Gobierno de Castilla-La Mancha

  • Inscripción en la sección segunda del Registro Autonómico de Informes de Evaluación de los Edificios de Castilla-La Mancha de Técnicos competentes para elaboración de Informes de Evaluación del Edificio. Se inscribirán las altas, actualizaciones y renovaciones.

    Criterios

    Quedarán incorporados al Registro Autonómico los técnicos que así lo soliciten, no suponiendo este hecho, que quede acreditado el cumplimiento de los requisitos exigibles, que podrán ser objeto de comprobación en cualquier momento por el órgano competente en materia de vivienda, quien procederá, en su caso, a la cancelación de la correspondiente inscripción.

  • PROCEDIMIENTO

    020222 INSCRIPCION EN LA SECCION SEGUNDA DEL REGISTRO AUTONOMICO DE CERTIFICADOS DE EFICIENCIA ENERGETICA DE EDIFICIOS DE CASTILLA-LA MANCHA

    Plazo de resolución

    SJM2 INSCRIPCION DE TECNICOS COMPETENTES PARA LA SUSCRIPCION DE CERTIFICACIONES DE EFICIENCIA ENERGETICA DE EDIFICIOS

    Plazo de presentación de solicitudes

    Abierto todo el año

    Objeto

    Efectuar la inscripción en la sección segunda del Registro Autonómico de Certificados de Eficiencia Energética de Edificios (artículo 6, Orden de 20 de mayo de 2014 de la Consejería de Fomento, por la que se regula el Registro Autonómico de Certificados de Eficiencia Energética de Edificios de Castilla-La Mancha y el procedimiento de inscripción en el mismo).

    Destinatarios

    Los técnicos competentes que ofrezcan servicios de certificación de eficiencia energética de edificios en Castilla-La Mancha (artículo 1.3 p) del Real Decreto 235/2013, de 5 de Abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios).

    Requisitos

    Ser técnico competente, según la definición establecida por el artículo 1.3.p del procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios aprobado por el Real Decreto 235/2013, de 5 de abril.

    Criterios

    Quedarán incorporados automáticamente al Registro las empresas que lo soliciten, sin perjuicio de que, en cualquier momento, la Administración pueda requerir la acreditación del cumplimiento de los requisitos declarados.

    Documentación a aportar

    -Solicitud normalizada.

    -Acreditación de la capacidad de representación del firmante de la solicitud (Anexo VI de la Orden de 20/05/2014, de la Consejería de Fomento, por la que se regula el Registro Autonómico de Certificados de Eficiencia Energética de Edificios de Castilla-La Mancha y el procedimiento de inscripción en el mismo).

    Lugar de presentación

    Telemáticamente: a través de https://ovcis.castillalamancha.es/OficinaVirtualCIS/servicios.jsp (pestaña de procedimientos de energía).

    Información Adicional

    - De acuerdo con lo establecido en el art. 11.4 del Decreto 29/2014 y el artículo 5 de la Orden de 20/05/2014, de la Consejería de Fomento la inscripción de técnicos es voluntaria.
    - Sin perjuicio de lo anterior, cuando soliciten su incorporación al mismo estarán obligados a la actualización de los datos facilitados y, en caso de cesar en la prestación de dichos servicios, a solicitar la cancelación de su inscripción.
    - En cualquier caso, con el fin de mantener actualizada la información del Registro, transcurridos cinco años desde la última actualización de datos registrada o, en su defecto, desde la fecha de su incorporación, se procederá a la cancelación de su inscripción, sin perjuicio de que pueda solicitarse posteriormente su incorporación al mismo de nuevo.
    - Dada la finalidad de la incorporación de los técnicos competentes al Registro, por el hecho de formular la solicitud, éstos autorizan la publicación de los datos personales que se hagan constar en el mismo.
    DOCM: 13/05/14 Decreto 29/2014, de 8 de mayo, por el que se regulan las actuaciones en materia de certificación de la eficiencia energética de los edificios en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha y se crea el registro autonómico de certificados de eficiencia energética de edificios de Castilla-La Mancha.
    Real Decreto 235/2013, de 5 de Abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios
    DOCM: 02/06/14 Orden de 20/05/2014, de la Consejería de Fomento, por la que se regula el Registro Autonómico de Certificados de Eficiencia Energética de Edificios de Castilla-La Mancha y el procedimiento de inscripción en el mismo.
    Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Tramitación

