Gobierno de Castilla-La Mancha

  • La financiación de proyectos de investigación del patrimonio arqueológico y paleontológico de Castilla - La Mancha. Estos proyectos podrán ser de dos tipos:

    Criterios

    Los criterios para la valoración y la baremación de las solicitudes son los recogidos en la base novena de la Orden de bases y artículo 6 de la resolución de convocatoria.

  • Subvenciones destinadas a la gestión del funcionamiento de Centros de la Mujer, para el año 2016

    Criterios

    Las convocatorias se tramitarán en régimen de concurrencia competitiva, mediante la comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer una prelación entre las mismas de acuerdo con los criterios de valoración fijados en el art 11 de las bases reguladoras.

  • Subvenciones destinadas a la gestión del funcionamiento de Recursos de Acogida en Castilla-La Mancha, para el año 2016

    Criterios

    Las convocatorias se tramitarán en régimen de concurrencia competitiva, mediante la comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer una prelación entre las mismas de acuerdo con los criterios de valoración fijados en el art 11 de las bases reguladoras.

  • Subvencionar, en régimen de concurrencia competitiva, la ejecución de proyectos en materia de integración social, dirigidos a población en situación de vulnerabilidad o exclusión social, mediante actuaciones que posibiliten el acceso a los sistemas de empleo, educación, vivienda, así como la capacitación personal y social y acompañamiento e intermediación laboral.

    Criterios

    1º. Diagnóstico: hasta 15 puntos.

  • PROCEDIMIENTO

    030786 SOLICITUD COLECTIVA AYUDAS AL ASESORAMIENTO EN GESTION INTEGRADA DE PLAGAS POR PARTE DE LAS ASV

    Plazo de resolución

    3 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SL2L SUBVENCIONES PARA LA PRESTACION DE SERVICIOS DE ASESORAMIENTO EN GESTION INTEGRADA DE PLAGAS POR PARTE DE LAS AGRUPACIONES DE SANIDAD VEGETAL EN CASTILLA-LA MANCHA. CONVOCATORIA 2019.

    Plazo de presentación de solicitudes


    Del Jue, 29 Ago 2019 al Mié, 25 Sep 2019

    Objeto

    Convocar las ayudas para la prestación de servicios de asesoramiento en gestión integrada de plagas por parte de las Agrupaciones de Sanidad Vegetal (ASV) de Castilla-La Mancha.

    Destinatarios

    Las ayudas consisten en la percepción de subvenciones en especie dirigida a los agricultores que reciben asesoramiento técnico en gestión integrada de plagas por parte de una Agrupación de Sanidad Vegetal reconocida. Los beneficiarios son titulares de Pequeñas y Medianas Empresas agrícolas que soliciten el asesoramiento en materia de gestión integrada de plagas a una ASV.

    El beneficiario final de la ayuda es la ASV que solicita la subvención de manera colectiva.

    Requisitos

    - Ser una ASV reconocida en base a la Orden de 16 de marzo de 2015, inscrita en el Registro de ASV y activa en el momento de solicitar la ayuda, o en disposición de cumplir dichas condiciones.
    - Disponer de fondos para cubrir los gastos que genere la prestación, así como equipos y material para el seguimiento constante de plagas
    - Dentro de su ámbito de actuación prestar asesoramiento técnico en consultas relacionadas con la gestión integrada de plagas
    - Reunir el resto de requisitos así como cumplir con las obligaciones y compromisos previstos en las bases reguladoras y convocatoria de esta ayuda.

