Gobierno de Castilla-La Mancha

  • PROCEDIMIENTO

    030377 AYUDAS DE LA POLITICA AGRICOLA COMUN

    Plazo de resolución

    6 MESES DESDE LA COMUNICACIÓN

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SK84 CESIONES DE DERECHOS DE PAGO BASICO CAMPAÑA 2020

    Plazo de presentación de solicitudes

    ENTRE EL 1 DE NOVIEMBRE DE 2019 Y EL FIN DEL PLAZO DE MODIFICACIÓN DE LA SOLICITUD ÚNICA DE 2020

    Objeto

    Comunicación de cesiones de derechos de pago básico 2020 que establece el RD 1076/2014 de 19 de diciembre de 2014, artículo 28, modificado por el RD 1172/2015 de 29 de diciembre sobre la asignación de derechos de régimen de pago básico de la política agrícola común.

    Destinatarios

    Solicitantes cesiones de derechos de pago básico en la campaña 2020.

    Requisitos

    Sólo se pueden ceder derechos de pago básico a agricultores considerados activos salvo en algunos casos de herencias.
    Sólo se pueden ceder derechos de pago básico dentro de la misma región.
    Se pueden VENDER o ARRENDAR derechos con o sin tierras.
    La finalización de un arrendamiento donde se transmiten los derechos al arrendador se considerarán cesiones con tierra.

    Las cesiones sin tierra tendrán una retención del 20% del valor de cada derecho, excepto si:
    - Son la totalidad de los derechos de un titular que tiene un importe total menor de 300 euros.
    - Se ceden a un agricultor que inicia su actividad agraria.
    - El cedente o cesionario ve modificada su superficie en alguna región a causa de una intervención pública.
    - Se ceden a un agricultor joven.

    Las cesiones con tierra, las herencias, jubilaciones, fusiones , escisiones y cambios de denominación no tienen ningún peaje.

    Documentación a aportar

    Para cada modelo o tipo de cesión, se indicará la documentación a aportar en la página web www.castillalamancha.es, en la sección Gobierno y en la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural y en el apartado Pago Básico/Pago Único.

    La dirección completa es:

    http://www.castillalamancha.es/gobierno/agrimedambydesrur/actuaciones/cesi%C3%B3n-derechos-pago-b%C3%A1sico-campa%C3%B1a-2019

    Lugar de presentación

    Preferentemente en la Delegación Provincial de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural de la provincia donde radique su domicilio fiscal, pudiendo ser presentada también en los Servicios Centrales, y oficinas comarcales de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha o en los lugares previstos en el artículo 16.4 de la ley 39/2015.

    Información Adicional

    Todos los modelos de cesiones, excepto los modelos HE y RV que sólo llevan una firma, deben ir debidamente firmados por cedente y cesionario.

    Para lo cual se da opción de descargar el modelo para su firma y posteriormente adjuntarlo para su registro telemático.
    REGLAMENTO(UE) Nº1307/2013 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO DE 17 DE DICIEMBRE DE 2013 POR EL QUE SE ESTABLECEN NORMAS APLICABLES A LOS PAGOS DIRECTOS A LOS AGRICULTORES EN VIRTUD DE LOS REGÍMENES DE AYUDA INCLUIDOS EN EL MARCO DE LA POLÍTICA AGRÍCOLA COMÚN Y POR EL QUE SE DEROGAN LOS REGLAMENTOS(CE) nº637/2008 y (CE)Nº73/2009 DEL CONSEJO.
    REAL DECRETO 1076/2014, DE 19 DE DICIEMBRE DE 2014 artículo 28, MODIFICADO POR EL REAL DECRETO 1172/2015 DE 29 DICIEMBRE, SOBRE ASIGNACIÓN DE DERECHOS DE RÉGIMEN DE PAGO BÁSICO DE LA POLÍTICA AGRÍCOLA COMÚN
    REAL DECRETO 1075/2014, DE 19 DE DICIEMBRE, SOBRE LA APLICACIÓN A PARTIR DE 2015 DE LOS PAGOS DIRECTOS A LA AGRICULTURA Y A LA GANADERÍA Y OTROS REGÍMENES DE AYUDA, ASÍ COMO SOBRE LA GESTIÓN Y CONTROL DE LOS PAGOS DIRECTOS Y DE LOS PAGOS AL DESARROLLO RURAL.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • Comunicación de cesiones de derechos de pago básico 2016 que establece el rd 1076/2014 de 19 de diciembre de 2014, artículo 28, modificado por el real decreto 1172/2015 de 29 de diciembre sobre la asignación de derechos de régimen de pago básico de la política agrícola común.

