Gobierno de Castilla-La Mancha

  • PROCEDIMIENTO

    120038 SOLICITUD DE PLAZA EN EL TRANSPORTE ESCOLAR

    Plazo de resolución

    0

    SJ2T SOLICITUD DE PLAZA EN EL TRANSPORTE ESCOLAR

    Plazo de presentación de solicitudes

    El plazo estará permanentemente abierto.

    Objeto

    Regular la organización del funcionamiento del transporte escolar en Castilla-La Mancha.
    El transporte escolar en Castilla-La Mancha pretende garantizar a todo el alumnado de la Comunidad Autónoma el derecho a la educación, posibilitando su escolarización en el centro educativo que le corresponda dentro de su zona o ámbito de escolarización.

    Destinatarios

    Alumnos que cursen las enseñanzas descritas en el art. 2º del Decreto 119/2012, en los que concurra alguna de las siguientes circunstancias:

    a) Los alumnos que cursan estudios en un centro de su zona o ámbito de escolarización, en localidad distinta a la de su domicilio habitual.
    b) Los alumnos que residan en "pedanía" o "población rural dispersa" perteneciente a la misma localidad donde esté ubicado el centro de estudios, y distancia superior a 2kms, desde su domicilio al límite del casco urbano.
    c) Los alumnos de Educación Especial, escolarizados en un centro educativo ubicado en la misma o en distinta localidad del domicilio familiar, cuando las necesidades derivadas de la discapacidad de este alumnado, dificulten su desplazamiento al centro. Incluye alumnos de integración en centros públicos ordinarios.
    d) Los alumnos internos en residencias no universitarias dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.

    Requisitos

    Alumnado escolarizado en los centros docentes públicos dependientes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, que impartan las siguientes enseñanzas:

    - Educación Infantil.
    - Educación Primaria.
    - Educación Especial.
    - Educación Secundaria Obligatoria.
    - Programa de Cualificación Profesional Inicial.
    - Bachillerato
    - Formación Profesional.

    Carecer en el municipio de residencia de centro público adecuado a su nivel de estudios.

    Documentación a aportar

    Solicitud, que figura como Anexo I a esta Orden, y deberá cumplimentarse al formalizar la matrícula.

    Lugar de presentación

    Se presentarán en los propios centros.

    Por vía telemática, a través de la sede electrónica www.jccm.es

    Información Adicional

    Consejería de Educación, Cultura y Deportes
    Secretaría General Servicio de Prestaciones Educativas
    Bulevar del Río Alberche, s/n
    45071 Toledo

    E-mail: mapilar@jccm.es
    DOCM: 16/10/12 Decreto 138/2012, de 11/10/2012, por el que se regula la organización y funcionamiento del servicio de comedor escolar de los centros docentes públicos de enseñanza no universitaria dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de Castilla-La Mancha.
    DOCM: 27/07/12 Decreto 119/2012, de 26/07/2012, por el que se regula la organización y funcionamiento del servicio de transporte escolar financiado por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en los centros docentes públicos dependientes de ésta.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • El Programa de Termalismo ofrecido por los Balnearios incluirá los siguientes servicios:

    Criterios

    Las ayudas se otorgarán atendiendo a la puntuación que resulte del criterio de valoración establecido en el apartado 2 de la base novena, los turnos y balnearios solicitados y, en todo caso, hasta el límite del crédito consignado en la base sexta de la Orden.

  • PROCEDIMIENTO

    020260 REALIZACION DE PRUEBAS DE TUBERCULOSIS CAPRINA EN EXPLOTACIONES NO INCLUIDAS EN EL PROGRAMA NACIONAL DE ERRADICACION DE TUBERCULOSIS BOVINA

    Plazo de resolución

    3 MESES DESDE EL REGISTRO DE ENTRADA DE LA SOLICITUD.

    Efectos silencio

    Estimatorio

    SOLICITUD DE REALIZACION DE PRUEBAS DE TUBERCULOSIS CAPRINA EN EXPLOTACIONES NO INCLUIDAS EN EL PROGRAMA NACIONAL DE ERRADICACION DE TUBERCULOSIS BOVINA

    Plazo de presentación de solicitudes

    El plazo de solicitud permanecerá abierto de forma constante.

