Gobierno de Castilla-La Mancha

  • PROCEDIMIENTO

    030582 BECAS PARA LA FORMACION DE ESPECIALISTAS EN ASUNTOS RELACIONADOS CON LA UNION EUROPEA

    Plazo de resolución

    CUATRO MESES SIGUIENTES A LA PUBLICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE CONVOCATORIA.

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SKD0 BECAS PARA LA FORMACION DE ESPECIALISTAS EN ASUNTOS RELACIONADOS CON LA UNION EUROPEA

    Plazo de presentación de solicitudes


    Del Mié, 29 Mayo 2019 al Lun, 08 Jul 2019

    Objeto

    Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, becas para la formación de especialistas en asuntos relacionados con la Unión Europea.

    Destinatarios

    Las personas físicas que, teniendo plena capacidad de obrar y no estando inhabilitadas ni incursas en prohibición para la obtención de ayudas o subvenciones públicas, reúnan en la fecha final del plazo de presentación de solicitudes de la correspondiente convocatoria los requisitos que más abajo se detallan.

    Requisitos

    Entre otros:
    a) Poseer la nacionalidad española o ser nacional de un país miembro de la Unión Europea o la de un país signatario del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
    b) Tener residencia en un municipio situado en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha o, si no es así, haber obtenido el título exigido en el apartado d) en un campus universitario situado en Castilla-La Mancha.
    c) No haber cumplido aún los 30 años de edad.
    d) Estar en posesión, o en condiciones de obtener, un título universitario oficial de licenciado, graduado, ingeniero, arquitecto o equivalente, con arreglo a lo previsto en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.
    e) Tener un buen conocimiento del idioma inglés hablado y escrito, debiendo haber superado las pruebas en un centro oficial y solicitado la expedición de un certificado que acredite la posesión del título del nivel B1

    Importe

    El importe mensual de cada beca será de 1.045 euros brutos. Dicho importe mensual se incrementará en 300 euros al mes en concepto de plus de transporte y residencia durante el periodo de prácticas en la oficina de Castilla-La Mancha en Bruselas.

    Criterios

    1) Primera fase (preselección):
    Prueba de conocimiento sobre instituciones, Derecho y actualidad de la Unión Europea.
    2) Segunda fase (selección):
    Se valorará según los siguientes criterios:
    a) Nota media del expediente académico.
    b) Cursos de posgrado sobre asuntos específicamente relacionados con la Unión Europea (mínimo de 60 créditos ETCS) y buen conocimiento de un segundo idioma, distinto del inglés y de su lengua materna.
    c) Evaluación del curriculum vitae en entrevista personal.

    Documentación a aportar

    Ninguna

    Lugar de presentación

    Telemáticamente, a través del formulario que se incluirá en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es).

    Información Adicional

    DIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES INSTITUCIONALES Y ASUNTOS EUROPEOS.
    Plaza del Cardenal Silíceo, s/n; 45071- Toledo.
    Teléfono: 925269431.
    correo electrónico: europa@jccm.es
    DOCM: 13/02/08 Decreto 21/2008, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo del Texto Refundido de la Ley de Hacienda en materia de subvenciones.
    DOCM: 28/05/19 Resolución de 09/05/2019, de la Dirección General de Relaciones Institucionales y Asuntos Europeos, por la que se convocan becas para la formación de especialistas en asuntos relacionados con la Unión Europea. BDNS (Identif.): 456601.
    Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
    Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Subvenciones.
    DOCM: 29/11/02 Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre.

    Tramitación - Fuera de Plazo

    Internet:Tramitación Online

    Alertas informativas

  • Establecer las bases reguladoras y convocar ayudas 21013 para la formación de recursos humanos en ciencias de la salud en dos modalidades: Asistencias a actividades formativas de larga duración y estancias en centros de reconocido prestigio.

    Criterios

    1.- Asistencia a actividades formativas de larga duración: Calidad científica del curso al que asiste , currículum vitae del solicitante y adecuación al perfil del puesto de trabajo o bien la mejora que pueda suponer para funcionamiento futuro de las administraciones sanitarias.

  • PROCEDIMIENTO

    030551 CONCESION DE BECAS Y/O AYUDAS A PERSONAS TRABAJADORAS DESEMPLEADAS QUE PARTICIPEN EN LAS DIFERENTES MODALIDADES DE FORMACION PROFESIONAL PARA EL EMPLEO EN CASTILLA-LA MANCHA.

