Gobierno de Castilla-La Mancha

  • PROCEDIMIENTO

    030291 AYUDAS PARA LA EJECUCION DE TRATAMIENTOS SELVICOLAS EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL DE CASTILLA-LA MANCHA 2014-2020

    Plazo de resolución

    6 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SK62 SOLICITUD DE PAGO DE LA AYUDA PARA LA EJECUCION DE TRATAMIENTOS SELVICOLAS.

    Plazo de presentación de solicitudes

    Una vez concluidas las actuaciones objeto de subvención o, en cualquier caso, dentro de los quince días siguientes al vencimiento del plazo de ejecución que figure en la resolución de concesión de la ayuda

    Objeto

    Comunicar al órgano concedente de la ayuda la terminación de los trabajos objeto de subvención para que se proceda a su pago.

    Destinatarios

    Personas físicas o jurídicas, o sus asociaciones, beneficiarios de la ayuda para la ejecución de tratamientos selvícolas.

    Requisitos

    Haber finalizado las acciones y trabajos objeto de subvención y haber efectuado los pagos de las mismas a sus proveedores.

    Documentación a aportar

    Cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto, con el contenido previsto en el artículo 72 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, documentando los gastos conforme a la Orden de 7 de mayo de 2008, de la Consejería de Economía y Hacienda, que regula la forma de acreditación del pago efectivo del gasto realizado en materia de subvenciones (DOCM de 23 de mayo de 2008).

    Estado de mediciones de los trabajos ejecutados al que se acompañará un plano descriptivo de las actuaciones sobre ortofoto Sigpac que será suscrito por un técnico con titulación universitaria reglada en materia forestal. Se aportará una copia en papel (tamaño DIN-A3) y una copia digital de las superficies de actuación (formato shape, proyección UTM, huso 30, sistema geodésico de referencia ETRS 89).

    Lugar de presentación

    a) Las personas físicas, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y opcionalmente de forma telemática mediante firma electrónica a través de la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www. jccm.es).
    b) Las personas jurídicas y demás sujetos contempladas en el artículo 14.2 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, obligatoriamente de forma telemática.
    DOCM: 27/07/16 Orden de 20/07/2016, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la ejecución de tratamientos selvícolas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020.
    DOCM: 27/09/16 Resolución de 19/09/2016, de la Dirección General de Política Forestal y Espacios Naturales, por la que se realiza la convocatoria para el año 2016 de las ayudas para la ejecución de tratamientos selvícolas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020. Extracto BDNS (Identif.): 317862.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • Ayuda a los productores de leche de vaca que reduzcan la producción durante un periodo de 3 meses (?periodo de reducción?), en comparación con el mismo periodo del año anterior (periodo de referencia); de acuerdo con cuatro subperiodos del año determinados: oct, nov y dic 2016 nov y dic 2016 y ene 2017 dic 2016 y ene, feb 2017 ene, feb, mar de 2017

    Criterios

    Reducción real del volumen de leche entregado, no obstante:

  • Solicitar el pago de las ayudas concedidas en régimen de minimis para prevenir los posibles ataques de lobo ibérico (Canis lupus signatus) en Castilla-La Mancha.

    Criterios

    Adecuación a la documentación presentada a la ayuda concedida y superación de inspección en su caso

  • PROCEDIMIENTO

    030627 SOLICITUD DE AYUDA PREPARATORIA PARA LOS GRUPOS DE ACCION LOCAL QUE ELABORARAN EDLP EN EL PERIODO 2014/2020

    Plazo de resolución

    SEIS MESES, CONTADO DESDE LA FINALIZACIÓN DEL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    PKL3 SOLICITUD DE PAGO DE LA AYUDA PREPARATORIA PARA LOS GRUPOS DE ACCION LOCAL QUE ELABORARAN EDLP EN EL PERIODO 2014/2020.

    Plazo de presentación de solicitudes

    El plazo para presentar la solicitud de pago y justificación del gasto será de dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución de concesión de la ayuda preparatoria.