    Importe

    - El importe de la ayuda destinado al asesoramiento de cada agricultor se limitará a 1.500 euros, hasta un máximo de 10.000 euros por ASV.
    a) Contratación de personal técnico: el 50% de las actuaciones del técnico, con una subvención máxima de 4.500 euros/año
    b) Adquisición del material de seguimiento y tratamiento de plagas: hasta el 75 por ciento de los gastos elegibles, con un máximo de 1.000 euros/año
    c) Asesoramiento de superficie de cultivo, con los importes máximos de subvención por unidad de superficie indicados en el anexo I de la Orden 107/2018, de 29 de junio, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, hasta un máximo de 4.000 euros/año
    d) Gastos de inscripción o matrícula en cursos o jornadas de formación por parte del técnico/s de la ASV: el 75 por ciento de los gastos auxiliables con un máximo de 500 euros/año

    Criterios

    El procedimiento de concesión se efectuará en régimen de concurrencia competitiva. Criterios de valoración:
    - Las solicitudes serán valoradas entre 0 y 100 puntos
    a) Superficie asesorada (50 puntos)
    b) Duración jornada laboral del técnico (25 puntos)
    c) Colaboración en campañas fitosanitarias (25 puntos)
    - En el caso de que más de una ASV obtuviera la misma puntuación se aplicará, para establecer el orden de prelación, la fecha de presentación de la solicitud.

    Documentación a aportar

    - NIF del representante, salvo que haya autorizado la consulta de datos.
    - Documento acreditativo de la representación.
    - Memoria de actuación justificativa: Anexo IV de la Resolución de Convocatoria.
    - Memoria económica justificativa: Anexo V de la Resolución de Convocatoria.
    - Memoria de actuaciones año 2018.
    - Anexo III. Relación informatizada de socios que formaron parte de la ASV durante el año 2018.
    - Contrato laboral suscrito entre la ASV y el personal técnico correspondiente al año 2018.

    En caso de ayudas a la contratación del personal técnico:
    - Facturas o nóminas.
    - Justificantes del ingreso en cuenta mediante extracto bancario.

    En caso de ayudas a la adquisición de material de seguimiento de plagas:
    - Facturas expedidas a nombre de la ASV
    - Justificantes de pago de las facturas mediante extracto bancario.

    En caso de ayudas para la realización de cursos o jornadas de formación en temas relacionados con la gestión integrada de plagas: - Facturas de inscripción o matrícula
    - Certificados de asistencia o aprovechamiento de los mismos, por parte del técnico contratado

    Lugar de presentación

    De forma telemática a través del formulario habilitado en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha (www.jcccm.es)
    DOCM: 11/07/18 Orden 107/2018, de 29 de junio, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas para el asesoramiento en gestión integrada de plagas por las agrupaciones de sanidad vegetal de Castilla-La Mancha.
    DOCM: 20/09/19 Corrección de errores de la Resolución de 21/08/2019, de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, por la que se convocan ayudas para la prestación de servicios de asesoramiento en gestión integrada de plagas por parte de las agrupaciones de sanidad vegetal de Castilla-La Mancha.
    DOCM: 28/08/19 Resolución de 21/08/2019, de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, por la que se convocan ayudas para la prestación de servicios de asesoramiento en gestión integrada de plagas por parte de las agrupaciones de sanidad vegetal de Castilla-La Mancha. Extracto BDNS (Identif.): 471157.
    Orden de 17 de noviembre de 1989 por la que se establece un programa de promoción de la lucha integrada contra las plagas de los difierentes cultivos a través de las Agrupaciones para Tratamientos Integrados en Agricultura (ATRIAs).

    Tramitación - Fuera de Plazo

    Internet:Tramitación Online

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    030081 SUBVENCIONES PARA LA PROMOCION Y FOMENTO DE LAS COMUNIDADES ORIGINARIAS DE CASTILLA-LA MANCHA Y AYUDAS A CASAS REGIONALES DE OTRAS COMUNIDADES O CIUDADES AUTONOMAS UBICADAS EN CASTILLA-LA MANCHA.

    Plazo de resolución

    2 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SIXD SUBVENCIONES PARA LA PROMOCION Y FOMENTO DE LAS COMUNIDADES ORIGINARIAS DE CASTILLA-LA MANCHA Y AYUDAS A CASAS REGIONALES DE OTRAS COMUNIDADES O CIUDADES AUTONOMAS UBICADAS EN CASTILLA-LA MANCHA.

