Gobierno de Castilla-La Mancha

  • Autorizar a empresas para desarrollar la actividad de contratación temporal.

  • PROCEDIMIENTO

    010143 AUTORIZACION DE LA ENAJENACION, GRAVAMEN O PERMUTA DE BIENES INMUEBLES CUANDO SU VALOR EXCEDA DEL 25 POR CIENTO DE LOS RECURSOS ORDINARIOS DEL PRESUPUESTO DE LA CORPORACION LOCAL

    Plazo de resolución

    6 MESES

    Efectos silencio

    Estimatorio

    SJ8C AUTORIZACION DE ENAJENACION DE BIENES Y DERECHOS CUYA CUANTIA SUPERE EL 25 POR 100 DE LOS RECURSOS ORDINARIOS DEL PRESUPUESTO DE LA CORPORACION LOCAL.

    Plazo de presentación de solicitudes

    Plazo abierto todo el año

    Objeto

    Autorización de enajenación de bienes y derechos cuya cuantía supere el 25 por 100 de los recursos ordinarios del presupuesto.

    Destinatarios

    Entidades Locales con personalidad jurídica.

    Criterios

    Comprobación de requisitos de legalidad de los expedientes de enajenación de bienes de las Entidades Locales.

    Documentación a aportar

    - Providencia de Alcaldía.
    - Certificado de Inventario de Bienes.
    - Certificado de Registro de la Propiedad.
    - Informe técnico de valoración.
    - Informe de Secretaría.
    - Copia diligenciada del Pliego de Cláusulas.
    - Informe de Intervención.
    - Certificación sobre la calificación y clasificación urbanística de los terrenos.
    - Certificación del acuerdo de pleno de aprobación del expediente de enajenación.

    Lugar de presentación

    Las solicitudes podrán presentarse: en los registros de los órganos administrativos de la Administración General del Estado, de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, de los Ayuntamientos de los Municipios del artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, o del resto de las entidades de la Administración Local, en este caso, si se hubiese suscrito convenio, en las oficinas de correos, o en cualquier otra forma prevista.
    DOCM: 29/11/13 Ley 7/2013, de 21 de noviembre, de adecuación de procedimientos administrativos y reguladora del régimen general de la declaración responsable y comunicación previa.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    010499 AUTORIZACION/RENOVACION DE ENTIDADES DE CONTROL DE PRODUCTOS AGROALIMENTARIOS DE CASTILLA-LA MANCHA

    Plazo de resolución

    1 AÑO

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SK7G AUTORIZACION DE ENTIDADES DE CONTROL DE PRODUCTOS AGROALIMENTARIOS DE CASTILLA-LA MANCHA

    Plazo de presentación de solicitudes

    Plazo abierto todo el año.

    Objeto

    Establecer el procedimiento de autorización de los organismos que pretendan realizar la evaluación de la conformidad de los productos agroalimentarios en el territorio de Castilla-La Mancha.

    Destinatarios

    Empresas

    Requisitos

    Se podrán autorizar las entidades de certificación y/o inspección que cumplan la Norma UNE-EN 45011:1998, o Norma UNE-EN ISO/IEC 17065:2012, y/o la Norma UNE-EN ISO/IEC 17020:2004, o Norma UNE-EN ISO/IEC 17020:2012, según la fase de acreditación, y según se trate de entidades de certificación y/o inspección. Deberán presentar certificado de acreditación declarativo del alcance que incluya la actividad acreditada y la norma o documento normativo sobre el que se realiza la misma; en caso contrario, documento justificativo de su situación en el proceso de acreditación.

    Documentación a aportar

    Solicitud acompañada de la siguiente documentación: - Autorización al solicitante para presentación de la solicitud en el caso que no coincida con el representante. - Tarjeta de identificación fiscal, Escritura de Constitución, Estatutos de la Entidad. - Acreditación del representante. - Manual de Calidad y Procedimientos. - Memoria de la estructura organizativa, - Tarifas. - Póliza de seguro responsabilidad civil. - Contrato con laboratorio de ensayo u organismo de inspección (en su caso). - Acreditación del cumplimiento de la Norma UNE-EN 45011:1998 o la Norma UNE-EN ISO/IEC 17065:2012. - Acreditación del cumplimiento de la Norma UNE?EN ISO/IEC 17020:2004 o la Norma UNE?EN ISO/IEC 17020:2012. - Declaración de actividad distinta del control y/o certificación. - Modelo de contrato de concesión de certificados. - Certificado acreditativo de autorización en otra Comunidad Autónoma.