    Objeto

    Tramitar las solicitudes de pago y justificación de los gastos asociados a la ayuda preparatoria de los GAL con cargo a la submedida 19.1. del PDR 2014/2020.

    Destinatarios

    GRUPOS DE ACCIÓN LOCAL que hayan concurrido a la Orden de 04/02/2016.

    Requisitos

    La justificación de las ayudas se efectuará bajo la modalidad de cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto:
    1. Certificado de que el beneficiario está al corriente de pago con la Seguridad Social y se halla al corriente de sus obligaciones tributarias estatales y autonómicas, así como de sus obligaciones por reintegro de subvenciones.
    2. Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas.
    3. Memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas.

    Importe

    El procedimiento de concesión de las ayudas se tramitará en régimen de concurrencia competitiva en su modalidad de prorrateo y el importe de la subvención se realizará prorrateándose el crédito disponible, en caso de insuficiencia presupuestaria, a fin de atender a todas las solicitudes presentadas.

    Criterios

    En caso de insuficiencia presupuestaria para atender las propuestas de concesión de ayudas se constituirá una comisión técnica.Tras la pertinente evaluación de las solicitudes, la comisión técnica procederá al prorrateo de las ayudas emitiendo un informe en el que se concretará el resultado de la evaluación efectuada y del prorrateo.

    Documentación a aportar

    1º. Una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad con indicación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago.
    2º. Las facturas correspondientes a los gastos subvencionables, así como la acreditación del pago efectivo de los mismos.
    3º. Los justificantes deberán indicar expresamente los conceptos del presupuesto relacionados en la solicitud a los que se refieren.
    4º. En su caso, relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación de importe y procedencia.
    5º. Acreditación del cumplimiento de la moderación de costes o normativa de contratación pública.

    Lugar de presentación

    a) Telemáticamente con firma electrónica a través del formulario que se incluirá en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es).
    b) En el Registro de los Servicios Centrales y las Direcciones Provinciales de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural o en los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común

    Información Adicional

    Se trata de una nueva ayuda incluida en el PDR 2014/2020 y que nunca ha sido convocada anteriormente.
    Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca.
    Reglamento (UE) nº 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).
    DOCM: 04/04/16 Resolución de 30/03/2016, de la Dirección General de Desarrollo Rural, por la que se convocan las ayudas para los gastos preparatorios de las Estrategias de Desarrollo Local Participativo, al amparo de la medida 19.1 del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    030284 AYUDAS A INVERSIONES EN TRANSFORMACION, COMERCIALIZACION O DESARROLLO DE PRODUCTOS AGRICOLAS Y AL FOMENTO DE LA CALIDAD AGROALIMENTARIA(FOCAL) EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL DE CASTILLA LA MANCHA 2014-2020

    Plazo de resolución

    6 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    PKJA SOLICITUD DE PAGO DE LAS AYUDAS A INVERSIONES EN TRANSFORMACION, COMERCIALIZACION O DESARROLLO DE PRODUCTOS AGRICOLAS Y AL FOMENTO DE LA CALIDAD AGROALIMENTARIA FOCAL

    Plazo de presentación de solicitudes

    La solicitud de pago de la ayuda se presentará en el plazo de justificación establecido en la resolución aprobatoria de la ayuda.

    Objeto

    Solicitar el pago de la ayuda concedida que tendrá la forma de cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto y documentos relacionados en la convocatoria.

    Destinatarios

    Personas beneficiarias de las ayudas a inversiones en transformación, comercialización o desarrollo de productos agrícolas y al fomento de calidad agroalimentaria (FOCAL)

    Requisitos

    Transcurrido el plazo establecido para la presentación de la solicitud de pago sin haberse presentado la misma, se requerirá al beneficiario para que en el plazo improrrogable de un mes sea presentada. La falta de presentación de la solicitud de pago en el plazo establecido en este apartado conllevará la pérdida del derecho al cobro de la ayuda aprobada y, en caso de haberse realizado algún pago, la exigencia del reintegro de las cantidades percibidas.