    Online

    Alertas informativas

  • Definir el procedimiento para obtener la inscripción definitiva de una instalación en el Registro Autonómico de Instalaciones de Producción de Energía Eléctrica en Régimen Especial.

  • PROCEDIMIENTO

    020019 INSCRIPCION EN EL REGISTRO ADMINISTRATIVO DE AGRUPACIONES DE INTERES URBANISTICO Y ENTIDADES URBANISTICAS COLABORADORAS DE CONSERVACION.

    Plazo de resolución

    2 MESES

    Efectos silencio

    Estimatorio

    SJ7M INSCRIPCION EN EL REGISTRO ADMINISTRATIVO DE AGRUPACIONES DE INTERES URBANISTICO Y ENTIDADES URBANISTICAS COLABORADORAS DE CONSERVACION.

    Plazo de presentación de solicitudes

    Plazo abierto todo el año

    Objeto

    Inscripción en las Secciones Segunda y Tercera del Registro Administrativo de Programas de Actuación Urbanizadora y Entidades Urbanísticas Colaboradoras de las Agrupaciones de Interés Urbanístico y de las Entidades Urbanísticas Colaboradoras de Conservación, así como la modificación de los datos ya consignados, su disolución, liquidación y práctica de otros asientos.

    Destinatarios

    Solicitantes: Administración urbanística o la propia entidad urbanística colaboradora, bien sea una Agrupación de Interés Urbanístico o una Entidad Colaboradora de Conservación.

    Requisitos

    1. Agrupaciones de Interés Urbanístico:
    - Competir por la adjudicación de un Programa, colaborar con su urbanizador o ser cesionario de la adjudicación de un PAU. En municipio con PDSU, gestionar la ejecución de un POPO.
    - Asociar a los propietarios de terrenos que representen más de la mitad de superficie afectada por la iniciativa.
    - Contar con poder dispositivo sobre los terrenos referidos en el apartado anterior.
    - Haber reconocido el derecho a adherirse como asociado a favor de los terceros propietarios afectados por la iniciativa en las mismas condiciones y análogos derechos a los propietarios fundadores.
    2. Entidades Urbanísticas Colaboradoras de Conservación:
    -Integrar a todos los propietarios de terrenos lucrativos comprendidos en un ámbito en el que el planeamiento de ordenación territorial y urbanístico les imponga la obligación del mantenimiento de las obras de urbanización,de acuerdo con el artículo 135 del TRLOTAU.
    - Hallarse inscrito el PAU correspondiente.

    Criterios

    Se comprobará la documentación con carácter previo a la inscripción en el Registro denegándose dicha inscripción, si una vez requerida la subsanación, la documentación estuviera incompleta, tuviera defectos formales o no estuviera formalizada en los términos legalmente establecidos o incumpliese cualesquiera otros requisitos legales.

    Documentación a aportar

    Agrupaciones de Interés Urbanístico:
    a) Para la inscripción de una Agrupación de Interés Urbanístico se aportará copia autorizada de la escritura pública de constitución con el contenido señalado en el artículo 24.1.A) del Reglamento de la Actividad de Ejecución.
    b) Para inscribir actos y acuerdos modificativos del documento de constitución, liquidación y disolución copia autorizada de la escritura pública de los acuerdos adoptados o certificación con firma legitimada notarialmente.
    Entidades Urbanísticas Colaboradoras de Conservación:
    Se hará constar el número de Registro del PAU aprobado y se aportará:
    a) Para la inscripción de su constitución:
    -Copia diligenciada del expediente administrativo comprensivo del trámite de información pública.
    -Certificado del acuerdo municipal de aprobación y de designación del representante.
    -Copia autorizada de la escritura pública de constitución con el contenido señalado en el artículo 24.1B) del Reglamento de la Actividad de Ejecución.
    -Número de inscripción del PAU correspondiente en la Sección 1ª del Registro.
    b) Para inscribir apoderamientos especiales, modificación del título constitutivo o de los estatutos, acuerdos de nombramientos y ceses de sus órganos, disolución y liquidación se aportará la documentación a que hace referencia en cada caso el artículo 29.3 del Reglamento de la Actividad de Ejecución.
    Los documentos anteriores se presentarán en soporte papel e informático.

