Gobierno de Castilla-La Mancha

  • PROCEDIMIENTO

    180102 PROVISION DE PUESTOS POR EL PROCEDIMIENTO DE LIBRE DESIGNACION (CONSEJERIA DE SANIDAD)

    Plazo de resolución

    2 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SKCV CONVOCATORIA POR EL PROCEDIMIENTO DE LIBRE DESIGNACION (LD.SAS.1/2014), DE PUESTOS DE TRABAJO VACANTES EN LA ADMINISTRACION DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA.

    Plazo de presentación de solicitudes


    Del Jue, 06 Nov 2014 al Sáb, 22 Nov 2014

    Objeto

    Cobertura de puestos de trabajo vacantes mediante el sistema de provisión de libre designación.

    Destinatarios

    Funcionarios de Carrera.

    Requisitos

    Los establecidos en la convocatoria.

    Documentación a aportar

    La que se exija en la convocatoria para cada uno de los puestos incluidos en la misma.

    Lugar de presentación

    En el Registro de la Consejería (Avda.de Francia,4, 45071 Toledo) o en las oficinas a las que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 28 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o mediante el envío telemático de los datos a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en la dirección http://www.jccm.es.
    DOCM: 17/05/02 Decreto 74/2002, de 14 de mayo, sobre provisión de puestos de trabajo.
    DOCM: 05/11/14 Resolución de 29/10/2014, , por la que se anuncia la provisión, por el procedimiento de libre designación (LD SAS 1/2014), de puestos de trabajo vacantes en la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
    DOCM: 22/03/11 Artículo 70 y 71 de la Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha,

    Tramitación - Fuera de Plazo

    Internet:Tramitación Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • Convocar el Premio Internacional de Castilla-La Mancha a la igualdad de género Luisa de Medrano

    Criterios

    Los recogidos en el apartado sexto de la Resolución por la que se convoca el Premio Internacional de Castilla-La Mancha a la igualdad de género Luisa de Medrano

  • Convocatoria de las pruebas selectivas para la ampliación de la lista de espera regional para la provisión de trabajo de la subescala de Secretaría-Intervención de la Escala de funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional.

    Criterios

    El proceso selectivo se realizará a través de prueba única, que consistirá en la realización de dos ejercicios eliminatorios a celebrar en la misma sesión:

  • PROCEDIMIENTO

    040230 CORRECCIÓN DE DATOS RELATIVOS APORTACIÓN FARMACÉUTICA

    Plazo de resolución

    SJTD CORRECCION DE DATOS RELATIVOS APORTACION FARMACEUTICA

    Plazo de presentación de solicitudes

    Todo el año.

    Objeto

    La solicitud de cambio de Código de TSI presentada por el ciudadano se debe comprobar el código que tiene asignado en BADAS, en Aportaweb, en Turriano y en Tarjeta Sanitaria. En el supuesto de que el usuario esté bien encuadrado se le comunicará dicha circunstancia. Si existen dudas razonables sobre la existencia de un error en su encuadramiento se derivará al INSS para valoración y corrección.

    Destinatarios

    Ciudadanos con tarjeta sanitaria individual de Castilla-La Mancha que discrepen del Código TSI que tienen asignado.

    Requisitos

    Cumplimentación del formulario habilitado al efecto.

    Lugar de presentación

    Registros públicos previstos en el artículo 38 de la ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
    Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    010350 CREACION/RENOVACIÓN DE ESCUELA TAURINA

    Plazo de resolución

    5 DÍAS POST. RECEP. INFORME

    Efectos silencio

    Estimatorio

    SJGF CREACION / RENOVACION DE ESCUELA TAURINA

    Plazo de presentación de solicitudes

    Deberá presentarse con una antelación mínima de al menos 30 días hábiles previos a la fecha prevista para su inicio o al menos 30 días hábiles previos a la fecha del vencimiento del período de vigencia concedido, según el caso.

    Objeto

    Regular la constitución y la renovación de una Escuela Taurina para la formación de nuevos profesionales taurinos y el apoyo y promoción de su actividad.

    Destinatarios

    Entidades promotoras, públicas o privadas.

    Requisitos

    Art. 92 del Reglamento de Espectáculos Taurinos:

    - Recursos humanos, elementos materiales y presupuestarios necesarios para desarrollar su actividad.

    - Plan de enseñanza.

    - Plan de compatibilidad de las enseñanzas taurinas con la escolarización obligatoria del alumnado.

    Criterios

    Se requerirá informe previo a la Comisión Consultiva Nacional de Asuntos Taurinos por la Dirección General de Protección Ciudadana.