    Documentación a aportar

    -Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.
    -Memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas
    -Facturas correspondientes a los gastos subvencionables, así como la acreditación del pago efectivo.
    -Certificado de tasador independiente debidamente acreditado e inscrito en el correspondiente registro oficial, o certificado de organismo oficial debidamente autorizado, sobre el valor de los bienes inmuebles adquiridos.
    -Certificado de la entidad de control de que la industria produce exclusivamente productos amparados por figuras de calidad de las establecidas en la Ley 7/2007, de 15 de marzo, de Calidad Agroalimentaria de Castilla-La Mancha.
    -Normas de vendimia aprobadas por acuerdo de asamblea, junta rectora u órganos directivos de la empresa. Certificado del responsable de prevención de riesgos laborales relativo a la innecesaridad de modificar el Plan de Prevención de Riesgos Laborales a consecuencia de las inversiones subvencionadas y, en caso contrario, Plan de Prevención de Riesgos Laborales actualizado.
    -Licencia de obras en aquellos casos de construcción de nuevas superficies cubiertas, ampliación de las existentes y otras inversiones en las que sea necesario.
    -Certificación acreditativa relativa a la eficiencia energética (norma UNE-EN_ISO 50001-2011 para sistemas de gestión de la energía), en el caso de inversiones en instalaciones de producción o consumo de energía a partir de fuentes renovables.
    -Proyecto firmado por técnico competente cuando la inversión a realizar lo exija con carácter obligatorio.
    -Declaración con las cifras de compras y ventas de su actividad industrial o comercial, así como de gastos financieros y de personal, a efectos de acreditar la situación económica de la empresa (personas físicas).
    -Documentación necesaria para acreditar la viabilidad económica de la empresa (personas jurídicas)

    Lugar de presentación

    Las solicitudes de pago deberán presentarse telemáticamente con firma electrónica a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 apartado 3 de la Ley 39/2015
    DOCM: 22/10/15 Orden de 20/10/2015, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a inversiones en transformación, comercialización o desarrollo de productos agrícolas y al fomento de la calidad agroalimentaria (Focal 2014-2020) en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020.
    DOCM: 22/03/17 Resolución de 16/03/2017, de la Dirección General de Industrias Agroalimentarias y Cooperativas, por la que se convocan, para el año 2017, las ayudas a inversiones en transformación, comercialización o desarrollo de productos agrícolas y al fomento de la calidad agroalimentaria (Focal 2017) en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020. Extracto BDNS (Identif.): 336022

    Tramitación

    Online

    Alertas informativas

  • Comunicar al órgano concedente de la ayuda la terminación de los trabajos objeto de subvención para que se proceda a su pago

  • PROCEDIMIENTO

    030587 AYUDAS PARA LA PRESTACION DE SERVICIOS DE ASESORAMIENTO EN GESTION INTEGRADA DE PLAGAS POR PARTE DE LAS AGRUPACIONES DE SANIDAD VEGETAL EN CASTILLA-LA MANCHA

    Plazo de resolución

    3 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    PKDS SOLICITUD DE PAGO DE LAS AYUDAS PARA LA PRESTACION DE ASESORAMIENTO EN GESTION INTEGRADA DE PLAGAS

    Plazo de presentación de solicitudes


    Del Dom, 20 Nov 2016 al Lun, 12 Dic 2016

    Objeto

    Solicitar el pago de la ayuda concedida mediante la presentación de los documentos que justifican la realización de la actividad subvencionada

    Destinatarios

    Las Agrupaciones de Sanidad Vegetal beneficiarias de las ayudas para la prestación de servicios de asesoramiento en gestión integrada de plagas, que hayan llevado a cabo las actividades objeto de subvención y que quieran solicitar el pago de la misma.

