Gobierno de Castilla-La Mancha

  • La persistencia de la difícil situación del mercado del sector porcino pone en peligro la estabilidad financiera de muchas explotaciones. La retirada temporal de carne de porcino del mercado parece necesaria para restablecer el equilibrio de este y aumentar los precios. Por lo tanto, procede conceder una ayuda al almacenamiento privado de carne de porcino y fijar por anticipado su importe, para compensar los gastos de almacenamiento de la carne sometida a contrato durante el tiempo de vigencia

    Criterios

    Cumplimiento de los requisitos. La Comisión Europea podrá adoptar medidas especiales al comprobar que se ha hecho un uso excesivo del régimen de ayuda o que existe el riesgo de que esto suceda, según lo dispuesto en los apartados 2 y 3 del artículo 23 del Reglamento (CE) nº 826/2008.

  • Conceder ayudas para el aprovechamiento de energías renovables mediante la aplicación de las siguientes tecnologías:

    Criterios

    Los criterios de valoración y puntuación vienen determinados en el artículo 5 de la Orden 29/12/2015, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, para el aprovechamiento de las energías renovables en Castilla-La Mancha, y se convocan las mismas para 2016.

  • La subvención de costes salariales, tiene por objeto subvencionar parcialmente el coste salarial de cada trabajador con discapacidad en plantilla de los centros especiales de empleo, que presten sus servicios en un centro de trabajo radicado en el territorio de Castilla - La Mancha , referido al primer semestre del año natural.

  • La subvención de costes salariales, tiene por objeto subvencionar parcialmente el coste salarial de cada trabajador con discapacidad en plantilla de los centros especiales de empleo, que presten sus servicios en un centro de trabajo radicado en el territorio de Castilla - La Mancha , referido al segundo semestre del año natural.

  • Ayuda para las familias numerosas que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 10.1 del Decreto 80/2012 de 26/04/2012 por el que se regulan ayudas económicas a familias numerosas, modificado por el Decreto 108/2014 del 23/10/2014. También tendrán derecho a estas ayudas los hermanos menores de edad huérfanos de padre y madre sometidos a tutela, acogimiento o guarda que convivan con el tutor, acogedor o guardador, pero que no se hallen a sus expensas

  • Ayudas destinadas a la contratación de doctores en centros públicos de investigación y empresas, para jóvenes incluidos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

    Criterios

    Las solicitudes que reúnan los requisitos exigidos serán clasificadas atendiendo a la clasificación por áreas de la ANEP y serán evaluadas por una Comisión de valoración de acuerdo con los siguientes criterios:

  • PROCEDIMIENTO

    030624 SELECCION DE GRUPOS DE ACCION LOCAL Y ESTRATEGIAS DE DESARROLLO LOCAL PARTICIPATIVO, DE ACUERDO CON LA MEDIDA 19 ¿APOYO AL DESARROLLO LOCAL DE LEADER¿ DEL PDR 2014/2020

    Plazo de resolución

    3 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SKKM AYUDA PARA LA PARTICIPACION EN LA SELECCION DE GRUPOS DE ACCION LOCAL Y ESTRATEGIAS DE DESARROLLO LOCAL

    Plazo de presentación de solicitudes


    Del Vie, 12 Feb 2016 al Mar, 12 Abr 2016

    Objeto

    Regular y convocar los procedimientos de selección de los Grupos de Acción Local y de las Estrategias de Desarrollo Local Participativo, estableciendo sus respectivos criterios de selección, de acuerdo a la medida 19 del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020.

    Destinatarios

    Grupos de Acción Local

    Requisitos

    Serán los establecido en artículo 3. de la presente Orden.

    Importe

    A los GAL Seleccionados se les concederá un cuadro financiero mínimo de 3.000.000 ¿, excluidos los costes de funcionamiento y animación.

