IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES: DONACIONES-AUTOLIQUIDACION DE DONACIONES. | Sede Electrónica

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
Ver en la web de la administración

PROCEDIMIENTO

170014 IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES: DONACIONES- AUTOLIQUIDACIÓN DE DONACIONES

Plazo de resolución

SJP6 IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES: DONACIONES-AUTOLIQUIDACION DE DONACIONES.

Plazo de presentación de solicitudes

1 mes, a contar desde la fecha en que se cause el acto o contrato (caso de adquisiciones inter vivos).

Objeto

Procedimiento para que el obligado tributario presente la autoliquidación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, modalidad Donaciones. Es decir, aporte los datos necesarios para la liquidación del tributo y realice, por sí mismo, las operaciones de calificación y cuantificación necesarias para determinar e ingresar la deuda tributaria.

Destinatarios

Los sujetos pasivos, obligados tributarios, que pueden actuar por sí mismos o por medio de representante.
Son sujetos pasivos, a título de contribuyentes, las siguientes personas físicas:
a) En las adquisiciones "mortis causa", los causahabientes.
b) En las donaciones y demás transmisiones lucrativas "inter vivos" equiparables, el donatario o el favorecido por ellas.
c) En los seguros sobre la vida, los beneficiarios.

Requisitos

El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones grava los incrementos de patrimonio obtenidos a título lucrativo por personas físicas, constituyendo el hecho imponible cualesquiera de los siguientes supuestos:
a) La adquisición de bienes y derechos por herencia, legado o cualquier otro título sucesorio.
b) La adquisición de bienes y derechos por donación o por cualquier otro negocio jurídico a título gratuito e inter vivos.
c) La percepción de cantidades por los beneficiarios de contratos de seguro sobre la vida, cuando el contratante sea persona distinta del beneficiario.

Importe

Tarifa según ley.
Valor real de los bienes y derechos que constituyen el incremento patrimonial obtenido y los importes de las cantidades percibidas por los beneficiarios de seguros sobre la vida.

Criterios

La autoliquidación y la documentación aportada puede ser verificada y comprobada por la Administración tributaria dentro de los plazos de prescripción.

Documentación a aportar

Los sujetos pasivos deberán presentar ante los órganos competentes de la Administración tributaria el modelo de autoliquidación debidamente cumplimentado, junto con los documentos a los que se hayan incorporado los actos o contratos sujetos al impuesto o, a falta de incorporación, una declaración escrita sustitutiva en la que consten las circunstancias relevantes para la liquidación, para que por aquéllos se proceda a su examen, calificación, comprobación y a la práctica de las liquidaciones que procedan.
Los sujetos pasivos vendrán obligados a consignar el valor real que atribuyen a cada uno de los bienes y derechos incluidos en dicha declaración.
El modelo de autoliquidación a presentar es el Modelo 651. Trnsmisiones "inter vivos".

Lugar de presentación

Servicios de Atención al contribuyente de la Consejería de Hacienda u Oficinas Liquidadoras de Distrito Hipotecario

Información Adicional

En Castilla-La Mancha, a partir del 1 de enero de 2014 es obligatorio el régimen de autoliquidación del impuesto.


Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
DOCM: 06/02/14 Orden de 29/01/2014, , por la que se aprueban los modelos 650, 651 y 655 de autoliquidación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
DOCM: 30/11/12 Decreto 147/2012, de 28/11/2012, por el que se establece la estructura orgánica y competencias de la Consejería de Hacienda.
DOCM: 29/11/13 Ley 8/2013, de 21 de noviembre, de Medidas Tributarias de Castilla-La Mancha.

Tramitación

Online

Alertas informativas


Oficinas de la administración

Consultorio Local Carrizosa

Calle Encomienda 9, 13329, Carrizosa

Tel. 926369029

Servicio Provincial Agencia del Agua Guadalajara

Cuesta San Miguel 1, 19071, Guadalajara

Tel. 949888800

Oficina Comarcal Agraria Belmonte

Calle Recaredo Baillo 3, 16640, Villamayor de Santiago

Tel. 969176889

Oficina Empleo Daimiel

Calle Prim 24, 13250, Daimiel

Direccion Provincial Consejeria de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural en Toledo

Calle Duque de Lerma 3, 45071, Toledo

Centro Integrado de Formacion Profesional Aguas Nuevas

Carretera Aguas Nuevas KM 6,7, 02049, Albacete

Oficina Empleo Villacañas

Plaza De España 16, 45860, Villacañas

Direccion Enfermeria

Avenida D. Emilio Garcia Roldan S/N, 13002, Ciudad Real

Tel. 926646000

Direccion Provincial Consejeria de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural en Albacete

Calle Tesifonte Gallego 1, 02071, Albacete

Oficina Comarcal Agraria Tarancon

Calle Reina Sofia 1, 16400, Tarancón

Tel. 969176886

Oficina Empleo Cifuentes

Calle Del Remedio 19, 19420, Cifuentes

Consultorio Local Aliaguilla

Calle Casa del Medico S/N, 16313, Aliaguilla

Tel. 969364017

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.