    Plazo de resolución

    6 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SK5F BECAS Y/O AYUDAS PARA ALUMNOS/AS DESEMPLEADOS/AS PARTICIPANTES EN ACCIONES DE FORMACION PROFESIONAL PARA EL EMPLEO

    Plazo de presentación de solicitudes

    UN MES DESDE SU INCORPORACION AL CURSO O A LAS PRACTICAS PROFESIONALES. EXCEPCIONALMENTE, PODRÁN PRESENTAR SU SOLICITUD EN EL PLAZO MÁXIMO DE UN MES DESDE LA PUBLICACIÓN DE ESTA RESOLUCIÓN LAS PERSONAS QUE ESTÉN CURSANDO O HAYAN FINALIZADO LOS CURSOS.

    Objeto

    CONCESION DE BECAS A LAS PERSONAS DESEMPLEADAS CON DISCAPACIDAD O PERTENECIENTES A COLECTIVOS DETERMINADOS QUE PARTICIPEN EN ITINERARIOS DE FORMACION PROFESIONAL PERSONALIZADOS.
    CONCESION DE AYUDAS PARA EL TRANSPORTE, MANUTENCION, ALOJAMIENTO Y CONCILIACION, A PERSONAS DESEMPLEADAS QUE PARTICIPEN EN ACCIONES DE FORMACION PROFESIONAL PARA EL EMPLEO.

    Destinatarios

    - PERSONAS DESEMPLEADAS CON DISCAPACIDAD.
    - PERSONAS PERTENECIENTES A COLECTIVOS DETERMINADOS QUE PARTICIPEN EN ITINERARIOS DE FORMACION PROFESIONAL PERSONALIZADOS.
    - PERSONAS TRABAJADORAS DESEMPLEADAS QUE PARTICIPEN EN LAS DIFERENTES MODALIDADES DE FORMACION PROFESIONAL PARA EL EMPLEO.

    Requisitos

    DISCAPACIDAD/COLECTIVO:
    - PERSONAS DESEMPLEADAS CON DISCAPACIDAD, VICTIMAS DE VIOLENCIA DE GENERO, COLECTIVOS CON DIFICULTADES DE INSERCCION.
    AYUDAS AL TRANSPORTE:
    - PERSONAS DESEMPLEADAS
    AYUDAS DE MANUTENCION:
    - LAS PERSONAS DESEMPLEADAS QUE NECESITEN DESPLAZARSE PARA ASISTIR A UN CURSO Y EL HORARIO DE IMPARTICION SEA DE MAÑANA Y TARDE.
    AYUDA ALOJAMIENTO Y MANUTENCION:
    - EL HORARIO DE IMPARTICIÓN DE LA ACCION FORMATIVA DE MAÑANA Y TARDE, LA DISTANCIA A RECORRER POR EL PARTICIPANTE SEA SUPERIOR A 100 KM.
    AYUDAS A LA CONCILIACION:
    - PERSONAS DESEMPLEADAS QUE TENGAN AL CUIDADO HIJOS MENORES DE 6 AÑOS O FAMILIARES DEPENDIENTES HASTA EL SEGUNDO GRADO.
    A) NO HABER RECHAZADO OFERTAS DE TRABAJO ADECUADAS NI HABERSE NEGADO A PARTICIPAR EN ACTIVIDADES DE PROMOCION, FORMACION O RECONVERSION PROFESIONAL EN EL PLAZO DE UN MES DESDE QUE SE AGOTASE EL SUBSIDIO POR DESEMPLEO O LA PRESTACION CONTRIBUTIVA.
    B) CARECER DE RENTAS DE CUALQUIER CLASE SUPERIORES AL 75% DEL IPREM.

    Criterios

    LA CONCESION SE REALIZARA DE FORMA DIRECTA SEGUN LO ESTABLECIDO EN EL R.D. 357/2006 DE 24 DE MARZO Y EN EL DECRETO 85/2009 DE 30 DE JUNIO.