    Criterios

    Criterios de Selección

    1. Criterios relativos al territorio de actuación: 100 puntos (valoración máxima)
    2. Criterios relativos a la Estrategia: 100 puntos (valoración máxima)
    3. Criterios relativos al Grupo de Acción Local: 100 puntos (valoración máxima)

    Documentación a aportar

    - Copia de NIF de la persona representante en caso de no autorizar su consulta
    - Documento que acredite la representación
    - Estrategia de Desarrollo Local Participativo
    - Procedimiento de gestión del GAL
    - Copia del acta constituyente de la asociación
    - Relación de asociados, identificando su carácter público o privado, individual o colectivo y del responsable legal en cada caso, fecha de incorporación del asociado a la asociación y fecha de admisión
    - Copia de los estatutos debidamente inscritos en el Registro de Asociaciones y, si existe, del Reglamento interno
    - Descripción de las asociaciones candidatas.

    Lugar de presentación

    a) Telemáticamente con firma electrónica a través del formulario que se incluirá en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es).

    b) En el Registro de los Servicios Centrales y las Direcciones Provinciales de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural o en los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
    DOCM: 11/02/16 Orden de 04/02/2016, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se regula y convoca el procedimiento para la selección de grupos de acción local y estrategias de desarrollo local participativo, de acuerdo con la medida 19 apoyo al desarrollo local de Leader del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020.
    Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca.
    Reglamento (UE) nº 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).
    DOCM: 17/04/19 Orden 62/2019, de 12 de abril, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se modifica la Orden de 04/02/2016 por la que se regula y convoca el procedimiento para la selección de grupo de acción local y estrategias de desarrollo local participativo, de acuerdo con la medida 19 de apoyo al desarrollo local Leader del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020.

    Tramitación - Fuera de Plazo

    Internet:Tramitación Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    030641 SUBVENCIONES PRECIOS PUBLICOS MASTERES.

    Plazo de resolución

    6 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SKM8 AYUDA PARA LA REALIZACION DE MASTERES.

    Plazo de presentación de solicitudes


    Del Vie, 16 Sep 2016 al Lun, 31 Oct 2016

    Objeto

    Ayudas para mejorar la empleabilidad mediante la realización de másteres universitarios, en las Universidades públicas de Castilla-La Mancha durante el curso académico 2016-2017, para jóvenes incluidos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, cofinanciadas con el Fondo Social Europeo y la Iniciativa de Empleo Juvenil.

    Destinatarios

    Jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil que hayan hecho la preinscripción en estudios de máster en alguna de las siguientes Universidades: Universidad de Castilla-La Mancha, Universidad de Alcalá (campus de Guadalajara) y UNED (centros asociados en Castilla-La Mancha).

    Requisitos

    a) Figurar inscritos en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil conforme al procedimiento establecido en el artículo 98 de la Ley 18/2014 de 15 de octubre de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficacia, sin haber superado la edad permitida para darse de alta en dicho fichero.
    b) Cumplir los requisitos establecidos en el artículo 105 de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia.
    c) Tener domicilio fiscal en Castilla-La Mancha
    d) Estar empadronado en cualquier localidad del territorio de Castilla-La Mancha en el momento que indique la convocatoria.
    f) Haberse matriculado en régimen presencial y dedicación académica a tiempo completo en los 60, 90 o 120 créditos de un máster universitario en alguna de las Universidades públicas

    Importe

    Las cuantías de las ayudas para la realización de primeros estudios de máster serán las siguientes:
    Grado experimentalidad 1: 1.097,80 euros
    Grado experimentalidad 2: 1.244,80 euros
    Grado experimentalidad 3: 1.428,40 euros
    Grado experimentalidad 4: 1.502,20 euros
    La cuantía global máxima del crédito asignado a estas ayudas será de 2.000.000 de euros

    Criterios

    Todas aquellas solicitudes que cumplan los requisitos señalados, serán ordenadas de mayor a menor puntuación, en función de la renta per cápita según el método de cálculo y baremación establecidos, hasta donde lo permitan las disponibilidades presupuestarias. Si de acuerdo con el criterio anterior se produjera empate entre varias solicitudes, prevalecerá el criterio de mayor edad del solicitante.

    Documentación a aportar

    Será requisito obligatorio la presentación junto con la solicitud (anexo I) de la preinscripción en un programa de máster de alguna de las Universidades ubicadas en Castilla-La Mancha: Universidad de Castilla-La Mancha, Universidad de Alcalá (Campus de Guadalajara) y UNED (centros asociados en Castilla-La Mancha).

