Gobierno de Castilla-La Mancha

  • PROCEDIMIENTO

    180067 EXCEDENCIA VOLUNTARIA POR AGRUPACION FAMILIAR DE PERSONAL LABORAL

    Plazo de resolución

    1 MES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SJSN EXCEDENCIA VOLUNTARIA POR AGRUPACION FAMILIAR DE PERSONAL LABORAL

    Plazo de presentación de solicitudes

    Abierto todo el año.

    Objeto

    Recepción de solicitudes, verificación del cumplimiento de requisitos y resolución.

    Destinatarios

    Personal laboral fijo

    Requisitos

    Ser personal laboral fijo Que el cónyuge o pareja que conviva de hecho con el solicitante resida en otro municipio por haber obtenido y estar desempeñando un puesto de trabajo de carácter definitivo en la Administración Pública bajo cualquier relación de empleo.

    Importe

    Sin costes.

    Criterios

    Cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa reguladora.

    Documentación a aportar

    Nombramiento, toma de posesión, contrato o documentación acreditativa del desempeño por el cónyuge o pareja de hecho de un puesto de trabajo de carácter definitivo en la Administración Pública. Acreditación del matrimonio o pareja de hecho a través del libro de familia o, en su caso, certificado expedido por el Registro público correspondiente. Certificado de empadronamiento del cónyuge o pareja de hecho

    Lugar de presentación

    Portal del Empleado
    DOCM: 08/05/15 Decreto 22/2015, de 30/04/2015, de reducción de plazos y modificación del sentido del silencio administrativo en determinados procedimientos tramitados por la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
    DOCM: 09/11/17 Resolución de 24/10/2017, de la Dirección General de Trabajo, Formación y Seguridad Laboral, por la que se registra y publica el VIII Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    180019 EXCEDENCIA VOLUNTARIA POR AGRUPACION FAMILIAR PERSONAL FUNCIONARIO

    Plazo de resolución

    1 MES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SF45 EXCEDENCIA VOLUNTARIA POR AGRUPACION FAMILIAR PERSONAL FUNCIONARIO

    Plazo de presentación de solicitudes

    Abierto todo el año

    Objeto

    Recepción de solicitudes, verificación del cumplimiento de requisitos y resolución.

    Destinatarios

    Personal funcionario de carrera

    Requisitos

    Que el cónyuge o pareja de hecho resida en otra localidad por haber obtenido y estar desempeñando un puesto de trabajo de carácter definitivo como personal funcionario de carrera o como personal laboral fijo en cualquier administración pública, organismo público o entidad de derecho público dependiente o vinculado a ella, órgano constitucional, órgano del Poder Judicial y órgano similar de las comunidades Autónomas, así como en la Unión Europea o en organizaciones internacionales.

    Criterios

    Cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa reguladora.

    Documentación a aportar

    Nombramiento, toma de posesión, contrato o documentación acreditativa del desempeño por el cónyuge o pareja de hecho de un puesto en la Administración, organismo o entidad del sector público, órgano constitucional, órgano del poder judicial, órgano similar de las Comunidades Autónomas, en la Unión Europea o en organizaciones internacionales.
    Acreditación del matrimonio o pareja de hecho a través del libro de familia o, en su caso, certificado expedido por el Registro público correspondiente.

    Lugar de presentación

    Portal del Empleado
    DOCM: 22-MAR-11 Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha.
    DOCM: 08-MAY-15 Decreto 22/2015, de 30/04/2015, de reducción de plazos y modificación del sentido del silencio administrativo en determinados procedimientos tramitados por la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    180066 EXCEDENCIA VOLUNTARIA POR INTERES PARTICULAR DE PERSONAL LABORAL FIJO

    Plazo de resolución

    30 DÍAS NATURALES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SJSM EXCEDENCIA VOLUNTARIA POR INTERES PARTICULAR DE PERSONAL LABORAL FIJO

    Plazo de presentación de solicitudes

    Plazo abierto todo el año.

    Objeto

    Recepción de solicitudes, verificación del cumplimiento de requisitos y resolución.

    Destinatarios

    Personal laboral fijo

    Requisitos

    Ser personal laboral fijo
    Tener al menos un año de antigüedad en la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
    Haber transcurrido cuatro años desde el final de la anterior excedencia.
    No estar inmerso en un expediente disciplinario.

