Autorización de apertura y funcionamiento de centros, servicios y establecimientos sanitarios.

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Autorización de apertura y funcionamiento de centros, servicios y establecimientos sanitarios.

Sin certificado Con certificado Presencial 012

Consejería:

Consejerí­a de Sanidad

Dirección General:

Dirección General Ordenación y Atención Sanitaria

Descripción:

Apertura, modificación, traslado o cierre de Hospitales Generales, Hospitales Monográficos, Laboratorios de Análisis Clí­nicos, Balnearios, Centros de Rehabilitación y Fisioterapia, Instalaciones Nucleares y Radioactivas, y de Instalación y Utilización de aparatos de rayos X con fines de diagnóstico m édico.

Tipo procedimiento:

Autorizaciones permisos y licencias

Tipo de Inicio:

Instancia de parte

Tipo de destinatario:

Ciudadanas/os Personas Fí­sicas y Personas Jurí­dicas

Impresos:

Solicitud normalizada.

Requisitos:

Los establecidos en el Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre y demás normativa aplicable.

Documentación:

El titular o representante legal de la Institución o Entidad que pretenda la construcción, instalación, ampliación, modificación, traslado y supresión de un Centro, Servicio o Establecimiento Sanitario, deberá presentar la siguiente documentación: 1. De carácter general: a) Instancia según modelo oficial. b) Fotocopia compulsada del DNI y del NIF, cuando se trate de personas fí­sicas, y escritura de constitución de la Sociedad, debidamente registrada, en el caso de personas jurí­dicas, quienes deberán acompañar poder acreditativo de la personalidad que ostentan. c) Tí­tulo de propiedad o dependencia jurí­dica del Centro, Servicio o Establecimiento Sanitario. 2. Cuando se trate de obras de nueva construcción, ampliación, instalación, modificación o traslado, además de la documentación anterior, deberá presentarse: 2.a) Memoria descriptiva, que incluirá: 2.a.1) Estudio justificativo de la necesidad de la creación, ampliación, modificación o traslado. 2.a.2) Tipologí­a y finalidad asistencial. 2.a.3) Organización general y programa funcional, incluyendo el proyecto de plantilla de personal con especificación de categorí­as profesionales y su adscripción a las diversas unidades. 2.b) Proyecto t écnico, si fuese preceptivo, visado por el Colegio Profesional correspondiente, que incluirá: 2.b.1) Memoria del Proyecto. 2.b.2) Certificación de cumplimiento de la normativa en materia de urbanismo, construcción, instalaciones y seguridad, expedido por los organismos competentes. 2.b.3) Planos de conjunto y detalle, que permitan perfecta localización del mobiliario. 2.b.4) Planos de instalaciones. 2.c) Proyecto de Equipamiento Justificativo. 3. En el caso de modificación y ampliación además, deberá exponer relación de medidas a adoptar para que la ejecución de la obra afecte lo menos posible al funcionamiento del Centro. 4. En el caso de que la modificación o ampliación no conlleve cambios estructurales del edificio, bastará una memoria descriptiva del proyecto que incluirá la organización general, el programa funcional y los planos de instalaciones de equipos y mobiliario que faciliten la identificación de las actuaciones que se proponen. 5. En el caso de supresión o cierre, además de los documentos de carácter general, deberá presentar memoria justificativa del cierre, en la que se deberá incluir calendario del mismo, con las fases previstas de forma secuencial.

Tasa/Precio público:

Plazo presentación:

Durante todo el año.

Fecha:

27 de febrero del 2007

Lugar presentación :

Registro de la Secretarí­a General de la Consejerí­a de Sanidad, calle Federico Vial, 13, 39009, Santander o por cualquiera de los medios establecidos en el artí­culo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de R égimen Jurí­dico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Órgano instructor / Norma atributiva:

Dirección General de Ordenación y Atención Sanitaria. / Decreto 24/2002, de 7 de Marzo, de Estructura Orgánica de la Consejerí­a de Sanidad, Consumo y Servicios Sociales.

í?rgano resuelve / Norma atributiva:

Director/a General de Ordenación y Atención Sanitaria. / Decreto 65/1992 de 7 de septiembre, por el que se regula la autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios y Orden de 4 de junio de 1997 de autorizaciones administrativas de centros, servicios y establecimientos sanitarios.

Plazo de resolución:

Seis meses.

Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:

Desestimatorio.

Vía administrativa:

No agota la ví­a Administrativa.

Recursos:

Recurso de Alzada / 1 mes si la resolucion es expresa y 3 si no lo es / Consejero/a de Sanidad.

Normativa:

Decreto 65/1992 de 7 de septiembre, por el que se regula la autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios. Orden 27 de febrero de 1997 por la que se regula la creación organización y funcionamiento del registro de Centros Servicios y Establecimientos Sanitarios de la Dirección Regional de Sanidad y de Consumo. Orden de 4 de junio de 1997 de autorizaciones administrativas de centros, servicios y establecimientos sanitarios. Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales de centros, servicios y establecimientos sanitarios.

Información al ciudadano:

Tel éfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .

3785860


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Calle Peña Herbosa 29, 39003, Santander

Tel. 12

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Calle Juan Carlos I 6, 39600, Camargo

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Secret. Gral. de Educacion, Cultura y Deporte

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Tel. 12

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