Generalitat de Cataluña

  • El objeto de esta convocatoria es conceder ayudas para la financiación de actuaciones en el ámbito de la divulgación científica de las actividades de investigación e innovación, con el objetivo de dar a conocer al público en general la importancia de estas actividades como herramientas de progreso, bienestar y competitividad y de crear vocaciones científicas entre niños, niñas y jóvenes.

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    • Plazo de presentación: del 18 de abril al 17 de mayo de 2012.
    • El formulario de solicitud se debe presentar en formato papel.

    A quién va dirigido

    Al personal investigador y equipos de investigación de:

    • Las universidades.
    • Los centros de investigación.
    • Instituciones sin ánimo de lucro.

    Organismo responsable

    Normativa

    Documentación relacionada

    Solicitar ayuda

    Plazos

    El plazo para presentar la solicitud es del 18 de abril al 17 de mayo de 2012.

    Documentación

    Documentación a adjuntar a la solicitud:

    1. Memória detallada de la actuación en el ámbito de divulgación científica, que debe contener los aspectos que constan en el formulario de solicitud.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Otras informaciones

    Se tendran en cuenta las actuaciones de divulgación científica (organización de actividades participativas, experiencias, exposiciones interactivas, etc.) dirigidas a dar a conocer las actividades de investigación o los resultados obtenidos, siempre y cuando éstas no vayan dirigidas exclusivamente al público especializado. Asimismo, se tendrán en cuenta las actuaciones que estimulen la cultura científica y de la innovación entre la ciudadanía, que impliquen la utilización de nuevas tecnologías o actividades destinadas a fomentar el interés en la investigación entre los más jóvenes con especial atención a aquellas que busquen el fomento de las vocaciones científicas.

    Se excluye del objeto de la convocatoria la financiación de proyectos de R+D+I, actuaciones de promoción de la institución y también actuaciones destinadas a público especializada (profesorado universitario o investigadores del ámbito, profesionales del sector, etc.).

    Duración de las ayudas
    Las ayudas podrán financiar, totalmente o parcial, el presupuesto de gastos a realizar en el periodo del 1 de enero de 2012 a 31 de diciembre de 2012.

    Cuantía de la ayuda
    Hasta 10.000 ?.

    Gastos subvencionados
    Son subvencionados los gastos de la actuación a excepción de las siguientes:
    Retribuciones de personal vinculado estatutariamente o contractualmente a las entidades beneficiarias, salvo las correspondientes a contratos o becas para llevar a cabo la actuación presentado a esta convocatoria.
    Gastos inventariables (equipamiento mobiliario, instalacions, equipos informáticos o audiovisuales, fondo bibliográfico, etc.).
    Asistencia a jornadas, congresos, ferias y otros acontecimientos análogos.
    Los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación, ni los impuestos personales sobre la renta.

    Plazos

    Del18.04.2012al 17.05.2012

    Presencialmente

    Descargar el formulario

    Se puede presentar en:

    • Registro de la Secretaria de Universidades e Investigación. Vía Laietana, 33, 6º 2ª, 08003 Barcelona. Tel. 93 5526700.
    • También se puede presentar por alguna de las vías que prevé el artículo 38.4 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre , de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

  • El objetivo de las ayudas es financiar actuaciones para la conservación, mejora y divulgación de los espacios naturales protegidos de Cataluña, mediante el establecimiento de tres líneas de ayudas en función del ámbito territorial de aplicación.

    • Línea 1: actuaciones en espacios naturales de protección especial (parques naturales y parajes naturales de interés nacional).
    • Línea 2: actuaciones en espacios del Plan Espacios de Interés Natural (PEIN) y en espacios de la Red Natura 2000.
    • Línea 3: actuaciones en zonas húmedas (no incluidas en espacios protegidos).

    Las actuaciones subvencionables, entre otros, son:

    • La restauración, mejora y acondicionamiento del patrimonio y los valores naturales del espacio (manejo de hábitats, eliminación de especies invasoras de flora y fauna, ...).
    • El acondicionamiento de infraestructuras vinculadas a los usos públicos del espacio (apertura de nuevos senderos, instalación de vallas y pasarelas de madera, instalación de señalización informativa y de guía, instalación de observatorios de fauna, habilitación y acondicionamiento de zonas de aparcamiento de vehículos, ...).
    • El acondicionamiento de edificaciones de uso agroganadero y de infraestructuras ganaderas fijas (asociadas a ganadería extensiva y de interés para el mantenimiento del patrimonio natural, como pueden ser cercados para el ganado, pastores eléctricos, mangueras y pasos ganaderos).
    • La divulgación de los valores ambientales y del patrimonio cultural inmaterial de los espacios (edición de trípticos, folletos, pósters, material pedagógico y formativo, actualización y mejora de páginas web y de vídeos y documentales. Sólo subvencionable en los espacios naturales definidos para la línea 1 ).
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    A quién va dirigido

    • A entes locales.
    • A entidades sin ánimo de lucro.
    • A empresas.
    • A particulares.
    • A agrupaciones de los anteriores.

    Organismo responsable

    Normativa

    Solicitar la ayuda

    Plazos

    El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 2 de ju1io de 2014.

    Se fija como plazo máximo de justificación para las actuaciones subvencionables el día 15 de abril de 2015 para la línea 2 y el 15 de octubre de 2015 por las líneas 1 y 3.