    Lugar de presentación

    Mediante envío telemático de datos con firma electrónica a través de la web institucional de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en la dirección: http://www.jccm.es. Mediante este medio, la documentación puede digitalizarse y presentarse junto a la solicitud como archivos anexos a la misma.

    Información Adicional

    Se establece un correo electrónico para consultas sobre este tipo de ayudas: master.garantiajuvenil@jccm.es.
    DOCM: 10/06/16 Orden de 02/06/2016, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se aprueban las bases reguladoras para la financiación de precios públicos de másteres universitarios en las universidades públicas de Castilla-La Mancha, para jóvenes incluidos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, cofinanciadas con el Fondo Social Europeo y la Iniciativa de Empleo Juvenil, en el marco de la retención y retorno del talento investigador.
    DOCM: 15/09/16 Resolución de 09/09/2016, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se convocan ayudas destinadas a la realización de una formación continuada a través de estudios de másteres que mejoren la empleabilidad de los jóvenes que ni estudian ni trabajan ni siguen formación, cofinanciadas con el Fondo Social Europeo y la Iniciativa de Empleo Juvenil, en el marco de la retención y retorno del talento. Extracto BDNS (Identif.): 317036.
    Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
    Real Decreto 887/2006, de 21 de julio de 2006, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
    Título III del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre y por el Decreto 21/2008, de 5 de febrero, por el que se aprueba su reglamento de desarrollo

    Tramitación - Fuera de Plazo

    Internet:Tramitación Online

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    030656 AYUDA PARA LA REDUCCION DE LA PRODUCCION LECHERA

    Plazo de resolución

    SKN9 AYUDA PARA LA REDUCCION DE LA PRODUCCION LECHERA

    Plazo de presentación de solicitudes

    Inicio: 10/09/2016 Fin: 21/09/2016 (12:00h): entregas oct, nov, dic 2016, 11/10/2016 (24:00 h): entregas nov, dic 2016 y ene 2017 21/09/2016 (12:00h): entregas dic 2016, ene, feb 2017 7/12/2016 (12:00h):entregas ene, feb, mar 2017

    Objeto

    Ayuda a los productores de leche de vaca que reduzcan la producción durante un periodo de 3 meses (periodo de reducción), en comparación con el mismo periodo del año anterior (periodo de referencia); de acuerdo con cuatro subperiodos del año determinados:
    Reducción de entregas en leche en:

    oct, nov y dic 2016
    nov y dic 2016 y ene 2017
    dic 2016 y ene, feb 2017
    ene, feb, mar de 2017

    Destinatarios

    Ganaderos que hubieran realizado entregas de leche de vaca a primeros compradores durante los meses del periodo de referencia correspondiente y el mes de julio de 2016 y prevean una disminución de su producción en el periodo de reducción.

    Sólo serán admisibles los cambios de titularidad que tengan causa en una herencia, siempre que el heredero asuma todos los derechos y obligaciones del causante, en lo que a la actividad se refiere.

    Requisitos

    Haber realizado entregas de leche de vaca a primeros compradores durante los meses del periodo de referencia correspondiente y durante el mes de julio de 2016.

    El volumen estimado de la reducción de las entregas de leche de vaca para la que se solicita la ayuda no podrá ser superior al 50% de la cantidad total de leche entregada a compradores en el periodo de referencia y no menos de 1.456 litros.

    Importe

    Se concederá una ayuda de 14¿/100 kg por el volumen de leche correspondiente a la diferencia entre la producción entregada a primeros compradores durante el periodo de referencia y la del periodo de reducción.

    Criterios

    Comprobación de la verosimilitud de los datos de acuerdo con la documentación justificativa aportada de las entregas correspondientes al periodo de referencia, así como las del mes de julio de 2016, para determinar la admisibilidad de las mismas.

    Verificación de la reducción real del volumen de leche entregado para efectuar el pago

    Documentación a aportar

    Justificación documental de las entregas de leche realizadas durante el periodo de referencia, así como del mes de julio de 2016, a través de facturas, y/o cualquier otra documentación que se considere conveniente.