  • PROCEDIMIENTO

    120022 CITA PREVIA CON SU MEDICO DE CABECERA, PEDIATRA O ENFERMERO

    Plazo de resolución

    0

    CITA PREVIA CON SU MEDICO DE CABECERA, PEDIATRA O ENFERMERO

    Plazo de presentación de solicitudes

    Plazo abierto todo el año

    Objeto

    Concertar cita con su médico, pediatra o cita administrativa a través de la web, para los próximos días.

    Lugar de presentación

    Se presentarán en los propios centros

    Información Adicional

    Para pedir cita pinche aquí

    Si encuentra algún problema para pedir su cita llame al 900.25.25.25

    Tramitación

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    010349 CLASE PRACTICA DE ESCUELA TAURINA

    Plazo de resolución

    5 DÍAS PREVIOS CELEBRACIÓN

    Efectos silencio

    Estimatorio

    SJGE CLASE PRACTICA DE ESCUELA TAURINA FUERA DE SU SEDE

    Plazo de presentación de solicitudes

    Deberá presentarse con una antelación mínima de 30 días hábiles previos a la fecha prevista para su celebración.

    Objeto

    Regular la celebración de cada clase práctica a desarrollar por una Escuela Taurina en instalaciones fuera de su sede.

    Destinatarios

    Responsables de Escuelas Taurinas.

    Requisitos

    - Actividad formativa integrada en el Plan de Enseñanza de la Escuela Taurina.
    - Actividad no tipificada como festejo taurino.
    - No ser actividad de carácter lucrativo.
    - Existencia de convenio con el titular de las instalaciones.
    - Disponibilidad de Centro de Salud y equipo médico, primeros auxilios, Protección Civil y ambulancia.

    Documentación a aportar

    - MEMORIA JUSTIFICATIVA, con expresión del desarrollo de la actividad concreta a realizar, finalidad de la misma e idoneidad del recinto e instalaciones, fecha, hora y lugar, elementos materiales, reses y ganadería, plaza de toros a utilizar, consultorio médico, vehículo para plan de evacuación, responsables de la clase práctica con reproducción de su carnet profesional y alumnos participantes, integración de la clase en el plan de enseñanza, constando expresamente su no tipificación como festejo taurino ni ser lucrativo.
    - Certificado de instalaciones.
    - Convenio con el titular de la plaza.
    - Comunicación del Alcalde sobre disponibilidad de Centro de Salud para primeros auxilios, Agrupación de Voluntarios de Protección Civil y dotación de medios, incluida ambulancia.
    - Certificado de equipo médico de asistencia a la clase práctica.

    Lugar de presentación

    Tramitación online a través de la página web www.jccm.es.

    Información Adicional

    Correos electrónico de contacto:

    Delegación Provincial de Albacete: autorizacionesdelegacion.ab@jccm.es
    Delegación Provincial de Ciudad Real: proteccionciudadanacr@jccm.es
    Delegación Provincial de Cuenca: aapp.cu.autorizaciones@jccm.es
    Delegación Provincial de Guadalajara: dgpu.espectaculos@jccm.es
    Delegación Provincial de Toledo: proteccionciudadanato@jccm.es
    BOE nº 54, de 2 de marzo, Real Decreto 145/1996, de 2 de febrero, por el que se modifica y da nueva redacción al Reglamento de Espectáculos Taurinos (artículo 92).
    BOE nº 240, de 6 de octubre, Real Decreto 1034/2001, de 21 de septiembre, por el que se modifica parcialmente el Reglamento de Espectáculos Taurinos, aprobado por Real Decreto 145/1996, de 2 de febrero (artículo 92).

