Gobierno de Castilla-La Mancha

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar subvenciones para realizar cursos de formación profesional para personas desempleadas, con la condición de que se contrate a un porcentaje de los alumnos. ## Antes de empezar * Asegúrate de cumplir los plazos y requisitos. * Prepara la documentación necesaria en formato electrónico. * Si es necesario, realiza el pago de tasas. Las solicitudes se presentan de forma telemática a través de la sede electrónica de la JCCM. ## Objeto Concesión de subvenciones para acciones de formación profesional dirigidas a personas trabajadoras desempleadas (Modalidad II), con compromiso de contratación. ## Destinatarios Entidades de formación, públicas o privadas, acreditadas e inscritas en el Registro Estatal de Entidades de Formación. ## Plazo de resolución 3 meses desde la presentación de la solicitud. ## Marco legal * [Orden 178/2020, de 19 de noviembre](https://docm.jccm.es/portaldocm/detalleDocumento.do?idDisposicion=1605705306960230634) * [Resolución de 27/12/2024](https://docm.jccm.es/portaldocm/detalleDocumento.do?idDisposicion=1734951596027200282)

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar subvenciones para realizar cursos de formación en habilidades digitales, dirigidos principalmente a mujeres en áreas rurales. Estas acciones formativas se enmarcan dentro del Plan Nacional de Competencias Digitales y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Next Generation EU). **Quién puede usar este servicio:** Entidades y centros de formación acreditados/inscritos en el Registro Estatal de Entidades de Formación. **Plazo de presentación:** Del 10 de enero de 2025 al 9 de marzo de 2025. ## Lo que necesitas * **Documentación a aportar:** * Solicitud (Anexo III de la Orden de bases reguladoras). * Memoria descriptiva del proyecto (Anexo IV). * Anexos VIII, IX, X y XI (PRTR). ## Cómo hacerlo 1. **Asegúrate de cumplir los requisitos:** Verifica que cumples con los plazos y requisitos técnicos y administrativos. 2. **Prepara la documentación:** Revisa la documentación adicional que debes aportar y tenla en formato electrónico. 3. **Presenta la solicitud:** La solicitud se presenta únicamente de forma telemática, con firma electrónica, a través de la sede electrónica de la JCCM. ## Información adicional * Más información disponible en: ## Marco legal * [Orden 222/2024, de 19 de diciembre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo](https://docm.jccm.es/portaldocm/detalleDocumento.do?idDisposicion=1735894955665510019)

  • ## Resumen Este trámite permite a empresas radicadas en Castilla-La Mancha suscribir convenios de colaboración para que jóvenes desempleados realicen prácticas no laborales. **Quién puede usar este servicio:** * Empresas o grupos empresariales con centros de trabajo en Castilla-La Mancha. * Jóvenes desempleados de entre 18 y 25 años, inscritos en una oficina de empleo de Castilla-La Mancha, con titulación universitaria, de formación profesional o certificado de profesionalidad, y con poca o ninguna experiencia laboral en la misma actividad. ## Lo que necesitas **Documentación a aportar:** * CIF de la empresa. * Documento de identidad del representante de la empresa. * Documento que acredite las facultades de representación. * Programa de prácticas cumplimentado. **Requisitos:** * Tener centros de trabajo en Castilla-La Mancha. ## Cómo hacerlo **Paso a paso:** 1. **Online:** A través de la sede electrónica de la JCCM con certificado digital o Clave de firma: [Tramitar](https://e-empleo.jccm.es/OVI/jsp/index.jsp) 2. **Presencial:** En los lugares de presentación indicados: [lugares de presentación](https://www.jccm.es/tramites/lugares-de-presentacion) **Plazo de presentación:** Abierto todo el año. **Importante:** Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCCM. ## Ayuda **Contacto:** * Para cualquier duda, contactar a través del correo electrónico: dgtfsl.economiaempresasempleo@jccm.es ## Marco legal * [Real Decreto 1543/2011, de 31 de octubre, por el que se regulan las prácticas no laborales en empresas.](https://www.boe.es/eli/es/rd/2011/10/31/1543)

