Orden INN/28/2016
Descripción
Orden INN/28/2016, de 11 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a actuaciones de energías renovables y ahorro y eficiencia energética en Cantabria.
Boletín Oficial de Cantabria
Número BOC: 139
Fecha BOC: 19/07/2016
Fecha inicio plazo presentación
30/08/2016
Fecha finalización plazo presentación
29/09/2016
Beneficiarios
Podrán tener la condición de persona beneficiaria las personas físicas mayores de edad con capacidad de obrar o las personas jurídicas, empadronadas o con residencia fiscal en Cantabria. Las personas jurídicas sin residencia fiscal en Cantabria deberán al menos tener un centro de actividad en la Comunidad Autónoma.
También podrán ser beneficiarias las empresas de servicios energéticos (ESE). Se entiende por empresa de servicios energéticos (ESE) lo señalado en el artículo 19, punto 1, del Real Decreto-Ley 6/2010, de 9 de abril, de medidas para el impulso y la recuperación económica y el empleo. Asimismo se entenderá por servicio energético prestado por la empresa de servicios energéticos lo señalado en el artículo 19, punto 2, del Real Decreto-Ley 6/2010, de 9 de abril, de medidas para el impulso y la recuperación económica y el empleo.
En el caso de subvenciones a instalaciones/equipamientos gestionadas por ESE, éstas deberán suscribir un compromiso con el propietario o usuario de las mismas de aplicarle un descuento por un importe mínimo igual al de la subvención en caso de que ésta sea concedida.
Para estos casos, además de otra documentación, se deberá justificar dicho compromiso escrito y el contrato/acuerdo entre ambas partes.
Documentación a adjuntar
Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación:
a) Declaración responsable de no hallarse incursa en ninguna de las causas de incompatibilidad o prohibición para obtener subvenciones determinadas en el artículo 13, apartado 2, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, según el modelo Anexo II.
b) Breve Memoria descriptiva que justifique y explique el objeto de las inversiones.
c) Fotos de vista general de las instalaciones y, en su caso, de las placas identificativas de los equipos.
d) Facturas detalladas justificativas de las inversiones, las cuales deberán reunir los requisitos previstos en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación y estar emitidas a nombre de la persona física o jurídica solicitante de la subvención en fecha comprendida en el plazo que se indicará en la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria.
La relación de facturas irá adjunta a una lista numerada de las mismas.
e) Justificantes del pago total de las facturas, abonados por la persona física o jurídica solicitante de la subvención en fecha comprendida en el plazo que se indicará en la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria.
Los pagos deberán haberse realizado a través de entidades financieras y la fecha del pago será, a todos los efectos, la fecha de valor que figure en el correspondiente cargo o adeudo.
Excepcionalmente serán admitidos los pagos en metálico cuando su importe individual o conjunto por proveedor no sea superior a 2.500 euros y siempre que estén acreditados mediante recibí del proveedor, con los siguientes datos: fecha del pago, sello, razón o denominación social, NIF o CIF de proveedor, firma, nombre, apellidos y D.N.I. de la persona que lo firma.
f) En el caso de adquisición mediante arrendamiento financiero o "leasing" se deberá presentar el contrato completo, incluida la factura o anexo que identifique totalmente el concepto, los justificantes de pago hasta la fecha y una declaración responsable de la persona física o jurídica ante la Consejería comprometiéndose a ejercer la opción de compra a la finalización del contrato de arrendamiento
g) En caso de que la persona solicitante sea persona jurídica, si no tiene obligación de estar inscrita en el Registro mercantil deberá aportar documento de constitución y poder del quien firma la solicitud.
La presentación de la solicitud para la obtención de subvención conllevará la autorización de la persona física o jurídica solicitante para que la Dirección General de Industria, Comercio y Consumo obtenga de forma directa la acreditación del cumplimiento por la persona física o jurídica solicitante de sus obligaciones tributarias, con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y con la Seguridad Social, así como con la Agencia Cántabra de Administración Tributaria, a través de certificados telemáticos.
En el supuesto de que la persona física o jurídica solicitante manifestara expresamente que no otorga dicha autorización para recabar los certificados acreditativos de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, deberá presentar dichos certificados junto con su solicitud de subvención.
La presentación de la solicitud, asimismo, conllevará la autorización para que la Dirección General de Industria, Comercio y Consumo realice la consulta sobre la identidad de la persona firmante al sistema de verificación de datos, de conformidad con la Orden PRE/3949/2006, de 26 de diciembre (Boletín Oficial del Estado de 28 de diciembre de 2006).
Lugar presentación
Asimismo, podrán presentarse a través del Registro Electrónico Común de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria en la dirección electrónica "sede.cantabria.es".
Si la solicitud se enviara por correo, deberá presentarse en sobre abierto con objeto de que en la cabecera de la primera hoja del documento, se hagan constar, con claridad, el nombre de la oficina y la fecha, el lugar, la hora y minuto de su admisión por el personal de correos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31 del Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, que aprueba el Reglamento por el que se regula la prestación de los servicios postales en cuanto no se oponga a la Ley 43/2010, de 30 de diciembre, del servicio postal universal, de los derechos de los usuarios y del mercado postal.
Órgano tramitador
Órgano: DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA, COMERCIO Y CONSUMODirección:
Avda. Albert Einstein, 2 - 39011 Santander
Teléfono: 942 20 00 33- Enlace:
- Extracto de la Orden INN/39/2016, de 23 de agosto, por la que se aprueba para el año 2016 la convocatoria de subvenciones a actuaciones de energías renovables y ahorro y eficiencia energética en Cantabria.
- Orden INN/39/2016, de 23 de agosto, por la que se aprueba para el año 2016 la convocatoria de subvenciones a actuaciones de energías renovables y ahorro y eficiencia energética en Cantabria.
- Resolución por la que se hace pública la relación de subvenciones concedidas durante el cuarto trimestre de 2016.
- Orden INN/26/2017, de 6 de junio, por la que se modifica la Orden INN/28/2016, de 11 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a actuaciones de energías renovables y ahorro y eficiencia energética en Cantabria.
Trámites relacionados
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