Gobierno de Castilla-La Mancha

  • PROCEDIMIENTO

    030296 AYUDAS A LA CREACION DE EMPRESAS POR JOVENES AGRICULTORES, APOYO A LAS INVERSIONES EN EXPLOTACIONES AGRARIAS Y A DETERMINADAS INVERSIONES EN MATERIA DE REGADIO

    Plazo de resolución

    6 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SJ5V SOLICITUD DE AYUDA A LA CREACION DE EMPRESAS AGRARIAS PARA JOVENES Y A LAS INVERSIONES EN EXPLOTACIONES AGRICOLAS Y GANADERAS

    Plazo de presentación de solicitudes


    Del Sáb, 21 Jul 2018 al Lun, 12 Nov 2018

    Objeto

    Convocar ayudas para la creación de empresas por jóvenes agricultores y las ayudas para el apoyo a las inversiones en explotaciones agrarias, de conformidad con lo establecido en el Orden 71/2018 de 15/05/2018 de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la creación de empresas agrias por jóvenes y ayudas a inversiones en explotaciones agrícola

    Destinatarios

    Personas físicas, explotaciones de titularidad compartida y personas jurídicas titulares de explotación agraria

    Requisitos

    AYUDAS A LA CREACIÓN DE EMPRESAS AGRAIRAS POR JÓVENES
    - Tener entre 18 y no haber cumplido los 41 años.
    - No haber creado una empresa agraria antes de los 24 meses anteriores a la solicitud.
    - En esos 24 meses podrá haberse iniciado el proceso de instalación, siendo imprescindible, al menos, acreditar en dicho periodo muestra de interés por iniciarse en la actividad agraria.
    - Presentar un Plan Empresarial para la creación de la nueva explotación.
    - Contar con un tutor que le asesore en el proceso de instalación.
    - El Plan Empresarial debe alcanzar un mínimo de 20 puntos en base a los criterios de priorización de la convocatoria.
    AYUDAS A INVERSIONES EN EMPRESAS AGRARIAS
    - Personas físicas que cotizan a la seguridad social agraria y tienen capacitación suficiente, explotaciones de titularidad compartida y personas jurídicas titulares de explotaciones prioritarias.
    - Las explotaciones deberán tener una renta unitaria del trabajo entre los 10.000 y 35.000 euros.

    Importe

    Las ayudas para la creación de empresas por jóvenes agricultores consistirán en una ayuda básica de 27.000 euros. Dicha ayuda básica podrá incrementarse en las cantidades y casos establecidos en el artículo 9.2 de la Orden de bases. La ayuda máxima nunca podrá superar la cantidad de 50.000 euros.
    La ayuda para el apoyo a las inversiones en explotaciones agrícolas consistirán en una subvención de capital. Se establece un porcentaje básico de ayuda del 40% de la inversión financiable. Dicho porcentaje básico se podrá incrementar en su caso conforme a los porcentajes adicionales establecidos en el artículo 17.2 de la Orden de bases. El porcentaje básico más estos incrementos no podrán superar el 50% de la inversión financiable. Cuando el beneficiario sea un joven incorporado en los últimos 5 años obtendrá un porcentaje adicional del 20%.

    TASAS: visita previa 62,62 euros.

    Criterios

    El procedimiento de estas subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva. Los criterios de selección de operaciones, establecidos en los artículos 10 y 19 de la Orden de bases reguladoras, se aplicarán de manera obligatoria, a todas las solicitudes de ayuda. La puntuación mínima que se debe alcanzar para poder tener acceso a la ayuda será de 20 puntos.

    Documentación a aportar

    - Plan Empresarial
    - Plan de Inversiones
    - Facturas proforma, proyectos y otros
    - Documento acreditativo de la capacitación profesional
    - En caso de no autorizar a la Administración a recabarlos: fototocopia NIF y cónyuge, última declaración IRPF y dos más de los últimos 5 años, informe de vida laboral, certificados de no tener deudas con la HAcienda Estatal, Autonómica y la Seguridad Social.
    - Escrituras de propiedad de los terrenos y contratos de arrendamiento
    - Cotizaciones a la Seguridad Social de los trabajadores(TC1/TC2)
    - Derechos de riego
    - Licencias municipales
    - Solicitud de Declaración de Impacto Ambiental y/o autorizaciones medioambientales

    En caso de personas jurídicas, además:
    - NIF del representante y acreditación de la representación
    - Documentos de constitución, Estatutos y sus modificaciones.
    - Relación de socios
    - Otros.

    Lugar de presentación

    Electrónica a través de la aplicación informática MAJUELO (http://apliagri.castillalamancha.es/pdr) con certificado electrónico o a través de Entidades Gestoras de Modernización de Explotaciones