    Lugar de presentación

    De forma telemática mediante el envío con firma electrónica de los datos a través del formulario incluido en esta sede.

    Información Adicional

    La autorización se otorgará para el alcance de la acreditación certificada por un plazo máximo de tres años transcurrido el cual deberá solicitarse la renovación, que se presentará entre los siete y tres meses anteriores a la finalización del periodo de vigencia. La vigencia señalada está condicionada al plazo de duración de la acreditación. No obstante lo anterior, si en el momento de solicitar la autorización la entidad de certificación y/o inspección no dispusiese del certificado de acreditación correspondiente, habiéndolo solicitado, la Dirección General competente en materia de mercados alimentarios podrá proceder a su autorización provisional por un periodo no superior a dos años desde la fecha de la resolución de la autorización. Para darse de alta en la plataforma de notificaciones electrónicas, deberá acceder a: NOTIFIC@ (https://notifica.jccm.es/Notificador/)
    DOCM: 09/02/07 Decreto 9/2007, de 06/02/2007, , DE AUTORIZACION DE LAS ENTIDADES DE CONTROL DE PRODUCTOS AGROALIMENTARIOS EN LA COMUNIDAD AUTONOMA DE CASTILLA-LA MANCHA Y DE CREACION DEL REGISTRO DE LAS MISMAS

    Tramitación

    Online

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    010445 AUTORIZACIÓN DE ENTIDADES Y PROFESIONALES PARA EL SEGUIMIENTO Y CONTROL DE ACTIVIDADES SOMETIDAS A EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL.

    Plazo de resolución

    3 MESES.

    Efectos silencio

    Estimatorio

    SIRS AUTORIZACION DE ENTIDADES Y PROFESIONALES PARA EL SEGUIMIENTO Y CONTROL DE ACTIVIDADES SOMETIDAS A EVALUACION DE IMPACTO AMBIENTAL

    Plazo de presentación de solicitudes

    Plazo abierto todo el año

    Objeto

    Autorizar a Entidades y Profesionales encargados de realizar el control externo regulado en el art. 26 del Decreto 178/2002, de 17 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Desarrollo de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Evaluación del Impacto Ambiental de Castilla- La Mancha.

    Destinatarios

    Entidades y Profesionales que quieran actuar en el control externo regulado en el art. 26 del Decreto 178/2002, en Castilla- La Mancha.

    Requisitos

    1) Tener personalidad física o jurídica. 2) Acreditar titulación universitaria oficial a nivel de diplomatura, licenciatura, ingeniería técnica, ingeniería superior u otras titulaciones técnicas, sobre estudios con materias curriculares relacionadas con el medio ambiente, o el ámbito de actuación solicitado, del Profesional o del personal técnico de la Entidad solicitante. 3) Acreditar experiencia del Profesional o de los técnicos del equipo de la Entidad. 4) Tener vinculación contractual entre la Entidad autorizada y su personal técnico. 5) Disponer de medios técnicos, humanos y materiales suficientes para el desempeño de las labores encomendadas. 6) Tener cubiertas responsabilidades civiles mediante póliza de seguro.

    Criterios

    A la vista de la solicitud y documentación justificativa, las Entidades y Profesionales, serán autorizadas o no mediante Resolución del órgano competente en materia de Medio Ambiente y serán inscritos, en su caso, en el Registro de Entidades y Profesionales por un plazo de 5 años, prorrogable previa solicitud formulada dos meses antes de su expiración, acompañada de una declaración expresa.

    Documentación a aportar

    - Solicitud.
    - Copia del DNI o documento acreditativo del Titular de la Entidad o Profesional.
    - Copia de la escritura de constitución de la Entidad y acreditación de su representante legal.
    - Copia de la titulación, en caso de que la titulación no haya sido emitida por esta Administración Pública.
    - Curriculum del personal técnico en el que se demuestre experiencia en el ámbito funcional solicitado. La experiencia se acreditará documentalmente.
    - Documentación que acredite la vinculación contractual entre el personal técnico y la Entidad que solicita autorización.
    - Relación de medios técnicos y humanos que cuenta.
    - Copia de la póliza de seguros.