    Acreditación de la representación en caso de entidades y/o personas jurídicas

    Justificación de cambio de titularidad (solo en casos de herencia)

    Lugar de presentación

    a) Telemáticamente con firma electrónica a través del formulario que se incluirá en la sede electrónica de la JCCM.

    b) En el Registro de los Servicios Centrales, las Direcciones Provinciales y las Oficinas Comarcales Agrarias de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural o en los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
    Reglamento Delegado (UE) 2016/1612 de 8 de septiembre de 2016 por el que se establece una ayuda para la reducción de la producción lechera.
    Reglamento (UE) nº 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea una organización común de mercados agrícolas y se establecen disposiciones específicas para determinados productos agrícolas.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    030645 AYUDAS PARA LA CONTRATACION DE PERSONAS DESEMPLEADAS, EN EL MARCO DEL PLAN EXTRAORDINARIO POR EL EMPLEO EN CASTILLA LA MANCHA

    Plazo de resolución

    3 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SKME AYUDAS A ENTIDADES LOCALES PARA LA CONTRATACION DE PERSONAS DESEMPLEADAS, EN EL MARCO DEL PLAN EXTRAORDINARIO POR EL EMPLEO EN CASTILLA LA MANCHA

    Plazo de presentación de solicitudes


    Del Sáb, 20 Ago 2016 al Lun, 12 Sep 2016

    Objeto

    Concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la contratación de personas desempleadas para la ejecución de proyectos de interés general y social relacionados con los ámbitos establecidos en la orden.

    Destinatarios

    Las Entidades Locales de Castilla-La Mancha, las entidades vinculadas o dependientes de las mismas y las agrupaciones de municipios.

    Requisitos

    a) Estar al corriente de obligaciones tributarias, Seguridad Social, y en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones
    b) No estar incursa la persona física, los administradores o aquéllos que ostenten la representación legal, en ninguno de los supuestos de incompatibilidad que contempla la Ley 11/2003.
    c) No concurrir ninguna de las circunstancias que determina el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003.
    d) Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales, conforme a la Ley 31/1995.
    e) No haber sido sancionadas, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por la comisión de infracciones graves o muy graves en materia de prevención de riesgos laborales en el año anterior a la solicitud.

    Importe

    1. Las entidades recibirán una subvención de 4.500 euros por cada contrato temporal con una duración de seis meses (180 días).
    2. En contratos temporales de duración inferior a seis meses, la cuantía de la subvención será de 600 euros/mes, según el apartado 2 del artículo 11
    3. Cuando la entidad beneficiaria tenga en su ámbito territorial menos de 1000 habitantes, la subvención será de 4.800 euros por cada contrato temporal efectuado con una duración de seis meses(180 días)
    4. En el caso de baja por enfermedad común o accidente no laboral se subvencionará el importe correspondiente a la cuantía que deba abonar la entidad beneficiaria en los primeros quince días de dicha baja. Dicho importe no podrá superar en ningún caso la cuantía diaria de la subvención concedida por el contrato

    Criterios

    Los proyectos se seleccionarán y valoraran teniendo en cuenta los criterios socio-económicos y de calidad y sostenibilidad, de acuerdo con el baremo establecido en el artículo 14 de la Orden de 28 de junio de 2016, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a Entidades Locales, para la contratación de personas desempleadas, en el marco del Plan Extraordinario por el Empleo en Castilla-La Mancha.

    Documentación a aportar

    Formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Casilla-La Mancha, adjuntado la siguiente documentación:

    * Código de Identificación Fiscal (C.I.F.)
    * Acreditación de la representación del firmante, mediante fotocopia de escritura pública, o cualquier otro medio válido en derecho, que deje constancia fidedigna de la misma.
    * Otros documentos (en caso de agrupación de municipios aportar documentación que la acredite)

    Lugar de presentación

    Las solicitudes se presentaran únicamente mediante el envío telemático de los datos a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (http://www.jccm.es).
    DOCM: 19/08/16 Resolución de 03/08/2016, de la Dirección General de Programas de Empleo, por la que se convocan, para el ejercicio 2016, las subvenciones a entidades locales, para la contratación de personas desempleadas, en el marco del Plan Extraordinario por el Empleo en Castilla-La Mancha. Extracto BDNS (Identif.): 314374.

    Tramitación - Fuera de Plazo

    Internet:Tramitación Online

    Alertas informativas

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