    Lugar de presentación

    Las solicitudes podrán presentarse: en los registros de los órganos administrativos de la Administración General del Estado, de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, de los Ayuntamientos de los Municipios del artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, o del resto de las entidades de la Administración Local, en este caso, si se hubiese suscrito convenio, en las oficinas de correos, o en cualquier otra forma prevista.

    Información Adicional

    La inscripción de las Entidades Urbanísticas Colaboradoras supone su reconocimiento como tales y la adquisición de personalidad jurídica, así como el reconocimiento para el ejercicio de sus funciones.
    DOCM: 29/04/11 Decreto 29/2011, de 19/04/2011, por el que se aprueba el Reglamento de la Actividad de Ejecución del Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística.
    DOCM: 21/05/10 Decreto Legislativo 1/2010, de 18/05/2010, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    020095 INSCRIPCION EN EL REGISTRO DE ASOCIACIONES DE CASTILLA-LA MANCHA

    Plazo de resolución

    3 MESES

    Efectos silencio

    Estimatorio

    S673 INSCRIPCION EN EL REGISTRO DE ASOCIACIONES DE CASTILLA-LA MANCHA

    Plazo de presentación de solicitudes

    Plazo abierto todo el año

    Objeto

    La inscripción en el Registro de Asociaciones de Castilla-La Mancha de los siguientes actos: a) Constitución de asociación; b) Modificaciones de estatutos; c) Variaciones en la composición del órgano de representación; d) Disolución de asociación; e) Baja registral de asociación sin disolución; f) Inscripción de la incorporación o separación de asociación en federación, confederación o unión de asociaciones ; g) Inscripción de la apertura o cierre de delegaciones de asociaciones.

    Destinatarios

    Asociaciones que desarrollen preferentemente sus fines en el ambito territorial de Castilla-La Mancha.

    Importe

    - Inscripción de la asociación: 12,48 euros.
    - Modificación de los estatutos: 9,36 euros.
    - Por inscripción de la junta directiva: 15,63 euros.

    Criterios

    Las asociaciones deberán atenerse a lo dispuesto en el artículo 22 de la Constitución y a la Ley Orgánica 1/2002, que regula el derecho de asociación.

    Documentación a aportar

    1.Inscripción constitución asociación, unión, federación y confederación: a) Acta fundacional*; b) Estatutos*; c) Copia documentos oficiales de identidad de los promotores y representantes, en el caso de que no se autorice la verificación de datos de identidad en el sistema oficial; d) Certificación del acuerdo de participación de las personas jurídicas promotoras. e) En su caso, certificado de acuerdos asamblearios de las asociaciones.
    2.Inscripción de modificaciones estatutarias: a) Acta o certificación de la secretaría sobre el acuerdo; b) Estatutos modificados*.
    3.Inscripción de variaciones en la composición del órgano de representación, con carácter general: acta o certificación de la secretaría; con carácter especifico y alternativo al general:
    A) Variación por separación voluntaria: 1º.Comparecencia personal de la persona dimisionaria; 2º. Envío de la copia de su documento nacional de identidad de la persona dimisionaria y del escrito de dimisión debidamente firmado;
    B) Variación por muerte o declaración de fallecimiento: 1º. Comparecencia personal de los sucesores ante el registro, aportando certificado de defunción del Registro civil o declaración judicial de fallecimiento; 2º. Envío certificado de defunción del Registro civil o declaración judicial de fallecimiento por los sucesores. 4.Inscripción de la disolución de la asociación:Acta o certificación del acuerdo de disolución. 5. Baja registral sin disolución: Acta o certificación del acuerdo de baja. 6. Incorporación o separación de una asociación a federación, confederación o unión de asociaciones inscrita. Acta o certificación del acuerdo y acuerdo de aceptación de la federación, confederación o unión. 7. Apertura o cierre de delegaciones: Acta o certificación del acuerdo y documento identidad representante.
    *(Dos ejemplares con todas las hojas firmadas por los promotores o, en su caso, por el presidente y secretario)