    Documentación

    Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:

    Para todos los solicitantes:

    1. Verificación de los datos de identidad de la persona solicitante o de quien la represente correspondientes al DNI/NIF/NIE u otro documento que lo acredite, en su caso, en caso de no haber autorizado al Departamento de Territorio y Sostenibilidad a obtener esta información.
    2. Acreditación de la representación por cualquier medio válido en derecho que deje constancia, si procede.
    3. Memoria descriptiva detallada y justificativa de la actuación, firmada por la persona solicitante o su representante.
    4. Presupuesto desglosado de la actuación firmado por la persona solicitante o su representante, que deberá contener, en su caso, los siguientes apartados: estado de mediciones, precios elementales, precios descompuestos, precios unitarios y presupuesto de ejecución.
    5. Mapa topográfico u ortofotomapa a escala 1:25.000 o 1:50.000, donde esté definida claramente el área de la actuación o actuaciones para las que se solicita la ayuda.
    6. Mapa topográfico u ortofotomapa a escala 1:10.000 o 1:5.000 donde esté definida claramente el área de la actuación o actuaciones para las que se solicita la ayuda.
    7. Cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, mediante el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público para el contrato menor, el/la beneficiario/a deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contratación del compromiso para la obra, la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por sus especiales características no exista en el mercado suficiente número de entidades que los realicen, presten o suministren, o salvo que el gasto se hubiera realizado con anterioridad a la subvención. La elección entre las ofertas, que deberán aportarse en la justificación, o, en su caso, en la solicitud de subvención, se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.
    8. Proyecto técnico firmado por un profesional competente por razón de la materia.
    9. Cuando la legislación vigente lo prevea, estudio de impacto ambiental y Declaración de Impacto Ambiental (DIA) o, a falta de ello, memoria ambiental y acuerdo de la Ponencia Ambiental conforme no es de aplicación el trámite de evaluación de impacto ambiental.

    Si el solicitante es un ente local, además:

    1. Acuerdo de solicitar la ayuda tomada por el órgano competente.
    2. Autorización o solicitud de autorización, en su caso, de la administración competente para las actuaciones en terrenos de dominio público hidráulico o marítimo-terrestre.

    Si el solicitante es una persona jurídica, además:

    1. Copia de las escrituras y/o estatutos registrados de la entidad solicitante, si procede. Si esta documentación está disponible en el Registro de Entidades Jurídicas, se verificará de oficio. En el caso de asociaciones y fundaciones, hay que tener los estatutos adaptados a la Ley 5/2011, de 19 de julio, de modificación de la Ley 4/2008, de 24 de abril, del libro tercero del Código civil de Cataluña, relativo a las personas jurídicas.
    2. Certificado del acuerdo del órgano competente según los estatutos de la entidad para solicitar la ayuda y aceptar los compromisos correspondientes, segun modelo normalizado.
    3. Certificado actualizado de inscripción en el registro administrativo correspondiente emitido en el año de la convocatoria. En caso de que se trate de un registro gestionado por Departamento de Territorio y Sostenibilidad no será necesario aportar ninguna certificación de inscripción. Si esta documentación está disponible en el Registro de Entidades Jurídicas o en el Registro de Cooperativas, el Departamento lo verificará de oficio.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Plazos

    Del03.06.2014al 02.07.2014

    Presencialmente


    Puntos de tramitación

    Parques naturales

  • La Ley 3/2009, de 10 de marzo, de regularización y mejora de urbanizaciones con déficits urbanísticos, autoriza al Departamento de Territorio y Sostenibilidad a establecer una línea de ayudas destinada a la realización de obras de urbanización.

    Estas ayudas toman la forma de préstamos, a cargo del Instituto Catalán del Suelo y se dirigen a aquellos ayuntamientos que hayan formulado un Programa de adecuación o que ya dispongan de la documentación prevista en el artículo 13 de la Ley. El objetivo del préstamo es impulsar la ejecución de las obras de urbanización, la implantación de los servicios, y garantizar el cumplimiento de las obligaciones contractuales y tributarias de los ayuntamientos.

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    A quién va dirigido

    A los ayuntamientos.

    Organismo responsable

    Normativa

    Solicitar la subvención

    Plazos

    Fuera de plazo.

    Documentación

    Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:

    1. Declaración responsable de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Generalitat de Cataluña y con la Administración General del Estado, y de las obligaciones ante la Seguridad Social.
    2. Declaración responsable de no encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
    3. Declaración responsable del beneficiario que, de acuerdo con el artículo 92.2.i) del texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, incluya:
      • Las remuneraciones que percibe el personal directivo de la entidad subvencionada, entendiendo por directivo o directiva a la persona que ejercita funciones ejecutivas y de administración.
      • El compromiso de dar publicidad a dichas remuneraciones en la memoria que se adjunta con los estados contables.
      • El compromiso de las entidades de mantener, en el marco de la relación laboral preexistente y durante el periodo de vigencia de la subvención, la estructura retributiva mencionada
      • El cumplimiento de las reglas establecidas por los apartados a), b), c) y d) del artículo 90 bis.
      • Cuando el ayuntamiento solicitante tenga ya publicadas las remuneraciones que percibe su personal directivo, se podrá sustituir la concreción expresa de estas remuneraciones por una referencia expresa al lugar donde se han hecho públicas.
      • La inexactitud o la falsedad de las declaraciones responsables a las que hace referencia este punto 3, además de ser causa de exclusión de la convocatoria, es también causa de reintegro, sin perjuicio de las responsabilidades de cualquier tipo en que haya podido incurrir como consecuencia de la inexactitud o la falsedad en la declaración.
    4. Para el caso de que el beneficiario de la subvención disponga de una plantilla igual o superior a 25 personas, declaración responsable sobre qué medios utilizan para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo e intervenir en los sus centros de trabajo.
    5. Declaración responsable sobre si ha solicitado o ha resultado beneficiario de otras subvenciones para la misma finalidad, indicando el importe de la subvención y entidad concedente.
    6. Documentación específica de la actuación que contenga:
      • Copia de los documentos que integran el proyecto de urbanización aprobado.
      • Calendario y planificación de la ejecución de las obras.
      • Acuerdo de imposición de las cuotas de urbanización con carácter definitivo, y certificación de resolución de las reclamaciones formuladas.
      • Encargo de gestión de las cuotas de urbanización a la entidad recaudadora.
      • Certificación del secretario o la secretaria municipal sobre los siguientes aspectos:
        • que el ayuntamiento dispone de todos los documentos que integran el Programa de Adecuación, cuyo contenido consta en el artículo 13 de la Ley 3/2009, de 10 de marzo, de regularización y mejora de las urbanizaciones con déficits urbanísticos.
        • que la urbanización cumple las condiciones exigidas en el artículo 3 de la Ley mencionada en el párrafo anterior.
        • la veracidad de los datos relativos al cumplimiento de las condiciones de prioridad fijadas en la base 9 para la valoración de la propuesta.
        • el cumplimiento de las prescripciones establecidas en el capítulo VII del Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales sobre operaciones de crédito.
        • la decisión del órgano competente del ayuntamiento de solicitar la ayuda para las actuaciones previstas en el artículo 21 de la Ley 3/2009, de 10 de marzo, de regularización y mejora de urbanizaciones con déficits urbanísticos.
        • el compromiso del ayuntamiento de llevar a cabo las actuaciones, caso de resultar beneficiario.
    7. Cualquier otra documentación que, expresamente, se prevea en la convocatoria correspondiente.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Plazos