  • ## Resumen Este trámite permite a las personas inscritas como demandantes de empleo en Castilla-La Mancha solicitar la suspensión de su demanda o modificar el tipo de suspensión. **Quién puede usar este servicio:** * Personas inscritas como demandantes en los Servicios Públicos de Empleo de Castilla La Mancha en situación de ALTA o de SUSPENSIÓN. ## Lo que necesitas * Acreditar tu identidad. * Si actúas a través de un representante, acreditar su identidad y poderes. * Documentación que justifique el motivo de la suspensión, si es necesario. ## Cómo hacerlo 1. Prepara la documentación necesaria. 2. Presenta la solicitud y la documentación requerida de forma presencial o telemática. * **Presencial:** En los lugares de presentación habilitados. * **Telemática:** A través de la sede electrónica de la JCCM (solo para solicitudes de subvención). **Nota importante:** Para cambio de suspensión sin intermediación a con intermediación, usar la Oficina Virtual: https://e-empleo.jccm.es/OVI/ ## Ayuda * Para resolver dudas, contacta con tu Oficina de Empleo y Emprendedores: http://empleoyformacion.jccm.es/principal/ciudadania/centros-de-atencion/ ## Modelos del trámite * Solicitud: Descargar (140 KB)

  • PROCEDIMIENTO

    040193 TARJETA ACREDITATIVA DE GRADO DE DISCAPACIDAD

    Plazo de resolución

    1 MES.

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SJJ2 TARJETA ACREDITATIVA DE GRADO DE DISCAPACIDAD

    Plazo de presentación de solicitudes

    Plazo abierto todo el año

    Objeto

    La creación de la tarjeta acreditativa de grado de discapacidad en Castilla-La Mancha, conforme a las características y modelo del Anexo I.

    Destinatarios

    Podrán ser titulares de la tarjeta acreditativa de grado de discapacidad las personas residentes en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33% por cualquiera de los Centros Base de Atención a Personas con Discapacidad de la Región.

    Requisitos

    -Residir en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.
    -Tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33% por cualquiera de los Centros Base ubicados en el territorio de la Región.

    Lugar de presentación

    Las solicitudes podrán presentarse: en los registros de los órganos administrativos de la Administración General del Estado, de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, de los Ayuntamientos de los Municipios del artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, o del resto de las entidades de la Administración Local, en este caso, si se hubiese suscrito convenio, en las oficinas de correos, o en cualquier otra forma prevista.

    Información Adicional

    - Corresponderá a las Direcciones Provinciales de la Consejería competente en materia de servicios sociales, a través de sus respectivos Centros Base de Atención a Personas con Discapacidad, la competencia para emitir la tarjeta acreditativa de grado de discapacidad.
    - La tarjeta acreditativa de grado de discapacidad es un documento público, personal e intransferible, que acredita fehacientemente el reconocimiento del grado de discapacidad de su titular y sirve de documento sustitutivo, a todos los efectos, de la resolución por la que se reconoce dicho grado, teniendo validez en todo el territorio del Estado.
    - En caso de extravío o robo de la tarjeta, la persona interesada o su representante legal solicitará la emisión de una nueva, aportando, junto a la solicitud, declaración expresa de esta circunstancia y copia de la denuncia presentada ante la autoridad competente.
    DOCM: 29/11/13 Ley 7/2013, de 21 de noviembre, de adecuación de procedimientos administrativos y reguladora del régimen general de la declaración responsable y comunicación previa.
    DOCM: 30/03/00 Orden de 21/03/2000, POR LA QUE SE REGULA EL PROCEDIMIENTO PARA EL RECONOCIMIENTO, DECLARACION Y CALIFICACION DEL GRADO DE MINUSVALIA
    DOCM: 23/07/10 Orden de 29/06/2010, por la que se crea la tarjeta acreditativa de grado de discapacidad.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • La tarjeta de accesibilidad es un documento acreditativo para las personas con discapacidad y movilidad reducida permanente a los efectos de disfrutar de los derechos especiales en materia de circulación de vehículos a motor establecidos por la normativa vigente.