    Documentación a aportar

    BECA:
    Colectivos con dificultades de inserción: Documentación que justifique la pertenencia al mismo.
    Víctimas de Violencia de Genero: Sentencia condenatoria, resolución judicial de medidas cautelares para la protección de la víctima y Orden de protección acordada a favor de la víctima o en su caso, informe del Ministerio Fiscal, indicando que existen indicios que la solicitante es víctima de violencia de género.
    AYUDAS DE TRANSPORTE Y MANUTENCIÓN:
    Transporte: Billete/s de transporte urbano (al menos el 10% de los billetes mensuales)
    Manutención: Ticket o factura de manutención
    Alojamiento y manutención: Contrato de arrendamiento o factura de hospedaje; Ticket o factura de la manutención.
    CONCILIACIÓN:
    Libro de familia o documentación justificativa del grado de parentesco y el familiar dependiente, documentación acreditativa de la tutoría legal sobre el menor o discapacitado
    Última renta o certificado de la Agencia Tributaria de la no obligación de presentarla
    Última nomina o (en caso de autónomos) del modelo 130 de los miembros ocupados de la unidad familiar
    En su caso, convenio regulador o sentencia de divorcio (pensión alimentaria: rentas hijos y verificar responsabilidades) En su caso, certificado de convivencia
    Declaración responsable relativa a la percepción de ingresos brutos mensuales y autorización de verificación de datos de identidad de la unidad familiar - ayudas a la conciliación- (Anexo II)

    Lugar de presentación

    - ENVIO TELEMATICO CON FIRMA ELECTRÓNICA A TRAVES DEL FORMULARIO INCLUIDO EN LA SEDE ELECTRONICA DE LA WEB INSTITUCIONAL DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA (http://www.jccm.es).
    - REGISTRO DE LA CONSEJERIA COMPETENTE EN MATERIA DE FORMACION PROFESIONAL PARA EL EMPLEO, EN SUS DIRECCIONES PROVINCIALES O EN CUALQUIERA DE LOS REGISTROS Y POR LOS MEDIOS PREVISTOS EN EL ART. 16.4 DE LA LEY 39/2015, DE 1 DE OCTUBRE, DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

    Información Adicional

    - EL DIA DEL INICIO DEL CURSO SE ENVIARA UN CORREO A CADA ALUMNO, COMUNICANDOLE EL PLAZO PARA SOLICITAR LA BECA Y/O AYUDA.
    - LA INFORMACION SOBRE EL TIPO DE BECA Y/O AYUDA, LAS PERSONAS QUE PUEDEN ACCEDER, LA ACREDITACION DE LOS REQUISITOS Y LA CUANTIA, SE ENCUENTRA EN LA GUIA DEL ALUMNADO QUE SE ENTREGARA A CADA ALUMNO/A AL COMIENZO DEL CURSO. DICHA GUIA SE PUEDE CONSULTAR EN EL SIGUIENTE ENLACE: http://empleoyformacion.jccm.es/principal/ciudadania/trabajadores-en-activo-ocupados/formacion/programacion-de-cursos/
    DOCM: 28/03/19 Resolución de 18/03/2019, de la Dirección General de Trabajo, Formación y Seguridad Laboral, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones para la realización de acciones de formación profesional para el empleo, dirigidas a personas trabajadoras desempleadas (Modalidad II) con compromiso de contratación, para la anualidad 2019. Extracto BDNS (Identif.): 445788.
    DOCM: 03/04/19 Resolución de 25/03/2019, de la Dirección General de Trabajo, Formación y Seguridad Laboral, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de becas y ayudas de transporte, manutención, alojamiento y a la conciliación para las personas desempleadas asistentes a las acciones formativas de la Modalidad V programadas para los años 2018 y 2019. Extracto BDNS (Identif.): 446733.
    DOCM: 26/11/15 Orden de 08/10/2015, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se modifica la Orden de 15/11/2012, de la Consejería de Empleo y Economía, por la que se regula el desarrollo de la formación profesional para el empleo en materia de formación de oferta y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha.
    DOCM: 26/11/15 Orden de 25/11/2015, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se modifica la Orden de 15/11/2012, de la Consejería de Empleo y Economía, por la que se regula el desarrollo de la formación profesional para el empleo en materia de formación de oferta y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas a dichos programas y se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones para la realización de planes de formación dirigidos prioritariamente a trabajadores/as ocupados/as (modalidad I) para la anualidad 2015.
    DOCM: 19/11/12 Orden de 15/11/2012, por la que se regula el desarrollo de la formación profesional para el empleo en materia de formación de oferta y se establecen las bases reguladoras, para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación, en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha.
    LEY 38/2003, DE 17 DE NOVIEMBRE, GENERAL DE SUBVENCIONES.
    DOCM: 31/07/13 Orden de 30/07/2013, por la que se modifica la Orden de 15/11/2012.
    DOCM: 18/07/14 Orden de 14/07/2014, por la que se modifica la Orden de 15/11/2012.
    DOCM: 03/07/09 Decreto 85/2009, de 30/06/2009, por el que se regula la concesión directa de subvenciones de carácter excepcional para programas de formación para el empleo del Servicio Público de Empleo de Castilla la Mancha.
    REAL DECRETO 357/2006, DE 24 DE MARZO

