Gobierno de Castilla-La Mancha

  • PROCEDIMIENTO

    170020 DEVOLUCION DE INGRESOS INDEBIDOS

    Plazo de resolución

    6 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SKCJ SOLICITUD PARA EL RECONOCIMIENTO DEL DERECHO A LA DEVOLUCION DE INGRESOS INDEBIDOS

    Plazo de presentación de solicitudes

    Abierto todo el año.

    Objeto

    El procedimiento tiene por objeto determinar si el solicitante tiene derecho a la devolución de los ingresos que hubiera podido realizar a la administración con carácter previo a la solicitud.

    Destinatarios

    Las personas físicas y jurídicas legitimadas conforme a lo previsto en la normativa reguladora.

    Criterios

    Se reconocerá el derecho cuando se haya producido una duplicidad en el pago, cuando la cantidad pagada haya sido superior al importe a ingresar o cuando se hayan ingresado cantidades correspondientes a deudas después de haber transcurrido los plazos de inscripción.

    Documentación a aportar

    Justificación del ingreso indebido. A la solicitud se adjuntarán los documentos que acrediten el derecho a la devolución, así como cuantos elementos de prueba considere oportunos a tal efecto. Los justificantes de ingreso podrán sustituirse por la mención exacta de los datos identificativos del ingreso realizado, entre ellos, la fecha y el lugar del ingreso y su importe. - Identificación de la cuenta bancaria donde se debe efectuar la transferencia en caso de reconocerse el derecho a la devolución. Se debe acreditar que el solicitante es titular de la cuenta donde se solicita la devolución mediante certificación de la entidad financiera en tal sentido.

    Lugar de presentación

    En los registros generales habilitados para ello.
    Ley General Tributaria, Ley 58/2003 de 17 de diciembre
    DOCM: 09/07/10 Decreto 182/2010, de 06/07/2010, por el que se regula la gestión recaudatoria de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
    Reglamento General de desarrollo de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en materia de revisión administrativa, aprobado por Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo.
    Ley General Presupuestaria, Ley 47/2003 de 26 de noviembre.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • Autorizar la plantación de superficies de viñedo en el ámbito territorial de Castilla La Mancha a los solicitantes que sean titulares de derechos de replantación en Registro vitícola

  • PROCEDIMIENTO

    010289 SOLICITUD PARA LA OBTENCION DE PERMISOS DE PESCA EN EL SORTEO DE LA OFERTA PUBLICA

    Plazo de resolución

    CONVOCATORIA

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SJKY SOLICITUD PARA LA OBTENCION DE PERMISOS DE PESCA EN EL SORTEO DE LA OFERTA PUBLICA

    Plazo de presentación de solicitudes


    Del Jue, 01 Nov 2018 al Vie, 30 Nov 2018

    Objeto

    Establecer orden de prioridad en la elección de permisos de pesca en los cotos gestionados por la Administración.

    Destinatarios

    Público en general que cumpla los requisitos exigidos

    Requisitos

    - No estar inhabilitado para obtener la licencia de pesca por providencia firme, ni tener incumplida pena, ni estar pendiente de multa impuesta por infracción a la vigente legislación

    Lugar de presentación

    A) En los Registros de la Consejería de Agricultura Medio Ambiente y Desarrollo Rural así como en los demás lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015.

    B) De forma telemática mediante el envío con firma electrónica de los datos a través del formulario incluido en esta sede

    Información Adicional

    Los sorteos serán públicos y tendrán lugar en las Direcciones Provinciales el segundo lunes de enero de cada año a las 12:00 horas de la mañana y se presentará una solicitud por provincia.
    El número de pescadores por solicitud no podrá ser superior a cuatro.
    En el caso de que un mismo DNI conste en varias solicitudes presentadas en la misma Dirección Provincial, se anularán las más antiguas, prevaleciendo siempre la última fecha de registro de entrada.
    Este procedimiento conlleva el pago de una tasa (tarifa 11).Para más información Pinche Aquí
    Para darse de alta en la plataforma de notificaciones electrónicas, deberá acceder a: NOTIFIC@ ( https://notifica.jccm.es/Notificador)
    DOCM: 15/03/10 - Corrección de errores de 18/02/2010, de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural, a la Orden de 20/01/2010 de Vedas de Pesca.
    DOCM: 16/09/94 - Decreto 91/1994, de 13/09/1994, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO QUE DESARROLLA LOS TITULOS I, II, IV, V, VI Y PARCIALMENTE EL TITULO VII DE LA LEY 1/1992, DE 7 DE MAYO DE PESCA FLUVIAL
    DOCM: 24/07/92 - Ley 1/1992, de 07/05/1992, DE PESCA FLUVIAL
    DOCM: 29/10/13 Resolución de 11/10/2013, , por la que se establece el procedimiento para la obtención de permisos de pesca en el sorteo de la oferta pública en Castilla-La Mancha.
    DOCM: 28/01/16 Orden de 19/01/2016, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, de Vedas de Pesca de 2016.