  • PROCEDIMIENTO

    120023 TRAMITACIÓN DE LA TARJETA SANITARIA

    Plazo de resolución

    2 MESES

    Efectos silencio

    Estimatorio

    SJI1 TARJETA SANITARIA INDIVIDUAL

    Plazo de presentación de solicitudes

    Plazo abierto todo el año

    Objeto

    La tarjeta sanitaria individual es el documento que identifica a los ciudadanos con residencia en Castilla-La Mancha como usuarios del Servicio de Salud de Castilla- La Mancha (Sescam) y acredita el derecho de acceso a las prestaciones sanitarias con validez en todo el Sistema Nacional de Salud. Esta Orden regula sus características y régimen de uso , así como el procedimiento para su obtención, emisión y renovación en el ámbito de la Comunidad de Castilla-La Mancha.

    Destinatarios

    Todas aquellas personas residentes que estén empadronadas en cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y tengan reconocido el derecho a la asistencia sanitaria por el Instituto Nacional de la Seguridad Social.

    Requisitos

    a) Trabajadores afiliados y en situación de alta, o asimilada, del Régimen General y de los Regímenes Especiales de la Seguridad Social, pensionistas y perceptores de prestaciones periódicas de la misma y los beneficiarios de todos ellos.

    b) Ciudadanos residentes en la Comunidad Autónoma de C-Mancha con cobertura sanitaria a cargo de otro país.

    c) Personas sin recursos económicos suficientes que tengan reconocido el derecho a la asistencia sanitaria al amparo del Real Decreto 1088/1989, de 8 de septiembre.

    -2. A las personas extranjeras residentes que estén empadronados en cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónoma de Castilla-la -Mancha.

    -3.Personas residentes que estén empadronados en cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónoma de C-Mancha y tengan reconocido el derecho a la asistencia sanitaria por algún otro título jurídico y, en cualquier caso, a las personas menores de dieciocho años no incluídas en el apartado 1º.del art. 4.de la Orden.

    Documentación a aportar

    Documentación y requisitos para la obtención de la tarjeta sanitaria individual.
    1. Para la obtención de la tarjeta sanitaria individual se deberá aportar, con carácter general, sin perjuicio de lo que se indica en el punto 4 de este artículo, la siguiente documentación:
    a) D.N.I., documento acreditativo de la identidad o tarjeta equivalente de los extranjeros residentes en territorio español, expedido por las autoridades españolas, pasaporte o cualquier otro documento que acredite fehacientemente la identidad de la persona interesada.
    b) Certificado de empadronamiento o justificante de su inscripción en el padrón de habitantes de cualquier municipio de C-Mancha.
    c) Libro de familia, en el supuesto de menores de catorce años que carezcan de Documento Nacional de Identidad.
    2. Los trabajadores afiliados y en situación de alta, o asimilada, del Régimen Gral y de los Regímenes Especiales de la Seguridad Social, los perceptores de prestaciones periódicas de la misma y los beneficiarios de todos ellos, además de la documentación señalada en el punto anterior, deberán presentar el documento de afiliación a la Seguridad Social o el documento en el que se reconoce la condición de beneficiario, en su caso, sin perjuicio de lo que se indica en el punto 4 de este artículo.
    3. Los pensionistas de la Seguridad Social, así como sus beneficiarios y los ciudadanos residentes en España con cobertura sanitaria a cargo de otro país, presentarán, junto con la documentación exigida con carácter general, el documento acreditativo del derecho a la asistencia sanitaria, conforme a los modelos de documentos establecidos al efecto.
    4. La persona interesada o su representante legal otorgará o denegará expresamente, en su solicitud, su autorización al Sescam para que pueda realizar consultas en los ficheros públicos que obren en poder de las distintas Administraciones para verificar los datos declarados en la solicitud.

    Lugar de presentación

    Las solicitudes podrán presentarse: preferentemente en los Centros de Salud y , además, en cualquier registro perteneciente a la Administración del Estado, a la de las Comunidades Autónomas, y a la de aquellas Entidades Locales que hubieran suscrito el oportuno Convenio, así como en las oficinas de correos, o en cualquier otra forma prevista.

    Información Adicional

    Algunos trámites asociados a esta tarjeta se pueden hacer a través de la Web del SESCAM Pinche aquí o de su teléfono gratuito 900 25 25 25.
    DOCM: 20/01/12 Orden de 09/01/2012, , de modificación de la Orden de 23/03/2011, de la tarjeta sanitaria individual en Castilla-La Mancha.
    DOCM: 04/04/11 Orden de 23/03/2011, de la tarjeta sanitaria individual en Castilla-La Mancha.

