AUTORIZACION DE CENTROS DE FORMACION DE CONDUCTORES.
Actualizado el 18 de diciembre de 2019
Ver en la web de la administraciónAutorizar los centros de formación para la impartición de cursos necesarios para la obtención del Certificado de Aptitud Profesional (CAP), tanto en formación inicial como continua, según RD 1032/2007, de 20 de julio, por el que se regula la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera. Este procedimiento contempla tanto las nuevas autorizaciones como las modificaciones o la renuncia de las mismas.