    Tramitación

    Online

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    040134 MODIFICACION DE LA CLASIFICACION DE VIAS PECUARIAS

    Plazo de resolución

    1 AÑO

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SJNE CLASIFICACION/ MODIFICACION DE CLASIFICACION DE VIAS PECUARIAS

    Plazo de presentación de solicitudes

    Plazo abierto todo el año

    Objeto

    Solicitud de la clasificación o de la modificación de la clasificación de las vías pecuarias de un término municipal.

    Destinatarios

    Ayuntamientos o personas interesadas en la clasificación o modificación de la clasificación de las vías pecuarias

    Requisitos

    Presentar la documentación que obre en poder del solicitante, relativa a las vías pecuarias del término municipal

    Lugar de presentación

    A) En los Registros de la Consejería de Agricultura Medio Ambiente y Desarrollo Rural así como en los demás lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992. B) De forma telemática mediante el envío con firma electrónica de los datos a través del formulario incluido en esta sede

    Información Adicional

    Las clasificaciones legalmente aprobadas no implican la inexistencia de otras vías pecuarias, que pueden u deben ser clasificadas, una vez investigadas y conocidas, en la misma forma.
    Para darse de alta en la plataforma de notificaciones electrónicas, deberá acceder a: NOTIFIC@ (cuya url es: https://notifica.jccm.es/Notificador)
    DOCM: 08/04/03 - Ley 9/2003, de 20/03/2003, , VIAS PECUARIAS DE CASTILLA-LA MANCHA

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    040079 NOMBRAMIENTO DE FUNCIONARIOS DE ADMINISTRACION LOCAL CON HABILITACION DE CARACTER ESTATAL (PROVISIONALES, INTERINOS, ACUMULACIONES Y COMISIONES DE SERVICIO)

    Plazo de resolución

    3 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SJ8K COMISION DE SERVICIOS EN PUESTOS RESERVADOS A FUNCIONARIOS/AS CON HABILITACION DE CARACTER ESTATAL

    Plazo de presentación de solicitudes

    Plazo abierto todo el año

    Objeto

    Sistema de provisión no definitiva de puestos reservados a funcionarios/as con habilitación de carácter estatal.

    Destinatarios

    Funcionarios/as con habilitación de carácter estatal.

    Requisitos

    - Solicitud de comisión de servicios en puestos reservados a funcionarios/as con habilitación de carácter estatal, cuando no es posible efectuar nombramiento provisional, en plazas que estén vacantes o que no estén desempeñadas efectivamente por sus titulares por encontrarse en alguna de las circunstancias siguientes:
    a. Comisión de servicios.
    b. Suspensión provisional.
    c. Excedencias durante el período de reserva del puesto por su titular.
    d. Enfermedad.
    e. Otros supuestos de ausencia.

    Documentación a aportar

    Informes favorables de la entidad de origen y de destino para el nombramiento en el mismo.

    Lugar de presentación

    Forma Telematica www.jccm.es

    Tramitación

    Online

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    170025 COMPENSACION DE DEUDAS

    Plazo de resolución

    6 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SKN5 COMPENSACION DE DEUDAS

    Plazo de presentación de solicitudes

    Abierto todo el año.

    Objeto

    Procedimiento a través del cual se resuelve, a solicitud del obligado al pago, sobre la cancelación de deudas cuando la Administración y el solicitante sean acreedores y deudores recíprocamente el uno del otro.

    Destinatarios

    Los solicitantes coinciden con los beneficiarios.

    Importe

    No sujeto a tasa.

    Criterios

    Las deudas de naturaleza pública a favor de la Junta de comunidades de Castilla-La Mancha, tanto en período voluntario como en ejecutivo, podrán extinguirse total o parcialmente por compensación con los créditos reconocidos por aquélla a favor del deudor en virtud de un acto administrativo.