    Objeto

    El objeto es que las explotaciones ganaderas de ganado caprino realicen actuaciones de diagnóstico de tuberculosis de manera voluntaria, realizando los controles sanitarios tal como se establecen en la Orden 54/2018, por la que se establecen las bases para el desarrollo y ejecución de los programas nacionales de erradicación de las enfermedades de los animales en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha

    Destinatarios

    Explotaciones ganaderas de caprino de Castilla La-Mancha

    Requisitos

    No convivir ni aprovechar pastos en común con rebaños de ganado bovino.
    No mantener relación epidemiológica con rebaños de ganado bovino.
    No haberse detectado mediante la encuesta epidemiológica y/o la Base de Espoligotipos como fuentes de la enfermedad para otros rebaños de bovino.

    Importe

    No es una subvención, por lo que no conlleva ningún importe.

    Lugar de presentación

    - Personas físicas: En cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y opcionalmente de forma telemática a través del formulario incluido en la web www.castillalamancha.es
    - Personas jurídicas: De forma telemática a través del formulario incluido en la web www.castillalamancha.es

    Información Adicional

    sanidadanimal@jccm.es
    Real Decreto 2611/1996, de 20 de diciembre, por el que se regulan los programas nacionales de erradicación de enfermedades de los animales establece normas para la elaboración, planificación, coordinación, seguimiento y evaluación de los Programas Nacionales de Erradicación de Enfermedades de los Animales en todo el Estado.
    Ley 8/2003, de 24 de abril, de Sanidad Animal
    DOCM: 13/04/18 Orden 54/2018, de 3 de abril, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases para el desarrollo y ejecución de los programas nacionales de erradicación de las enfermedades de los animales en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    040141 SOLICITUD DE ALTA COMO NUEVA ADSG O DE FUSION DE VARIAS ADSG EN UNA ADSG NUEVA O UNA YA EXISTENTE

    Plazo de resolución

    2 MESES

    Efectos silencio

    Estimatorio

    SG48 SOLICITUD DE RECONOCIMIENTO E INSCRIPCION EN EL REGISTRO REGIONAL DE AGRUPACION DE DEFENSA SANITARIA GANADERA

    Plazo de presentación de solicitudes

    Abierto permanentemente

    Objeto

    El objeto es dar de alta y registrar a las ADSG de Castilla La Mancha

    Destinatarios

    Las ADSGs que deseen estar oficialmente reconocidas por la Dirección General de Agricultura y Ganadería.

    Requisitos

    - Tiene personalidad jurídica propia.
    - Cumple con los porcentajes mínimos en cuanto al número de explotaciones y censo ganadero dentro de la comarca agraria en la que se encuentra su sede social.
    - Se encuentra bajo la dirección técnica de una veterinaria o un veterinario.
    - Dispone de estatutos de funcionamiento debidamente registrados y que constan de la información mínima establecida.
    - Se compromete a colaborar con las autoridades competentes.
    - Dispone de un programa sanitario común de la ADSG.

    Criterios

    Para que las ADSG queden oficialmente reconocidas deben cumplir los requisitos establecidos por el artículo 3 del presente Decreto y presentar la documentación establecida en el artículo 7, por las vías establecidas en al artículo 6.

    Documentación a aportar

    - Copia de los estatutos de la ADSG.
    - Programa Sanitario de la ADSG.
    - Solicitud de alta de responsables veterinarios (Director/a técnico/a veterinario/a y colaboradores/as) y documentación que acompaña esta solicitud.
    - Anexo I.B (Relación de socios de la ADSG)

    Lugar de presentación

    Telemáticamente con firma electrónica a través del formulario que se incluirá en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es).

