por entidades de formación
Requisitos
Para ser inscrito, y en su caso acreditado, en el Registro de entidades formación, el interesado deberá acreditar que las instalaciones cumplen los siguientes requisitos:
- Las instalaciones de los centros y entidades de formación deberán reunir las condiciones higiénicas, acústicas, de habitabilidad, seguridad y sobre prevención de riesgos laborales exigidos por la legislación vigente.
- Deben disponer de los medios tendentes a facilitar la accesibilidad universal, de manera que no suponga discriminación de las personas con discapacidad y se dé efectivamente la igualdad de oportunidades, de acuerdo con lo previsto en la Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
- Aseos y servicios higiénico-sanitarios para hombres y mujeres en número adecuado a la capacidad del centro.
- Instalaciones de dirección y coordinación: Un espacio adecuado para despachos de dirección, sala de profesores y actividades de coordinación y una secretaría, estableciéndose, en el caso de los centros de formación, como espacios separados de las aulas.
Para cada una de las especialidades formativas a impartir, teniendo en cuenta el número de plazas de formación que el centro puede atender simultáneamente, deberá reunir los siguientes requisitos adicionales:
- En el caso de la formación conducente a la obtención de certificados de profesionalidad se estará a lo dispuesto en cada uno de los reales decretos que lo establece sobre requisitos mínimos de espacios, instalaciones y equipamientos.
- En el caso de especialidades no dirigidas a la obtención de certificados de profesionalidad se estará a lo dispuesto en el correspondiente programa formativo.
La adaptación de las dimensiones de las aulas teóricas, aulas taller y talleres al número máximo de alumnos previsto en el artículo 4.4 del Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015 de 9 de septiembre , por la que se regula el Sistema de formación profesional para el Empleo en el ámbito laboral, se efectuará de forma proporcional a la establecida en los programas formativos de la especialidad, considerándose en cualquier caso un espacio mínimo de 2 metros cuadrados por alumno.
- Una especialidad formativa en las instalaciones de cualquier entidad de formación no se podrá inscribir para una capacidad inferior a 10 alumnos ni mayor de 30. En el caso de acreditación el límite inferior será de 15 alumnos y el máximo 25.
- Se exigirá un aula por especialidad, salvo para aquellas especialidades que puedan impartirse con los mismos medios.
- En cada especialidad formativa de modalidad presencial se mantendrá una relación máxima profesor/alumno de 1 profesor por cada 25 alumnos.
La cantidad de utensilios, máquinas y herramientas que se especifiquen en el equipamiento de los programas formativos, para las especialidades no dirigidas a la obtención de certificados de profesionalidad, y en los anexos correspondientes de los Reales Decretos reguladores de las especialidades dirigidas a la obtención de certificados de profesionalidad, será el suficiente para atender, al menos, al número de alumnos para los que se solicite la acreditación y/o inscripción de cada especialidad.
La entidad de formación adquirirá el compromiso de disponer de personal con la formación académica, docente y experiencia profesional en la especialidad formativa de que se trate.
Las entidades de formación que soliciten la acreditación/inscripción para impartir formación de las modalidades de teleformación o mixta, deberán acreditar la disponibilidad de una plataforma de teleformación que asegure la gestión de los contenidos y el seguimiento y evaluación de los participantes.
Documentación
- Solicitud, escrito o comunicación
La solicitud debe acompañarse de la documentación acreditativa siguiente:
- Documento de propiedad o legitimación de uso del Centro.
- Licencia del Ayuntamiento de apertura como Centro de Formación, o solicitud de la misma, con certificado de un técnico colegiado de que las instalaciones reúnen las condiciones higiénicas, acústicas, de habitabilidad y de seguridad adecuadas para impartir formación para el empleo.
- Escritura de Constitución y Estatutos de la empresa, en su caso.
- Tarjeta de Identificación Fiscal o DNI/NIF/NIE en caso de que el titular de la entidad sea persona física
- Acreditación suficiente del representante legal (Art. 5.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre)
- Certificado de adaptación del centro/entidad a las personas con discapacidad.
- Planos de las instalaciones (escala 1/50 ó 1/100 y visados si se trata de acreditación)
- Justificante del pago de las tasas correspondientes
Asimismo, deberá solicitarse la acreditación y/o inscripción en el sistema informático SIGFE-EVAFOR, a través del cual se realiza la gestión de la formación profesional para el empleo en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Aportación de documentos junto con la solicitud
Escanee la documentación y adjúntela a la solicitud.