    Información Adicional

    CONSEJERIA: Dirección General de Desarrollo Rural - Tfno: 925266700. mail: jovenesclm@jccm.es
    D.P. ALBACETE: Tfno: 967558500. mail: agri-albacete@jccm.es
    D.P. CIUDAD REAL: Tfno: 926279500. mail: dpagcr@jccm.es
    D.P. CUENCA: Tfno: 969178300. mail: agri-cu@jccm.es
    D.P. GUADALAJARA: Tfno: 949885300. mail: agri-guadalajara@jccm.es
    D.P. TOLEDO: Tfno: 925266800. mail: agri-toledo@jccm.es
    DOCM: 18/05/18 Orden 71/2018, de 15 de mayo, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la creación de empresas agrarias para jóvenes y a las inversiones en explotaciones agrícolas y ganaderas en el marco de las submedidas 6.1 y 4.1 del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha para el periodo de programación 2014-2020.
    Ley 19/1995, de 4 de julio, de Modernización de las Explotaciones Agrarias.
    Orden de 13 de diciembre de 1995 por la que se desarrolla el apartado 1 del artículo 16 y la disposición final sexta de la Ley 19/1995, de 4 de julio, de Modernización de las Explotaciones Agrarias.
    DOCM: 09/07/18 Orden 105/2018, de 4 de julio, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se modifica la Orden 71/2018, de 15 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la creación de empresas agrarias para jóvenes y a las inversiones en explotaciones agrícolas y ganaderas en el marco de las submedidas 6.1 y 4.1 del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha para el periodo de programación 2014-2020.
    Orden APA/171/2006, de 26 de enero, por la que se modifica la Orden de 13 de diciembre de 1995 por la que se desarrolla el apartado 1 del artículo 16 y la disposición final sexta de la Ley 19/1995, de 4 de julio, de Modernización de las Explotaciones Agrarias.
    DOCM: 20/07/18 Resolución de 13/07/2018, de la Dirección General de Desarrollo Rural, por la que se convocan, para el año 2018, las ayudas a la creación de empresas agrarias para jóvenes agricultores y apoyo a las inversiones en explotaciones agrícolas y ganaderas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020.
    DOCM: 19/10/18 Resolución de 15/10/2018, de la Dirección General de Desarrollo Rural, por la que se modifica la Resolución de 13/07/2018, por la que se convocan, para el año 2018, las ayudas a la creación de empresas agrarias para jóvenes agricultores y apoyo a las inversiones en explotaciones agrícolas y ganaderas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020, ampliando el plazo de presentación de solicitudes. Extractos BDNS (Identif.): 408480 y 408486.
    DOCM: 12/11/18 Corrección de errores de la Resolución de 13/07/2018, de la Dirección General de Desarrollo Rural, por la que se convocan, para el año 2018, las ayudas a la creación de empresas agrarias para jóvenes agricultores y apoyo a las inversiones en explotaciones agrícolas y ganaderas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020. Extractos BDNS (Identif.): 408480 y 408486.

    Tramitación - Fuera de Plazo

    Internet:Tramitación Online

    Alertas informativas

  • -Mantener el papel ambiental y económico de los bosques, mediante la implantación de medidas preventivas: realización de áreas áreas de defensa, mejora de caminos forestales y construcción de pasos y puntos de agua. - Adecuar la estructura de las masas forestales mediante tratamientos selvícolas para disminuir los daños que puedan causar los incendios forestales y limitar su propagación, así como facilitar las operaciones durante la extinción y asegurar la integridad de los combatientes.

    Criterios

    El procedimiento de concesión de estas subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva.

  • PROCEDIMIENTO

    030320 AYUDA A LAS AGRUPACIONES DE DEFENSA SANITARIA GANADERAS

    Plazo de resolución

    3 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    S787 SOLICITUD DE AYUDA A LAS ADSG PARA LA EJECUCION DE LOS PROGRAMAS NACIONALES DE ERRADICACION DE ENFERMEDADES ANIMALES (PNEEA) REGULADAS POR EL CAPITULO III DE LA ORDEN 29/2018

    Plazo de presentación de solicitudes


    Del Mar, 08 Ene 2019 al Mar, 15 Oct 2019

    Objeto

    El objeto es solicitar la ayuda a las ADSG para la ejecución de los programas nacionales de erradicación de enfermedades animales (PNEEA)

    Destinatarios

    Las ADSGs oficialmente reconocidas por la Dirección General de Agricultura y Ganadería que ejecuten la actividad prevista en el artículo 12.b de la Orden 29/2018, de 13/02/2018, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganaderas (ADSGs) en Castilla-La Mancha, también descrito en el punto 3.b de la Resolución por la que se convoca la ayuda para el año 2019.

    Requisitos

    Para poder percibir las ayudas, las ADSGs deberán cumplir los requisitos y compromisos contemplados en el artículo 2 de la Orden 29/2018, de 13/02/2018, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganaderas (ADSGs) en Castilla-La Mancha (DOCM nº 39, 23/02/2018)

    Importe

    Los establecidos en el anexo III de la Orden 29/2018, de 13/02/2018, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganaderas (ADSGs) en Castilla-La Mancha.
    La ayuda se determinará mediante multiplicación del valor unitario de cada concepto subvencionable por el número de animales sobre el que se aplica la actividad subvencionable, y la posterior suma del valor obtenido por cada actividad subvencionable desarrollada por la ADSG.

    Criterios

    El procedimiento de concesión de estas subvenciones se efectuará en régimen de concurrencia competitiva, mediante la comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer una prelación entre las mismas de acuerdo con los criterios de valoración recogidos en el artículo 13 de la orden de bases (orden 29/2018)

    Documentación a aportar

    - Anexo III - Relación de socios que constituyen la ADSG en el momento de la solicitud.
    - Certificado que acredite la representación.
    - Cuando proceda:
    Anexo IV: justificación de vacunación de salmonella.
    Anexo V: justificación de vacunación de lengua azul.
    Anexo VI: memoria justificativa de vacunación de salmonella.

    Lugar de presentación

    Telemáticamente con firma electrónica a través del formulario que se incluirá en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es)