    Requisitos

    - Ser una ASV reconocida en base a la Orden de 16 de marzo de 2015, inscrita en el Registro de ASV y activa en el momento de solicitar la ayuda, o en disposición de cumplir dichas condiciones.

    - Suscribir un convenio de colaboración con la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural.

    - Ser titular de una cuenta bancaria específica para la gestión de estas subvenciones

    - Disponer de fondos para cubrir, los gastos que genere la prestación, así como equipos y material para el seguimiento constante de plagas

    - Dentro de su ámbito de actuación prestar asesoramiento técnico en consultas relacionadas con la gestión integrada de plagas

    - Reunir el resto de requisitos así como cumplir con las obligaciones y compromisos previstos en las bases reguladoras y convocatoria de esta ayuda.

    Importe

    El importe de la ayuda a cada agricultor se limitará a 1500 euros por asesoramiento, con los siguientes límites.

    a) Contratación de personal técnico: el 50 por ciento de las actuaciones del técnico, con una subvención máxima de 4.000 euros/año

    b) Adquisición del material de seguimiento y tratamiento de plagas: hasta el 75 por ciento de los gastos elegibles, con un máximo de 2.000 euros/año

    c) Asesoramiento de superficie de cultivo, con los importes máximos de subvención por unidad de superficie indicados en el anexo de la presente Orden, hasta un máximo de 5.000 euros/año

    d) Gastos de inscripción o matrícula en cursos o jornadas de formación por parte del técnico/s de la ASV: el 75 por ciento de los gastos auxiliables con un máximo de 400 euros/año

    Criterios

    - El procedimiento de concesión se efectuará en régimen de concurrencia competitiva. Criterios de valoración

    - Las solicitudes serán valoradas entre 0 y100 puntos

    a) Nº de agricultores de la ASV (70 ptos)
    b) Nº de hectáreas de la ASV (30 ptos)

    - En el caso de que mas de una ASV obtuviera la misma puntuación se aplicará, para establecer el orden de prelación, la fecha de presentación de la solicitud.

    Documentación a aportar

    - Certificación de la superficie asesorada (anexo IV)

    - Memoria de actuaciones

    - Documentación justificativa del pago realizado, conforme a lo establecido en la Orden de 7 de mayo de 2008, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se regula la forma de acreditación del pago efectivo del gasto realizado en materia de subvenciones. En caso de ayudas a la contratación del personal técnico:
    - Facturas o nóminas y justificantes del ingreso en cuenta mediante extracto bancario

    En caso de ayudas a la adquisición de material de seguimiento de plagas: - Facturas expedidas a nombre de la ASV En caso de ayudas para la realización de cursos o jornadas de formación en temas relacionados con la gestión integrada de plagas: - Facturas de inscripción o matrícula y certificados de asistencia o aprovechamiento por parte del técnico contratado

    Lugar de presentación

    Presentación obligatoria telemática mediante el envío de los datos a través del formulario incluido en esta sede.

    Información Adicional

    La notificación se hará por medios electrónicos. Para ello, las ASV tendrán que estar dadas de alta en la plataforma de notificaciones telemáticas de la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

    Para darse de alta pinche aquí

    Para presentar subsanaciones a su solicitud. Pinche aquí.

    Tramitación - Fuera de Plazo

    Internet:Tramitación Online

    Presencial: Oficinas de Registro

  • PROCEDIMIENTO

    030281 ACTIVIDADES FORMATIVAS DIRIGIDAS A LOS PROFESIONALES DEL SECTOR AGROALIMENTARIO Y DEL MEDIO RURAL.

    Plazo de resolución

    2 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    PK96 SOLICITUD DE PAGO DE LAS AYUDAS PARA LA REALIZACION DE CURSOS DE FORMACION, TALLERES Y BREVES ESTANCIAS O INTERCAMBIOS Y VISITAS. EJERCICIO 2017

    Plazo de presentación de solicitudes

    La cuenta justificativa deberá presentarse en el plazo máximo de 30 días naturales desde la finalización del periodo de realización de las actividades formativas cuyo pago solicita.