    Importe

    Sin costes.

    Criterios

    Cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa reguladora.

    Lugar de presentación

    Portal del Empleado
    DOCM: 09/11/17 Resolución de 24/10/2017, de la Dirección General de Trabajo, Formación y Seguridad Laboral, por la que se registra y publica el VIII Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    180020 EXCEDENCIA VOLUNTARIA POR INTERES PARTICULAR PERSONAL FUNCIONARIO

    Plazo de resolución

    1 MES

    Efectos silencio

    Estimatorio

    SF44 EXCEDENCIA VOLUNTARIA POR INTERES PARTICULAR PERSONAL FUNCIONARIO

    Plazo de presentación de solicitudes

    Abierto todo el año.

    Objeto

    Recepción de solicitudes, verificación del cumplimiento de requisitos y resolución.

    Destinatarios

    Personal funcionario de carrera

    Requisitos

    Ser personal funcionario de carrera.
    Haber prestado servicios efectivos en cualquier Administración Pública durante un periodo mínimo de tres años inmediatamente anteriores a la fecha en que se pretenda iniciar la excedencia.
    Haber transcurrido tres años de servicios efectivos desde el final de la anterior excedencia por el mismo motivo.
    Subordinada a las necesidades del servicio.
    No estar pendiente del cumplimiento de una sanción o inmerso en un expediente disciplinario.

    Criterios

    Cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa reguladora.

    Lugar de presentación

    Portal del Empleado
    DOCM: 22-MAR-11 Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha.
    DOCM: 08-MAY-15 Decreto 22/2015, de 30/04/2015, de reducción de plazos y modificación del sentido del silencio administrativo en determinados procedimientos tramitados por la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    180021 EXCEDENCIA VOLUNTARIA POR PRESTACION DE SERVICIOS EN EL SECTOR PUBLICO PERSONAL FUNCIONARIO

    Plazo de resolución

    1 MES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SF43 EXCEDENCIA VOLUNTARIA POR PRESTACION DE SERVICIOS EN EL SECTOR PUBLICO PERSONAL FUNCIONARIO

    Plazo de presentación de solicitudes

    Abierto todo el año

    Objeto

    Recepción de solicitudes, verificación del cumplimiento de requisitos y resolución.

    Destinatarios

    Personal funcionario de carrera.

    Requisitos

    Ser personal funcionario de carrera
    Encontrarse en situación de servicio activo en otro cuerpo o escala de cualquier Administración Pública, salvo que hubiese obtenido la oportuna compatibilidad, o que pase a prestar servicios como personal laboral en organismos o entidades del sector público.

    Criterios

    Cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa reguladora.

    Documentación a aportar

    Documentación acreditativa del nombramiento, toma de posesión, contrato en la Administración, Organismo o Entidad del sector público que determine el pase a esta situación.

    Lugar de presentación

    Portal del Empleado
    DOCM: 08-MAY-15 Decreto 22/2015, de 30/04/2015, de reducción de plazos y modificación del sentido del silencio administrativo en determinados procedimientos tramitados por la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
    DOCM: 22-MAR-11 Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    180043 EXENCION DE JORNADA COMPLEMENTARIA EN HORARIO DE ATENCION CONTINUADA POR GUARDIAS DEL PERSONAL DE IISS SESCAM

    Plazo de resolución

    3 meses

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SJPE EXENCION DE JORNADA COMPLEMENTARIA EN HORARIO DE ATENCION CONTINUADA POR GUARDIAS DEL PERSONAL DE II.SS DEL SESCAM

    Plazo de presentación de solicitudes

    Durante el mes de octubre del año anterior al que deban tener efectos.

    Objeto

    Exención de realización de guardias.

    Destinatarios

    Personal facultativo fijo de atención especializada y primaria, así como personal de enfermería fijo de atención primaria.

    Requisitos

    a) Ser personal facultativo fijo de atención especializado o primaria y personal de enfermaría fijo de atención primaria.

    b) Ser mayor de 55 años.

    c) Encontrarse en el momento de realizar la solicitud realizando efectivamente guardias de atención continuada en jornada complementaria.

    d) Que cuenten con un periodo mínimo de actividad previa de al menos diez años realizando, de manera efectiva, guardias en jornada complementaria. A estos efectos, si un profesional ha realizado guardias de manera discontinua a lo largo de su vida laboral, se acumularán los distintos periodos para alcanzar el mínimo, siempre y cuando haya realizado guardias durante al menos tres de los últimos diez años.