    Del02.07.2010al 02.08.2010

    El formulario de solicitud estará disponible cuando se abra la convocatoria.

    Presencialmente


    Puntos de tramitación

  • Ayudas para la financiación del 75% del importe de la matrícula y del 75% de los gastos de la estancia, a estudiantes del sistema universitario catalán, de edades comprendidas entre 18 y 30 años, que se matriculen para toda la edición en la Universitat Catalana d'Estiu 2016.

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    El plazo de presentación de solicitudes es del día 23 de junio hasta el 30 de julio de 2016.

    A quién va dirigido

    Pueden beneficiarse de esta convocatoria las personas que complan los requisitos siguientes:

    • Estar matriculada el curso 2015-2016 en una universidad del sistema univerisitario catalán o de la Red Vives de Universidades o iniciar los estudios el curso 2016-2017 y haber tramitado ya la matrícula.
    • Tener entre 18 y 30 años en el momento de presentar la solicitud.
    • Matricularse, para toda la edición, en la Universitat Catalana d?Estiu 2016 (matrícula completa).

    Organismo responsable

    Normativa

    Documentación relacionada

    Trámites relacionados

    Solicitar la ayuda

    Plazos

    El plazo de presentación de solicitudes es desde el día 23 de junio hasta el 30 de julio de 2016.

    Documentación

    Documentación que se ha de adjuntar a la solicitud:

    1. Matrícula universitária del curso 2015-2016, o del curso 2016-2017 para los estudiantes que inician estudios universitarios.
    2. Matrícula de la Universitat Catalana d?Estiu, conformada por la UCE.

    Requisitos

    Los requisitos son:

    1. Estar matriculado o matriculada el curso 2015-2016 en una universidad del sistema universitario catalán o de la Red Vives de Universidades o iniciar los estudios el curs 2016-2017 y haber tramitado ya la matrícula.
    2. Tener entre 18 y 30 años en el momento de presentación de la solicitud.
    3. Matricularse, para toda la edición, en la Universitat Catalana d?Estiu 2016 (matrícula completa).

    Tasas

    No hay tasas asociadas para este trámite.

    Otras informaciones

    El importe de la ayuda es como máximo del 75% del precio de la matrícula y del 75% de la estancia, para toda la edición, en la Universitat Catalana d?Estiu.
    El precio de la estancia incluye la pernoctación en el Liceu Renouvier y la manutención (desayunar, comer y cenar).
    Todas las personas solicitantes que cumplan los requisitos de esta convocatoria obtendran una ayuda. En el supuesto que el importe de las ayudas solicitadas supere el importe previsto en el artículo 2, se adjudicarán las ayudas ordenadas por el orden de presenación de solicitudes.

    Plazos

    Del23.06.2016al 30.07.2016

    Por internet

    Hay que adjuntar la matrícula universitaria del curso 2015-2016, o del 2016-2017 para los estudiantes que inician estudios universitarios.

    Hay que adjuntar la matrícula de la Universitat Catalana d'Estiu, conformada por la UCE.

    Consultad las condiciones técnicas necesarias para hacer trámites en línea a traves de Trámites gencat

  • El objeto de esta convocatoria es conceder ayudas para financiar proyectos que tengan como finalidad ofrecer cursos en línea desarrollados por las universidades catalanas y los centros de investigación de Cataluña de manera abierta y masiva y especialmente los cursos dirigidos a un público masivo de dentro y fuera de Cataluña.

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    El plazo para presentar la solicitud es del 7 de junio al 14 de julio del 2014, ambos incluidos.

    A quién va dirigido

    Puede beneficiarse de estas ayudas el personal académico de las universidades y de los centros de investigación de Cataluña. Un miembro del equipo asumirá la responsabilidad y coordinación del proyecto.

    Organismo responsable

    Normativa

    Documentación relacionada

    Solicitar la ayuda

    Plazos

    El plazo de presentación de solicitudes es desdel día 7 de junio hasta el 14 de julio de 2014.

    Documentación

    Documento anexo que hay que adjuntar a la solictud.