    Tramitación - Fuera de Plazo

    Internet:Tramitación Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    010471 SOLICITUD PROGRAMA BACHIBAC

    Plazo de resolución

    2 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SK2U SOLICITUD PROGRAMA BACHIBAC

    Plazo de presentación de solicitudes


    Del Jue, 15 Sep 2016 al Jue, 22 Dic 2016

    Objeto

    Aprobar las instrucciones que establecen la incorporación e implantación del currículo mixto de la doble titulación de Bachiller y Baccalauréat en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, denominado Bachibac.

    Destinatarios

    Los solicitantes son los centros docentes que tengan sección bilingüe de francés en la ESO y los beneficiarios los alumnos y profesores acogidos a este Programa.

    Requisitos

    - Los alumnos que cumplan los requisitos establecidos en el apartado 4.3 del Real Decreto 102/2013 de 5 de febrero.

    - Los profesores deben acreditar, al menos, el nivel B2 en lengua francesa del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas.

    Criterios

    1. Idoneidad del centro y respaldo de la comunidad educativa. 2. Objetivos que se pretenden conseguir con el programa. 3. Configuración y perfil del equipo docente. 3.- Recursos materiales. 4.- Organización de los alumnos. 5.- Objetivos. 6.- Recursos materiales del centro. 7.- Participación en programas educativos europeos y/o internacionales. 8.- Plan seguimiento y evaluación del programa.

    Documentación a aportar

    - Copia del Acta del Claustro del centro donde se recoja la aprobación de la impartición del currículo mixto. - Copia del Acta del Consejo Escolar donde se informe de que el centro solicita la impartición del currículo mixto. - Proyecto que se ajuste a lo establecido en el Anexo I.

    Lugar de presentación

    La presentación se realizará mediante vía telemática a través del formulario disponible en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es). Los documentos originales podrán ser digitalizados y presentados junto a la solicitud como anexos a la misma.

    Información Adicional

    plurilinguismo@jccm.es
    Real Decreto 102/2010 de 5 de febrero por el que se regula la ordenación de las enseñanzas acogidas al acuerdo entre el Gobierno de España y el Gobierno de Francia relativo a la doble titulación de Bachiller y Baccalaureat en centros docentes españoles.
    DOCM: 03/06/16 Orden de 25/05/2016, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se aprueban las instrucciones que establecen la incorporación e implantación del currículo mixto de la doble titulación de Bachiller y de Baccalauréat en Castilla-La Mancha, Bachibac.

    Tramitación - Fuera de Plazo

    Internet:Tramitación Online

    Alertas informativas

  • El RGSEAA tiene como finalidad la protección de la salud pública y de los intereses de los consumidores, facilitando el control oficial de las empresas, establecimientos y productos sometidos a inscripción.

  • Efectuar la convocatoria para el ejercicio presupuestario 2016, a través del procedimiento de concesión directa de subvenciones, de las subvenciones contempladas en el Decreto 95/2014, de 18 de septiembre, de la Consejería de Empleo y Economía, por la que se establecen las subvenciones para el abono de cuotas a la Seguridad Social, a las personas perceptoras de la prestación por desempleo en su modalidad de pago único en el ámbito de Castilla-La Mancha (DOCM nº 188, de 30 de septiembre de 2014).