    Los profesionales que cumplan los requisitos establecidos en los apartados a( y b) podrán solicitar la exención de guardias sin participación en módulos de actividad adicional.

    Importe

    Un módulo equivale a 12 horas de guardia de presencia física.

    El máximo de módulos a realizar al mes será de cuatro.

    Las cuantías correspondiente se abonarán en el complemento de atención continuada.

    Criterios

    Cumplir todos los requisitos exigidos para tener derecho a la exención de guardias por motivos de edad.

    Lugar de presentación

    En la Gerencia correspondiente

    Información Adicional

    Servicio de Personal de cada una de las Gerencias.
    DOCM: 14/05/03 Resolución de 14/05/2003, POR LA QUE SE ACUERDA EL DEPOSITO Y SE DISPONE LA PUBLICACION DEL ACUERDO SOBRE PROCEDIMIENTO DE PRESTACION ADICIONAL DE ACTIVIDAD PARA PROFESIONALES DE ATENCION PRIMARIA DE MAS DE 55 AÑOS CON EXENCION DE GUARDIAS
    DOCM: 29/02/12 Articulo 15 Ley 1/2012, de 21 de febrero, de Medidas Complementarias para la Aplicación del Plan de Garantías de Servicios Sociales.

    Tramitación

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    040074 APROBACION DE EXENCIÓN DE OBLIGACION DE MANTENIMIENTO DEL PUESTO DE SECRETARIA DE CORPORACIONES LOCALES

    Plazo de resolución

    3 MESES

    Efectos silencio

    Estimatorio

    SJ8L EXENCION DE LA OBLIGACION DE MANTENER EL PUESTO DE TRABAJO CON FUNCIONES PUBLICAS DE SECRETARIA, CUYA RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA ESTE RESERVADA A FUNCIONARIOS/AS CON HABILITACION

    Plazo de presentación de solicitudes

    Plazo abierto todo el año

    Objeto

    La exención de la obligación de mantener el puesto de trabajo de Secretaría, a los efectos de los artículos 4 y 31.2 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a Funcionarios de administración Local con habilitación de carácter nacional.

    Destinatarios

    Entidades locales con población inferior a 500 habitantes y presupuesto inferior a 120.202,42 euros, y Mancomunidades que acrediten que el volumen de servicios o recursos es insuficiente para el mantenimiento de dicho puesto.

    Requisitos

    - Las Entidades Locales con población inferior a 500 habitantes y presupuesto inferior a 120.202,42 euros: que no sea posible efectuar una agrupación de entidades locales para el sostenimiento en común de dicho puesto de trabajo con funciones públicas de Secretaría.
    - Las Mancomunidades: que acrediten que el volumen de servicios o recursos es insuficiente para el mantenimiento de dicho puesto.

    Documentación a aportar

    - Certificación de acuerdo plenario solicitando la exención de la obligación de mantener el puesto de trabajo de Secretaría e indicando quién es el que asumirá esta obligación de garantizar el ejercicio de las funciones reservadas, pudiendo optar entre alguno de los sistemas establecidos en los artículos 5 (servicio de asistencia que preste la Diputación Provincial correspondiente) ó 31.2 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio (sistema de acumulación de funciones a funcionario con habilitación de carácter estatal).
    - Certificación del número de habitantes y el montante del último presupuesto aprobado, manifestando que no ha sido posible efectuar una agrupación de entidades locales para el sostenimiento en común de dicho puesto de trabajo con funciones públicas de Secretaría (Ayuntamiento).
    - Certificación de los servicios prestados por la Mancomunidad que acrediten que el volumen de servicios o recursos es insuficiente para el mantenimiento de dicho puesto, y el montante del último presupuesto aprobado (Mancomunidad).