    Requisitos

    Pueden beneficiarse de estas ayudas el personal académico de las universidades y de los centros de investigación de Cataluña. Un miembro del equipo tiene que asumir la responsablidad y coordinación del proyecto.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Otras Informaciones

    Las propuestas tienen que fijar como mínimo uno de los objetivos siguientes:

    a) La creación de un MOOC o la adaptación de uno ya existente con una amplia proyección internacional.

    b) La aplicación de herramientas de seguimiento y registro del proceso de evaluación de los estudiantes inscritos en un MOOC.

    Plazos

    Del07.06.2014al 07.07.2014
    Del07.06.2014al 14.07.2014

    Como hacerlo:

    1. Descargar y rellenar el formulario.

    2. Adjuntar el documento anexo que encontraréis al apartado de Documentación.

    3. Enviar la solicitud.

    4. La persona solicitante recibirá el acuse de recibo y copia del formulario enviado con un código de barras.

    Por internet

  • Estas ayudas pretenden complementar la formación del alumnado universitario y las personas tituladas mediante una formación práctica complementaria en áreas profesionales relacionadas con la actividad física y el deporte que les ha de facilitar la inserción en el mercado laboral.

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    Fuera de plazo.
    Disponible en eTauler las resoluciones definitivas de concesión:
    - Resolución definitiva de 17 de octubre de 2016, de concesión de ayudas para la formación complementaria de INEFC para el curso académico 2016-2017, en el centro de Lleida.
    - Resolución definitiva de 17 de octubre de 2016, de concesión de ayudas para la formación complementaria de INEFC para el curso académico 2016-2017, en el centro de Barcelona.

    A quién va dirigido

    Alumnado de licenciatura/grado o de doctorado o máster universitario oficial o de título propio y personas tituladas en los diferentes ámbitos de la educación física y el deporte, de las Universidades de Barcelona o Lleida.

    Organismo responsable

    Normativa

    Documentación relacionada

    Solicitar la ayuda

    Plazos

    El plazo de presentación de las solicitudes finalizó el 30 de septiembre de 2016.

    Documentación

    Documentación que debe adjuntarse en la solicitud:

    1. Copia del DNI de la persona que solicita la ayuda. No es necesario aportar este documento si la persona solicitante autoriza al órgano instructor para consultar los datos correspondientes.
    2. Curriculum según modelo normalizado, acompañado de copia de los documentos acreditativos de los méritos aportados.
    3. Copia del expediente académico en el que conste de manera explícita la media ponderada o la certificación académica oficial en el que se especifiquen las calificaciones.
    4. Copia de los documentos acreditativos de la formación específica requerida, si procede. No es necesario aportar el documento acreditativo de estar en posesión del título de licenciatura o grado en ciencias de la actividad física y del deporte si se autoriza al órgano instructor para que realice la consulta del título universitario.

    No es necesario aportar los documentos indicados en los puntos 1, 2, 3 y 4 en caso de que la persona solicitante ya los haya presentado anteriormente a la Administración de la Generalidad, siempre que no hayan transcurrido más de cinco años desde su presentación y no hayan registrado ninguna modificación. En este supuesto, hay que indicar, en el formulario de solicitud, la fecha y el órgano o dependencia en que se presentaron y el procedimiento al que hacían referencia. Si el INEFC, por causas ajenas a su actuación, no puede conseguir los documentos, debe requerir a la persona solicitante para que los aporte en el plazo de diez días naturales.

    Requisitos

    Requisitos generales

    • Para el alumnado universitario: estar matriculado como alumno/a oficial de grado/licenciatura, doctorado o máster universitario, oficial o de título propio, en la Universidad de Lleida.
    • Para las personas tituladas:
      • Tener el título de licenciatura o grado en ciencias de la actividad física y del deporte, o de máster por la Universidad de Barcelona o la Universidad de Lleida.
      • Los estudios de grado, licenciatura o máster deben haber finalizado después del 1 de enero de 2012.
    • No haber sido beneficiario/a de una ayuda del INEFC, de las mismas características que los regulados en esta convocatoria, durante dos cursos académicos.

    Requisitos específicos:

    Para las cuatro modalidades de ayudas se requieren conocimientos a nivel de usuario de informática e internet y conocimientos de inglés.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Otras informaciones

    Código 1. Ayudas para la formación práctica complementaria en el estudio de la gestión y de la organización de actividades formativas específicas en el ámbito de la educación física y del deporte.
    Centro de Barcelona: 2 ayudas
    C1-TE BCN (Escuela de Técnicos / as): 800 horas
    C1-FC BCN (Formación Continua): 600 horas
    Centro de Lleida: 3 ayudas
    C1-MAT Ll-1 (Masters): 600 horas
    C1-MAT Ll-2 (Masters): 600 horas
    C1-MAT Ll-3 (Masters): 600 horas
    Código 2. Ayudas para la formación práctica complementaria en la acogida y la atención a las personas, el alumnado y el profesorado participante en el intercambio entre universidades, con relaciones externas, actividades de promoción y marketing.
    Centro de Barcelona: 1 ayuda
    C2-MB BCN (Movilidad): 800 horas.
    Centro de Lleida: 2 ayudas
    C2-MB Ll-1 (Movilidad): 600 horas.
    C2-MB Ll-2 (Movilidad): 600 horas.
    Código 3. Ayudas para la formación práctica complementaria en técnicas de gestión de la información y documentación, aplicando nuevas tecnologías.
    INEFC-Organismo autónomo (con sede en el centro de Barcelona): 3 ayudas
    C3-OB BCN-1 (Observatorio): 800 horas.
    C3-OB BCN-2 (Observatorio): 800 horas.
    C3-RE BCN (Relaciones externas): 800 horas.
    Centro de Barcelona: 2 ayudas
    C3-GA BCN-1 (Gestión académica): 800 horas.
    C3-GA BCN-2 (Gestión académica): 600 horas.
    Centro de Lleida: 1 ayuda
    C3-INF Ll (Informática): 600 horas.
    Código 4. Ayudas para la formación práctica complementaria en la investigación e innovación aplicada a las ciencias de la actividad física y el deporte.
    Centro de Barcelona: 1 ayuda
    C4-RC BCN (Investigación): 800 horas.
    Centro de Lleida: 1 ayuda
    C4-RC Ll (Investigación): 800 horas