    Lugar de presentación

    A) En los Registros de la Consejería de Agricultura Medio Ambiente y Desarrollo Rural así como en los demás lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992. B) De forma telemática mediante el envío con firma electrónica de los datos a través del formulario incluido en esta sede

    Información Adicional

    Viceconsejería de Medio Ambiente. Atención continuada para dudas a través de la Oficina Virtual, servicio "Contactar" y área "Seguimiento y control ambiental": Pinche aquí Este procedimiento conlleva el pago de una tasa, para más información Pinche aquí
    Además tendrás que añadir en información adicional la coletilla de Para darse de alta en la plataforma de notificaciones electrónicas, deberá acceder a: NOTIFIC@ (cuya url es: https://notifica.jccm.es/Notificador)
    DOCM: 03/02/05 Orden de 26-01-2005, de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se regula la autorización a entidades y profesionales para el seguimiento y control de actividades sometidas a evaluación de impacto ambiental.
    DOCM: 23/02/05 Corrección de errores 04-02-2005, de la Orden de 26-01-2005, por la que se regula la Autorización de Entidades y Profesionales para el seguimiento y control de actividades sometidas a evaluación de impacto ambiental.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    010150 AUTORIZACION DE ESPECTACULOS TAURINOS EN PLAZA DE TOROS NO PERMANENTE O PORTATIL

    Plazo de resolución

    EN LOS 2 DÍAS HÁBILES SIGUIENTES A LA FECHA EN LA QUE LA DOCUMENTACIÓN HAYA QUEDADO SUBSANADA

    Efectos silencio

    Estimatorio

    SF77 AUTORIZACION DE ESPECTACULOS TAURINOS EN PLAZA DE TOROS NO PERMANENTE O PORTATIL

    Plazo de presentación de solicitudes

    La comunicación/solicitud deberá presentarse con una antelación de al menos cinco días hábiles a la celebración del espectáculo.

    Objeto

    Regular la celebración de espectáculos taurinos que se celebren en el territorio de Castilla-La Mancha en plaza de toros no permanente o portátil.

    Destinatarios

    Empresas y organizadores de espectáculos taurinos.

    Requisitos

    ART. 28 RD 145/1996, DE 2 DE FEBRERO (REGLAMENTO DE ESPECTÁCULOS TAURINOS)

    Importe

    La tasa se exigirá de acuerdo con las siguientes tarifas, en función del tipo de espectáculos (artículo 350 Ley 9/2012):

    Tarifa 1.
    Espectáculos taurinos:
    a) Becerradas, noveles y toreo cómico: 11,25 euros.
    b) Festival sin picadores, novilladas sin picadores y nocturnas: 33,32 euros.
    c) Festival con picadores y novilladas con picadores: 50,03 euros.
    d) Rejoneo: 57,86 euros.
    e) Corridas de toros: 66,68 euros.

    Forma de pago: Información y modelo Pinche aquí

    Criterios

    Cumplimiento de los requisitos reglamentarios.

    Documentación a aportar

    Ver además ANEXO DOCUMENTACIÓN en Modelos de trámite.

    - Solicitud/comunicación.
    - Acredit. Representación, en su caso. Autorización a gestor/agencia en su caso.
    - Certif. arquitecto, arq técnico o aparejador sobre seguridad plaza (Sólo primer festejo del año, no cambien condiciones o empresa organiz.).
    - Visita inspección servs. técnicos Ayto en plazas no permanentes o portátiles.
    - Certif. jefe equipo médico-quirúrgico: Enfermería y relación nominal componentes.
    - Certif. veterinaria condics. higiénicas y certif. veterinaria material reconocimiento post mortem.
    - Certif. Ayto. autoriz. celebración cuando sea preceptiva o licencia municipal.
    - Copia contratos matadores o empresas que los representen.
    - Certif. Seg. Social inscripción empresa y alta actuantes, corriente pago.
    - Certif. Libro Genealógico reses y fotocopias compulsada certificaciones sobreros.
    - Copia contrato compraventa reses.
    - Copia contrata caballos en espectáculos con picadores.
    - Relación numérica personal auxiliar Plaza Toros (Callejón).
    - Cartel anunciador.
    - Plan autoprotección plazas aforo +2000 (2500 en portátil).
    - Documento pago tasa.
    - Avance detallado gastos previstos, en Festivales.
    - Contratación y pago seguros accidentes y resp. civil, fotocopia DNI participantes en becerradas con aficionados.

    Lugar de presentación

    Tramitación online a través de la página web www.jccm.es.

