Autorización y homologación de centros de fecundación in vitro.

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Autorización y homologación de centros de fecundación in vitro.

Sin certificado Con certificado Presencial 012

Consejería:

Consejerí­a de Sanidad

Dirección General:

Dirección General Ordenación y Atención Sanitaria

Descripción:

Autorización y homologación de centros de fecundación in vitro.

Tipo procedimiento:

Autorizaciones permisos y licencias

Tipo de Inicio:

Instancia de parte

Tipo de destinatario:

Ciudadanas/os Personas Fí­sicas y Personas Jurí­dicas

Impresos:

Solicitud normalizada.

Requisitos:

RECURSOS HUMANOS: a) Un m édico, especialista en ginecologí­a y obstetricia, con formación y experiencia en reproducción humana asistida y fertilidad. Será, en todo caso, responsable de las actividades del centro. b) Una persona licenciada en ciencias biom édicas con formación y experiencia en biologí­a de la reproducción. c) Personal de enfermerí­a. d) Personal auxiliar sanitario. e) Deberá asegurar la disponibilidad de un m édico con conocimientos en ecografí­a ginecológica y de un m édico especialista en anestesia y reanimación. LOCALES Y ESPACIOS: a) írea de espera. b) írea de consulta. c) írea de realización de la fecundación in vitro y de las t écnicas complementarias. d) írea adecuada para la cirugí­a. e) írea de banco. f) írea de archivo. El área de banco y archivo deberá tener un sistema de protección contra robos. Estarán dotados o coordinados con un banco de preembriones. RECURSOS Tí?CNICOS: a) Incubadora de CO2. b) Microscopio invertido. c) Estereomicroscopio. d) Campana de flujo laminar sin rayos ultravioletas. e) Centrí­fuga. f) Biocongeladores u otros medios afines. g) Recipientes criog énicos. h) Disponibilidad de nitrógeno lí­quido. i) Ecógrafo de alta resolución. j) Laparoscopia. Los centros y unidades de FIVTE dependerán funcional o jerárquicamente de un centro hospitalario que preste asistencia ginecológica y obst étrica. Deberá estar interrelacionado con laboratorio hormonal que permita el seguimiento del ciclo hormonal de la usuaria de la t écnica y su confrontación con el seguimiento ecográfico.

Documentación:

Solicitud, memoria descriptiva y demás documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos.

Tasa/Precio público:

Plazo presentación:

Durante todo el año.

Fecha:

27 de febrero del 2007

Lugar presentación :

Registro de la Secretarí­a General de la Consejerí­a de Sanidad, calle Federico Vial, 13, 39009, Santander o por cualquiera de los medios establecidos en el artí­culo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de R égimen Jurí­dico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Órgano instructor / Norma atributiva:

Dirección General de Ordenación y Atención Sanitaria. / Decreto 24/2002, de 7 de Marzo, de Estructura Orgánica de la Consejerí­a de Sanidad, Consumo y Servicios Sociales.

í?rgano resuelve / Norma atributiva:

Autorización administrativa: Consejero/a de Sanidad. Autorización de funcionamiento: Director/a General de Ordenación y Atención Sanitaria. / Decreto 24/ 2002, de 7 de Marzo, de Estructura Orgánica de la Consejerí­a de Sanidad, Consumo y Servicios Sociales y Orden de 21 de abril de 1997.

Plazo de resolución:

Tres meses.

Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:

Desestimatorio.

Vía administrativa:

No agota la ví­a Administrativa.

Recursos:

Recurso de Alzada / 1 mes si la resolución es expresa y 3 si no lo es / Consejo de Gobierno si ha resuelto el/la Consejero/a de Sanidad y el/la Consejero/a de Sanidad si ha resuelto el/la Directora/a General de Ordenación Sanitaria.

Normativa:

Decreto 65/1992 de 7 de septiembre. Orden de 4 de junio de 1997. Real Decreto 413/1996 de 1 de marzo, por el que se establecen los requisitos t écnicos y funcionales precisos para la autorización y homologación de los centros y servicios sanitarios relacionados con las t écnicas de reproducción asistida. Orden de 21 de abril de 1997 por la que se regula la autorización de centros y servicios sanitarios relacionados con las t écnicas de reproducción humana asistida. Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales de centros, servicios y establecimientos sanitarios.

Información al ciudadano:

Tel éfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .

3786090


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Secret. Gral. de Educacion, Cultura y Deporte

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Tel. 12

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