    Plazos

    Del13.09.2016al 30.09.2016

    Presencialmente


    Puntos de tramitación

    Las solicitudes se pueden presentar en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

  • Se trata de una línea de ayudas a la gestión forestal sostenible en fincas de titularidad privada para actuaciones de planificación y fomento de la gestión forestal conjunta:

    • Elaboración de proyectos para la actuación forestal conjunta (planes técnicos de gestión y mejora forestal conjunta (PTGMFc).
    Leer más

    Plazo: del 10 al 28 de octubre de 2015.

    A quién va dirigido

    A asociaciones de personas físicas o jurídicas titulares de terrenos forestales privados, inscritas en el registro correspondiente.

    Organismo responsable

    Normativa

    Documentación relacionada

    Solicitar la ayuda

    Plazos

    • Presentación de solicitudes: hasta el 28 de octubre de 2015.
    • Finalización de actuaciones: hasta el 30 de junio de 2016, incluido.
    • Justificación de trabajos: hasta el 15 de julio de 2016, incluido.

    Documentación

    Documentación que debe adjuntarse a la solicitud:

    1. Copia del NIF del/ de los solicitante / s, en caso de no haber autorizado al CPF/DARP a obtenerla.
    2. Copia del DNI/NIF/NIE del/ de la representante, en su caso, en caso de no haber autorizado el CPF/DARP a obtenerla.
    3. Acreditación de la representación por cualquier medio válido en derecho que deje constancia, si procede.
    4. Certificado del acuerdo del órgano de competente según los estatutos de la entidad para solicitar la ayuda y aceptar los compromisos correspondientes.
    5. Autorización de los propietarios a la asociación para solicitar y percibir la ayuda.
    6. Copia de las escrituras y / o estatutos registrados de la entidad solicitante, si procede.
    7. Certificado actualizado de inscripción en el registro administrativo correspondiente emitido en el año de la convocatoria, o, en su defecto, el año anterior.
    8. Memoria justificativa firmada de las actuaciones solicitadas.
    9. Presupuesto desglosado firmado de las actuaciones solicitadas.
    10. Relación de fincas de la Asociación y sus unidades registrales.

    En caso de que los documentos que deben adjuntarse a la solicitud de acuerdo con las bases ya figurase en poder del Centro de la Propiedad Forestal, la persona solicitante podrá no presentarlos declarando la fecha y la órgano o dependencia en que fueron presentados, siempre que no se hayan producido modificaciones, no haya prescrito su periodo de vigencia y no hayan transcurrido más de 5 años desde la finalización del procedimiento por el que se entregó.

    Requisitos

    • Estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado y con la Generalidad de Cataluña y de las obligaciones con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
    • Estar legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente.
    • Cumplir las obligaciones que establecen los artículos 32.1, 32.3 y 36.4 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística, en su caso.
    • Cumplir la cuota de reserva para la integración social del personal discapacitado que establece la legislación vigente, si procede.
    • En caso de tener una plantilla igual o superior a 25 personas utilizar los medios para prevenir y detectar casos de acoso sexual y por razón de género e intervenir, en los centros de trabajo, de conformidad con los artículos 5 y 29 de la Ley 5/2008, de 24 de abril, de derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.
    • Tener los estatutos adaptados a la Ley 5/2011, de 19 de julio, de modificación de la Ley 4/2008, de 24 de abril, del libro tercero del Código Civil de Cataluña, relativo a las personas jurídicas, antes del 31 de diciembre de 2012.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Otras informaciones

    Conceptos subvencionables

    1. Constitución de asociaciones.
      • Este concepto incluye los gastos de constitución de la asociación y de regularización de la documentación registral de las fincas inscritas. A partir de un mínimo de 100 unidades registrales y con un importe máximo de 3.500 ?. No incluye aquellas fincas con IOF aprobado y vigente.
    2. Dinamización de las actuaciones forestales.
      • Gasto de dirección de ejecución de las actuaciones forestales por parte de un técnico facultativo forestal para actuaciones vinculadas a una ayuda de los anexos 3, 4, 5 y 8 de la Orden ARP/222/2015.

    Este concepto es incompatible con las justificaciones de dirección de obra de los anexos mencionados.

    Plazos

    Del10.10.2015al 28.10.2015

    Presencialmente

    Se puede presentar en:

  • Se fomenta la implantación de incubadoras y aceleradoras corporativas para que las empresas grandes y medianas que constituyen el tejido industrial de Cataluña, aprovechen el potencial que representan las empresas emergentes para innovar, hacer crecer o diversificar sus negocios.

    Leer más

    Para garantizar que se está utilizando la última versión de los formularios en el momento de la tramitación, hace falta que cada vez que se tengan que utilizar, los descargéis. Si reutilizáis los documentos para otras ocasiones, puede ocurrir que se presente una versión obsoleta.

    Plazo de solicitud: del 28 de julio al 17 de noviembre de 2015.

    A quién va dirigido

    A empresas medianas y grandes con establecimiento operativo en Cataluña en alguna de las formas jurídicas: sociedad de responsabilidad limitada, sociedad anónima, sociedad laboral y sociedad cooperativa (a los efectos de esta convocatoria, se entiende por mediana o gran empresa la que tiene un volumen de negocio anual superior a 10 millones de euros, o un balance general anual superior a 10 millones de euros).