    Documentación a aportar

    Junto a la solicitud deberá aportarse la documentación prevista en el artículo 56 del Reglamento General de Recaudación:

    a) Si la deuda tributaria cuya compensación se solicita ha sido determinada mediante autoliquidación, el modelo oficial de ésta debidamente cumplimentado, salvo que el interesado no esté obligado a presentarlo por obrar ya en poder de la Administración; en tal caso, señalará el día y procedimiento en que lo presentó.

    b) Justificación de haber solicitado certificado de la oficina de contabilidad del órgano u organismo gestor del gasto o del pago, en el que se refleje la existencia del crédito reconocido pendiente de pago, la fecha de su reconocimiento y la suspensión, a instancia del interesado, de los trámites para su abono en tanto no se comunique la resolución del procedimiento de compensación. Si el crédito ofrecido en compensación deriva de una devolución tributaria, en lugar de la certificación anterior se acompañará, en su caso, copia del acto, resolución o sentencia que lo reconozca.

    Lugar de presentación

    En los registros generales habilitados para ello. Las solicitudes deberán dirigirse al órgano que gestione la recaudación de la deuda en el momento de presentarse la solicitud.
    DOCM: 29/11/02 Decreto Legislativo 1/2002, de 19/11/2002, Consejo de Gobierno, POR EL QUE SE APRUEBA EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE HACIENDA DE CASTILLA-LA MANCHA
    DOCM: 09/07/10 Decreto 182/2010, de 06/07/2010, por el que se regula la gestión recaudatoria de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
    DOCM: 18/12/12 Orden de 12/12/2012, de la Consejería de Hacienda, por la que se desarrolla en el ámbito de la Administración Tributaria de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, la estructura y competencias de la Consejería de Hacienda y se dictan otras normas en materia tributaria.
    Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.
    Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    120034 COMPLEMENTO PARA TITULARES DE PENSIÓN NO CONTRIBUTIVA QUE RESIDAN EN UNA VIVIENDA ALQUILADA

    Plazo de resolución

    0

    SIZN COMPLEMENTO PARA TITULARES DE PENSION NO CONTRIBUTIVA QUE RESIDAN EN UNA VIVIENDA ALQUILADA.

    Plazo de presentación de solicitudes

    Permanente durante el año natural para el que fue convocada en los presupuestos generales del estado

    Objeto

    Ayuda económica dirigida a los pensionistas de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva, para complementar el pago del alquiler de la vivienda habitual.

    Destinatarios

    Pensionistas de invalidez y jubilación de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva que residan en una vivienda alquilada

    Requisitos

    o Tener reconocida de Pensión no Contributiva de la Seguridad Social de jubilación o invalidez a la fecha de solicitud y de resolución. o Carecer de vivienda en propiedad.
    o Ser el arrendatario de la vivienda alquilada en la fecha de solicitud y fecha de Resolución.
    o No tener relación de parentesco hasta el tercer grado con el arrendador de la vivienda alquilada.
    o Tener fijada su residencia habitual en la vivienda alquilada.
    o Residencia habitual en la vivienda alquilada, durante un período mínimo de 180 días anteriores al de presentación de la solicitud y cuando durante dicho período se hubiera percibido la pensión.
    o Si en la misma vivienda alquilada conviven dos o más personas, que tuvieran reconocida la pensión no contributiva, sólo tendrá derecho a este complemento aquel que sea titular del contrato de alquiler, o de ser varios, el primero de ellos.

    Importe

    El importe será el que se establezca en los Presupuestos Generales del Estado para el año de la ayuda.

    En 2019: 525 euros anuales en pago único.

    Criterios

    Ser beneficiario de pensión no contributiva a la fecha de solicitud y reconocimiento del complemento y cumplir los requisitos exigidos para esta ayuda.

