JUSTIFICACION MENSUAL Y SOLICITUD DE ABONO DE AYUDA PARA EL MANTENIMIENTO DE PUESTOS DE TRABAJO DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD: SUBVENCION DE COSTES SALARIALES | Sede Electrónica
Actualizado el 12 de agosto de 2020
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PROCEDIMIENTO
030117 AYUDAS AL FOMENTO DE LA INTEGRACION LABORAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO
Plazo de resolución
DOS MESESEfectos silencio
DesestimatorioPKMM JUSTIFICACION MENSUAL Y SOLICITUD DE ABONO DE AYUDA PARA EL MANTENIMIENTO DE PUESTOS DE TRABAJO DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD: SUBVENCION DE COSTES SALARIALES
Plazo de presentación de solicitudes
La justificación de la ayudas de costes salariales se realizará mensualmente dentro de los primeros diez días del mes siguiente al que correspondan los mismos.Objeto
La subvención de costes salariales, tiene por objeto subvencionar parcialmente el coste salarial de cada trabajador con discapacidad en plantilla de los centros especiales de empleo, que presten sus servicios en un centro de trabajo radicado en el territorio de Castilla - La Mancha , referido al primer semestre del año natural.Destinatarios
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones previstas en este decreto, los centros especiales de empleo que figuren inscritos como tales en el registro correspondiente. Las actuaciones objeto de subvención deberán ir referidas a centros de trabajo situados en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla - La Mancha, con independencia de que los centros especiales de empleo, beneficiarios de las subvenciones, tengan o no su sede social en dicho territorioRequisitos
-Que el puesto de trabajo, que se genera, mantiene o se sustituye, desarrolla su actividad laboral en el ámbito territorial de Castilla -La Mancha.-En caso de beneficiarios sujetos a la normativa de prevención de riesgos laborales, deben disponer de un plan de prevención de riesgos laborales, cuando así lo establezca la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
-Disponer de un Plan de igualdad, cuando así lo establezca la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
-Que no están incursos en los supuestos de incompatibilidad previstos en el artículo 13, apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
Importe
La cuantía de la subvención de costes salariales consistirá en el abono del 50 por ciento del Salario Mínimo Interprofesional, proporcional a la jornada realizada, en función de los días efectivamente trabajados, incluidas las pagas extraordinarias de junio y diciembre. Si las retribuciones brutas de las pagas extraordinarias, por causas debidamente justificadas, fueran inferiores al Salario Mínimo Interprofesional, el abono será del 50 por ciento de dichas retribuciones brutas percibidas por el trabajadorDocumentación a aportar
-Relación de los trabajadores por los que se solicita la ayuda, incluyendo las modificaciones en la plantilla (alta, bajas, cambios de jornadas) producidas en el mes de acuerdo al modelo que se incluye al final de este formulario.- Certificado de discapacidad de los trabajadores objeto de las nuevas contrataciones, o documento acreditativo de tal condición emitido por el órgano competente a los efectos del artículo 4.3 del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre.
-Modelos de documentos TC1 del mes anterior al que se justifica la subvención por todas las cuentas de cotización del centro especial de empleo, en el ámbito territorial de Castilla ¿La Mancha, con el justificante de ingreso.
-Modelos de documentos TC2, del mes anterior al que se justifica la subvención, por todas las cuentas de cotización del centro especial de empleo, en el ámbito territorial de Casilla-La Mancha.
-Nóminas del mes de cada uno de los trabajadores.
-Justificantes bancarios del abono de las nóminas por la entidad al trabajador.
-Partes de baja, confirmación y alta por incapacidad temporal de los trabajadores del centro especial de empleo.
-Contrato de trabajo correspondiente al trabajador por el que se justifica la ayuda.
-Resolución de alta y/o baja y modificación de jornada en la Seguridad Social.
-Informe de Datos de Cotización (IDC) de la Seguridad Social de los trabajadores cuyo contrato inicial haya sido modificado.
-En el caso de subrogación de trabajadores de otra empresa, se deberá aportar: documento acreditativo del negocio jurídico por el que la empresa cesionaria adquiere la titularidad de la cedente, cambio de cuenta de cotización de los trabajadores subrogados realizado ante la Tesorería General de la Seguridad Social, y comunicación a los Servicios Públicos de Empleo
Lugar de presentación
Las solicitudes se presentarán únicamente de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha (https://www.jccm.es). Al presentarse de esta forma, la documentación original a aportar, deberá ser digitalizada y presentada junto al formulario, como archivos anexos a la misma.Información Adicional
Coordinación de EmpleoDirección Postal:
Avenida de Irlanda, 14 - 45071 Toledo, España
Teléfono(s): 925265685
Fax(s): 925286962
La resolución se notificará a los interesados por medios electrónicos, a través de la plataforma de notificaciones telemáticas de la Junta de Comunidades de Castilla -La Mancha https://notifica.jccm.es/notifica/, de acuerdo con lo previsto en el artículo 37 del Decreto 12/2010, de 16 de marzo, por el que se regula la utilización de medios electrónicos en la actividad de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla - La Mancha.
Marco legal
DOCM: 12/04/19 Resolución de 28/03/2019, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se publican los nuevos modelos de anexos correspondientes a las ayudas de costes salariales previstas en el Decreto 21/2010, de 20 de abril, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para promover y facilitar la integración laboral de las personas con discapacidad en centros especiales de empleo.
DOCM: 04/08/16 Decreto 36/2016, de 27/07/2016, por el que se modifica el Decreto 21/2010, de 20 de abril, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para promover y facilitar la integración laboral de las personas con discapacidad en centros especiales de empleo. Extractos BDNS (Identif.): 313585, 313591 y 313601.
Tramitación
Trámites relacionados
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