    Documentación a aportar

    - Memoria justificativa, con expresión de las personas encargadas de Escuela Taurina y elementos materiales y presupuestarios para su actividad, indicando, en su caso, la cantidad a percibir por la enseñanza y Plan de Enseñanza.

    - Plan de compatibilidad de las enseñanzas específicas taurinas con la escolarización obligatoria del alumnado.

    Lugar de presentación

    - Las solicitudes podrán presentarse: en los registros de los órganos administrativos de la Admón Gral del Estado, de las Admnes de las Comunidades Autónomas, de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, de los Aytos de los Municipios del art. 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, o del resto de las entidades de la Admón Local, en este caso, si se hubiese suscrito convenio, en las oficinas de correos, o en cualquier otra forma prevista. - Tramitación online www.jccm.es

    Información Adicional

    La validez es de cinco años, renovable por solicitud previa al vencimiento mediante el mismo procedimiento establecido para su constitución.

    Correo electrónico de contacto: dgproteccionciudadana@jccm.es
    BOE nº 54, de 2 de marzo, Real Decreto 145/1996, de 2 de febrero, por el que se modifica y da nueva redacción al Reglamento de Espectáculos Taurinos (artículo 92).
    BOE nº 240, de 6 de octubre, Real Decreto 1034/2001, de 21 de septiembre, por el que se modifica parcialmente el Reglamento de Espectáculos Taurinos, aprobado por Real Decreto 145/1996, de 2 de febrero (artículo 92).

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Ventanilla Única

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    010501 CREACION DE UN COLEGIO PROFESIONAL/ CONSEJO DE COLEGIOS PROFESIONALES

    Plazo de resolución

    6 MESES

    Efectos silencio

    Estimatorio

    SK9K CREACION DE UN COLEGIO PROFESIONAL/ CONSEJO DE COLEGIOS PROFESIONALES

    Plazo de presentación de solicitudes

    Permanente

    Objeto

    Calificación del cumplimiento de los requisitos para la creación de un colegio profesional/Consejo de Colegios profesionales y realización de los trámites legales necesarios para su constitución.

    Destinatarios

    1.- Creación de Colegios Profesionales:
    - Profesionales interesados.
    - Asociación profesional.
    2.- Consejo de Colegios Profesionales de Castilla-La Mancha:
    Colegios Profesionales inscritos en el Registro de Colegios y Consejos de Colegios Profesionales de Castilla-La Mancha.

    Requisitos

    1.- Creación de Colegios Profesionales: Aprobación mayoritaria de los profesionales interesados.
    2.- Creación de Consejos de Colegios Profesionales: acuerdo del órgano de representación de cada corporacion integrante del consejo respecto a la iniciativa de creación del consejo de colegios profesionales.

    Documentación a aportar

    COLEGIOS PROFESIONALES:
    -Relación diligenciada de las firmas de los proponentes, con expresión de nombre, apellidos, nº DNI y domicilio, o certificación acreditativa del acuerdo mayoritario adoptado por al menos una asociación representativa de los profesionales correspondientes con implantación efectiva en la Región.
    -Los promotores deberán designar las personas integrantes de la Comisión Gestora que actuará durante el proceso constituyente.
    -Estimación motivada, elaborada por la Comisión Gestora, del nº de profesionales que desarrollen su actividad en el ámbito territorial del Colegio que se pretenda constituir, aportando los elementos objetivos que sustente dicha estimación.
    -Memoria de las actividades profesionales propias de la titulación oficial indicada y sobre la conveniencia de la creación de un nuevo colegio profesional desde el punto de vista del interés público.
    Plan de estudios o currículum correspondiente a la titulación oficial que da cobertura a la profesión de que se trate.
    CONSEJOS COLEGIOS PROF.:
    -Certificado de los secretarios de cada uno de los colegios que vayan a quedar integrados en el consejo, en el que se acredite:
    1º Ámbito territorial de actuación de cada uno de los Colegios.
    2º Pronunciamiento expreso respecto a la propuesta de iniciativa de creación del Consejo, adoptado por el órgano máximo de representación corporativa de cada Colegio.
    3º Cumplimiento de los requisitos estatutariamente exigidos para la adhesión al Consejo de los Colegios Profesionales afectados.
    4º Nº de colegiados inscritos en cada Colegio Profesional. Para el cómputo de los colegiados, el órgano competente de cada Colegio Profesional expedirá las oportunas certificaciones sobre el nº de colegiados de derecho, excluyendo las bajas y cualesquiera otros que deban serlo de conformidad con lo previsto en sus Estatutos o en la legislación.
    -Designación de una Comisión Promotora.