    Información Adicional

    sanidadanimal@jccm.es
    DOCM: 09/05/19 Decreto 35/2019, de 30 de abril, por el que se regulan las agrupaciones de defensa sanitaria ganadera (ADSG) en Castilla-La Mancha y el registro regional de las mismas.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    040143 RECONOCIMIENTO DE AGRUPACIONES DE SANIDAD VEGETAL E INSCRIPCION EN EL REGISTRO CORRESPONDIENTE

    Plazo de resolución

    3 MESES

    Efectos silencio

    Estimatorio

    SIFY SOLICITUD DE RECONOCIMIENTO Y REGISTRO DE LAS AGRUPACIONES DE SANIDAD VEGETAL EN CASTILLA-LA MANCHA

    Plazo de presentación de solicitudes

    Abierto todo el año

    Objeto

    Reconocimiento y registro de las ASV que tengan su ámbito de actuación dentro del territorio de Castilla-La Mancha

    Destinatarios

    Agrupaciones de Sanidad Vegetal de Castilla-La Mancha (ASV)

    Requisitos

    1. Estar formadas por agricultores, ya sean personas físicas o jurídicas en un número mínimo de 20. 2. Todos los socios de la ASV o, en su caso, de las cooperativas y/o SAT que opten por ser ASV, asumirán las condiciones técnicas de la gestión integrada de plagas que se establezcan para cada cultivo o grupo de cultivos que figuren en un reglamento de régimen interno. 3. La forma jurídica adoptada para la constitución de la ASV, ha de disponer de capacidad de contratación e incluir en sus estatutos la prestación de asesoramiento en sanidad vegetal a sus miembros. 4. Estar constituidas libremente por agricultores cuyas fincas integren la superficie mínima y máxima indicada en el Anexo I de la Orden de 16 de marzo de 2015, para cada cultivo. 5. Contratar personal técnico necesario para asesorar. 6. El técnico contratado, deberá estar acreditado como asesor en gestión integrada de plagas por la Consejería competente en materia de sanidad vegetal, e inscrito en el R.O.P.O.

    Documentación a aportar

    a. NIF del representante de la ASV, que podrá ser sustituido por una autorización a la Consejería de Agricultura para verificación de la identidad, a través del sistema establecido al efecto, así como documento acreditativo de la representatividad ostentada.
    b. Estatutos de la ASV.
    c. Reglamento de régimen interno con las condiciones técnicas de gestión integrada de plagas que se establezcan para cada cultivo o grupo de cultivos dentro de la ASV.
    d. Declaración responsable del técnico según modelo que figura en el Anexo III de la Orden.
    e. Relación informatizada de socios (NIF, nombre y apellidos) que forman parte de la ASV, en el formato y con la descripción de registros determinados por la Consejería competente en materia de sanidad vegetal y que figuran en el anexo IV de la Orden.
    f. Superficie de cultivo en hectáreas, aportada por cada uno de los socios de la ASV.
    g. Aceptación explícita, por parte de los socios de la ASV, de cumplir con los requisitos técnicos y recomendaciones fitosanitarias, que se establezcan para cada cultivo o grupo de cultivos que figuren en el reglamento de régimen interno.

    Lugar de presentación

    De conformidad con lo dispuesto en la Ley 11/2007 de 22 de junio de Acceso Electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, se establece la obligatoriedad de que las solicitudes se presenten únicamente de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario incluido en sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, www.jccm.es.

    Información Adicional

    Las personas solicitantes autorizarán a la Administración a la notificación electrónica de todos los trámites relacionados con su solicitud a través de la Plataforma de Notificaciones Telemáticas en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Para ello, en el momento de la solicitud, deberán estar dados de alta en la plataforma de notificaciones telemáticas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha https://notifica.jccm.es/Notificador/ y será obligatorio realizar las comunicaciones de forma telemática con firma electrónica, a través de los correspondientes formularios incluidos en sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, www.jccm.es.
    DOCM: 24/04/15 Orden de 16/03/2015, de la Consejería de Agricultura, por la que se regula el reconocimiento y registro de las Agrupaciones de Sanidad Vegetal en Castilla-La Mancha

    Tramitación

    Online

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    020168 GESTION DE TRAMITES DE DEMANDA EN LAS OFICINAS DE EMPLEO Y EMPRENDEDORES DE LA CONSEJERIA DE EMPLEO Y ECONOMIA DE CASTILLA-LA MANCHA

    Plazo de resolución

    SKIH SOLICITUD DE RECUPERACION DE PERIODO EN BAJA DE LA DEMANDA

    Plazo de presentación de solicitudes

    Abierto permanentemente.

    Objeto

    Valorar la solicitud del demandante o su representante, y en su caso, proceder a recuperar un período en baja en su demanda.

