Orden UMA/21/2016
Descripción
Orden UMA/21/2016, de 23 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para financiar las actuaciones de los Ayuntamientos en el procedimiento de evaluación ambiental de los Planes Generales de Ordenación Urbana.
Boletín Oficial de Cantabria
Número BOC: 129
Fecha BOC: 05/07/2016
Fecha inicio plazo presentación
18/08/2016
Fecha finalización plazo presentación
17/09/2016
Beneficiarios
Podrán acogerse a estas ayudas los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Cantabria que procedan a elaborar o revisar sus instrumentos de planeamiento de acuerdo con la legislación vigente y cumplan con los siguientes requisitos:
a) Haber iniciado la tramitación del procedimiento de evaluación ambiental.
b) No haber obtenido el instrumento de evaluación de impacto ambiental a que se refiere el artículo 69.2 de la Ley de Cantabria 2/2001, de 25 de junio, de Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria antes de la entrada en vigor de la Ley de Cantabria 17/2006, de 11 de diciembre, de Control Ambiental Integrado.
No obstante, los Ayuntamientos que no reúnan el requisito del apartado b) por haber obtenido el instrumento de evaluación de impacto ambiental antes de la entrada en vigor de la Ley de Cantabria 17/2006, de 11 de diciembre, de Control Ambiental Integrado, podrán acogerse a las ayudas siempre que en las fases correspondientes del artículo 3.2 de esta Orden hubieran realizado las adaptaciones oportunas a la mencionada Ley.
c) No haber obtenido subvención para la misma Fase de las previstas en el artículo 3 de esta Orden en convocatorias anteriores, salvo que la elaboración o revisión del Plan General de Ordenación Urbana se acompañe de un nuevo documento ambiental distinto del que fue objeto de la ayuda anterior.
Documentación a adjuntar
A las solicitudes, que se presentarán firmadas por el representante legal de la corporación local, se acompañará la siguiente documentación:
a) Copia debidamente autentificada del contrato administrativo de servicios (antiguo contrato de consultoría y asistencia), junto con los pliegos de prescripciones técnicas y cláusulas administrativas particulares, cuyo objeto sea la realización de todos o alguno de los trabajos o documentos necesarios en el procedimiento de evaluación ambiental del planeamiento.
En el supuesto de que hayan sido contratados conjuntamente la redacción o revisión del planeamiento urbanístico y los trabajos necesarios para su evaluación ambiental, deberá acreditarse debidamente el importe correspondiente al objeto subvencionable por esta Orden. A tales efectos se aceptarán documentos que acrediten el desglose de su importe en concepto detallado en el contrato, oferta o pliegos de licitación (en este último caso se considerará la parte proporcional derivada del importe de adjudicación del contrato), así como la presentación de addenda al contrato debidamente suscrita y formalizada; en todo caso, dichos documentos serán autenticados y acompañados por certificado del representante legal de la Entidad que exprese el valor exacto que se atribuye al coste de los trabajos subvencionables y el procedimiento seguido para su determinación. Si no se aportare justificación del importe desagregado de los trabajos subvencionables, por no existir documentación contractual que permita su imputación, se considerará que su coste total equivale al 30% del importe de adjudicación del contrato celebrado para la elaboración o revisión del planeamiento y los trabajos derivados de la tramitación del procedimiento de evaluación ambiental del mismo; en este caso se acompañará certificación del Interventor Municipal que exprese la imposibilidad de atribuir un valor a los trabajos subvencionables.
b) Certificado expedido por el representante legal de la Entidad, que acredite la conclusión de la información pública correspondiente, cuando sea necesaria para la conclusión de la Fase II.
c) Justificación de los pagos realizados por los trabajos subvencionables. A estos efectos se admitirán copias autenticadas de los documentos bancarios de ingreso efectuados por el Ayuntamiento a la cuenta del adjudicatario del contrato, en las que se exprese beneficiario, importe y concepto; si de dichos datos no se dedujera inequívocamente que el pago satisface trabajos auxiliares por la presente línea de ayudas, se acompañará certificado del Interventor Municipal que haga constar que el pago se destina a trabajos objeto de la subvención.