    Lugar de presentación

    1- En los registros de los órganos administrativos de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
    2- En los registros de cualquier órgano administrativo que pertenezcan a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las CCAA o a la de cualquier entidad local, siempre que, en este último caso, se haya suscrito el oportuno convenio.
    3- En las oficinas de Correos, en la forma establecida reglamentariamente.

    Información Adicional

    1- Correo electrónico: coordinacionjuridica@jccm.es.
    2- Teléfono: 925248424.

    DOCM: 17/01/03 CORRECCION DE ERRORES AL DECRETO 172/2002, DE 10-12-2002, DE DESARROLLO DE LA LEY 10/1999, DE 26 DE MAYO, DE CREACION DE COLEGIOS PROFESIONALES DE CASTILLA-LA MANCHA
    DOCM: 12/06/99 Ley 10/1999, de 26/05/1999, de las Cortes de Castilla-La Mancha, DE CREACION DE COLEGIOS PROFESIONALES DE CASTILLA-LA MANCHA
    DOCM: 16/12/02 Decreto 172/2002, de 10/12/2002, CONSEJO DE GOBIERNO, DE DESARROLLO DE LA LEY 10/1999, DE 26 DE MAYO, DE CREACION DE COLEGIOS PROFESIONALES DE CASTILLA-LA MANCHA
    Ley 2/1974 de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales. «BOE» núm. 40, de 15 de febrero de 1974, páginas 3046 a 3049

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    040076 CREACION Y CLASIFICACION DE PUESTOS DE TRABAJO RESERVADOS A FUNCIONARIOS DE ADMINISTRACION LOCAL CON HABILITACION DE CARÁCTER ESTATAL

    Plazo de resolución

    3 MESES

    Efectos silencio

    Estimatorio

    SJ8J CREACION Y CLASIFICACION DE PUESTO DE TRABAJO RESERVADO A FUNCIONARIO/A CON HABILITACION DE CARACTER ESTATAL

    Plazo de presentación de solicitudes

    Plazo abierto todo el año

    Objeto

    La creación y clasificación de puestos de trabajo reservados a funcionarios/as con habilitación de carácter estatal.

    Destinatarios

    Corporaciones locales con obligación de disponer de puestos reservados a funcionarios/as con habilitación de carácter estatal.

    Documentación a aportar

    - Certificado del acuerdo adoptado por el Pleno en el que se solicite la creación y clasificación del puesto reservado a funcionarios/as con habilitación de carácter estatal.

    Lugar de presentación

    Las solicitudes podrán presentarse: en los registros de los órganos administrativos de la Administración General del Estado, de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, de los Ayuntamientos de los Municipios del artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, o del resto de las entidades de la Administración Local, en este caso, si se hubiese suscrito convenio, en las oficinas de correos, o en cualquier otra forma prevista.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • Justificar las ayudas y solicitar el pago.

  • PROCEDIMIENTO

    030289 CURSOS DE FORMACION DE JOVENES PESCADORES(ESCUELA REGIONAL DE PESCA FLUVIAL)

    Plazo de resolución

    0

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    S485 CURSOS DE FORMACION DE JOVENES PESCADORES (ESCUELA REGIONAL DE PESCA FLUVIAL)

    Plazo de presentación de solicitudes


    Del Mié, 13 Feb 2019 al Dom, 06 Oct 2019

    Objeto

    Promover la pesca fluvial como elemento de ocio compatible con la conservación y el respeto al medio acuático.

    Destinatarios

    Todas aquellas personas, especialmente orientado a los jóvenes, que quieran formarse en las técnicas de la pesca basadas en el manejo sostenible de las poblaciones de peces y en el respeto al medio ambiente en general.

    Requisitos

    Posesión de la licencia de pesca para mayores de 14 años.

    Importe

    Los cursos son totalmente gratuitos.

    Criterios

    Según destinatarios y actividades.

    Documentación a aportar

    Solicitud.

    Lugar de presentación

    A) En los Registros de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural así como en los demás lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    B) De forma telemática mediante el envío con firma electrónica de los datos a través del formulario incluido en esta sede.

    Información Adicional

    Correo de la Escuela Regional de Pesca Fluvial: erp@jccm.es
    Para darse de alta en la plataforma de notificaciones electrónicas, deberá acceder a: NOTIFICA@ (cuya URL es: https://notifica.jccm.es/notifica)
    ART. 49 DEL REGLAMENTO QUE DESARROLLA LOS TITULOS I, II, IV, V, VI Y PARCIALMENTE EL TITULO VII DE LA LEY 1/1992, DE PESCA FLUVIAL

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • Convocatoria de acciones formativas incluidas en el Programa de Formación en Idiomas, dentro del Plan de Formación para los Empleados Públicos de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el año 2016.

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.