    Información Adicional

    sanidadanimal@jccm.es
    DOCM: 10/03/04 Decreto 20/2004, de 24/02/2004, Consejo de Gobierno, POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONSTITUCION DE AGRUPACIONES DE DEFENSA SANITARIA GANADERAS ( ADSG ) EN CASTILLA-LA MANCHA Y SE ESTABLECEN LOS PROGRAMAS SANITARIOS OBLIGATORIOS EN TODAS LAS EXPLOTACIONES GANADERAS DE CASTILLA-LA MANCHA
    DOCM: 13/02/18 Orden 29/2018, de 13 de febrero, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a las agrupaciones de defensa sanitaria ganaderas (ADSG) en Castilla-La Mancha.
    DOCM: 07/01/19 Resolución de 28/12/2018, de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, por la que se convocan por el procedimiento de tramitación anticipada para el año 2019 las ayudas para la ejecución de los programas nacionales de erradicación de enfermedades animales (PNEEA) reguladas por el capítulo III de la Orden 29/2018, de 13/02/2018, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a las agrupaciones de defensa sanitaria ganaderas (ADSGs) en Castilla-La Mancha.
    DOCM: 03/06/19 Resolución de 20/05/2019, de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, por la que se modifica el anexo I de la Resolución de 28/12/2018, por la que se convocan por el procedimiento de tramitación anticipada para el año 2019 las ayudas para la ejecución de los programas nacionales de erradicación de enfermedades animales (PNEEA) reguladas por el capítulo III de la Orden 29/2018, de 13 de febrero, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a las agrupaciones de defensa sanitaria ganaderas (ADSG) en Castilla-La Mancha.
    Resolución de 20/05/2019, de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, por la que se modifica el anexo III de la Orden 29/2018, de 13 de febrero, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a las agrupaciones de defensa sanitaria ganaderas (ADSG) en Castilla-La Mancha.

    Tramitación - Fuera de Plazo

    Internet:Tramitación Online

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    030778 AYUDA A LAS AGRUPACIONES DE DEFENSA SANITARIA GANADERA PARA LA EJECUCION DE PROGRAMAS ZOOTECNICO-SANITARIOS REGULADAS POR EL CAPITULO II DE LA ORDEN 29/2018, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS.

    Plazo de resolución

    6 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SL1L SOLICITUD DE AYUDA A LAS ADSG PARA LA EJECUCION DE LOS PROGRAMAS ZOOTECNICO-SANITARIO REGULADAS POR EL CAPITULO II DE LA ORDEN 29/2018

    Plazo de presentación de solicitudes


    Del Mar, 08 Ene 2019 al Lun, 08 Jul 2019

    Objeto

    El objeto es solicitar la ayuda a las ADSG para la ejecución de programas zootécnico-sanitarios.

    Destinatarios

    Las ADSGs oficialmente reconocidas por la Dirección General de Agricultura y Ganadería que ejecuten las actividades previstas en el punto 3 de la Resolución de convocatoria del año 2019.

    Requisitos

    Para poder percibir las ayudas, las ADSGs deberán cumplir los requisitos y compromisos contemplados en el artículo 2 de la Orden 29/2018, de 13/02/2018, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganaderas (ADSGs) en Castilla-La Mancha (DOCM nº 39, 23/02/2018)

    Importe

    Los establecidos en el anexo II de la Orden 29/2018, de 13/02/2018, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganaderas (ADSGs) en Castilla-La Mancha, así como en el punto 4 de la presente Resolución.
    La ayuda se determinará mediante multiplicación del valor unitario de cada concepto subvencionable por el número de animales sobre el que se aplica la actividad subvencionable, y la posterior suma del valor obtenido por cada actividad subvencionable desarrollada por la ADSG.

    Criterios

    El procedimiento de concesión de estas subvenciones se efectuará en régimen de concurrencia competitiva, mediante la comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer una prelación entre las mismas de acuerdo con los criterios de valoración recogidos en el artículo 8 de la orden de bases (orden 29/2018)

    Documentación a aportar

    La solicitud inicial debe ir acompañada de:
    Anexo III de la presente Resolución: lista de socios/as que integran la ADSG.
    En su caso, el apoderamiento bastante del firmante para representar.
    Programa sanitario a ejecutar en las explotaciones de la ADSG.

    Lugar de presentación

    Telemáticamente con firma electrónica a través del formulario que se incluirá en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es)

    Información Adicional

    sanidadanimal@jccm.es
    DOCM: 07/01/19 Resolución de 28/12/2018, de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, por la que se convocan, por el procedimiento de tramitación anticipada, para el año 2019 las ayudas para la ejecución de programas zootécnico-sanitarios reguladas por el capítulo II de la Orden 29/2018, de 13/02/2018, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a las agrupaciones de defensa sanitaria ganaderas (ADSGs) en Castilla-La Mancha.
    DOCM: 23/02/18 Orden 29/2018, de 13 de febrero, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a las agrupaciones de defensa sanitaria ganaderas (ADSG) en Castilla-La Mancha.
    DOCM: 23/01/19 Corrección de errores de la Resolución de 28/12/2018, de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, por la que se convocan, por el procedimiento de tramitación anticipada, para el año 2019 las ayudas para la ejecución de programas zootécnico-sanitarios reguladas por el capítulo II de la Orden 29/2018, de 13/02/2018, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a las agrupaciones de defensa sanitaria ganaderas (ADSG) en Castilla-La Mancha.
    DOCM: 10/03/04 Decreto 20/2004, de 24/02/2004, Consejo de Gobierno, POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONSTITUCION DE AGRUPACIONES DE DEFENSA SANITARIA GANADERAS ( ADSG ) EN CASTILLA-LA MANCHA Y SE ESTABLECEN LOS PROGRAMAS SANITARIOS OBLIGATORIOS EN TODAS LAS EXPLOTACIONES GANADERAS DE CASTILLA-LA MANCHA

    Tramitación - Fuera de Plazo

    Internet:Tramitación Online

    Alertas informativas

  • La finalidad de la resolución es convocar las ayudas para la ejecución de los programas de erradicación, control y vigilancia de determinadas enfermedades de los animales y de identificación animal por parte de las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganaderas (ADSGs) en Castilla-La Mancha para el año 2016

    Criterios

    1. Las solicitudes de las subvenciones previstas en esta resolución se valorarán de acuerdo con los criterios establecidos en el artículo 5 de la Orden de 30/12/2014 de la Consejería de Agricultura (DOCM nº 3 de 07/01/2015). 2. El cálculo de la ayuda se determinará aplicando la fórmula matemática contemplada en el artículo 7 de la citada Orden. 3. Los coeficientes, cuantías unitarias y límites por programa serán los que figuran en el anexo I.