    Información Adicional

    Correos electrónicos de contacto:

    Servicios provinciales de Albacete: autorizacionesdelegacion.ab@jccm.es

    Servicios provinciales de Ciudad Real: proteccionciudadanacr@jccm.es

    Servicios provinciales de Cuenca: aapp.cu.autorizaciones@jccm.es

    Servicios provinciales de Guadalajara: dgpu.espectaculos@jccm.es

    Servicios provinciales de Toledo: torostoledo@jccm.es
    Ley 9/2012, de 29 de noviembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla-La Mancha y otras medidas tributarias.
    DOCM: 04/08/14 Decreto 73/2014, de 01/08/2014, por el que se modifica el Reglamento de los festejos taurinos populares de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto 38/2013, de 11 de julio.
    DOCM: 31/03/16 Ley 7/2011, de 21 de marzo, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de Castilla-La Mancha.
    Ley 10/1991, de 4 de abril, sobre potestades administrativas en materia de espectáculos taurinos. BOE. nº de 5 de abril; corrección de errores en BOE nº 98, de 24 de abril.
    DOCM: 20/10/16 Decreto 60/2016, de 11/10/2016, por el que se modifica el Decreto 38/2013, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de los Festejos Taurinos Populares de Castilla-La Mancha.
    Real Decreto 145/1996, de 2 de febrero, por el que se modifica y da nueva redacción al reglamento de espectáculos taurinos. BOE nº 54, de 2 de marzo.

    Tramitación

    Online

    Alertas informativas

  • Obtención de la autorización para el establecimiento de una estación de servicio en carreteras titularidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

    Criterios

    Una vez analizada la documentación presentada, la Administración se pondrá en contacto con el solicitante vía escrito, indicando el condicionado necesario para la ejecución de las obras, las tasas que se requieran en cada caso, las fianzas a ingresar (si la entidad de la actuación lo requiere), así como la documentación adicional para la emisión de autorización si procediese.

  • AUTORIZAR EL CIERRE POR VACIONES DE LAS OFICINAS DE FARMACIA

  • PROCEDIMIENTO

    010133 AUTORIZACION DE ESTABLECIMIENTOS DE BENEFICIO (MINAS)

    Plazo de resolución

    3 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SJ8Z AUTORIZACION DE ESTABLECIMIENTOS DE BENEFICIO

    Plazo de presentación de solicitudes

    Plazo abierto todo el año

    Objeto

    Autorización de Instalaciones de Preparación, Plantas de Concentración y Plantas de Beneficio.

    Destinatarios

    Personas físicas y jurídicas.

    Requisitos

    El solicitante del derecho minero habrá de ser o bien el dueño del terreno en el que se ubicará la explotación o disponer de la cesión de los derechos por parte del dueño del terreno.

    Documentación a aportar

    1.- Fotocopia del DNI o escritura de constitución de la sociedad, en caso de tratarse de una persona jurídica.
    2.- Información ambiental básica.
    3.- Justificante del pago de tasas.
    4.- Proyecto de la instalación.
    5.- Estudio económico financiero.
    6.- Programa de ejecución de las instalaciones.
    7.- Proyecto abandono de las instalaciones.
    8.- Declaración responsable de los técnicos competentes proyectistas y Director de la ejecución de trabajos/obras

    Lugar de presentación

    Las solicitudes podrán presentarse: en los registros de los órganos administrativos de la Administración General del Estado, de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, de los Ayuntamientos de los Municipios del artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, o del resto de las entidades de la Administración Local, en este caso, si se hubiese suscrito convenio, en las oficinas de correos, o en cualquier otra forma prevista.
    Real Decreto 975/2009, de 12 de junio, sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y rehabilitación del espacio afectado por actividades mineras.
    Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas
    DOCM: 20/03/07 Ley 4/2007, de 8 de marzo, de Evaluación de Impacto Ambiental de Castilla-La Mancha
    Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General para el Régimen de la Minería.
    Ley 54/1980, de 5 de noviembre, de modificación de la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas
    Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera (RD 863/1985, de 2 de abril) e ITC´s de desarrollo

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    010421 AUTORIZACIÓN DE ESTABLECIMIENTOS, TRANSPORTISTAS Y USUARIOS ESPECÍFICOS DE SUBPRODUCTOS ANIMALES NO DESTINADOS A CONSUMO HUMANO (SANDACH)

    Plazo de resolución

    3 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SJXC AUTORIZACION DE ESTABLECIMIENTOS, TRANSPORTISTAS Y USUARIOS ESPECIIFICOS DE SUBPRODUCTOS ANIMALES NO DESTINADOS A CONSUMO HUMANO (SANDACH)

    Plazo de presentación de solicitudes

    Abierto todo el año

    Objeto

    Autorizar las instalaciones necesarias para la gestión de los diferentes sandach.

