Subvenciones sobre infraestructura y equipamiento industrial en suelo industrial para el año 2014

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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Objeto

Conceder subvenciones sobre infraestructura y equipamiento industrial en suelo industrial, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER)
A quién está dirigido:
Ciudadanos, Administración, Empresas y Asociaciones
Beneficiarios:
Personas físicas o jurídicas, sean de carácter público o privado, independientemente de su forma jurídica, que promuevan en Canarias proyectos de provisión y adecuación de espacios productivos en suelo industrial, en los términos indicados en las bases de la convocatoria.
Grado de administración electrónica:
Nivel 2: Descarga formularios
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
No se exigen
Tasas:
No se exigen
Cuantía
Corresponderá a un porcentaje fijo sobre la inversión aprobada. Este porcentaje no superará el 65%, estando limitada la subvención máxima a 300.000 € por proyecto y entidad beneficiaria, cuando ésta no ostente el carácter de empresa. En otro caso, la subvención estará limitada a 200.000 € por beneficiario.
Criterios de valoración y baremación:
1. Por Coste público cofinanciable del proyecto por beneficiario, superior a 250.000 euros: 35 puntos.
2. Por tener el proyecto de inversión una alta probabilidad de ser ejecutado dentro del plazo de realización de la actividad subvencionada: Hasta 30 puntos, distribuidos de la forma siguiente: por haber presentado en la fase de solicitud de la subvención la documentación enumerada en los subapartados 1, 2 y 3 del apartado B.6 de la base general 11ª: 10 puntos por subapartado.
3. Por la naturaleza del proyecto o actuación a realizar según la base específica 1ª.2. En los supuestos de las letras a), b), c), d) o e): 10 puntos.
En el caso de que un proyecto comprenda inversiones que respondan a diferentes letras de la citada base, se considerará satisfecho este criterio si la suma de las inversiones inherentes a las letras del párrafo anterior supera el 50% de la inversión total aprobada.
4. Por el tipo de suelo industrial en que se vaya a acometer el proyecto:
Suelo público: 6 puntos
Suelo privado: 0 puntos
5. Inexistencia en la zona o municipio de oferta alternativa de parcelas en suelo industrial:
Inexistencia: 5 puntos
Existencia: 0 puntos
6. Proyecto no subvencionado en la convocatoria del ejercicio anterior por falta de dotación presupuestaria (siempre que cumpla con las presentes bases): 7 puntos.
7. Realización en isla periférica: 4 puntos
8. Realización en suelo próximo al Eje Transinsular de Infraestructuras de Transporte (según definición contenida en el artículo 33 de la Ley 13/2007, de 17 de mayo, de Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias (BOC núm. 104, de 24/05/2007): 3 puntos.
Se entenderá por suelo próximo aquel para el que el acceso al mismo está como mucho a 1 Km. de distancia, salvo que la Comisión de Valoración acuerde y motive otro criterio para cuantificar la proximidad.
9. En situación de empate en la puntuación total resultante de la suma de los criterios anteriores, se priorizará según el orden cronológico de entrada de expedientes completos.
Forma de Abono:
Justificación previa al pago.

Medios de presentación

Presencial:
Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Plazo de presentación:

Fecha Inicio: 6/3/2014 1:0

Fecha Fin: 5/4/2014 0:0

Por internet

Presencial

    • Instancia de solicitud.
    • Solicitud
    • Solicitud
    • Memoria descriptiva de las actuaciones.
    • Tres ofertas de diferentes proveedores, para el caso de ejecución de obras por importe superior a 50.000 euros o 18.000 euros por cada suministro de bienes de equipo, asistencia técnica o prestacion de servicios.
    • Certificado acreditativo de la catalogación como suelo industrial del suelo objeto de la actuación.
    • Memoria justificativa
    • Planos de la zona industrial, de las instalaciones existentes y de las nuevas instalaciones proyectadas.
    • Documento acreditativo de la aprobación definitiva del proyecto de urbanización.
    • Permisos, licencias y autorizaciones para la ejecución.
    • Programación de la ejecución de la inversión y de los costes inherentes.
    • Acreditación de la personalidad del solicitante y, en su caso, de la representación de quien actúa en su nombre (documentos indicados en el impreso normalizado 1 según la naturaleza jurídica del solicitante).
    • Documentos acreditativos de la capacidad de autofinanciación (documentos indicados en el impreso normalizado 1 segun la naturaleza jurídica del solicitante).
    • Otra documentación que el solicitante considere necesaria para la correcta evaluación del proyecto de inversión.

    (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

    Es necesario la descarga de Adobe Reader.

Quién tramita

Quién resuelve

Observaciones

  • Las solicitudes que se presenten presumen la aceptación incondicionada de las bases reguladoras y de las condiciones, requisitos y obligaciones que se contienen en las mismas y la autorización al órgano gestor para recabar los certificados a emitir por los organismos competentes y, específicamente, en materia de estar al corriente de las obligaciones tributarias y ante la Seguridad Social.

    Esta actuación se encuentra cofinanciada por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), en el marco del Programa Operativo FEDER - Canarias 2007-2013, a través del Eje 2, tema prioritario 08, con una tasa de cofinanciación del 85%

Normativa

  • Normativa autonómica

    Orden de 23 de enero de 2014, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones para infraestructura y equipamiento industrial en suelo industrial, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER)

    Dirección General de Industria y Energía.- Anuncio de 5 de mayo de 2014, por el que se notifica a los interesados el requerimiento de documentación, conforme a la Resolución de este Centro Directivo de 2 de mayo de 2014, al objeto de que procedan a la subsanación de las solicitudes o acompañen los documentos preceptivos establecidos en la Orden de 23 de enero de 2014, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones para infraestructura y equipamiento industrial en suelo industrial, en relación a las solicitudes presentadas a la convocatoria de subvenciones efectuada por Orden de 22 de febrero de 2014, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).

    Orden de 22 de febrero de 2014, por la que se efectúa la convocatoria para el año 2014, de concesión de subvenciones para infraestructura y equipamiento industrial en suelo industrial, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).

    Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias

    Normativa estatal

    Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones

    Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

    Normativa europea

    Reglamento (CE) nº 1828/2006 de la Comisión, de 8 de diciembre de 2006, por el que se fijan normas de desarrollo para el Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Consejo, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión, y el Reglamento (CE) nº 1080/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo regional.

    Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Consejo, de 11 de julio de 2006 , por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión y se deroga el Reglamento (CE) n o 1260/1999


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