    Organismo responsable

    Normativa

    Solicitar la ayuda

    Plazos

    El plazo para presentar la solicitud es del 28 de julio al 17 de noviembre de 2015.

    Documentación

    Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:

    1. Memoria técnica del proyecto (adjuntar la memoria en el apartado correspondiente dentro de la aplicación de solicitud en formato pdf y con un máximo de 15MB).
    2. Documento acreditativo de poderes para actuar como representante legal del solicitante, en caso de que éste no esté inscrito en el Registro Mercantil.
    3. Declaración conforme no se ha recibido ni solicitado ninguna otra ayuda para los mismos gastos subvencionables, procedentes de cualquiera de las administraciones o entidades públicas o privadas, nacionales o internacionales.
    4. Si los hay, detalle de las ayudas de minimis recibidas en los dos ejercicios fiscales anteriores y en el ejercicio fiscal en curso, especificando la cuantía, la fecha de concesión y el ente otorgante.
    5. Las personas jurídicas que soliciten una subvención de un importe superior a 10.000 euros deben presentar una declaración responsable que contenga la información relativa a las retribuciones de sus órganos de dirección o administración con la finalidad prevista por el epígrafe c) de la base 10.

    En caso de que alguno de estos documentos ya haya sido presentado en convocatorias anteriores de ACCIÓ, no será necesario presentarlo en esta convocatoria siempre que el solicitante presente una declaración responsable en la que se especifique este documento, la fecha en que se presentó en ACCIÓ y se haga constar que sigue siendo vigente.

    Las declaraciones 3 y 4 forman parte del formulario de solicitud.

    Requisitos

    1. Cumplir las obligaciones tributarias ante el Estado y la Generalidad de Cataluña, así como las obligaciones ante la Seguridad Social, y no tener deudas con ACCIÓ ni con sus empresas participadas.
    2. Cumplir los requisitos establecidos en los artículos 32.1, 32.3 y 36.4 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística.
    3. No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
    4. No haber sido sancionados, en resolución firme, por la comisión de infracción grave en materia de integración laboral de discapacitados, o muy grave en materia de relaciones laborales o en materia de seguridad y salud en el trabajo, durante el año anterior a la convocatoria, de conformidad con el Texto Refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones del orden social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, o, en caso de haber sido sancionados, hayan aplicado las medidas correctoras previstas y abonado las cantidades requeridas por este concepto.
    5. Las empresas con una plantilla igual o superior a 25 trabajadores tienen la obligación, de acuerdo con los agentes sociales, de haber adoptado los medios que utilizan para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo e intervenir en sus centros de trabajo, de acuerdo con la modificación del Texto Refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña realizada por la Ley 5/2008, de 24 de abril, de derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.
    6. Disponer de un sistema de organización y de gestión de la prevención, de acuerdo con la Ley 31/1995, de prevención de riesgos laborales; el Real Decreto 39/1997, de 1 de enero, por el cual se aprueba el Reglamento de los servicios de prevención, así como de acuerdo con las modificaciones posteriores introducidas por la Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales.
    7. Cumplir la obligación de respetar la igualdad de trato y oportunidades en el ámbito laboral y, con esta finalidad, adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre hombres y mujeres.
    8. Cumplir lo que dispone el artículo 92.5 del Texto Refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña en cuanto al cumplimiento de la cuota de reserva para la integración social de los discapacitados establecida por la legislación vigente.
    9. Las entidades privadas a las que se refieren los epígrafes a) y b) del artículo 3.4 de la Ley 19/2014, del 29 de diciembre, deben cumplir con las obligaciones de transparencia del título II de la misma Ley que les sea aplicable.

    El cumplimiento de estos requisitos deberá acreditarse mediante la firma de las declaraciones que incluye el impreso de solicitud de la ayuda. El hecho de presentar estas declaraciones responsables faculta al órgano competente de la Administración a hacer, en cualquier momento, telemáticamente o por otros medios, las comprobaciones por muestreo o exhaustivas necesarias para verificar la conformidad de los datos de estas declaraciones.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Otras informaciones

    Características
    Se ofrecen a las empresas beneficiarias servicios de asesoramiento para la definición e implementación de una aceleradora y/o una incubadora corporativa. Estos servicios serán provistos por ACCIÓ a través de empresas externas especializadas para cada uno de los ámbitos que se contemplan en el proceso de definición e implementación:

    • Definición del modelo.
    • Definición del proceso de dealflow.
    • Estrategia de inversión.
    • Modelo de gobernanza.
    • Integración ecosistema emprendeduría.
    • Aspectos legales.

    La ayuda será del 100% del coste subvencionable. El importe de la ayuda será de hasta un máximo de 30.000 euros.

    Observaciones

    A efectos de esta convocatoria definimos las incubadoras y aceleradoras corporativas como procesos diseñados para apoyar la acogida, selección, acompañamiento y crecimiento, con el fin de asegurar el éxito de nuevos proyectos de emprendimiento, alineados con la estrategia de la empresa consolidada.

    Plazos

    Del28.07.2015al 17.11.2015

    Consultad las condiciciones técnicas necesarias para realitzar trámites en línea en Trámites gencat

    Por internet

    Las solicitudes deben ir dirigidas al/a la consejero/a delegado/a de ACCIÓ.

    Los pasos a seguir son los siguientes:

    1. Ver el manual de instrucciones para instalar, configurar y utilizar la aplicación de solicitud.
    2. Descargar el formulario que se encuentra en este mismo apartado (Aplicación de solicitud).
    3. Rellenar el formulario.
    4. Descargar, rellenar y adjuntar la memoria técnica en el apartado correspondiente dentro de la aplicación de solicitud (en formato pdf y con un máximo de 15MB).
    5. Obtener el código de ACCIÓ (hay que estar conectado a internet), imprimir y firmar el formulario de solicitud.
    6. Consultar la documentación legal que, si procede, se debe presentar.