    Lugar de presentación

    1- En los registros de los órganos administrativos de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
    2- En los registros de cualquier órgano administrativo que pertenezcan a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las CCAA o a la de cualquier entidad local, siempre que, en este último caso, se haya suscrito el oportuno convenio.
    3- En las oficinas de Correos, en la forma establecida reglamentariamente.

    Información Adicional

    Para más información: http://ejuridicas.castillalamancha.es/
    DOCM: 26/03/99 Orden de 15 de marzo de 1999, reguladora de las inscripciones en el registro general de asociaciones y en los demás registros de asociaciones dependientes de la Administración de la Junta
    DOCM: 05/02/99 Decreto 8/99, de coordinación de registros de asociaciones de la Administración de la JCCM
    Ley Orgánica 1/2002, de 22 de mayo reguladora del Derecho de Asociación.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    020196 INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE ASOCIACIONES DE CONSERVACIÓN DE LA NATURALEZA

    Plazo de resolución

    3 MESES

    Efectos silencio

    Estimatorio

    SJSF INSCRIPCION EN EL REGISTRO DE ASOCIACIONES DE CONSERVACION DE LA NATURALEZA

    Plazo de presentación de solicitudes

    Plazo abierto todo el año

    Objeto

    Solicitar la inscripción en el registro creado al efecto para las asociaciones cuyo objeto sea la conservación de la Naturaleza, en cumplimiento del art. 101 de la Ley 9/1999 de Conservación de la Naturaleza

    Destinatarios

    Asociaciones constituidas legalemte cuyos fines coincidan con los principios señalados en el art. 3.1 de la Ley 9/1999

    Requisitos

    Ser asociación legalmente constituídas y tener como fines los principios señalados en el art. 3.1 de la Ley 9/1999

    Lugar de presentación

    A) En los Registros de la Consejería de Agricultura Medio Ambiente y Desarrollo Rural así como en los demás lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992. B) De forma telemática mediante el envío con firma electrónica de los datos a través del formulario incluido en esta sede

    Información Adicional

    Este procedimiento conlleva el pago de una tasa (tarifa 3).Para más información Pinche aquí
    Para darse de alta en la plataforma de notificaciones electrónicas, deberá acceder a: NOTIFIC@ (cuya url es: https://notifica.jccm.es/Notificador)
    DOCM: 12/06/99 Ley 9/1999, de 26 de mayo, de Conservación de la Naturaleza
    DOCM: 05/04/07 Ley 8/2007, de 15 de marzo, de modificación de la Ley 9/2009, de 26 de mayo, de Conservación de la Naturaleza

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    020094 INSCRIPCION EN EL REGISTRO DE COLEGIOS PROFESIONALES Y CONSEJOS DE COLEGIOS PROFESIONALES

    Plazo de resolución

    3 MESES

    Efectos silencio

    Estimatorio

    S056 INSCRIPCION EN EL REGISTRO DE COLEGIOS Y CONSEJOS DE COLEGIOS PROFESIONALES DE CASTILLA-LA MANCHA.

    Plazo de presentación de solicitudes

    1 mes desde la adopción del acuerdo objeto de inscripción.

    Objeto

    Control y calificación de la legalidad de los actos sujetos a inscripción: primera inscripción de un Colegio Profesional/Consejo de Colegios Profesionales/colegio profesional preexistente /Delegación colegio profesional; estatutos; órgano ejecutivo, reglamento de régimen interior y normativa deontológica.