  • PROCEDIMIENTO

    030767 AYUDAS A PROYECTOS PILOTO INNOVADORES EN EL AMBITO DE LA SANIDAD ANIMAL Y VEGETAL

    Plazo de resolución

    6 MESES CONTADOS DESDE LA FECHA DE FINALIZACIÓN DEL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SL0T SOLICITUD DE AYUDA A PROYECTOS PILOTO INNOVADORES EN EL AMBITO DE LA SANIDAD ANIMAL Y VEGETAL

    Plazo de presentación de solicitudes


    Del Vie, 06 Jul 2018 al Vie, 05 Oct 2018

    Objeto

    Solicitar la ayuda destinada a proyectos piloto innovadores en el ámbito de la sanidad animal y vegetal.

    Destinatarios

    Los beneficiarios serán todos aquellos agentes que participen en la ejecución del proyecto piloto e incurran en gastos subvencionables relativos al mismo pudiendo ser los siguientes:

    Personas físicas o jurídicas cuya actividad se circunscriba al sector agrario, y sea desarrollada en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha. Pequeños agentes económicos.

    Centros de Investigación, Centros tecnológicos, Universidades y otras entidades o Institutos públicos o privados cuyo objeto sea la investigación o el diagnóstico de enfermedades animales o vegetales.

    Asociaciones y organizaciones relacionadas con la producción primaria de forma individual o como entidades asociativas agrarias (sociedades cooperativas y sociedades agrarias de transformación), Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera (ADSG), Agrupaciones de Sanidad Vegetal (ASV), agrupaciones de productores y Asociaciones de productores.

    Requisitos

    Para poder percibir las ayudas, los beneficiarios deberán cumplir los requisitos y condiciones de admisibilidad contemplados en el artículo 3 y 4 de la Orden 49/2018, de 22 de marzo, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a proyectos piloto innovadores en el ámbito de la sanidad animal y vegetal, promovidos a través de la cooperación entre agentes, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de CLM para el periodo 2014-2020.

    Importe

    La cuantía de las ayudas será la establecida en el artículo 6 de la Orden 49/2018, de 22 de marzo, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a proyectos piloto innovadores en el ámbito de la sanidad animal y vegetal, promovidos a través de la cooperación entre agentes, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de CLM para el periodo 2014-2020.

    La subvención máxima por proyecto piloto no podrá superar los 150.000 euros.

    Criterios

    El procedimiento de concesión de estas ayudas se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, estableciéndose el orden de prelación de los solicitantes en función del crédito disponible de conformidad con los criterios de selección que figuran en el artículo 7.2 de la Orden de bases (orden 49/2018).

    Documentación a aportar

    - En el caso de personas físicas, fotocopia del NIF/NIE en el caso de que conste su oposición expresa a que por esta Administración se consulten los datos conforme establece el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. En el caso de relacionarse con la Administración a través de un representante, deberá presentar la documentación indicada para el caso de personas jurídicas indicada en el apartado 2) y 3).

    - En el caso de personas jurídicas:

    1º Copia de la escritura o documento de constitución, acta fundacional u otro documento acreditativo de su constitución, así como de sus modificaciones posteriores.
    2º Fotocopia del NIF del representante en el caso de que conste su oposición expresa a que por esta Administración se consulten los datos conforme establece el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
    3º Documento que acredite la representación.

    - Proyecto piloto con el contenido indicado en el apartado tercero de la presente convocatoria.
    - Acuerdo formal de compromiso de cooperación para desarrollar el proyecto firmado por todos los participantes, concretando los compromisos adquiridos por cada uno de los socios.
    - Nombramiento de representante o apoderado único del proyecto.
    - Compromiso de incorporación de mujeres en la ejecución o la implantación del proyecto.

    Lugar de presentación

    Se presentarán de forma telemática con firma electrónica a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Junta de comunidades de Castilla-la Mancha. www.jccm.es.

    Información Adicional

    sanidadanimal@jccm.es
    DOCM: 04/04/18 Orden 49/2018, de 22 de marzo, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a proyectos piloto innovadores en el ámbito de la sanidad animal y vegetal, promovidos a través de la cooperación entre agentes, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha para el período 2014-2020.
    DOCM: 05/07/18 Resolución de 29/06/2018, de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, por la que se convocan, para el año 2018, las ayudas para proyectos piloto innovadores en el ámbito de la sanidad animal y vegetal, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha para el período 2014-2020. Extractos BDNS (Identif.): 406207 y 406208.

    Tramitación - Fuera de Plazo

    Internet:Tramitación Online

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    030349 AYUDAS EN AREAS DE INFLUENCIA SOCIOECONOMICA DE PARQUES NACIONALES EN CASTILLA-LA MANCHA PARA EL AÑO 2018

    Plazo de resolución

    6 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SIWD SOLICITUD DE AYUDA EN AREAS DE INFLUENCIA SOCIOECONOMICA DE PARQUES NACIONALES EN CASTILLA-LA MANCHA

    Plazo de presentación de solicitudes


    Del Vie, 05 Oct 2018 al Mié, 24 Oct 2018
    Del Vie, 05 Oct 2018 al Mié, 24 Oct 2018
    Del Vie, 05 Oct 2018 al Mié, 24 Oct 2018
    Del Vie, 05 Oct 2018 al Mié, 24 Oct 2018

    Objeto

    Las iniciativas subvencionables tienen por finalidad implicar e incentivar a la población rural en el cumplimiento de los objetivos regionales para la gestión de los espacios naturales mediante la subvención de inversiones ejecutadas en las AIS de los Parques Nacionales, en actividades orientadas a la divulgación de los valores e importancia de los Parques Nacionales y de cualquier actuación propuesta por los beneficiarios adscritos a la Carta Europea de Turismo Sostenible (CETS)

    Destinatarios

    1. Entidades empresariales: pequeñas y medianas empresas, Empresarios autónomos.
    a) Entidades empresariales que tengan la consideración de pequeña y mediana empresa, cuya sede social esté radicada en el área de influencia socioeconómica de los Parques Nacionales y cuya actividad principal se desarrolle en ella.
    b) Empresarios autónomos
    2. Las personas físicas residentes en las áreas de influencia socioeconómica de los Parques Nacionales.
    3. Instituciones sin fines de lucro: Fundaciones y Asociaciones sin ánimo de lucro, Asociaciones de Municipios.
    4. Otros beneficiarios: Entidades de Derecho Público, Agrupaciones de propietarios de terrenos.