    Lugar de presentación

    a) Mediante el envío telemático de los datos a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en la siguiente dirección: http://www.jccm.es.

    b) En el registro de los servicios centrales de la Consejería competente en materia de servicios sociales o en el de sus direcciones provinciales, así como en cualquiera de los lugares señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
    - Ley 26/1990, de 20 de diciembre, por la que se establecen en la Seguridad Social prestaciones no contributivas.
    - Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, (B.O.E 31 de octubre) que aprueba el texto refundido Ley general de la Seguridad Social.
    - Real Decreto 357/1991, de 15 de marzo, por el que se desarrolla en materia de pensiones no contributivas la Ley 26/1990
    - Real Decreto 1191/2012, de 3 de agosto, por el que se establecen normas para el reconocimiento del complemento de pensión para el alquiler de vivienda a favor de los pensionistas de la seguridad social en su modalidad no contributiva.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    010537 CONCESION DE AYUDAS A LOS PLANES DE REESTRUCTURACION Y RECONVERSION DE VIÑEDO DE CASTILLA LA MANCHA

    Plazo de resolución

    2 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    MKL4 COMUNICACION CAMBIO TITULARIDAD DEL VITICULTOR

    Plazo de presentación de solicitudes

    Desde la aprobación de proyecto de reestructuración del viticultor (cada viticultor tiene una fecha de aprobación) hasta el 31/07/2017 (incluido) que finaliza el plazo de ejecución de los proyectos de reestructuración.

    Objeto

    Solicitud cambio de titularidad en el caso de fallecimiento o incapacidad laboral permanente del viticultor titular del proyecto de reestructuración. En el caso de personas jurídicas solo se admitirá la subrogación si los integrantes de ambas, inicial y final, son los mismos y siempre que se respeten los requisitos y priorizaciones del solicitante inicial que dieron lugar a la ayuda. El nuevo viticultor deberá asumir los compromisos adquiridos por el viticultor al que se le concedió la ayuda.

    Destinatarios

    Nuevos viticultores que se hacen cargo del proyecto de reestructuración y/o reconversion de viñedo por fallecimiento o incapacidad permanente del viticultor al cual se le aprobó la ayuda. En el caso de personas jurídicas solo se admitirá la subrogación si los integrantes de ambas, inicial y final, son los mismos y siempre que se respeten los requisitos y priorizaciones del solicitante inicial que dieron lugar a la ayuda

    Requisitos

    Se deberá cumplir con los requisitos y condiciones establecidos en la Orden de 04/12/2013 de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural por la que se regula la concesión y gestión de las ayudas a los planes de reestructuración y reconversión de viñedo de Castilla La Mancha y modificaciones posteriores de dicha orden

    Documentación a aportar

    **Además de la presentación cumplimentada del Anexo XV "Cambio Titularidad de Viticultor", se deberá aportar la siguiente documentación, según proceda:
    1. Los anexos V de la orden de 4 de diciembre de 2013, sobre la reestructuración y/o reconversión de viñedo de Castilla La Mancha por parte del nuevo titular (obligatorio).
    Todas las hojas deberán venir firmadas e indicada la fecha por el director técnico.
    El nuevo titular del proyecto firmará al lado del titular cedente e indicará su nombre de forma legible
    2. Ficha vitícola del nuevo titular, con las parcelas iniciales del plan a su nombre y/o resolución de transferencia de los derechos generados por las mismas (obligatorio).
    3. Ficha de terceros en caso de cambio de cuenta bancaria (Si no indica nada se mantendrá la ficha de terceros que actualmente hay en el expediente)
    4. En su caso de no tener solicitud unificada parcelario SIGPAC.
    5. Presentación de autorización y/o documentación acreditativa de la propiedad de las parcelas finales del proyecto, en su caso. 6. En caso de defunción:
    Certificado de defunción
    Testamento o declaración de herederos
    Acuerdo suscrito entre herederos para el cambio de titular
    7. En caso de incapacidad laboral permanente:
    0 Documento acreditativo.
    8. Otros documentos:

    Lugar de presentación

    Los interesados deberán dirigir las solicitudes a la Dirección General de Agricultura y Ganadería, pudiendo ser presentadas en el Registro de los Servicios Centrales, las Direcciones Provinciales y las Oficinas Comarcales Agrarias de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural y en el resto de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
    DOCM: 05/12/13 Orden de 04/12/2013, de la Consejería de Agricultura, por la que se precisan las bases reguladoras para la concesión y gestión de las ayudas a los planes de reestructuración y reconversión de viñedo de Castilla-La Mancha para el programa de apoyo 2014-2018 y se convocan para su ejecución en el periodo 2014-2016.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    010058 COMUNICACION DE ACTIVIDAD DE DISTRIBUCION DE PRODUCTOS SANITARIOS

    Plazo de resolución

    SI6M COMUNICACION DE ACTIVIDAD DE DISTRIBUCION DE PRODUCTOS SANITARIOS

    Plazo de presentación de solicitudes

    Plazo abierto todo el año

    Objeto

    Conocer qué personas físicas o jurídicas quieren llevar a cabo la distribución de productos sanitarios y las condiciones en las que ésta se va a producir

    Destinatarios

    Personas físicas o jurídicas interesadas en desarrollar la actividad de distribución de productos sanitarios

    Requisitos

    - Descripción de los productos que se distribuyen
    - Disponer de un técnico responsable cualificado
    - Disponer de una organización y medios precisos para adoptar cualquier medida que resulte adecuada en casos de riesgos potenciales relacionados con los productos
    - Disponer de un registro documentado de los productos
    - Garantizar un adecuado almacenamiento y conservación de los productos

    Importe

    Tasa 95,18 euros

    Documentación a aportar

    Declaración del técnico responsable de no incurrir en las incompatibilidades establecidas por la Ley.
    Descripción de los tipos de productos que distribuye.
    Descripción del sistema de organización y medios para adoptar cualquier medida que resulte adecuada en casos de riesgos potenciales relacionados con los productos (sistema de vigilancia).
    Descripción del sistema de registro de los productos que distribuye.

    Lugar de presentación

    Las personas obligadas a relacionarse electrónicamente con la Administración (art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas) presentarán la comunicación de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario incluido en la sede electrónica de la JCCM (https://www.jccm.es).
    Las personas físicas restantes podrán también presentarla en los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

    Información Adicional

    DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN, ORDENACIÓN E INSPECCIÓN SANITARIA.
    Servicio de Inspección
    Avenida de Francia, 4 45071-Toledo.
    Teléfono: 925 267410
    DIRECCIONES PROVINCIALES DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD:
    ALBACETE. Avda. Guardia Civil, 5 ¿ Teléfono 967 55 79 00 ¿ Fax 967 55 79 50 ¿ 02071 ALBACETE
    CIUDAD REAL. C/ Paloma, 7 ¿ Teléfono 926 27 60 00 ¿ Fax 926 27 60 72 ¿ 13071 CIUDAD REAL
    CUENCA. C/ de las Torres, 43 ¿ Teléfono 969 17 65 00 ¿ Fax 969 17 65 06 ¿ 16071 CUENCA
    GUADALAJARA. C/ Doctor Fernández Iparraguirre, 1 ¿ Teléfono 949 88 55 00 ¿ Fax 949 21 68 65 ¿ 19071 GUADALAJARA
    TOLEDO. C/ Guadalmena, 2 ¿ Teléfono ¿ 925 26 64 00 ¿ Fax 925 26 72 91 ¿ 45071 TOLEDO
    Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios.
    Real Decreto 1591/2009,de 16 de octubre, por el que se regulan los productos sanitarios.
    Real Decreto 1616/2009, de 26 de octubre, por el que se regulan los productos sanitarios implantables activos.
    Real Decreto 1662/2000, de 29 de septiembre, sobre productos sanitarios para diagnóstico ¿in vitro¿.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Ventanilla Única

    Alertas informativas

Cinco Días
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Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.