    Esta posibilidad no excluye la obligación de presentar la solicitud en formato papel, debidamente firmada, junto con el resto de la documentación exigida en el formulario de la solicitud, en cualquiera de las delegaciones territoriales o por correo administrativo.

    Presencialmente


    Puntos de tramitación

    Se debe presentar la solicitud en formato papel, debidamente firmada, junto con el resto de la documentación exigida en el formulario de solicitud a ACCIÓ ya sea presencialmente o por vía administrativa (puede acceder a la aplicación de solicitud desde el apartado 'Por Internet').

    Por correo postal

    Se debe presentar la solicitud en formato papel, debidamente firmada, junto con el resto de la documentación exigida en el formulario de solicitud a ACCIÓ ya sea presencialmente o por vía administrativa (puede acceder a la aplicación de solicitud desde el apartado 'Por Internet').

  • El objeto de la convocatoria Beatriu de Pinós es otorgar 60 ayudas individuales para la contratación e incorporación de personal investigador postdoctoral en el sistema de ciencia y tecnología catalán.

    Todas las universidades, centros de investigación y fundaciones hospitalarias situadas en Cataluña se pueden beneficiar de esta ayuda. Los centros tecnológicos, centros de apoyo a la actividad tecnológica y los centros de difusión tecnológica están excluidos de esta convocatoria.

    Leer más

    Contacto: Bernat Xancó (bxanco@gencat.cat) Teléfono: 93.319.20.20

    Plazo de presentación de solicitudes: desde el 18/10/2016 al 01/12/2016.

    A quién va dirigido

    Requisitos:

    Las personas candidatas tienen que cumplir los requisitos siguientes:

    a) Haber obtenido el título de doctor entre el 1 de enero de 2009 y el 31 de diciembre de 2014 (el periodo de obtención del título de doctorado puede ser del 1 de enero de 2007 al 31 de diciembre de 2014 si se justifica cualquiera de estos supuestos: haber disfrutado de un periodo de baja por maternidad o paternidad; haber tenido a cargo menores de seis años, personas con discapacidad física, psíquica o sensorial, o personas más mayores de 65 años que dependan de la persona beneficiaria y requieran una dedicación especial; haber sufrido una enfermedad grave o un accidente con una baja médica igual o superior a los seis meses).

    b) Tener, en el momento de incorporarse a la entidad receptora, un mínimo de dos años de experiencia posdoctoral fuera del Estado español. Esta experiencia posdoctoral, independientemente del tipo de vinculación, se puede haber llevado a cabo en instituciones diferentes, siempre que el periodo total de estancia posdoctoral sea, como mínimo, de dos años.

    c) No haber residido o no trabajado en el Estado español más de 12 meses en los últimos tres años anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.

    Organismo responsable

    Normativa

    Documentación relacionada

    Trámites relacionados

    Solicitar la ayuda

    Plazos

    Plazo de presentación: del 18 de Octubre al 1 de Diciembre.

    Documentación

    La solicitud consta de dos partes:
    1. Formulario
    2. Anexo al formulario
    En primer lugar, se debe descargar el Formulario en un disco local. El formulario se puede rellenar con los datos generales y guardar tantas veces como sea necesario mientras se trabaja.
    También debe descargar el Anexo al formulario, rellenarlo con la información requerida y convertirlo en formato PDF sin exceder del máximo de hojas indicados en cada apartado.
    Una vez cumplimentado el Formulario y habiendo adjuntado el Anexo al formulario, deberá volver el Apartado Trámites y enviar telemáticamente la solicitud.
    El trámite generará un acuse de recibo que puede descargar como comprobante de haber presentado la solicitud, y que también podrá recibir por correo electrónico si así lo ha señalado en la solicitud.

    Requisitos

    Las personas candidatas deben cumplir los siguientes requisitos:

    a) Haber obtenido el título de doctor entre el 1 de enero de 2009 y el 31 de diciembre de 2014 (se entiende como fecha de obtención del doctorado la fecha de lectura y aprobación de la tesis).

    El periodo de obtención del título de doctorado puede ser del 1 de enero de 2007 al 31 de diciembre de 2014 si se justifica cualquiera de estos supuestos durante este periodo:

    - Haber disfrutado de un periodo de baja por maternidad o paternidad.

    - Haber tenido a cargo a menores de seis años, personas con discapacidad física, psíquica o sensorial, o personas mayores de 65 años que dependan de la persona beneficiaria y requieran una dedicación especial.

    - Haber sufrido una enfermedad grave o un accidente con una baja médica igual o superior a seis meses.

    b) Tener, en el momento de incorporarse a la entidad receptora, un mínimo de dos años de experiencia postdoctoral fuera del Estado español. Esta experiencia postdoctoral, independientemente del tipo de vinculación, se puede haber llevado a cabo en instituciones diferentes, siempre que el periodo total de estancia postdoctoral sea, como mínimo, de dos años.

    c) No haber residido o trabajado en España más de 12 meses en los últimos tres años anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.

    Tasas

    No

    Otras informaciones

    Durada y período

    La ayuda va destinada a subvencionar el gasto contractual generada durante un periodo de dos años.

    Las entidades beneficiarias de las ayudas deben formalizar el contrato de acuerdo con la correspondiente normativa vigente dentro del periodo comprendido entre la fecha de publicación de la resolución de concesión en el tablón electrónico de la Generalidad y el 1 de enero de 2018.