    Criterios

    El sistema de concesión será por concesión directa, la instrucción la realizará las Direcciones Provinciales de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo y lo resolverá la Dirección General de Programas de Empleo, otorgándose según el orden de entrada de las solicitudes, siempre que se cumplan los requisitos establecidos y se acompañe la totalidad de la documentación exigida en cada tipo de ayuda, hasta agotar la disponibilidad presupuestaria que se publicará anualmente mediante resolución.

  • CONVOCAR LAS SIGUIENTES AYUDAS:

    Criterios

    El procedimiento de concesión de estas ayudas se tramitará bajo el régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo a los criterios establecidos en el artículo 6 de las respectivas ordenes de bases de cada ayuda, que incluye la posibilidad de prorrateo.

  • PROCEDIMIENTO

    040183 SOLICITUDES DE INFORMACION RELATIVAS A INCIDENTES GESTIONADOS EN EL SERVICIO DE EMERGENCIAS 112 DE CASTILLA-LA MANCHA

    Plazo de resolución

    QUINCE DÍAS HÁBILES, SEGÚN LO DISPUESTO EN LA CARTA DE SERVICIOS.

    SJR8 SOLICITUDES DE INFORMACION RELATIVAS A INCIDENTES GESTIONADOS EN EL SERVICIO DE EMERGENCIAS 112 DE CASTILLA-LA MANCHA.

    Plazo de presentación de solicitudes

    Abierto todo el año

    Objeto

    Recepción y registro de las solicitudes de información realizadas a posteriori respecto de las actuaciones del Servicio en relación con los requerimientos de asistencia de los servicios competentes en materia de atención de urgencias y emergencias; análisis de los datos archivados en el Servicio; realización de informe; contestación al requirente, con la declaración, la acreditación o la certificación que corresponda.

    Destinatarios

    Personas físicas o jurídicas que acrediten la titularidad de los datos de carácter personal relacionados con la solicitud llevada a cabo e interesados legítimos en términos de derecho administrativo. Defensor del Pueblo, Ministerio Fiscal, Jueces o Tribunales y Administraciones Públicas en los términos previsto en la ley.

    Requisitos

    Los exigidos por la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

    Documentación a aportar

    Identificación personal inequívoca. Acreditación del previo consentimiento del interesado a un tercero solicitante en caso de que se pida comunicación a éste de los datos de carácter personal de los que el interesado sea titular.

    Lugar de presentación

    Presencialmente o correo postal: Servicio de Atención de Urgencias 1-1-2, Dirección General de Protección Ciudadana, Autovía Madrid - Toledo, Km. 64.500. 45071. TOLEDO; Correo electrónico: 1-1-2@jccm.es; Fax: 925 26 79 59; Web: http://www.jccm.es/112/; Otros: vías indicadas en la Orden de 11 de octubre de 2011, que regula la tramitación de iniciativas, quejas y sugerencias de los ciudadanos sobre el funcionamiento de los servicios y unidades de la Administración de la JCCM.

    Información Adicional

    Ante cualquier duda respecto del procedimiento por parte de los solicitantes, se ofrece el teléfono de administración del Servicio de Emergencias 112 de Castilla-La Mancha: 925 26 99 48.
    DOCM: 06/05/16 Resolución de 26/04/2016, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, por la que se aprueba la Carta de Servicios del Servicio de Atención y Coordinación de Urgencias y Emergencias 1-1-2 de Castilla-La Mancha.
    DOCM: 19/05/15 Decreto 27/2015, de 14/05/2015, por el que se regula la organización y funcionamiento del servicio de atención y coordinación de urgencias y emergencias 1-1-2 de Castilla-La Mancha.
    DOCM: 27/10/11 Orden de 11/10/2011, de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas, por la que se regula la tramitación de iniciativas, quejas y sugerencias de los ciudadanos sobre el funcionamiento de los servicios y unidades de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
    Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.
    Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    020001 INSCRIPCION EN EL REGISTRO ADMINISTRATIVO DE MEDIADORES DE SEGUROS Y DE SUS ALTOS CARGOS DE CLM

    Plazo de resolución

    3 MESES

    Efectos silencio

    Estimatorio

    SJ65 SOLICITUDES DE INSCRIPCION EN EL REGISTRO DE MEDIADORES DE SEGUROS DE CASTILLA-LA MANCHA

    Plazo de presentación de solicitudes

    El plazo de solicitud de inscripción está abierto permanentemente.