    Tramitación

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    170002 TASA FISCAL SOBRE EL JUEGO

    Plazo de resolución

    0

    SILU TASA FISCAL SOBRE EL JUEGO

    Plazo de presentación de solicitudes

    El señalado en las normas del tributo, según la modalidad de juego. Modelo 043: en el momento de la adquisición de los cartones. Modelo 045: días 1 a 20 de los meses de marzo, junio, septiembre y noviembre.

    Objeto

    Procedimiento para que el obligado tributario presente la autoliquidación de la Tasa fiscal sobre juegos de suerte, envite o azar. Es decir, aporte los datos necesarios para la liquidación del tributo y realice, por sí mismo, las operaciones de calificación y cuantificación necesarias para determinar e ingresar la deuda tributaria.

    Destinatarios

    Los sujetos pasivos del tributo, obligados tributarios, que pueden actuar por sí mismos o por medio de representante.
    Son sujetos pasivos de la tasa las personas o entidades organizadoras de los juegos de suerte, envite o azar. En los casos en que no exista autorización administrativa, serán sujetos pasivos de la tasa las personas o entidades cuyas actividades incluyan la celebración u organización de juegos de azar. Son responsables solidarios de la tasa los dueños y empresarios de los locales donde se celebren.

    Requisitos

    El tributo grava la autorización, celebración u organización de juegos de suerte, envite o azar.

    Importe

    La cuota puede ser fija o gradual dependiendo de la modalidad de juego.

    Criterios

    La autoliquidación y la documentación aportada puede ser verificada y comprobada por la Administración tributaria dentro de los plazos de prescripción.

    Documentación a aportar

    Los sujetos pasivos deberán presentar ante los Servicios Periféricos de la Consejería de Economía y Hacienda el modelo de autoliquidación debidamente cumplimentado.
    Los modelos de autoliquidación a presentar son:
    Modelo 045. Tasa fiscal sobre el juego. Máquinas o aparatos automáticos.
    Modelo 043. Tasa fiscal sobre el juego. Juego del bingo.
    El modelo 043 se confeccionará por la Administración tributaria al tiempo de realizar la adquisición de los cartones de bingo.

    Lugar de presentación

    Servicios Periféricos -y centrales- de la Consejería de Economía y Hacienda.
    DOCM: 09-JUL-11 Decreto 122/2011, de 07/07/2011, de estructura orgánica y competencias de la Consejería de Economía y Hacienda.
    DOCM: 24-FEB-11 Orden de 18/02/2011, , por la que se aprueba el modelo 045 de autoliquidación de la Tasa Fiscal sobre el Juego en máquinas o aparatos automáticos y se dictan las normas para su gestión.
    DOCM: 17-DEC-08 Ley 9/2008, de 04/12/2008, DE MEDIDAS EN MATERIA DE TRIBUTOS CEDIDOS

    Tramitación

    Online

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    170004 TASA FISCAL SOBRE RIFAS, TÓMBOLAS, APUESTAS Y COMBINACIONES ALEATORIAS

    Plazo de resolución

    0

    SILX TASA FISCAL SOBRE RIFAS, TOMBOLAS, APUESTAS Y COMBINACIONES ALEATORIAS

    Plazo de presentación de solicitudes

    30 días desde la fecha del devengo, es decir, desde la fecha de autorización, o en su defecto, desde la fecha de inicio de la celebración de los juegos o apuestas.

    Objeto

    Procedimiento para la presentación de la declaración correspondiente a la Tasa sobre rifas, tómbolas, apuestas y combinaciones aleatorias, a fin de que la Administración tributaria de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha practique la liquidación por dicho tributo.

    Destinatarios

    Los sujetos pasivos de la Tasa fiscal, obligados tributarios, que pueden actuar por sí mismos o por medio de representante.
    Son sujetos pasivos los organizadores de los juegos o apuestas. En las apuestas serán responsables solidarios del pago de la tasa los dueños o empresarios de los locales donde se celebren.

    Requisitos

    La tasa se exige por la autorización, celebración u organización de rifas, tómbolas, apuestas y combinaciones aleatorias en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha.

    Importe

    Tarifas según ley.
    Se aplican las bases y tipos establecidos en la normativa estatal.