    Destinatarios

    Colegios profesionales y consejo de colegios profesionales de Castilla-La Mancha, así como delegaciones en Castilla-La Mancha de colegios profesionales nacionales o de otras Comunidades Autónomas.

    Criterios

    Sujeción al Ordenamiento Jurídico del acto objeto de inscripción registral.

    Documentación a aportar

    1.-Inscripción colegio profesional/colegio preexistente a la ley 10/1999, de 26 de mayo:
    -Acta de constitución/ Norma constitutiva.
    -Estatutos.
    -Normativa deontológica.
    -Certificación expedida por el Secretario, con el visto bueno del Presidente, del Acta de aprobación de los Estatutos, así como una copia de la misma.
    -Certificado del secretario del colegio con el VºBº del presidente, de la composición del órgano ejecutivo.
    2.- Inscripción Consejo de colegios profesionales:
    - Norma por la que se constituyó el Consejo.
    -Estatutos.
    -Certificación expedida por el Secretario, con el visto bueno del Presidente, del Acta de aprobación de los Estatutos, así como una copia de la misma.
    -Certificación expedida por los respectivos Secretarios de los Colegios Profesionales, con el visto bueno de los respectivos Presidentes, de la relación de los representantes elegidos por cada Colegio integrante.
    -Certificación expedida por el Secretario del Consejo, con el visto bueno del Presidente, de la composición del órgano ejecutivo
    . 3.-Inscripción de modificaciones estatutarias, órgano ejecutivo, reglamento de régimen interior y normativa deontológica de Colegio Profesional/Consejo:Certificado del Secretario del colegio/consejo de colegios profesionales con el VºBº del presidente del acuerdo adoptado y texto de la modificación propuesta.
    4.- Incorporación nuevos Colegios en el Consejo: Certificado del secretario del consejo de colegios con el VºBº del presidente del acuerdo de incorporación o exclusión.
    5.- Inscripción de delegación de un colegio profesional: - Certificado del secretario del colegio profesional con el vºbº del presidente del acuerdo de creación de las delegaciones, junto con el Certificado del secretario del colegio con el VºBº del presidente, de la composición del órgano ejecutivo de la delegación.

    Lugar de presentación

    1- En los registros de los órganos administrativos de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
    2- En los registros de cualquier órgano administrativo que pertenezcan a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las CCAA o a la de cualquier entidad local, siempre que, en este último caso, se haya suscrito el oportuno convenio.
    3- En las oficinas de Correos, en la forma establecida reglamentariamente.

    Información Adicional

    1- Correo electrónico: coordinacionjuridica@jccm.es.
    2- Teléfono: 925248424.
    DOCM: 16/12/02 Decreto 172/2002 de 10-12-2002 de desarrollo de la Ley 10/1999 de Creación de Colegios Profesionales de Castilla-la Mancha
    DOCM: 12/06/99 Ley 10/1999, de 26/05/1999, , DE CREACION DE COLEGIOS PROFESIONALES DE CASTILLA-LA MANCHA
    DOCM: 17/01/03 Corrección de errores al Decreto 172/2002, de 10-12-2002 de desarrollo de la ley 10/1999 de Creación de Colegios Profesionales de Castilla-la Mancha
    Ley 2/1974 de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales. «BOE» núm. 40, de 15 de febrero de 1974, páginas 3046 a 3049

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    020103 INSCRIPCION EN EL REGISTRO DE COOPERATIVAS DE CASTILLA-LA MANCHA DE ACTOS RELATIVOS A LAS SOCIEDADES COOPERATIVAS.

    Plazo de resolución

    20 DÍAS DESDE LA PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN ANTE LA CORRESPONDIENTE UNIDAD DEL REGISTRO DE COOPERATIVAS DE CASTILLA-LA MANCHA.