    Plazo de presentación de solicitudes


    Del Mié, 27 Mar 2019 al Mar, 16 Abr 2019

    Objeto

    Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones destinadas a la financiación de actividades de promoción social, laboral y cultural desarrolladas por las Comunidades Originarias de Castilla-La Mancha y ayudas a Casas Regionales de otras comunidades y ciudades autónomas, ubicadas en el territorio de Castilla-La Mancha, durante el año 2019.

    Destinatarios

    a) Para la línea de Comunidades Originarias, las comunidades originarias de Castilla-La Mancha, reconocidas por el Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha, legalmente constituidas e inscritas formalmente en el Registro de Comunidades Originarias de Castilla-La Mancha a fecha de publicación de la resolución de la convocatoria.
    b) Para la línea de Casas Regionales, las asociaciones representativas de la actividad cultural de otras Comunidades Autónomas ubicadas en el territorio de Castilla-La Mancha, tales como Casas Regionales u otras entidades análogas, legalmente constituidas e inscritas formalmente en el Registro General de Asociaciones de Castilla-La Mancha a fecha de publicación de la resolución de la convocatoria.

    Requisitos

    a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones por reintegro, tributarias y con la Seguridad Social.
    b) No incurrir el interesado o aquellos que ostenten la representación legal de la persona jurídica, en ninguno de los supuestos de incompatibilidad previstos en la Ley 11/2003 de 25 de noviembre del Consejo de Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.
    c) No estar incursos en alguna de las circunstancias previstas en los artículos 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
    d) En su caso, disponer de un plan de prevención de riesgos laborales y no haber sido sancionado, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave durante el año inmediatamente anterior.
    e) ) No haber sido la entidad sancionada por resolución administrativa firme o condenada por sentencia judicial firme por llevar a cabo prácticas laborales consideradas discriminatorias por la legislación vigente.

    Importe

    La cuantía de subvención a percibir será proporcional al total de puntos obtenidos en la valoración con el límite máximo de 5.000 euros por beneficiario para las Comunidades Originarias y 4.000 euros por beneficiario para las Casas Regionales.
    En ningún caso superará el coste total de las actividades realizadas.

    Criterios

    Se realizará en atención a los siguientes criterios, hasta un máximo de 30 puntos:
    a) Número de socios. Hasta un máximo de 5 puntos.
    b) Antigüedad. Hasta un máximo de 5 puntos.
    c) Calidad Técnica del Proyecto. Hasta un máximo de 10 puntos.
    d) Grado de cumplimiento del Proyecto anterior, valorando la ejecución del mismo. Hasta un máximo de 10 puntos.

    Documentación a aportar

    Proyecto de las actividades previstas, detallando objetivos, acciones a desarrollar y desglose presupuestario de las mismas.
    En su caso, documentación acreditativa de la titularidad (propiedad, arrendamiento o cesión) del local para el desarrollo de las actividades.
    Declaraciones responsables:
    De que la entidad está al corriente de pago de sus obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria Estatal y con la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, con la Seguridad Social y por reintegro de subvenciones.
    De no estar incursa en causa de prohibición para recibir la subvención solicitada.
    De no haber sido nunca objeto de sanciones administrativas firmes ni sentencias firmes condenatorias por prácticas discriminatorias. En su caso, de la disposición de un plan de prevención de riesgos laborales y no haber sido sancionado, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.
    De la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas, ya concedidas o solicitadas.

    Lugar de presentación

    Telemáticamente, con firma electrónica a través del formulario que se incluirá en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es).

    Información Adicional

    Dirección General de Promoción Institucional.
    Vicepresidencia primera.
    Plaza del Cardenal Silíceo, s/n. 45071-Toledo.
    Teléfono: 925 265078
    Correo electrónico: lgomez@jccm.es
    Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
    RD 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003.
    DOCM: 29/11/02 Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha (TRLHCLM).
    DOCM: 13/02/08 Decreto 21/2008, de 5 de febrero, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo del TRLHCLM.
    DOCM: 26/03/19 Resolución de 15/03/2019, de la Dirección General de Promoción Institucional, por la que se convocan subvenciones para la promoción y fomento de comunidades originarias de Castilla-La Mancha y ayudas a casas regionales de otras comunidades o ciudades autónomas ubicadas en el territorio de Castilla-La Mancha durante el año 2019. Extracto BDNS (Identif.): 444563.