    Lugar de presentación

    Las solicitudes podrán presentarse: en los registros de los órganos administrativos de la Administración General del Estado, de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, de los Ayuntamientos de los Municipios del artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, o del resto de las entidades de la Administración Local, en este caso, si se hubiese suscrito convenio, en las oficinas de correos, o en cualquier otra forma prevista.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    020165 REGISTRO DE CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD Y ACREDITACIONES PARCIALES ACUMULABLES EXPEDIDOS EN CASTILLA-LA MANCHA

    Plazo de resolución

    3 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SITX EXPEDICION CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD

    Plazo de presentación de solicitudes

    Plazo abierto todo el año

    Objeto

    Realizar la inscripción de los certificados de profesionalidad en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

    Destinatarios

    Todas aquellas personas que acrediten la totalidad de las unidades de competencia que componen un certificado de profesionalidad y hayan superado o estén exentos de realizar el módulo de prácticas.

    Requisitos

    Cumplir uno de los siguientes requisitos: a) Haber superado, mediante formación profesional para el empleo o del sistema educativo, todos los módulos que integran el certificado de profesionalidad y el módulo de prácticas o estén exentos de realizar el mismo. b) Haber acreditado, mediante procesos de evaluación y acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral la totalidad de las unidades de competencia que componen un certificado de profesionalidad mediante el procedimiento establecido en el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio. c) Haber completado, mediante la acumulación de acreditaciones parciales adquiridas por cualquiera de las vías descritas en los apartados anteriores, la totalidad de las unidades de competencia que correspondan a cada certificado de profesionalidad y hayan superado o estén exentos de realizar el módulo de prácticas.

    Importe

    Tasa: 41,85 euros.

    Documentación a aportar

    La acreditación del cumplimiento de los requisitos para la expedición de los certificados de profesionalidad se realizará de las siguientes formas: a) Mediante la autorización, incluida en el formulario de solicitud, a la Dirección General con competencias en formación profesional para el empleo para que pueda proceder a la comprobación y verificación de los datos acreditativos de identidad así como de los documentos emitidos o que se encuentren en poder de la Administración regional, en los términos establecidos en los artículos 4 y 5 del Decreto 33/2009, de 28 de abril, por el que se suprime la aportación de determinados documentos en los procedimientos administrativos de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y de sus organismos públicos vinculados o dependientes, comprometiéndose, en caso de no autorización, a aportar la documentación pertinente. b) Mediante la aportación, junto con el formulario de solicitud, de la siguiente documentación: 1º) Copia compulsada del DNI/NIF de la persona solicitante, sólo en caso de no otorgar la autorización contenida en el apartado a) anterior. 2º) Copia compulsada del documento acreditativo en el que se refleje la evaluación positiva en los módulos correspondientes al conjunto de las unidades de competencia del certificado de profesionalidad que se solicita, así como del módulo de prácticas, en el caso de no otorgar la autorización contenida en el apartado a) anterior, así como en el caso de que dicha documentación no hubiera sido emitida por la Administración regional.

    Lugar de presentación

    a) Preferentemente, mediante el envío telemático, a través del formulario disponible en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en la página web http://www.jccm.es

    b) Presencialmente, en los Servicios Periféricos de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
    DOCM: 29/10/12 Orden de 24/09/2012, , por la que se regula el Registro de Certificados de Profesionalidad y Acreditaciones Parciales Acumulables expedidas en Castilla-La Mancha y se establece el procedimiento de inscripción y expedición.
    Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    020165 REGISTRO DE CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD Y ACREDITACIONES PARCIALES ACUMULABLES EXPEDIDOS EN CASTILLA-LA MANCHA

    Plazo de resolución

    3 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SKCK EXPEDICION DE ACREDITACION DE UNIDADES DE COMPETENCIA

    Plazo de presentación de solicitudes

    Abierto todo el año

    Objeto

    Realizar la inscripción y expedición de las acreditaciones parciales acumulables (unidades de competencia) en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

    Destinatarios

    Aquellas personas que superen una o más unidades de competencia correspondientes al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales y no completen un certificado de profesionalidad.

    Requisitos

    Haber superado, mediante formación profesional para el empleo o del sistema educativo, en el ámbito competencial de Castilla-La Mancha, uno o varios módulos que se correspondan con la unidad o unidades de competencia que se solicita.