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    010405 CADUCIDAD DE DERECHOS MINEROS

    Plazo de resolución

    TRES MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SJWF CADUCIDAD DE DERECHOS MINEROS

    Plazo de presentación de solicitudes

    Abierto todo el año

    Objeto

    Caducar la autorización para la investigación o el aprovechamiento de recursos minerales.

    Destinatarios

    Titulares de derechos mineros

    Requisitos

    a) Ser titular del derecho minero.
    b) Haber restaurado el espacio natural afectado por las labores mineras, acorde con el Plan de Restauración aprobado, y a lo señalado en la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto que sirvió de base para la autorización del derecho minero.
    c) Estar libre de cargas y gravámenes.

    Documentación a aportar

    Solicitud de caducidad de derechos mineros.

    Lugar de presentación

    Las solicitudes podrán presentarse: en los registros de los órganos administrativos de la Administración General del Estado, de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, de los Ayuntamientos de los Municipios del artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, o del resto de las entidades de la Administración Local, en este caso, si se hubiese suscrito convenio, en las oficinas de correos, o en cualquier otra forma prevista.
    Real Decreto 975/2009, de 12 de junio, sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y rehabilitación del espacio afectado por actividades mineras.
    Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General para el Régimen de la Minería
    Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera (RD 863/1985, de 2 de abril) e ITC´s de desarrollo
    Ley 22/1973, de 21 de julio de Minas

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    040204 CALIFICACIÓN COMO DEPORTISTA DE ALTO RENDIMIENTO DE CASTILLA-LA MANCHA

    Plazo de resolución

    3 MESES

    Efectos silencio

    Estimatorio

    SJMZ CALIFICACION COMO DEPORTISTA DE ALTO RENDIMIENTO DE CASTILLA-LA MANCHA

    Plazo de presentación de solicitudes

    El plazo de presentación de las solicitudes será de un año a partir de la consecución del resultado deportivo por el que solicita la calificación.

    Objeto

    Establecimiento de los criterios y condiciones a tener en cuenta para que un deportista sea calificado como de Alto Rendimiento en Castilla-La Mancha, posibilitando el acceso del mismo a los beneficios que otras normas autonómicas y estatales prevén.

    Destinatarios

    Deportistas de Castilla-la Mancha (ver también requisitos).

    Requisitos

    a)Tener licencia expedida y en vigor por la correspondiente federación deportiva de Castilla - La Mancha. Excepcionalmente, si así lo estima la Comisión de Evaluación de Deporte de Alto Rendimiento, se podrán tener en cuenta deportistas que no tengan licencia de una federación deportiva de CLM.

    b) No encontrarse sujeto a sanción firme en materia de disciplina deportiva, por la comisión de una infracción calificada como muy grave por la normativa aplicable e impuesta por el órgano de disciplina deportiva, de carácter federativo o administrativo, al que se encuentre sujeto.

    c) No encontrarse sujeto a sanción firme por la comisión de una infracción en materia de dopaje por el órgano de disciplina deportiva o de lucha contra el dopaje, de carácter federativo o advo., al que se encuentre sujeto.

    d) Haber obtenido los resultados deportivos por los que se solicita la calificación, participando en competiciones internacionales representando a España, de forma individual o en equipo.

    Criterios

    Los criterios que debe cumplir un deportista para ser calificado de Alto Rendimiento de Castilla-La Mancha, siempre y cuando reúna las condiciones previstas en el artículo 3, se establecen en el Anexo I.