    Tramitación - Fuera de Plazo

    Internet:Tramitación Online

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    030151 FORMACION PROFESIONAL PARA EL EMPLEO EN MATERIA DE FORMACION DE OFERTA

    Plazo de resolución

    3 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SJ2N SUBVENCIONES PARA LA REALIZACION DE ACCIONES DE FORMACION PROFESIONAL PARA EL EMPLEO, DIRIGIDAS A PERSONAS TRABAJADORAS DESEMPLEADAS (MODALIDAD II)

    Plazo de presentación de solicitudes


    Del Vie, 29 Mar 2019 al Mar, 23 Abr 2019

    Plazo de presentación de solicitudes

    Segundo plazo: del 2 de junio hasta el día 30 de junio de 2019 Tercer plazo:del 15 de septiembre hasta el 10 de octubre 2019

    Objeto

    Convocar la concesión de subvenciones, para la realización de acciones de formación destinadas a personas trabajadoras desempleadas (Modalidad II) con compromiso de contratación de al menos el 40% de los alumnos que finalizan la acción.

    Destinatarios

    Las entidades de formación, públicas o privadas, que cumplan los requisitos de acreditación y/o inscripción conforme a la normativa vigente y las empresas y entidades que comprometan la realización de los correspondientes contratos.

    Requisitos

    a) Hallarse al corriente del pago de sus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y por reintegro de subvenciones.
    b) No estar incursa la persona física, los administradores de las personas jurídicas o aquellos que ostenten la representación de aquellas, en ninguno de los supuestos de incompatibilidad que contempla la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-la Mancha.
    c) No estar incursos en ninguna de las circunstancias que recoge el artículo 13. 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
    d) cumplir con la normativa de Prevención de Riesgos Laborales.
    e) Disponer de instalaciones y recursos humanos suficientes que garanticen su solvencia técnica para desarrollar, en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, la actividad subvencionada, con sujeción a lo indicado por la normativa vigente en materia de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral.

    Importe

    1. La cuantía de la subvención se calculará con arreglo a la metodología establecida por la Dirección General de Trabajo, Formación y Seguridad Laboral, que se incorpora a la resolución de convocatoria como Anexo II. Asimismo, y de conformidad con lo establecido en el artículo 21.2 de la Orden de 15/11/2012, el documento que contiene dicha metodología se encuentra a disposición de los/as interesados/as en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es)

    2. la subvención a conceder por cada acción formativa se determinará mediante el producto del número de horas de la misma por el número de alumnos/as y por el importe del módulo correspondiente.

    Criterios

    Consultar la disposición octava de la convocatoria.

    Documentación a aportar

    Descripción de las acciones formativas a desarrollar por la entidad solicitante. Enviado a través de la aplicación informática foco. Documentos escaneados:
    - Poder bastante en derecho que acredite las facultades de representación del firmante de la solicitud para actuar en nombre de la persona jurídica solicitante.
    -Tarjeta de identificación fiscal de la entidad.
    - Anexo VI
    - Otros

    Lugar de presentación

    Las solicitudes se presentarán de forma telemática con firma electrónica, a través de la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es)

    Información Adicional

    Serán subvencionables las acciones formativas con compromiso de contratación de al menos el 40% del alumnado que finalice las mismas.
    Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre
    DOCM: 19/11/12 Orden de 15/11/2012, por la que se regula el desarrollo de la formación profesional para el empleo en materia de formación de oferta y se establecen las bases reguladoras, para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación, en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha, Modificada por las órdenes de 30/07/2013, 14/07/2014, 08/10/2015 y 25/11/2015.
    DOCM: 28/03/19 Resolución de 18/03/2019, de la Dirección General de Trabajo, Formación y Seguridad Laboral, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones para la realización de acciones de formación profesional para el empleo, dirigidas a personas trabajadoras desempleadas (Modalidad II) con compromiso de contratación, para la anualidad 2019. Extracto BDNS (Identif.): 445788.
    Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral.