    Efectos silencio

    Estimatorio

    SI8Z INSCRIPCION EN EL REGISTRO DE COOPERATIVAS DE CASTILLA-LA MANCHA DE ACTOS RELATIVOS A LAS SOCIEDADES COOPERATIVAS

    Plazo de presentación de solicitudes

    Plazo abierto todo el año

    Objeto

    Validar si la documentación y los actos que se pretenden inscribir cumplen los requisitos exigidos por la Ley 11/2010, de 4 de noviembre, la Ley 4/2017, de 30 de noviembre, y por el Decreto 214/2015, de 3 de noviembre, y si es así, inscribirlos en el Registro de Cooperativas de Castilla-La Mancha.

    Destinatarios

    Cooperativas inscritas en las distintas unidades registrales del Registro de Cooperativas de Castilla-La Mancha u otro tipo de entidades que se pretenden transformar en cooperativas.

    Requisitos

    Los exigidos por la Ley 11/2010, de 4 de noviembre, la Ley 4/2017, de 30 de noviembre, y por el Decreto 214/2015, de 3 de noviembre, y si es así, inscribirlos en el Registro de Cooperativas de Castilla-La Mancha para cada uno de los actos que se pretenden inscribir, así como el abono de la tasa correspondiente.

    Importe

    Tasa: 16,64 euros

    Criterios

    Los exigidos por la Ley 11/2010, de 4 de noviembre, la Ley 4/2017, de 30 de noviembre, y por el Decreto 214/2015, de 3 de noviembre, y si es así, inscribirlos en el Registro de Cooperativas de Castilla-La Mancha para cada uno de los actos que se pretenden inscribir, así como el abono de la tasa correspondiente.

    Documentación a aportar

    1º) EN EL CASO DE ADAPTACIÓN A LA LEY 11/2010/MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS, OTORGAMIENTO O REVOCACIÓN DE PODERES, TRANSFORMACIÓN, FUSIÓN, ESCISIÓN, DISOLUCIÓN, REACTIVACIÓN, NOMBRAMIENTO DE LIQUIDADORES Y EXTINCIÓN:
    -Escritura pública.
    -Documentación acreditativa de la liquidación del ITP y AJD o de exención o no sujeción a dicho impuesto (Modelo 600)

    2º) EN EL CASO DEL NOMBRAMIENTO O CESE DEL ÓRGANO DE GOBIERNO O DEL NOMBRAMIENTO O CESE DE OTROS ÓRGANOS SOCIALES O DE LOS AUDITORES:
    -Certificado del acta de la sesión de la asamblea general/órgano de gobierno.

    EN CUALQUIERA DE AMBOS APARTADOS, EN SU CASO:
    -Documentación acreditativa de la representación, en su caso, por cualquiera de los medios establecidos en el apartado 4 del artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Lugar de presentación

    Únicamente telemática: A través de la siguiente página web: https://www.jccm.es/

    Información Adicional

    -Los/as usuarios/as podrán descargarse la aplicación gratuita AUTOFIRMA para la firma electrónica de archivos electrónicos en la dirección web http://firmaelectronica.gob.es/Home/Descargas.html.

    -Problemas y dudas relacionadas con el contenido de la solicitud, la documentación a presentar y sus requisitos: Disponen en esta página de un listado de los gestores de esta aplicación de cada una de las unidades del registro de cooperativas de Castilla-La Mancha.
    DOCM: 16/11/10 Ley 11/2010, de 4 de noviembre, de Cooperativas de Castilla-La Mancha.
    DOCM: 11/11/15 Decreto 214/2015, de 03/11/2015, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Registro de Cooperativas de Castilla-La Mancha
    DOCM: 11/12/17 Ley 4/2017, de 30 de noviembre, de Microempresas Cooperativas y Cooperativas Rurales de Castilla-La Mancha y por la que se modifica la Ley 11/2010, de 4 de noviembre, de Cooperativas de Castilla-La Mancha.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Ventanilla Única