    Requisitos

    a) No estar incursos en las prohibiciones establecidas en la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
    b) Disponer, en su caso, de un plan de prevención de riesgos laborales y no haber sido sancionados, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.
    c) Estar corriente en el cumplimiento de sus obligaciones por reintegro de subvenciones, obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
    d) Tener el domicilio fiscal entre los supuestos especificados en el art.2 Orden de bases.
    e) No haber renunciado o haber dejado de justificar hasta el 50% de la subvención concedida en las dos anteriores convocatorias del Programa de subvenciones de la Red de Parques Nacionales de CLM.
    f) Los proyectos sean técnica y económicamente viables.

    Importe

    1. La cuantía máxima de la subvención será:
    a) Para empresas se podrá alcanzar el 70% del gasto subvencionable aprobado.
    b) Para personas físicas, instituciones sin ánimo de lucro y otros beneficiarios se podrá alcanzar el 85 % del gasto subvencionable aprobado.
    2.) La cuantía máxima de la subvención por solicitud será:
    a) Para entidades empresariales: 30.000 Euros
    b) Para personas física, Instituciones sin ánimo de lucro y agrupaciones de propietarios reconocidas al amparo del artículo 2.1.4.b de la Orden 99/2018, de bases, así como otras entidades de derecho público constituidas al amparo de alguna legislación sectorial en materia de recursos naturales renovables: 20.000 Euros.

    Criterios

    1. Grado sinergia con objetivos y actividades de los P. Nacionales.
    2. Carácter ejemplificación de un modelo de desarrollo compatible con la conservación de procesos naturales.
    3. Grado contribución al mantenimiento y promoción de actividades tradicionales
    4. Intensidad del efecto sobre la mejora de la calidad de vida y el desarrollo socioeconómico.
    5. Volumen de creación de empleo estable.
    6. Calidad del proyecto o memoria valorada presentada con la solicitud.
    7. Entidades partícipes de la CETS

    Documentación a aportar

    - Memoria simplificada del proyecto (Anexo II)
    - Para las entidades privadas: documento que acredite la capacidad y representación, así como su actividad empresarial.
    - Fotocopia del DNI/NIE/Pasaporte del solicitante o autorización expresa para consultar el documento
    - Documentos acreditativos de domicilio o residencia o autorización expresa para consultar el documento
    - Certificado de hallarse al corriente de pago de las obligaciones por reintegro de subvenciones, de naturaleza tributaria con la Agencia Tributaria Estatal y con la Hacienda Autonómica así como con la Seguridad Social o autorización expresa para consultar el documento

    Lugar de presentación

    a) Las personas físicas, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del PAC de las AAPP y opcionalmente de forma telemática a través de la sede electrónica de la JCCM en la siguiente dirección: http://www.jccm.es.

    b) Las personas jurídicas y demás sujetos contempladas en el artículo 14.2 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, obligatoriamente de forma telemática a través de la sede electrónica de la JCCM en la siguiente dirección: http://www.jccm.es