    Criterios

    El procedimiento iniciado mediante declaración presentada por el obligado tributario terminará por alguna de las siguientes causas:
    a) Por liquidación provisional practicada por la Administración tributaria.
    b) Por caducidad, una vez transcurrido el plazo previsto en el apartado 1 del artículo anterior sin haberse notificado la liquidación, sin perjuicio de que la Administración tributaria pueda iniciar de nuevo este procedimiento dentro del plazo de prescripción.

    Documentación a aportar

    Los sujetos pasivos deberán presentar un documento que contenga, además de los datos de identificación del organizador (NIF, apellidos y nombre o razón social) y de las fechas de autorización y celebración de los juegos, la siguiente documentación:
    - En rifas, tómbolas y apuestas: el importe de los boletos o billetes ofrecidos, localidad o ámbito territorial del juego.
    - En combinaciones aleatorias: el valor de los premios ofrecidos.
    En el caso de juegos previamente autorizados por la Administración autonómica, los datos de la declaración podrán ser facilitados por los órganos competentes en materia de juego.

    Lugar de presentación

    Servicios correspondientes de los Servicios Periféricos de la Consejería de Economía y Hacienda.

    Información Adicional

    La Administración tributaria puede requerir al contribuyente la aportación, en el plazo de 10 días, de los datos o documentos que considere necesarios para practicar liquidación.
    Cuando la Administración tenga en cuenta en su liquidación datos distintos a los declarados por el contribuyente, deberá notificarle la propuesta de liquidación provisional, concediéndole un plazo de 15 días para presentar los datos, justificantes y alegaciones que estime oportunos.
    Termina con la notificación de la liquidación provisional. Si transcurrieran 6 meses desde el inicio del procedimiento sin dictarse y notificarse liquidación provisional, se producirá la caducidad del mismo, sin perjuicio de que la Administración inicie de oficio un nuevo procedimiento.
    DOCM: 17-DEC-08 Ley 9/2008, de 04/12/2008, DE MEDIDAS EN MATERIA DE TRIBUTOS CEDIDOS
    DOCM: 09-JUL-11 Decreto 122/2011, de 07/07/2011, de estructura orgánica y competencias de la Consejería de Economía y Hacienda.

    Tramitación

    Online

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    170026 TASACION PERICIAL CONTRADICTORIA

    Plazo de resolución

    6 MESES

    Efectos silencio

    Caducidad

    TASACION PERICIAL CONTRADICTORIA

    Plazo de presentación de solicitudes

    Abierto todo el año.

    Objeto

    Procedimiento a través del cual los interesados pueden promover la corrección de los medios de comprobación fiscal de valores señalados en el artículo 57 de la Ley General Tributaria, dentro del plazo del primer recurso o reclamación que proceda contra la liquidación efectuada de acuerdo con lo valores comprobados administrativamente o contra el acto de comprobación de valores debidamente notificado, cuando la normativa propia del tributo así lo prevea.

    Destinatarios

    Los solicitantes coinciden con los beneficiarios.

    Requisitos

    Se deberá presentar dentro del plazo del primer recurso o reclamación que proceda contra la liquidación efectuada de acuerdo con lo valores comprobados administrativamente o contra el acto de comprobación de valores debidamente notificado, cuando la normativa propia del tributo así lo prevea.

    Importe

    No sujeto a tasa.

    Criterios

    El procedimiento finalizará, en los términos indicados en la normativa reguladora del mismo, por alguna de las siguientes formas:
    - Valoración efectuada por perito tercero.
    - Desistimiento del obligado tributario.
    - Por no ser necesario nombrar perito tercero de acuerdo con el artículo 135.2 Ley General Tributaria.
    - Falta de depósito de honorarios por cualquiera de las partes.
    - Caducidad del procedimiento.

    Lugar de presentación

    En los registros generales habilitados para ello. Las solicitudes deberán dirigirse al órgano competente autor de la liquidación efectuada de acuerdo con lo valores comprobados administrativamente o, en su caso, del acto de comprobación de valores.

    Información Adicional

    Lugares, puntos y datos de contacto indicados en Pinche Aqui
    Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
    Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio.
    DOCM: 18/12/12 Orden de 12/12/2012, de la Consejería de Hacienda, por la que se desarrolla en el ámbito de la Administración Tributaria de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, la estructura y competencias de la Consejería de Hacienda y se dictan otras normas en materia tributaria.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

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