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    020169 INSCRIPCION EN EL REGISTRO DE EMPRESAS CON RIESGO DE AMIANTO (RERA) DE LAS EMPRESAS QUE VAYAN A REALIZAR ACTIVIDADES U OPERACIONES CON RIESGO DE EXPOSICION A AMIANTO

    Plazo de resolución

    3 MESES

    Efectos silencio

    Estimatorio

    SJOS INSCRIPCION EN EL REGISTRO DE EMPRESAS CON RIESGO DE AMIANTO (RERA) DE LAS EMPRESAS QUE VAYAN A REALIZAR ACTIVIDADES U OPERACIONES CON RIESGO DE EXPOSICION A AMIANTO

    Plazo de presentación de solicitudes

    Plazo abierto todo el año.

    Objeto

    Inscripción en el Registro de empresas con riesgo por amianto (RERA) de aquellas empresas que vayan a realizar actividades u operaciones incluidas en el ámbito de aplicación del Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo, cuyas instalaciones principales se encuentren en Castilla - La Mancha.

    Destinatarios

    Empresas que vayan a realizar actividades u operaciones en las que sus trabajadores estén expuestos o sean susceptibles de estar expuestos a fibras de amianto o de materiales que lo contengan.

    Requisitos

    Contar con sus instalaciones principales en Castilla - La Mancha.

    Criterios

    Procederá la inscripción en el Registro Regional cuando a la vista de la solicitud presentada se compruebe el cumplimiento de requisitos..

    Documentación a aportar

    En su caso, autorización para publicación de datos de la empresa en la web de la Junta de Comunidades de Castilla - La Mancha (disponible en contenidos de Seguridad y Salud Laboral de dicha web www.castillalamancha.es).

    Lugar de presentación

    a) Telemática: a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla - La Mancha (https://www.jccm.es).

    b) Presencial, en el registro: de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo; de las Direcciones Provinciales de la citada Consejería; o en cualquiera de los registros y por los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Información Adicional

    DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO, FORMACIÓN Y SEGURIDAD LABORAL

    Dirección postal: Avenida de Irlanda, 14 - 45071 Toledo

    Teléfono: 925 265 688

    Correo electrónico: dgtfsl.economiaempresasempleo@jccm.es
    Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgos de exposición al amianto. BOE: 11-04-2006.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Ventanilla Única

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    020197 INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE EMPRESAS DE TURISMO EN LA NATURALEZA

    Plazo de resolución

    3 MESES

    Efectos silencio

    Estimatorio

    SJSE INSCRIPCION EN EL REGISTRO DE EMPRESAS DE TURISMO EN LA NATURALEZA

    Plazo de presentación de solicitudes

    Plazo abierto todo el año

    Objeto

    Solicitar la inscripción en el registro creado al efecto por el art. 23 de la Ley 9/1999 de Conservación de la Naturaleza

    Destinatarios

    Empresas que pretendan ofertar servicios de turismo a través de actividades a realizar en el medio natural que sean susceptibles de deteriorar las áreas y recursos naturales protegidos por la Ley 9/1999

    Requisitos

    Estar inscritos en el Registro de Empresas de Turismo Activo regulado en el Decreto 77/2005, de 28 de junio, de Ordenación de las Empresa de Turismo Activo de Castilla-La Mancha

    Lugar de presentación

    A) En los Registros de la Consejería de Agricultura Medio Ambiente y Desarrollo Rural así como en los demás lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992. B) De forma telemática mediante el envío con firma electrónica de los datos a través del formulario incluido en esta sede

    Información Adicional

    Este procedimiento conlleva el pago de una tasa (tarifa 3).Para más información Pinche aquí
    Para darse de alta en la plataforma de notificaciones electrónicas, deberá acceder a: NOTIFIC@ (cuya url es: https://notifica.jccm.es/Notificador)
    DOCM: 28/07/99 LEY 9/1999, de 26 de mayo, de Conservación de la Naturaleza
    DOCM: 18/05/07 LEY 8/2007, de 15 de marzo, de modificación de la Ley 9/2009, de 26 de mayo, de Conservación de la Naturaleza

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

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