    Información Adicional

    dgpfen@jccm.es
    DOCM: 25/08/09 Orden de 04/08/2009, de la Consejería de Industria, Energía y medio Ambiente, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas en las áreas de infuencia socioeconómica de los Parques Nacionales en Castilla-La Mancha.
    DOCM: 04/10/18 Resolución de 27/09/2018, de la Dirección General de Política Forestal y Espacios Naturales, por la que se convocan las subvenciones en las áreas de influencia socioeconómica de los parques nacionales en Castilla-La Mancha para el año 2018. Extracto BDNS (Identif.): 417177.
    Real Decreto 1229/2005, de 13 de octubre, por el que se regulan las subvenciones públicas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado en las áreas de influencia de los Parques Nacionales (BOE Núm. 246 de 14 de octubre de 2005)
    DOCM: 25/08/09 Orden de 04/08/2009, de la Consejería de Industria, Energía y medio Ambiente, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas en las áreas de infuencia socioeconómica de los Parques Nacionales en Castilla-La Mancha.
    DOCM: 04/10/18 Resolución de 27/09/2018, de la Dirección General de Política Forestal y Espacios Naturales, por la que se convocan las subvenciones en las áreas de influencia socioeconómica de los parques nacionales en Castilla-La Mancha para el año 2018. Extracto BDNS (Identif.): 417177.
    Real Decreto 1229/2005, de 13 de octubre, por el que se regulan las subvenciones públicas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado en las áreas de influencia de los Parques Nacionales (BOE Núm. 246 de 14 de octubre de 2005)
    DOCM: 04/10/18 Resolución de 27/09/2018, de la Dirección General de Política Forestal y Espacios Naturales, por la que se convocan las subvenciones en las áreas de influencia socioeconómica de los parques nacionales en Castilla-La Mancha para el año 2018. Extracto BDNS (Identif.): 417177.
    Real Decreto 1229/2005, de 13 de octubre, por el que se regulan las subvenciones públicas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado en las áreas de influencia de los Parques Nacionales (BOE Núm. 246 de 14 de octubre de 2005)
    DOCM: 25/08/09 Orden de 04/08/2009, de la Consejería de Industria, Energía y medio Ambiente, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas en las áreas de infuencia socioeconómica de los Parques Nacionales en Castilla-La Mancha.
    Real Decreto 1229/2005, de 13 de octubre, por el que se regulan las subvenciones públicas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado en las áreas de influencia de los Parques Nacionales (BOE Núm. 246 de 14 de octubre de 2005)
    DOCM: 04/10/18 Resolución de 27/09/2018, de la Dirección General de Política Forestal y Espacios Naturales, por la que se convocan las subvenciones en las áreas de influencia socioeconómica de los parques nacionales en Castilla-La Mancha para el año 2018. Extracto BDNS (Identif.): 417177.
    Real Decreto 1229/2005, de 13 de octubre, por el que se regulan las subvenciones públicas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado en las áreas de influencia de los Parques Nacionales (BOE Núm. 246 de 14 de octubre de 2005)
    DOCM: 04/10/18 Resolución de 27/09/2018, de la Dirección General de Política Forestal y Espacios Naturales, por la que se convocan las subvenciones en las áreas de influencia socioeconómica de los parques nacionales en Castilla-La Mancha para el año 2018. Extracto BDNS (Identif.): 417177.
    Real Decreto 1229/2005, de 13 de octubre, por el que se regulan las subvenciones públicas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado en las áreas de influencia de los Parques Nacionales (BOE Núm. 246 de 14 de octubre de 2005)
    Real Decreto 1229/2005, de 13 de octubre, por el que se regulan las subvenciones públicas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado en las áreas de influencia de los Parques Nacionales (BOE Núm. 246 de 14 de octubre de 2005)
    DOCM: 25/08/09 Orden de 04/08/2009, de la Consejería de Industria, Energía y medio Ambiente, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas en las áreas de infuencia socioeconómica de los Parques Nacionales en Castilla-La Mancha.
    DOCM: 04/10/18 Resolución de 27/09/2018, de la Dirección General de Política Forestal y Espacios Naturales, por la que se convocan las subvenciones en las áreas de influencia socioeconómica de los parques nacionales en Castilla-La Mancha para el año 2018. Extracto BDNS (Identif.): 417177.
    Real Decreto 1229/2005, de 13 de octubre, por el que se regulan las subvenciones públicas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado en las áreas de influencia de los Parques Nacionales (BOE Núm. 246 de 14 de octubre de 2005)
    DOCM: 25/08/09 Orden de 04/08/2009, de la Consejería de Industria, Energía y medio Ambiente, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas en las áreas de infuencia socioeconómica de los Parques Nacionales en Castilla-La Mancha.
    DOCM: 04/10/18 Resolución de 27/09/2018, de la Dirección General de Política Forestal y Espacios Naturales, por la que se convocan las subvenciones en las áreas de influencia socioeconómica de los parques nacionales en Castilla-La Mancha para el año 2018. Extracto BDNS (Identif.): 417177.
    Real Decreto 1229/2005, de 13 de octubre, por el que se regulan las subvenciones públicas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado en las áreas de influencia de los Parques Nacionales (BOE Núm. 246 de 14 de octubre de 2005)

    Tramitación - Fuera de Plazo

    Internet:Tramitación Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    030762 AYUDAS "INNOVA WORLD" PARA FAVORECER LA INTERNACIONALIZACION DE LAS EMPRESAS DE CASTILLA-LA MANCHA A TRAVES DE LA INNOVACION

    Plazo de resolución

    CUATRO MESES CONTADOS DESDE EL DÍA DE LA PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA.

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SKZX SOLICITUD DE AYUDA PARA FAVORECER LA INTERNACIONALIZACION DE LAS EMPRESA A TRAVES DE LA INNOVACION

    Plazo de presentación de solicitudes


    Del Vie, 04 Oct 2019 al Mar, 03 Dic 2019

    Objeto

    Concesión de subvenciones a empresas de todos los sectores, para favorecer la internacionalización a través de la innovación.

    Destinatarios

    Las personas físicas que se encuentren en alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), los clústeres, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas sin personalidad, las comunidades de bienes, las cooperativas, o cualquier otro tipo de unidad económica con patrimonio separado; excepto las fundaciones públicas y privadas, empresas u organismos públicos y las administraciones públicas.

    Requisitos

    a) Desarrollar su actividad económica en Castilla-La Mancha.
    b) No estar incurso en las prohibiciones establecidas en el artículo 13 apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
    c) No encontrarse la persona que ostente la representación legal de la entidad, en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha. Para el caso de sociedades y demás personas jurídicas, esta incompatibilidad se extiende a sus administradores o sus representantes legales.
    d) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones por reintegro de subvenciones, tributarias tanto con la administración estatal como con la autonómica y con la Seguridad Social.
    e) No haber solicitado ni obtenido cualquier otra ayuda, subvención, ingreso o recurso con cargo a los presupuestos de la JCCM para el mismo concepto.

    Importe

    1. El porcentaje de subvención máxima no podrá exceder del 20% en el caso de grandes empresas y del 40% para el resto de beneficiarios, con límite máximo de 6.000,00 euros de ayuda por beneficiario.
    2. El presupuesto mínimo de la suma de todos los gastos sobre los que se solicita la subvención, deberá ser, al menos, de 5.000,00 euros.
    Esta información se deberá presentar en el modelo que acompaña a la convocatoria (Anexo II).

    Criterios

    Por concurrencia competitiva conforme se especifica en el artículo 10 de la Orden reguladora y se resumen a continuación:
    a) Grado de Internacionalización de la empresa, máximo 10 puntos.
    b) Existencia departamento Innovación o I+D, máximo 10 puntos.
    c) Capacidad de innovación de las empresas, máximo 5 puntos.
    d) Encuadramiento de la empresa RIS3, máximo 5 puntos.
    e) Actividad económica zona ITI, máximo 10 puntos.
    f) Actividad económica zona prioritaria, máximo 5 puntos.