    Destinatarios

    Demandantes residentes en Castilla La Mancha con la demanda en cualquiera de sus situaciones (ALTA, SUSPENSIÓN o BAJA).

    Requisitos

    En todo caso: - Acreditar la identidad del solicitante, y en su caso, - Acreditar la identidad del representante y sus poderes de representación. Además: - Aportar, cuando proceda, la documentación acreditativa de la situación por la que solicita la recuperación del período en baja de su demanda.

    Criterios

    En base a la documentación aportada junto con la solicitud, se procederá, si la misma es la correcta, a realizar la recuperación del período en baja de la demanda al solicitante.

    Documentación a aportar

    -Acreditar poderes de representación del representante (en su caso): Mediante cualquier documento válido en derecho. -Documentación, en su caso, justificativa del motivo por el que solicita la recuperación del período en baja de la demanda.

    Lugar de presentación

    Mediante presentación del modelo de solicitud establecido en la Oficina de Empleo y Emprendedores donde esté inscrito el demandante en el momento de la solicitud.

    Información Adicional

    Para la resolución de dudas con respecto a esta solicitud, el demandante debe contactar con su Oficina de Empleo y Emprendedores:

    Consulte su oficina en el siguiente enlace: http://empleoyformacion.jccm.es/principal/ciudadania/centros-de-atencion/
    Real Decreto 1385/2002, de 20 de diciembre sobre traspaso a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha de la gestión realizada por el Instituto Nacional de Empleo en el ámbito del trabajo, el empleo y la formación.
    DOCM: 06/08/12 Decreto 121/2012, de 2 de agosto por el que se establece la estructura orgánica y se fijan las competencias de los órganos integrados en la Consejería de Empleo y Economía.
    Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo
    Orden PRE/3949/2006, de 26 de diciembre, por la que se establece la configuración, características, requisitos y procedimientos de acceso al Sistema de Verificación de Datos de identidad.
    DOCM: 04/05/09 Decreto 33/2009, de 28 de abril, por el que se suprime la aportación de determinados documentos en los procedimientos administrativos de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y de sus organismos públicos vinculados o dependientes.

    Tramitación

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • Registrar entidades no sanitarias con DESA.

  • PROCEDIMIENTO

    010613 REGISTRO DE LABORATORIOS PARA REALIZAR AUTOCONTROLES DENTRO DE LOS PROGRAMAS NACIONALES DE CONTROL DE SALMONELLA

    Plazo de resolución

    3 MESES

    Efectos silencio

    Estimatorio

    SL83 SOLICITUD DE REGISTRO DE LABORATORIOS PARA REALIZAR CONTROLES ANALITICOS DE SALMONELLA EN EL MARCO DE LOS PROGRAMAS DE AUTOCONTROL

    Plazo de presentación de solicitudes

    Abierto permanentemente

    Objeto

    Autorización y registro como laboratorio autorizado para realizar autocontroles dentro de los programas nacionales de control de salmonella

    Destinatarios

    Los laboratorios que deseen autorizarse para realizar autocontroles dentro de los programas nacionales de control de salmonella

    Requisitos

    - Estar ubicados en el ámbito territorial de Castilla- La Mancha.
    - Tener personalidad jurídica propia o pertenecer a una entidad con personalidad jurídica propia.
    - Disponer de un local, instalaciones y equipos que cumplan la normativa que les sea de aplicación.
    - Contar con las licencias y autorizaciones administrativas que les sean exigibles.
    - Seguir un plan de mantenimiento y calibración de los equipos utilizados en los ensayos.
    - Funcionar de acuerdo con la norma europea EN/ISO/17025 de Requisitos Generales relativos a la competencia de los laboratorios de ensayo y calibración, o aplicar procesos de aseguramiento de calidad acordes con la misma.
    - y resto de requisitos establecidos en el protocolo

    Documentación a aportar

    1. Datos de identificación y justificación de titularidad del firmante
    2. Fotocopia del NIF/CIF del titular
    3. Documentación que acredite el cumplimiento de la normativa que le sea de aplicación
    4. Identificación del técnico responsable: fotocopia del NIF, currículo vital (y documentos que lo acrediten) y fotocopia del título académico o resguardo acreditativo de haber solicitado su expedición
    5. Memoria técnica con el siguiente contenido mínimo:
    6. Certificado de estar acreditado por ENAC para detección de Salmonella en todas las matrices objeto de control de los PNCS en las que estén trabajando.