    Atendiendo a las disponibilidades presupuestarias, estas ayudas se podrán renovar por un año más previa presentación de los informes correspondientes y siguiendo las condiciones y requisitos que se establezcan en la convocatoria correspondiente.

    Importe de la ayuda

    El importe de la ayuda para la contratación del personal investigador es de 86.000,00 euros. Esta cantidad financia el coste de cada contrato durante los dos años de la ayuda e incluye la retribución a percibir por el personal investigador, y la cuota patronal de la Seguridad Social.

    La entidad beneficiaria de la ayuda deberá asumir cualquier incremento de los costes contractuales derivado de cualquier incidencia que se produzca.

    La entidad beneficiaria de la ayuda, si lo estima oportuno, puede incrementar el sueldo del personal investigador contratado con fondos propios y hacerse cargo, además, de la cuota patronal de la Seguridad Social correspondiente.

    Adicionalmente, la ayuda cuenta con un importe complementario de 6.000,00 euros dirigido exclusivamente a las acciones que implemente la persona candidata durante el periodo de disfrute del contrato objeto de la ayuda y que debe gestionar la propia entidad beneficiaria.

    Plazos

    Del18.10.2016al 01.12.2016

    Por internet

    El formulario de solicitud y el anexo al formulario de solicitud deben presentarse telemáticamente.
    Una vez enviada la solicitud recibirá el acuse de recibo y no se presentará en papel.

    Consulte las condiciones técnicas necesarias para hacer trámites en linea.

  • El objeto de esta convocatoria es otorgar ayudas para la contratación de personal investigador doctor junior para desarrollar actividades académicas y de investigación en el marco de una universidad pública del sistema universitario catalán.

    Leer más

    Contacto: Bernat Xancó (bxanco@gencat.cat) Teléfono: 93.319.20.20

    Las solicitudes para la renovación de las ayudas PDJ 2014 deben presentarse durante el 10º y 11º mes de contrato.

    A quién va dirigido

    Pueden beneficiarse de esta convocatoria las universidades públicas del sistema universitario catalán que figuran en el anexo 2 de la convocatoria.
    Pueden ser candidatas de estas ayudas las personas que cumplan los siguientes requisitos:
    a) Haber obtenido el título de doctor / a a partir del 1 de enero de 2012 y antes del plazo de presentación de solicitudes. Se entiende como fecha de obtención del título de doctor el día en que el candidato o candidata leyó y defender su tesis doctoral.
    b) Cumplir los requisitos especificados en el anexo 2 para la ayuda a la que se opta.


    Organismo responsable

    Normativa

    Documentación relacionada

    Justificar la renovación de la ayuda

    Plazos

    Las entidades beneficiarias han de justificar la ayuda en el plazo de un mes desde la finalización del contrato objeto de la ayuda, independiente de la cauda que lo motive.

    Documentación

    La documentació a presentar en el registro de la AGAUR es:

    a) Una memoria científico-técnica detallada de consecución de los objetivos propuestos en la solicitud y de cumplimiento de la finalidad de la subvención, firmada por la persona candidata contratada con el visto bueno del profesor/investigador o profesora/investigadora responsable de la solicitud y de la tutela de la actividad académica y de investigación de la persona candidata. Esta memoria deberá seguir el modelo normalizado que podrá encontrarse en la página web de la AGAUR, y deberá incluir una relación de los resultados obtenidos (artículos publicados o aceptados, participación en congresos, patentes, etc.) y deberá presentarse, también, en soporte electrónico.

    b) Un certificado del responsable de departamento y del profesor/investigador o profesora/investigadora responsable de la solicitud, con el visto bueno del vicerrector o vicerrectora competente en la materia y del representante legal de la entidad beneficiaria, que acredite el trabajo académico y el proyecto de investigación desarrollado y las fechas en las que se ha llevado a cabo.

    c) Una certificación del coste de contratación de la persona candidata durante el periodo de la ayuda, con la firma del representante legal de la entidad beneficiaria de la ayuda.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite

    Presencialmente

    Justificar la ayuda

    Plazos

    Las entidades beneficiarias deberán justificar la ayuda en el plazo de un mes desde la fecha de finalización del contrato objeto de la ayuda, independientemente de la causa que lo motive.

    Documentación

    Documentación a presentar:

    a) Una memoria científico-técnica detallada de consecución de los objetivos propuestos en la solicitud, firmada por la persona candidata contratada con el visto bueno del profesor / investigador o profesora / investigadora responsable de la solicitud y de la tutela de la actividad académica y de búsqueda de la persona candidata. Esta memoria debe seguir el modelo normalizado que se puede encontrar en la página web de la AGAUR, incluirá una relación de los resultados obtenidos (artículos publicados o aceptados, participación en congresos, patentes, etc.) y se presentar, también, en soporte electrónico.

    b) Un certificado del jefe de departamento y del profesor / investigador o profesora / investigadora responsable de la solicitud, con el visto bueno del vicerrector competente en la materia, y del representante legal de la entidad beneficiaria, que acredite el trabajo académico y el proyecto de investigación desarrollado y las fechas en que se ha llevado a cabo.

    c) Una certificación del coste de contratación de la persona candidata durante el periodo de la ayuda, expedida por la gerencia o por el órgano económico responsable de la entidad beneficiaria de la ayuda.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Descargar el documento normalizado, rellenar y firmar convenientemente.
    Puede presentar la documentación justificativa en el registro de la AGAUR (Paseo Lluís Companys, 23 - 08010 - Barcelona) bien presencialmente, por mensajero, vía postal a través de Correos o por alguna de las vías previstas en el artículo 38.4 de la ley 30 / 92 de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común o de los registros oficiales de la Generalitat.

    Presencialmente

Cinco Días
Expansión
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Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.