    Documentación a aportar

    Las solicitudes de subvención se presentarán en el modelo normalizado que se acompañe a esta convocatoria (Anexo I).
    y junto a la solicitud, se presentará un Plan de Acción (para lo que se adjunta modelo Anexo II junto a la solicitud).

    También se deberá acompañar copia la declaración presentada de impuesto de sociedades del último ejercicio (modelo 200),o Modelo 390 o 303 (según corresponda) de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (resumen anual de IVA), y los certificados de innovación que se hayan indicado en el punto 4 de la solicitud.

    El presupuesto total de los gastos financiables debe ser cómo mínimo de 5.000 euros.

    Podrán ser financiables acciones contempladas en el Plan y realizadas desde la fecha de presentación de solicitud de ayuda y hasta el 1 de junio del 2020.

    Lugar de presentación

    Las solicitudes se presentarán de forma telemática con firma electrónica a través del formulario que se incluye como anexo I, que encontrará disponible en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha, www.jccm.es

    Información Adicional

    Teléfono: 925 259 100
    Email: convocatorias@ipex.es
    DOCM: 03/10/19 Resolución de 24/09/2019, del Instituto de Promoción Exterior de Castilla-La Mancha, por la que se aprueba la convocatoria de concesión de ayudas, al amparo de la Orden 92/2018, de 12 de junio, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas Innova World para favorecer la internacionalización de las empresas de Castilla-La Mancha a través de la innovación, cofinanciables en un 80% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del Programa Operativo Feder de Castilla-La Mancha 2014-2020. Extracto BDNS (Identif.): 474744.
    DOCM: 19/06/18 Orden 92/2018, de 12 de junio, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas -Innova World- para favorecer la internacionalización de las empresas de Castilla-La Mancha a través de la innovación, cofinanciables en un 80% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del Programa Operativo Feder de Castilla-La Mancha 2014-2020.

    Tramitación

    Online

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    030610 INVERSIONES EN EXPLOTACIONES Y/O PARA EL AUMENTO DEL VALOR AÑADIDO EN INDUSTRIAS AGROALIMENTARIAS DEL SECTOR VACUNO LECHERO DE CASTILLA - LA MANCHA

    Plazo de resolución

    2 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SKHQ SOLICITUD DE AYUDA PARA INVERSIONES EN EXPLOTACIONES Y/O PARA EL AUMENTO DEL VALOR AÑADIDO EN INDUSTRIAS AGROALIMENTARIAS DEL SECTOR VACUNO LECHERO DE CASTILLA - LA MANCHA

    Plazo de presentación de solicitudes


    Del Mié, 01 Jul 2015 al Mié, 15 Jul 2015

    Objeto

    Regular las bases de las ayudas a la inversión vinculada a la producción lechera mediante la convocatoria de las siguientes medidas: a) Inversiones en explotaciones de vacuno lechero b) Aumento del valor añadido en industrias agroalimentarias del sector vacuno lechero

    Destinatarios

    a) Inversiones en explotaciones de vacuno lechero: podrán ser beneficiarios cualquier persona física o jurídica titular de una explotación que se encuentre registrada en el Registro Oficial de Explotaciones Ganaderas de Castilla -La Mancha (REGA). b) Aumento del valor añadido en industrias agroalimentarias del sector vacuno lechero: podrán ser beneficiarios las personas físicas o jurídicas, con excepción de las sociedades civiles y las comunidades de bienes, que transformen y/o comercialicen productos agrícolas en establecimientos radicados en Castilla-La Mancha inscritos o, en el caso de tratarse de nuevas instalaciones, que se inscriban en el Registro de Industrias Agroalimentarias de Castilla - La Mancha.

    Requisitos

    No podrá obtener la condición de beneficiario aquellos en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones o estén incursos en los casos que se establecen en el artículo 74.2 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla - La Mancha. No encontrarse en situación de crisis de acuerdo con la definición establecida en las Directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis. En el supuesto de estar sujeto a la normativa de prevención de riesgos laborales, el beneficiario deberá disponer de un plan de prevención de riesgos laborales y no haber sido sancionados, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.

    Documentación a aportar

    Documento acreditativo de la representación. - Escritura de constitución o acta fundacional y estatutos de la sociedad, así como las modificaciones posteriores debidamente inscritas en el Registro correspondiente. - Cuentas anuales (balance, cuenta de pérdidas y ganancias y memoria) de los tres últimos ejercicios que hayan sido presentadas en el Registro Mercantil y realizadas de acuerdo con el Plan General de Contabilidad. En caso de tener obligación, informe de auditoría e informe de gestión. En el caso de que la empresa forme parte de un grupo, de acuerdo con la legislación mercantil, cuentas anuales consolidadas correspondientes a los tres últimos ejercicios mencionados. - Fotocopias de las tres últimas declaraciones del Impuesto de Sociedades presentadas ante la Hacienda Pública. - Fotocopias de las tres últimas declaraciones del Impuesto sobre la Renta, salvo autoriación a recabar los datos telemáticamente - Cifras de compras y ventas de su actividad industrial o comercial, así como, en caso de que existieran, las de los gastos financieros y de personal - Declaración de información relativa al tipo de empresa que solicita la ayuda, Anexo I (d) - Certificado de vida laboral actualizado salvo autorización a recabar los datos telemáticamente - Certificado de titularidad de la cuenta en la que se solicita que se ingrese la subvención debidamente cumplimentada y sellada por la entidad bancaria en caso de no figurar el sello en el apartado correspondiente de la solicitud de ayuda - Facturas pro forma o presupuestos de las adquisiciones, contrataciones o gastos que se desean realizar y por cuya razón se solicita la subvención

    Lugar de presentación

    Las solicitudes se podrán presentar: a) En los Servicios Centrales, Servicios Periféricos de la Consejería de Agricultura o en los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. b) Telemáticamente con firma electrónica a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es).