    Documentación a aportar

    Las personas interesadas deberán presentar la solicitud de calificación formalizada en el modelo previsto en el Anexo II. Junto con la solicitud, la persona interesada podrá presentar debidamente formalizado por la respectiva federación deportiva de Castilla-La Mancha o, en su caso, española, el documento que aparece en el Anexo III.

    De igual modo, la persona interesada podrá presentar, con carácter voluntario, un currículum de logros deportivos.

    Lugar de presentación

    En aplicación del art. 16 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del PACAAPP se podrá presentar la solicitud:
    - Presencialmente, en el registro de los SS.CC. de la Consejería de Educación, Ciencia y Cultura o de sus Direcciones Provinciales, así como en aquellos lugares previstos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
    - Telemáticamente, con firma electrónica, cumplimentando la solicitud disponible en la sede electrónica de la Administración de la JCCM (https://www.jccm.es).

    Información Adicional

    Las personas que sean calificadas como Deportistas de Alto Rendimiento de Castilla-La Mancha tendrán acceso a los beneficios que la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, la Administración General del Estado o cualquier otra entidad pública o privada, tengan aprobados en la fecha de entrada en vigor de esta Orden y aquellos otros que aprueben posteriormente.

    Las personas interesadas podrán obtener información adicional a través de los siguientes números de teléfono y correos electrónicos:

    - Dirección General de Juventud y Deportes: 925 24 88 37, dgdeportes@jccm.es

    - Patricia Pulido Pascual, Jefa de Servicio de federaciones, clubes y deportistas: 925 24 74 54, patricia.pulido@jccm.es

    - Julián Molina Camacho, Asesor técnico: 925 24 74 22, jumolinac@jccm.es

    - Eugenio Luis León Cumplido, Jefe de negociado 925 26 76 71, elleon@jccm.es
    DOCM: 02/05/11 Orden de 14/04/2011, , por la que se establecen los criterios y las condiciones para calificar a un deportista de alto rendimiento en Castilla-La Mancha.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    040281 CALIFICACION SANITARIA DE TEMBLADERA CLASICA.

    Plazo de resolución

    3 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SKC7 CALIFICACION DE EXPLOTACIONES PARA MOVIMIENTOS INTRACOMUNITARIOS DE OVINOS Y CAPRINOS EN RELACION A LA TEMBLADERA CLASICA

    Plazo de presentación de solicitudes

    Abierto todo el año

    Objeto

    Registrar, tramitar y revisar las solicitudes, y en el caso de cumplir los requisitos calificar la explotación.

    Destinatarios

    Ganaderos/Representantes de explotaciones de ovino y/o caprino.

    Requisitos

    1. La explotación se encuentra dada de alta en el REGA (Registro de Explotaciones Ganaderas).
    2. El Libro de Registro de la Explotación se encuentra actualizado.
    3. La explotación cuenta con las infraestructuras sanitarias que permitan la toma de muestras y la realización de todo tipo de pruebas diagnósticas , así como la limpieza y desinfección de sus instalaciones.
    4. Cumplir los requisitos exigidos en el Anexo VIII, capítulo A, sección A del Reglamento (CE) nº 999/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen disposiciones para la prevención, el control y la erradicación de determinadas encefalopatías espongiformes transmisibles, y sus modificaciones.

    Criterios

    Cumplir los requisitos

    Documentación a aportar

    Modelo de solicitud

    Lugar de presentación

    A) En los Registros de la Consejería de Agricultura Medio Ambiente y Desarrollo Rural así como en los demás lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992. B) De forma telemática mediante el envío con firma electrónica de los datos a través del formulario incluido en esta sede

    Información Adicional

    Para darse de alta en la plataforma de notificaciones electrónicas, deberá acceder a: NOTIFIC@ (cuya url es: https://notifica.jccm.es/Notificador)
    Reglamento (CE) nº 999/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen disposiciones para la prevención, el control y la erradicación de determinadas encefalopatías espongiformes transmisibles, y sus modificaciones.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    040229 CALIFICACION SANITARIA DE LAS EXPLOTACIONES DE GANADO OVINO, CAPRINO, BOVINO Y PORCINO Y CALIFICACION SANITARIA DE CEBADEROS DE RUMIANTES

    Plazo de resolución

    6 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SJWL CALIFICACION SANITARIA DE LAS EXPLOTACIONES DE GANADO BOVINO, OVINO, CAPRINO Y PORCINO EN LA COMUNIDAD AUTONOMA DE CASTILLA-LA MANCHA.