Modelo de solicitud ( 146.5 Kb)
Anexo I. Relación de especialidades formativas a impartir ( 136.5 Kb)
Anexo II. Memoria de inmuebles, instalaciones y planos ( 136 Kb)
Anexo III. Identificación de especialidad formativa ( 147 Kb)
Anexo IV. Declaración responsable sobre el profesorado ( 122.5 Kb)
Anexo V. Declaración responsable del programa del curso ( 123 Kb)
Anexo VI.Modelo de proyecto formativo ( 134 Kb)
Anexo VII.Modelo de planificación didáctica ( 128 Kb)
Anexo VIII.Modelo de programación didáctica ( 132.5 Kb)
Anexo IX.Modelo de planificación de la evaluación del aprendizaje ( 132.5 Kb)
Sujetos obligados a recibir notificación electrónica ( 37 Kb)
Anexo X Teleformación ( 148 Kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se realizará de forma electrónica desde el botón Tramitar
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
- Plazo de resolución y notificación
6 meses
Más información
- Normativa:
Ley 30/2015, de 9 de septiembre, , por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral.
Orden 24/2009, de 11 de mayo, , de la Consejería de Industria, Innovación y Empleo, por la que se regulan la formación de oferta, las acciones de formación en intercambio de investigación, Desarrollo e innovación (I+D+i) y las de Acciones de apoyo y acompañamiento a la formación y estudios y acciones de sensibilización y difusión y se establecen las bases reguladoras del procedimiento de concesión y justificación de subvenciones destinadas a tal fin, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Resolución de 29 de julio de 2010, , del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se regula la inscripción y en su caso acreditación de centros y entidades de formación que imparten formación de oferta para el empleo en el ámbito de gestión del Servicio Público de Empleo Estatal.
Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, , por el que se regulan los certificados de profesionalidad.
- Sentido de silencio (silencio administrativo):
Positivo
- Recurso que procede:
Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo
- Observaciones:
Tasas
El pago de las tasas (número tasa 8.12) se realizará de la siguiente forma: La primera especialidad solicitada en dicho expediente devengará la cantidad de 183,62 ? y las siguientes, dentro del mismo expediente, devengarán 30,60 ? cada una.
La cantidad que resulte de aplicar estas tasas será ingresada en el nº de cuenta siguiente de Bankia: 2038-7494-80-6000190784
Definiciones a los efectos de acreditación e inscripción de entidades:
- Acreditación: la acción de autorización de especialidades formativas del Catálogo (que conlleven la obtención de un certificado de profesionalidad), en unas determinadas instalaciones y la asignación de un número de censo en el Registro Estatal de Entidades de formación. Dicha autorización deberá ser solicitada por entidades en situación de alta en el registro de entidades de formación del Gobierno de la Rioja.
- Inscripción: la acción de autorización de especialidades formativas del Catálogo (que no conllevan la obtención de un certificado de profesionalidad), en unas determinadas instalaciones y la asignación de un número de censo en el Registro Estatal de Entidades de formación. Dicha autorización deberá ser solicitada por entidades en situación de alta en el registro de entidades de formación del Gobierno de la Rioja.
- Entidad de formación: Es aquélla que puede impartir formación para el empleo, según lo establecido en los artículos 14 y 15 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Educación y Cultura
- Órgano competente: Dirección General de Formación Profesional y Empleo
- Unidad tramitadora: Servicio de Planificación y Gestión
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
- Puy Martínez Mínguez
- Pilar Argüeso Jiménez
Oficinas de la administración
Instituto de la Vivienda de La Rioja, S.A.
Calle General Urrutia 10-12, 26005, Logroño
Instituto de Educación Secundaria Batalla de Clavijo
Calle General Urrutia 4, 26005, Logroño
Centro de Día Ciudad de Arnedo de Arnedo
Avenida Polideportivo 18, 26580, Arnedo
Instituto de Educación Secundaria Ciudad de Haro
Calle El Mazo 11, 26200, Haro
Servicio de Comercio
Calle Marqués de la Ensenada 13-15, 26003, Logroño
Sección de Colocación y de Asesoramiento a Empresas
Calle Calvo Sotelo 28, 26003, Logroño
Sección de Inserción Laboral y Desarrollo Local
Calle Presidente Leopoldo Calvo Sotelo 8-10, 26003, Logroño
Servicio de Defensa de la Naturaleza, Caza y Pesca
Calle Prado Viejo 62 bis, 26007, Logroño
Oficina de Atención al Ciudadano de Santo Domingo de la Calzada
Calle Sor María de Leiva 14-16, 26250, Santo Domingo de la Calzada
Instituto de Educación Secundaria Inventor Cosme García
Calle República Argentina 68, 26006, Logroño
Oficina de Empleo de Logroño
Calle Calvo Sotelo 27, 26003, Logroño
Sección de Coordinación y Promoción Deportiva
Calle Muro de Francisco de la Mata 8, 26005, Logroño