    Documentación a aportar

    a) Mediante la autorización, incluida en el formulario de solicitud, a la Dirección General con competencias en formación profesional para el empleo para que pueda proceder a la comprobación y verificación de los datos acreditativos de identidad así como de los documentos emitidos o que se encuentren en poder de la Administración regional, en los términos establecidos en los artículos 4 y 5 del Decreto 33/2009, de 28 de abril, por el que se suprime la aportación de determinados documentos en los procedimientos administrativos de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y de sus organismos públicos vinculados o dependientes, comprometiéndose, en caso de no autorización, a aportar la documentación pertinente.

    b) En el caso de no otorgar la autorización a que hace referencia el apartado a) anterior, deberá aportar, junto con el formulario de solicitud, la siguiente documentación:
    1º) Copia compulsada del DNI/NIF de la persona solicitante.
    2º) Copia compulsada del documento acreditativo en el que se refleje la evaluación positiva en los módulos correspondientes al conjunto de las unidades de competencia de las que se solicita la acreditación.

    Lugar de presentación

    a) Preferentemente, mediante el envío telemático, a través del formulario disponible en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en la página web http://www.jccm.es

    b) Presencialmente, en la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

    Información Adicional

    Las unidades de competencia acreditadas por un certificado de profesionalidad o una acreditación parcial acumulable, expedida por la Consejería con competencias en materia de empleo, serán reconocidas por la Administración educativa y surtirán los efectos de convalidación del módulo o módulos profesionales correspondientes de acuerdo con los Reales Decretos por los que se establecen cada uno de los títulos de la formación profesional, a quienes lo soliciten.
    Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad
    DOCM: 29/10/14 Orden de 24/09/2012, de la Consejería de Empleo y Economía, por la que se regula el Registro de Certificados de Profesionalidad y Acreditaciones Parciales Acumulables expedidas en Castilla-La Mancha y se establece el procedimiento de inscripción y expedición

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    040145 RENOVACION DE CARNES DE MANIPULADOR DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS

    Plazo de resolución

    3 MESES

    Efectos silencio

    Estimatorio

    SJ2M EXPEDICION DE RENOVACION DE CARNE DE MANIPULADOR DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS

    Plazo de presentación de solicitudes

    Plazo abierto todo el año.

    Objeto

    Renovar el carne de manipulador de productos fitosanitarios para aquellos que reunan los requisitos.

    Destinatarios

    Personas físicas.

    Requisitos

    Para superar los cursos de capacitación, en cualquiera de sus niveles, los alumnos deberán asistir, como mínimo, al 80% de las horas lectivas y superar una prueba final que realizar.

    Documentación a aportar

    - Carné de manipulador antiguo, pudiendo presentar un fotocopia del mismo en el caso de que el carné caduque en fecha posterior al 1 de enero de 2016 y la renovación se realice antes de esa fecha. - Fotocopia del DNI/NIE en caso de que no se autorice a la Consejería de Agricultura para que pueda proceder a la comprobación y verificación de los datos acreditativos de identidad. - Resguardo del pago de la correspondiente tasa, conforme a lo establecido en el artículo 97 de la Ley 9/2012, de 29 de noviembre.

    Lugar de presentación

    A) En los Registros de la Consejería de Agricultura Medio Ambiente y Desarrollo Rural así como en los demás lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992. B) De forma telemática mediante el envío con firma electrónica de los datos a través del formulario incluido en esta sede

    Información Adicional

    Este procedimiento conlleva el pago de una tasa (tarifa 4).Para más información Pinche aquí
    Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios.
    DOCM: 29/11/13 Ley 7/2013, de 21 de noviembre, de adecuación de procedimientos administrativos y reguladora del régimen general de la declaración responsable y comunicación previa.
    DOCM: 26/11/13 Orden de 20/11/2013, , por la que se regula la expedición de carnés de manipulador de productos fitosanitarios para uso profesional.
    DOCM: 25/03/15 Orden de 23/02/2015, de la Consejería de Agricultura, por la que se regulan las actividades de formación en bienestar animal y se crea el Registro de cursos y entidades autorizadas de formación en estas áreas en el ámbito de la Comunidad de Castilla-La Mancha.
    DOCM: 08/05/15 Decreto 22/2015, de 30/04/2015, de reducción de plazos y modificación del sentido del silencio administrativo en determinados procedimientos tramitados por la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

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