Resolución extrajudicial de conflictos cooperativos: conciliación

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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La conciliación cooperativa responde a situaciones en que las partes enfrentadas no se ponen de acuerdo en la solución más adecuada y deciden encomendar a un tercero la solución del conflicto.
El objetivo es aproximar a las dos partes opuestas.
En el acto de conciliación, las partes comparecen y presentan sus alegaciones ante la persona conciliadora y ésta emite una propuesta de resolución (o varias) que, si es aceptada por ambas partes, las vincula y, por tanto, es de cumplimiento obligatorio y puede ser reclamada ante los juzgados.

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Para garantizar que se está utilizando la última versión de los formularios en el momento de la tramitación, hace falta que cada vez que se tengan que utilizar, los descarguéis. Si reutilizáis los documentos para otras ocasiones, puede pasar que se presente una versión obsoleta.

A quién va dirigido

  • A socios/as de cooperativas.
  • A cooperativas.
  • A federaciones de cooperativas.
  • A confederaciones de cooperativas.

Organismo responsable

Normativa

Presentar una demanda de conciliación

Plazos

La demanda de conciliación se puede presentar en cualquier momento.

Requisitos

La cooperativa o federación debe estar inscrita en el Registro General de Cooperativas de Cataluña.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Otras informaciones

  1. La conciliación tiene carácter gratuito.
  2. Los/las conciliadores/as son personas funcionarias adscritas al departamento competente en materia cooperativa y con formación específica en gestión de conflictos.
  3. Los acuerdos adoptados en el acto de conciliación se recogen en el acta de avenencia y vinculan a las partes implicadas. Si no se cumplen, pueden ser reclamados en la ejecución de la sentencia, en los términos previstos por las leyes.
  4. La incomparecencia de una de las partes implicadas en el acto de conciliación significa la emisión de un acta de conciliación sin efecto.
  5. Si las dos partes comparecen se celebra el acto. Una vez aceptadas, rechazadas o modificadas las propuestas por las partes, éste finaliza con avenencia o sin avenencia.
  6. Tríptico sobre la conciliación, la mediación y el arbitraje cooperativos.

Tramitación

  1. Para iniciar un proceso de conciliación a presentar una demanda al Consejo Superior de Cooperación o en los Servicios Territoriales del Departamento, órganos competentes en materia de conciliación cooperativa.
  2. La demanda debe incluir:
    • Los datos de la persona demandante y de la demandada.
    • Las pretensiones de la parte demandante y documentación que considere procedente.
    • La solicitud o petición expresa de que la persona conciliadora emita una propuesta de resolución del conflicto.
  3. Una vez recibida la demanda, el Consejo Superior de la Cooperación designa a la persona conciliadora y fija, dentro del plazo máximo de un mes, el día y la hora del acto de conciliación, que serán notificados a las partes.
  4. El acto de conciliación se celebra en el domicilio del Consejo Superior de la Cooperación, ubicado en Barcelona, o bien, a petición de cualquiera de las partes, en la sede correspondiente del servicio territorial del departamento competente en materia de cooperativas por razón del domicilio social de la parte demandada.
  5. La incomparecencia de todas las partes implicadas en el acto de conciliación supone el archivo definitivo del expediente.

Presencialmente


Puntos de tramitación

Oficinas de la administración

Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)

Otros Jardins de Les Dones de Negre 1, 08930, Sant Adrià de Besòs

Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya

Calle Provença 339, 08037, Barcelona

Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)

Avenida Dr. Josep Laporte 2, 43204, Reus

Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)

Calle Mallorca 272, 08037, Barcelona

Tel. 932723100

Consorci Hospitalari de Vic

Calle Francesc Pla, el Vigatà 1, 08500, Vic

Tel. 938891111

Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)

Calle Rosselló 132, 08036, Barcelona

Tel. 932275706

Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)

Calle Rosselló 149-153, 08036, Barcelona

Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)

Carrer Girona 20, 08010, Barcelona

Consorci del Parc Fluvial del Llobregat

Otros Torre de L'Amo de Viladomiu Nou s/n, 08680, Gironella

Tel. 938250689

Cataluña Radio

Avinguda Diagonal 614-616, 08021, Barcelona

Institut Català de Ciències del Clima (IC3)

Calle Doctor Trueta 203, 08005, Barcelona

Autoritat Territorial de la Mobilitat (ATM). Àrea de Girona

Plaza Pompeu Fabra 1, 17002, Girona

Tel. 902627781

Cinco Días
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