    Tramitación - Fuera de Plazo

    Internet:Tramitación Online

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    030086 SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DE CASAS CONSISTORIALES DE LAS ENTIDADES LOCALES DE CASTILLA - LA MANCHA

    Plazo de resolución

    4 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SIUC SUBVENCIONES PARA LA REALIZACION DE OBRAS DE CONSTRUCCION DE CASAS CONSISTORIALES DE LAS ENTIDADES LOCALES DE CASTILLA - LA MANCHA

    Plazo de presentación de solicitudes


    Del Sáb, 29 Jun 2013 al Mar, 16 Jul 2013

    Objeto

    Se realiza, en régimen de concurrencia competitiva, una convocatoria pública de subvenciones para le realización de obras de construcción de casas consistoriales de las entidades locales de Castilla-La Mancha.

    Destinatarios

    Municipios y entidades locales de ámbito territorial inferior al municipio (EATIM)

    Requisitos

    a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones por reintegro, tributarias y con la Seguridad Social, circunstancia que deberá ser acreditada con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución, en la forma prevista en esta Orden y la legislación concordante.
    b) No estar incursos en alguna de las circunstancias previstas en los artículos 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
    c) Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales y no haber sido sancionado, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención, en los términos previstos en la Orden de 26 de marzo de 2008, de la Consejería de Trabajo y Empleo, por la que se regula la acreditación del cumplimiento de obligaciones relativas a la prevención de riesgos laborales, en materia de subvenciones.

    Importe

    La cuantía máxima de la subvención a percibir por el solicitante será del 40% de la inversión subvencionable aprobada, con un máximo de 500.000 euros.

    Criterios

    - Categoría cultural del proyecto:Hasta un máximo de 10 puntos.
    - Necesidad objetiva de la edificación: Se valorará de 0 a 10 puntos.
    - Porcentaje de financiación obra: Máximo de 10 puntos.
    - Población de la entidad beneficiaria: Se valorará hasta un máximo de 10 puntos.

    Documentación a aportar

    a) Proyecto de la obra a realizar, elaborado por técnico competente, al que se acompañará informe sobre la necesidad de las obras y el estado en el que se encuentra el antiguo edificio de la casa consistorial, así como un presupuesto desglosado de la actividad a realizar.
    b) Certificación del acuerdo adoptado por el órgano municipal competente, solicitando acogerse a la convocatoria.
    c) Cualquier documento probatorio del cumplimiento de los criterios a valorar para la priorización de las solicitudes previstas en la base sexta de la Orden.

    Lugar de presentación

    Telemática, adjuntando la documentación precisa en el formato pdf, utilizando la firma electrónica avanzada con los requisitos técnicos exigibles.

    Información Adicional

    Para aclaraciones o dudas dirigirse al teléfono 925-266230 y correo electrónico amartin@jccm.es
    DOCM: 28/06/13 Orden de 26/06/2013, por la que se convocan las subvenciones para la realización de obras de construcción de casas consistoriales de las entidades locales de Castilla-La Mancha y se aprueban sus bases reguladoras.

    Tramitación - Fuera de Plazo

    Internet:Tramitación Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • Convocar la concesión de subvenciones, para la realización de acciones de formación destinadas prioritariamente a personas trabajadoras ocupadas (Modalidad I).

    Criterios

    Consultar la Base Octava de la presente orden.

  • La presente resolución tiene por objeto convocar la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de acciones de formación de oferta planificada para el desarrollo estratégico de la Región, cofinanciada mediante el Programa Operativo FSE 2007-2013 de Castilla-La Mancha (Modalidad IV), en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha, para el ejercicio 2009.

    Criterios

    Consultar la Base Novena de la presente Resolución.

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