    Plazo de presentación de solicitudes

    Plazo abierto todo el año

    Objeto

    Calificar sanitariamente la explotación ganadera de acuerdo con la legislación vigente

    Destinatarios

    Titulares/Representantes de explotaciones de bovino, ovino, caprino y porcino.

    Requisitos

    1. Tener la explotación registrada en el REGA 2. Tener un veterinario autorizado o habilitado 3. Cumplir los requisitos exigidos en la legislación arriba mencionada.

    Lugar de presentación

    Las solicitudes podrán presentarse: en los registros de los órganos administrativos de la Administración General del Estado, de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, de los Ayuntamientos de los Municipios del artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, o del resto de las entidades de la Administración Local, en este caso, si se hubiese suscrito convenio, en las oficinas de correos, o en cualquier otra forma prevista.
    DOCM: 18/10/12 Orden de 09/10/2012, por la que se modifica la Orden de 16/05/2006, por la que se establecen las normas de ejecución de los programas de erradicación de la tuberculosis y brucelosis en el ganado de la especie bovina, de la tuberculosis caprina y de la brucelosis en las especies ovina y caprina, y vigilancia de la leucosis y la perineumonía bovinas dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
    DOCM: 29/11/13 Ley 7/2013, de 21 de noviembre, de adecuación de procedimientos administrativos y reguladora del régimen general de la declaración responsable y comunicación previa.
    Real Decreto 599/2011, de 29 de abril, por el que se establecen las bases del plan de vigilancia sanitaria del ganado porcino y la Orden de 16-02-2007, de la Consejería de Agricultura, por la que se establecen medidas complementarias para la lucha, control y erradicación de la enfermedad de Aujeszky en Castilla-La Mancha.
    DOCM: 23/09/09 Orden de 13/08/2009, por la que se modifica la Orden de 16/05/2006, de la Consejería de Agricultura, por la que se establecen las normas de ejecución de los programas de erradicación de la tuberculosis y brucelosis en el ganado de la especia bovina, de la tuberculosis caprina y de la brucelosis en las especies ovina y caprina, y vigilancia de la leucosis y la perineumonía bovinas dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla- La Mancha.
    Real Decreto 2611/1996, de 20 de diciembre, por el que se regulan los programas nacionales de erradicación de enfermedades de los animales y la Orden de 16 de Mayo de 2006 que regula estos programas a nivel autonómico.

    Tramitación

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    040229 CALIFICACION SANITARIA DE LAS EXPLOTACIONES DE GANADO OVINO, CAPRINO, BOVINO Y PORCINO Y CALIFICACION SANITARIA DE CEBADEROS DE RUMIANTES

    Plazo de resolución

    6 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SK22 CALIFICACION SANITARIA FRENTE A BRUCELOSIS OVINA/CAPRINA EN EXPLOTACIONES DE ENGORDE EN LA COMUNIDAD AUTONOMA DE CASTILLA-LA MANCHA.

    Plazo de presentación de solicitudes

    Abierto todo el año.

    Objeto

    Registrar, tramitar y revisar las solicitudes, y en el caso de cumplir los requisitos calificar la explotación

    Destinatarios

    Ganaderos/Representantes de explotaciones de ovino/caprino de cebo.

    Requisitos

    1. La explotación se encuentra dada de alta en el REGA(Registro de Explotaciones Ganaderas) con la orientación zootécnica de cebadero de ovino y/o caprino 2. La explotación cuenta con las infraestructuras sanitarias que permitan la toma de muestras y la realización de todo tipo de pruebas diagnósticas , así como la limpieza y desinfección de sus instalaciones. 3. Cumplir los requisitos exigidos en la legislación arriba mencionada.