    Lugar de presentación

    Telemáticamente con firma electrónica a través del formulario que se incluirá en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es).

    Información Adicional

    sanidadanimal@jccm.es

    Tramitación

    Online

    Alertas informativas

  • Revisar el grado de dependencia reconocido y/o el programa individual de atención (PIA).

    Criterios

    Para la revisión del grado se tendrá en cuenta:

  • PROCEDIMIENTO

    030479 SUBVENCIONES DESTINADAS AL FOMENTO DE LAS RAZAS AUTOCTONAS ESPAÑOLAS

    Plazo de resolución

    6 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SJS1 SOLICITUD DE SUBVENCIONES DESTINADAS AL FOMENTO DE LAS RAZAS AUTOCTONAS ESPAÑOLAS

    Plazo de presentación de solicitudes


    Del Mar, 08 Ene 2019 al Lun, 04 Feb 2019

    Plazo de presentación de solicitudes

    Inicio: desde el día siguiente al de la publicación de la resolución de convocatoria en el DOCM fin: 20 días desde el día siguiente al de la publicación de la resolución de convocatoria en el DOCM

    Objeto

    Convocar por el procedimiento de tramitación anticipada para el año 2019 las subvenciones destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas en base a lo establecido en la Orden de 14 de diciembre de 2018, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural por la que se desarrollan las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas.

    Destinatarios

    Las organizaciones o asociaciones de ganaderos reconocidas por la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha que cumplan los requisitos fijados en las bases reguladoras.

    Requisitos

    Los recogidos en el artículo 2 de la correspondiente Orden de bases reguladoras.

    Importe

    La cuantía estimada para la concesión de ayudas destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas para el año 2019 es de 32.000,00 euros.
    De cara a los beneficiarios, los límites máximos de ayuda son:
    1. La cuantía total de la subvención con fondos de los presupuestos generales de Estado, no podrá superar un máximo de 60.000 euros por raza y anualidad. Y para el caso de cofinanciación con fondos procedentes de la Junta de Comunidades de Castila-La Mancha no se podrán superar los límites del artículo 27.1.b) del Reglamento (UE) n.º 702/2014, de la Comisión, de 25 de junio de 2014.
    2. El importe de las subvenciones reguladas en esta resolucion, en ningún caso podrá superar, aisladamente o en concurrencia.

    Criterios

    El procedimiento de concesión de estas ayudas se tramitará bajo el régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo a los criterios establecidos en el artículo 6 de las respectivas ordenes de bases de cada ayuda, que incluye la posibilidad de prorrateo.

    Documentación a aportar

    a) Documento de constitución de la entidad, sus estatutos y certificado de inscripción en el registro correspondiente.
    b) Apoderamiento bastante del representante o documento acreditativo de la representación, en caso necesario.
    c) Memoria descriptiva y detallada de las actividades a realizar en el año en curso.
    d) Declaración de cumplimiento de requisitos en cada una de las explotaciones ganaderas. 1 hoja por ganadería, firmada por su titular) según anexo II.

    Lugar de presentación

    De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.2.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las solicitudes se deberán presentar telemáticamente con firma electrónica a través del formulario que se incluirá en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es)

    Información Adicional

    De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la notificación de las ayudas se realizará por vía electrónica. Para ello se requerirá que el interesado esté dado de alta en la Plataforma de Notificaciones Telemáticas en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es)
    La autorización para que la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural pueda proceder a la comprobación y verificación de estar al corriente de sus obligaciones con la Junta de Comunidades de Casilla-La Mancha conlleva la tasa establecida en el articulo 399 de la Ley 9/2012, de 29 de noviembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla-La Mancha y otras medidas tributarias.
    Resolución de 28/12/2018, de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, por la que se convocan por el procedimiento de tramitación anticipada para el año 2019 las subvenciones destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas.

    Tramitación - Fuera de Plazo

    Internet:Tramitación Online

    Alertas informativas

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