    Destinatarios

    Las plantas que utilizen o gestionen SANDACH y no estén incluidas en los siguintes registros: RGSA, ASF, Real Decreto Ley 4/2001, Directiva 2000/76, Directiva 1999/31 y las plantas técnicas que requieran una autorización expresa de funcionamiento por otra Dirección General o Consejería

    Requisitos

    - Los contenidos en los Reglamentos 1069/2009 y 142/2011

    Lugar de presentación

    A) En los Registros de la Consejería de Agricultura Medio Ambiente y Desarrollo Rural así como en los demás lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992. B) De forma telemática mediante el envío con firma electrónica de los datos a través del formulario incluido en esta sede

    Información Adicional

    Este procedimiento con lleva el pago de una tasa (tarifa 4).Para más información pinche aquí
    Reglamento (UE) nº 142/2011 de la Comisión, de 25 de febrero de 2011, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 1069/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen las normas sanitarias aplicables a los subproductos animales y los productos derivados no destinados al consumo humano, y la Directiva 97/78/CE del Consejo en cuanto a determinadas muestras y unidades exentas de los controles veterinarios en la frontera en virtud de la misma.
    Reglamento (CE) nº 1069/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009, por el que se establecen las normas sanitarias aplicables a los subproductos animales y los productos derivados no destinados al consumo humano y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 1774/2002 (Reglamento sobre subproductos animales).
    Real Decreto 1528/2012, de 8 de noviembre, por el que se establecen las normas aplicables a los subproductos animales y los productos derivados no destinados al consumo humano.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    010087 AUTORIZACION DE ESTACIONES DE INSPECCION TECNICA DE VEHICULOS (ITV) FIJAS

    Plazo de resolución

    APROBACIÓN DE PROYECTO: 6 MESES PUESTA EN FUNCIONAMIENTO: 3 MESES

    Efectos silencio

    Estimatorio

    SIO4 AUTORIZACION DE ESTACIONES DE INSPECCION TECNICA DE VEHICULOS (ITV) FIJAS

    Plazo de presentación de solicitudes

    Plazo abierto todo el año

    Objeto

    La obtención de la autorización administrativa para la instalación y puesta en funcionamiento de estaciones de ITV fijas en el territorio de Castilla-La Mancha.

    Destinatarios

    Personas físicas y jurídicas.

    Requisitos

    Las personas físicas o jurídicas que deseen obtener la autorización administrativa para la instalación de Estaciones de ITV fijas deberán reunir los requisitos técnicos establecidos en el anexo I del Decreto 8/2019, de 05/03/2019, así como el resto de los requisitos que resulten de aplicación por esa disposición o por la normativa del Estado que resulte aplicable.

    Importe

    TASA: 60,18 euros

    Criterios

    La previa valoración por el órgano competente, tras su acreditación por el solicitante, del cumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa de aplicación.

    Documentación a aportar

    Formulario de "SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE ESTACIONES DE INSPECCIÓN TÉCNICA DE VEHÍCULOS (ITV) FIJAS", debidamente cumplimentado y acompañado de la documentación correspondiente, que viene regida:

    - En lo referente a la aprobación del proyecto, en el artículo 7 del Decreto 8/2019, de 05/03/2019.

    - En lo referente a la puesta en funcionamiento, en el artículo 15 del Decreto 8/2019, de 05/03/2019.

    Lugar de presentación

    A) En el registro de los Servicios Centrales de la Consejería de Economía Empresas y Empleo o en el de sus Direcciones Provinciales, así como en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

    B) Mediante el envío telemático de los datos a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en la siguiente dirección: https://www.jccm.es

    Información Adicional

    El procedimiento para la resolución de las solicitudes planteadas se resolverá en dos fases, una primera aprobación de proyecto, y una segunda como puesta en funcionamiento de las instalaciones.

    Las autorizaciones otorgadas tendrán un carácter indefinido.
    DOCM: 15/03/19 Decreto 8/2019, de 5 de marzo, por el que se regula la prestación del servicio de inspección técnica de vehículos en Castilla-La Mancha.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

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