    Lugar de presentación

    A) En los Registros de la Consejería de Agricultura Medio Ambiente y Desarrollo Rural así como en los demás lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992. B) De forma telemática mediante el envío con firma electrónica de los datos a través del formulario incluido en esta sede

    Información Adicional

    Para darse de alta en la plataforma de notificaciones electrónicas, deberá acceder a: NOTIFIC@ (cuya url es: https://notifica.jccm.es/Notificador)
    Real 2611/1996 por el que se regulan los programas nacionales de erradicación de enfermedades a nivel nacional.
    DOCM: 29/11/13 Ley 7/2013, de 21 de noviembre, de adecuación de procedimientos administrativos y reguladora del régimen general de la declaración responsable y comunicación previa.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    040229 CALIFICACION SANITARIA DE LAS EXPLOTACIONES DE GANADO OVINO, CAPRINO, BOVINO Y PORCINO Y CALIFICACION SANITARIA DE CEBADEROS DE RUMIANTES

    Plazo de resolución

    6 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    S953 CALIFICACION SANITARIA FRENTE A LA BRUCELOSIS BOVINA EN EXPLOTACIONES DE ENGORDE EN LA COMUNIDAD AUTONOMA DE CASTILLA-LA MANCHA

    Plazo de presentación de solicitudes

    Plazo abierto todo el año

    Objeto

    Registrar, tramitar y revisar las solicitudes y en el caso de cumplir los requisitos calificar la explotación.

    Destinatarios

    Ganaderos/Representantes de explotaciones de bovino

    Requisitos

    1.- La explotación se encuentra dada de alta en el REGA (Registro de Explotaciones Ganaderas) con la orientación zootécnica de Cebadero Bovino
    2.- La explotación cuenta con las infraestructuras sanitarias que permitan la toma de muestras y la realización de todo tipo de prubas diagnósticas, así como la limpieza y desinfección de sus instalaciones. 3.- Cumplir los requisitos exigidos en la legislación arriba mencionada.

    Lugar de presentación

    A) En los Registros de la Consejería de Agricultura Medio Ambiente y Desarrollo Rural así como en los demás lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992. B) De forma telemática mediante el envío con firma electrónica de los datos a través del formulario incluido en esta sede

    Información Adicional

    Para darse de alta en la plataforma de notificaciones electrónicas, deberá acceder a: NOTIFIC@ (cuya url es: https://notifica.jccm.es/Notificador)
    Real Decreto 2611/1996 por el que se regulan los programas nacionales de erradicación de enfermades a nivel nacional
    DOCM: 29/11/13 Ley 7/2013, de 21 de noviembre, de adecuación de procedimientos administrativos y reguladora del régimen general de la declaración responsable y comunicación previa.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    040229 CALIFICACION SANITARIA DE LAS EXPLOTACIONES DE GANADO OVINO, CAPRINO, BOVINO Y PORCINO Y CALIFICACION SANITARIA DE CEBADEROS DE RUMIANTES

    Plazo de resolución

    6 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SK1N CALIFICACION SANITARIA FRENTE A TUBERCULOSIS BOVINA EN EXPLOTACIONES DE ENGORDE EN LA COMUNIDAD AUTONOMA DE CASTILLA-LA MANCHA.

    Plazo de presentación de solicitudes

    Plazo abierto todo el año.

    Objeto

    Registrar, tramitar y revisar las solicitudes, y en el caso de cumplir los requisitos calificar la explotación.

    Destinatarios

    Ganaderos/Representantes de explotaciones de bovino de cebo.

    Requisitos

    1. La explotación se encuentra dada de alta en el REGA(Registro de Explotaciones Ganaderas) con la orientación zootécnica de cebadero de bovino. 2. La explotación cuenta con las infraestructuras sanitarias que permitan la toma de muestras y la realización de todo tipo de pruebas diagnósticas , asi como la limpieza y desinfección de sus instalaciones. 3. Cumplir los requisitos exigidos en la legislación arriba mencionada.

    Lugar de presentación

    A) En los Registros de la Consejería de Agricultura Medio Ambiente y Desarrollo Rural así como en los demás lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992. B) De forma telemática mediante el envío con firma electrónica de los datos a través del formulario incluido en esta sede

    Información Adicional

    Para darse de alta en la plataforma de notificaciones electrónicas, deberá acceder a: NOTIFIC@ (cuya url es: https://notifica.jccm.es/Notificador)
    Real Decreto 2611/1996 por el que se regulan los programas nacionales de erradicación de enfermedades a nivel nacional y la Orden de 16 de Mayo de 2006 que regula estos programas a nivel autonómico.
    DOCM: 29/11/13 Ley 7/2013, de 21 de noviembre, de adecuación de procedimientos administrativos y reguladora del régimen general de la declaración responsable y comunicación previa.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

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