d) Certificado expedido por el representante legal de la Entidad sobre el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 2.1 de esta convocatoria, y sobre la deducibilidad por parte del Ayuntamiento de la cuota de IVA soportado en la actividad objeto de la subvención.
e) Declaración responsable del representante legal de la Entidad, en la que quede acreditado que el solicitante no está incurso en ninguno de los supuestos reflejados en el art. 12.2 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
f) Los entes solicitantes deberán estar al corriente, en el cumplimiento de sus obligaciones con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, con el Gobierno de Cantabria y con la Seguridad Social. La presentación de la solicitud implicará la autorización a la Consejería de Universidades Investigación, Medio Ambiente y Política Social pueda obtener esta información de la Agencia Tributaria y de la Tesorería General de la Seguridad Social. No obstante lo anterior, el solicitante podrá denegar expresamente la citada autorización, en cuyo caso deberá aportar, juntamente con la solicitud, el certificado correspondiente.
g) Aportación del número de cuenta corriente en la que el solicitante desea que se le abone la subvención, en el caso de resultar beneficiario de la ayuda. Este dato deberá ser aportado exclusivamente cuando no conste ya en esta Consejería o hayan sido modificados.
Los solicitantes no estarán obligados a presentar aquella documentación que obre en poder de cualquier órgano o unidad de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, siempre que haga constar la fecha y el órgano o dependencia en que fueron entregados y no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan.
- Anexo:
- Modelo de Solicitud.
Lugar presentación
Órgano tramitador
Órgano: DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y EVALUACIÓN AMBIENTAL URBANÍSTICADirección:
Calle Lealtad, 23 - 39002 Santander
Teléfono: 942 20 84 17- Enlace:
- Extracto de la Orden UMA/24/2016, de 1 de agosto, por la que se convocan las subvenciones para financiar las actuaciones de los Ayuntamientos en el procedimiento de evaluación ambiental de los Planes Generales de Ordenación Urbana.
- Orden UMA/24/2016, de 1 de agosto, por la que se convocan las subvenciones para financiar las actuaciones de los Ayuntamientos en el procedimiento de evaluación ambiental de los Planes Generales de Ordenación Urbana.
- Resolución de la consejera de Universidades e Investigación, Medio Ambiente y Política Social, correspondiente a la Orden UMA/24/2016, de 1 de agosto, por la que se conceden subvenciones para financiar las actuaciones de los Ayuntamientos en el procedimiento de evaluación ambiental de los Planes Generales de Ordenación Urbana.
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Servicio de Contratación y Compras
Calle Peña Herbosa 29 - 1ª planta, 39003, Santander
Servicio de Administracion General
Calle Federico Vial 13, 39009, Santander
Tel. 12
Secret.Gral. de Presidencia y Justicia
Calle Peña Herbosa 29, 39003, Santander
Tel. 12
Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica de Reinosa
Calle Los Formidables 30, 39200, Reinosa
Escuela Arte Nº 1
Barrio Santa Barbara S/N, 39530, Reocín
Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica de Camargo
Calle Juan Carlos I 6, 39600, Camargo
Sociedad para el Desarrollo Regional de Cantabria, S.A.
Calle Isabel Torres 1, 39011, Santander
Centro Rural Innovacion Educativa
Paseo Joaquin Fernandez Vallejo S/N, 39315, Torrelavega
Secret. Gral. de Educacion, Cultura y Deporte
Calle Vargas 53, 39010, Santander
Tel. 12
Servicio Gestion Económica Hsll
Barrio Ganzo s/n, 39300, Torrelavega
Oficina Comarcal de Ramales de la Victoria
Paseo Barón Adzaneta s/n, 39800, Alfoz de Lloredo
Eei de la Población
Otros S/N S/N, 39293, Campoo de Yuso