    Objeto

    Inscripción en el Registro administrativo especial de mediadores de seguros, corredores de reaseguros y de sus altos cargos de Castilla-La Mancha, para el ejercicio de las actividades de mediación de seguros privados.

    Destinatarios

    Agentes de seguros vinculados, corredores de seguros y corredores de reaseguros, personas físicas y jurídicas, y operadores de banca seguros vinculados, cuyo ámbito de actuación sea Castilla-La Mancha.

    Requisitos

    Los interesados deberán reunir los requisitos establecidos en la Ley 26/2006, de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros privados.

    Documentación a aportar

    Solicitudes para acceder al ejercicio de la actividad con documentos y anexos expresados en la propia solicitud. La utilización de los formularios para realizar comunicaciones y solicitudes a la Dirección General de Política Financiera, Tesorería Y Fondos Comunitarios es voluntaria, pudiéndose presentar en otro formato siempre que incluyan y reúnan todos los requisitos que se soliciten por esta Dirección General.

    Lugar de presentación

    Presencial, en los registros de los órganos administrativos de la Adm. General del Estado, de las Adm. de las Comunidades Autónomas, de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, de los Ayuntamientos de los Municipios del artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, o del resto de las entidades de la Adm. Local, en este caso, si se hubiese suscrito convenio, en las oficinas de correos, o en cualquier otra forma prevista. Online a través de la página web www.jccm.es

    Información Adicional

    - Junto con la solicitud deberá presentarse justificante del pago de la tasa por inscripción en el Registro (según modelo 046, conforme a la DA4ª, de la Ley 26/2006)
    Datos de contacto:
    Consejería de Hacienda.
    Secretaría General.
    Servicio de Gestión Económica y Contratación C/ Real, 14
    45071 Toledo
    Tfnos: 925266500, 925265289
    Pueden consultarse dudas por e-mail en la siguiente dirección: sef@jccm.es
    DOCM: 29/12/99 Real Decreto 1842/1999, de 03/12/1999, Ministerio para las Administraciones Públicas, SOBRE TRASPASO DE FUNCIONES Y SERVICIOS DE LA ADMINISTRACION DEL ESTADO A LA COMUNIDAD AUTONOMA DE CASTILLA-LA MANCHA EN MATERIA DE MEDIADORES DE SEGUROS
    DOCM: 16/07/15 Decreto 82/2015, de 14/07/2015, por el que se establece la estructura orgánica y competencias de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas.
    Ley 26/2006, de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros privados.
    Real Decreto 764/2010, de 11 de junio, por el que se desarrolla la Ley 26/2006, de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros privados en materia de información estadístico-contable y del negocio, y de competencia profesional.
    Resolución de 18 de febrero de 2011, de la DGSFP, por la que se establecen los requisitos y principios básicos de los programas de formación para los mediadores de seguros, corredores de reaseguros y demás personas que participen directamente en la mediación de los seguros y reaseguros privados.
    Real Decreto 633/2013, de 2 de agosto, por el que se modifican el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto 1777/2004, de 30 de julio y el Real Decreto 764/2010, de 11 de junio, por el que se desarrolla la Ley 26/2006, de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros privados en materia de información estadístico-contable y del negocio, y de competencia profesional.
    DOCM: 15/09/82 Ley Orgánica 9/1982, de 10/08/1982, Cortes Generales, DE ESTATUTO DE AUTONOMIA DE CASTILLA-LA MANCHA.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • El IPEX promueve la participación de empresas del sector de alimentos y bebidas analcohólicas en la feria SPECIALTY FINE FOOD FESTIVAL 2015, que se celebrará del 27 al 29 de octubre de 2015 en Dubái (Emiratos Árabes Unidos).Ante la escasez de espacio que GULFOOD presenta cada año, esta otra feria permite dar otra oportunidad de exposición para conocer a profesionales del canal horeca, distribuidores, retailers, importadores y exportadores de alimentación que buscan producto de calidad.

    Criterios

    El número máximo de participantes será de 10 empresas, en caso se superar las solicitudes el número previsto, se realizará selección en función de los criterios de valoración establecidos en el apartado 6 de la Convocatoria.

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.