    Información Adicional

    Este procedimiento puede suponer el pago de una tasa, en su caso pinche aquí para ver importe: http://pagina.jccm.es/agricul/tasas/Tasa_018.pdf
    DOCM: 30/06/15 Orden de 19/06/2015, de la Consejería de Agricultura, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para inversiones en explotaciones y/o para el aumento del valor añadido en industrias agroalimentarias del sector vacuno lechero de Castilla-La Mancha, y se efectúa su convocatoria para 2015.

    Tramitación - Fuera de Plazo

    Internet:Tramitación Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    030830 AYUDAS A LA PRESTACION DE SERVICIOS DE ASESORAMIENTO A LAS EXPLOTACIONES AGRARIAS Y FORESTALES

    Plazo de resolución

    6 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SL86 SOLICITUD DE AYUDA PARA LA PRESTACION DE SERVICIOS DE ASESORAMIENTO

    Plazo de presentación de solicitudes


    Del Mié, 17 Abr 2019 al Lun, 20 Mayo 2019

    Objeto

    Contribuir a la mejora de los resultados económicos de las explotaciones, fomentando el respeto al medio ambiente y la capacidad de adaptación al cambio climático.

    Destinatarios

    Beneficiarios de la ayuda: las personas o entidades, con entidad jurídica propia, que cumplan los requisitos señalados en el artículo 2.2 de la orden de bases.

    Usuarios del servicio: agricultores, jóvenes agricultores definidos conforme al Reglamento (UE) 2017/2393, del Parlamento y del Consejo, de 13 de diciembre de 2017 y los titulares forestales.

    Requisitos

    a) La prestación de asistencia y asesoramiento a las explotaciones en el ámbito solicitado debe figurar como objeto social definido en sus estatutos.
    b) Disponer, al menos, de una oficina abierta al público en cada provincia donde deseen prestar servicio.
    c) Disponer de una aplicación informática para el control de los usuarios y sus explotaciones.
    d) Disponer de una página web informativa.
    e) Contar con personal cualificado para el ámbito del servicio de asesoramiento prestado.
    f) Contar con un coordinador del servicio.
    g) Estar legalmente constituidos con al menos un año de antelación a la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda.
    h) Contar con un programa de formación continua.
    i) Haber cumplido con el 80% del programa solicitado en la convocatoria anterior.

    Importe

    La intensidad de la ayuda es del 100% de los gastos subvencionables con el límite del precio unitario máximo de 544 ¿ por asesoramiento prestado en el que no se incluye el IVA.

    El límite máximo subvencionable por beneficiario y convocatoria será de 200.000 euros si el ámbito de servicio es el territorio de la región de Castilla-La Mancha.

    En el caso de que el ámbito de la entidad de asesoramiento no alcance a toda la región, el límite máximo subvencionable será de 50.000 euros por provincia.

    Criterios

    1. Experiencia de la entidad prestadora del servicio, hasta 15 puntos.
    2. El número y la cualificación de los asesores que forman parte de la plantilla de la entidad, hasta 25 puntos.
    3. Cobertura geográfica, hasta 20 puntos.
    4. Por el ámbito del servicio a prestar, hasta 25 puntos.
    5. En función de los usuarios finales a los que la entidad preste el servicio, hasta 30 puntos.
    6. Por la calidad del proyecto de servicio de asesoramiento, hasta 20 puntos.

    Documentación a aportar

    a) Estatutos de la entidad y documento de constitución, así como el documento acreditativo del poder de representación de la persona que presenta la solicitud y su DNI.
    b) Relación de personal encargado de realizar los asesoramiento, acreditando el tipo de vinculación con la entidad y adjuntando justificantes de titulación, formación específica en asesoramiento y experiencia junto con el curriculum vitae. también se indicará quien será el coordinador del servicio y se acreditará su titulación, formación específica o experiencia, de al menos tres años, adjuntando además su curriculum vitae.
    c) Proyecto de servicio de asesoramiento, donde se indicará el ámbito de actuación, la estructura orgánica y funcional de la entidad, con mención expresa del número de oficinas abiertas al público, que deberán cumplir con lo dispuesto en el artículo 2.2.b) de la Orden de bases reguladoras y referencia a la página web prevista en el apartado d) del citado artículo. Asimismo, el proyecto de servicio de asesoramiento deberá incluir el plan o sistema de asesoramiento, el sistema de seguimiento de las orientaciones efectuadas y la autoevaluación de los resultados, y el equipamiento disponible. Además se indicará el alcance del servicio, estimando el número y la tipología de usuarios a los que se espera poder asesorar.
    d) Declaración donde se indique que se dispone de una aplicación informática que cumpla con lo indicado en el artículo 2.2.c) de la orden, adjuntando los menús y el manual de funcionamiento de la misma.
    e) Seguro de responsabilidad.
    f) Plan de formación continua para el personal asesor.

    Lugar de presentación

    Obligatoriamente de forma telemática a través de la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha

    Información Adicional

    Si desea presentar subsanaciones a su solicitud pinche aquí.
    DOCM: 01/03/19 Orden 34/2019, de 22 de febrero, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a la prestación de servicios de asesoramiento, submedida 2.1 del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020.
    DOCM: 16/04/19 Resolución de 10/04/2019, de la Dirección General de Desarrollo Rural, por la que se establece la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas a la prestación de servicios de asesoramiento, submedida 2.1 del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020, para el ejercicio 2019. BDNS (Identif.): 449535.

    Tramitación - Fuera de Plazo

    Internet:Tramitación Online

    Alertas informativas

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