    Objeto

    Presentar la justificación de los gastos y el pago de las ayudas para la realización de acciones formativas.

    Destinatarios

    Organizaciones profesionales agrarias u otras asociaciones de ámbito regional introducidas en el medio rural que hayan sido beneficiarias de ayudas para la realización de actividades formativas.

    Requisitos

    Ser beneficiario de una ayuda para la realización de actividades formativas en base a la Orden 124/2017.

    Documentación a aportar

    La justificación por el beneficiario adoptará la forma de cuenta justificativa con aportación de justificación de gastos, a la que se deberá incorporar la documentación prevista en el anexo III.

    La cuenta justificativa incluirá las facturas y la documentación justificativa del pago del gasto realizado indicada en la Orden de 7 de mayo de 2008, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se regula la forma de acreditación del pago efectivo del gasto realizado en materia de subvenciones.

    Lugar de presentación

    De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del PAC de las AAPP, se establece la obligatoriedad de comunicarse con las Administraciones Públicas utilizando sólo medios electrónicos. Por ello, la utilización de los medios electrónicos será obligatoria para la presentación de las solicitudes de ayuda y documentación debiendo utilizar un sistema de firma electrónica avanzada, a través del formulario habilitado en la sede electrónica de la JCCM (www.jccm.es)
    DOCM: 26/10/17 Resolución de 20/10/2017, de la Dirección General de Desarrollo Rural, por la que se convocan en 2017 ayudas para la realización de actividades de formación de las submedidas 1.1 y 1.3 del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020. Extracto BDNS (Identif.): 367428.
    Orden 124/2017, de 28 de junio, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la realización de actividades de formación de las submedidas 1.1 y 1.3 del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020.

    Tramitación

    Online

    Alertas informativas

  • Se podrá solicitar el pago por la ayuda aprobada para todo el proyecto de innovación, o pagos por una o varias de las operaciones aprobadas, realizadas y pagadas (cuyo pago se pueda justificar) según el calendario.

  • PROCEDIMIENTO

    020270 SOLICITUD DE PERDIDA DE LA CONDICION DE ADSG Y CANCELACION DE LA INSCRIPCION EN EL REGISTRO REGIONAL DE AGRUPACIONES DE DEFENSA SANITARIA GANADERA.

    Plazo de resolución

    3 MESES

    Efectos silencio

    Estimatorio

    SL6Q SOLICITUD DE PERDIDA DE LA CONDICION DE ADSG Y CANCELACION DE LA INSCRIPCION EN EL REGISTRO REGIONAL DE AGRUPACION DE DEFENSA SANITARIA GANADERA

    Plazo de presentación de solicitudes

    Abierto permanentemente

    Objeto

    El objeto es dar de baja a las ADSG oficialmente reconocidas y registradas en Castilla La Mancha que así lo deseen

    Destinatarios

    Las ADSGs que deseen perder esta condición y darse de baja en el registro de ADSG regional

    Requisitos

    Presentar acuerdo de la Junta General u órgano competente de la ADSG, en el que se apruebe la presentación de esta baja voluntaria por parte de la ADSG.

    Criterios

    Para que las ADSG queden oficialmente dadas de baja, deberán presentar esta solicitud, junto con el acuerdo de la Junta General u órgano competente de la ADSG, por la vía establecida.

    Documentación a aportar

    Acuerdo de la Junta General u órgano competente de la ADSG en la que se apruebe la presentación de esta baja.

    Lugar de presentación

    Telemáticamente con firma electrónica a través del formulario que se incluirá en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es).

    Información Adicional

    sanidadanimal@jccm.es
    DOCM: 09/05/19 Decreto 35/2019, de 30 de abril, por el que se regulan las agrupaciones de defensa sanitaria ganadera (ADSG) en Castilla-La Mancha y el registro regional de las mismas.

    Tramitación

    Online

    Alertas informativas

Cinco Días
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CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.