Programa piloto de formación profesional "Aprendiendo y trabajando"

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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El programa piloto "Aprendiendo y trabajando" del Servicio Público de Empleo de Cataluña, facilita a las empresas la gestión y la impartición de los contenidos formativos de los contratos para la formación y el aprendizaje, en el marco del sistema de formación profesional para el empleo, facilitando la calificación profesional de las personas trabajadoras mediante la obtención de certificados de profesionalidad que imparten los centros de formación acreditados por el Servicio Público de Empleo de Cataluña.

Los proyectos de formación profesional "Aprendiendo y trabajando" tienen que ser presentados por una entidad promotora y se pueden componer de dos líneas de subvención:

  1. Acciones de apoyo, coordinación, tutoría y seguimiento al desarrollo de los proyectos mediante la subvención de los gastos de la contratación del personal técnico, tanto del personal propio como contratado específicamente.
  2. Iniciativas formativas mixtas de formación y empleo compuestas por el contrato de trabajo para la formación y aprendizaje, regulado por el Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, y despliegue normativo posterior, y la actividad formativa para la obtención de un certificado de profesionalidad.
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Plazo: del 28 de junio al 15 de octubre de 2014

A quién va dirigido

A las organizaciones empresariales sectoriales o intersectoriales, a los centros de formación profesional, a las empresas y a las entidades locales o los organismos dependientes de éstas con competencias en políticas activas de empleo.

Las entidades que pueden solicitar subvenciones para la línea de apoyo, coordinación, tutoría y seguimiento al desarrollo del proyecto son las organizaciones empresariales, sectoriales o intersectoriales.

Las entidades que pueden solicitar subvenciones para la línea de iniciativas formativas mixtas de formación y empleo, son los centros de formación que desarrollarán las acciones formativas, siempre que éstos estén acreditados por el Servicio Público de Empleo de Cataluña a la correspondiente especialidad formativa.

Organismo responsable

Normativa

Documentación relacionada

Solicitar la subvención

Plazos

El plazo para presentar la solicitud es del 28 de junio al 15 de octubre de 2014, incluido.

El plazo para ejecutar el proyecto es desde el día de la notificación de la resolución de aprobación del proyecto hasta el 15 de diciembre de 2015.

Documentación

Documentación que se deb adjuntar a la solicitud:

  1. Memoria del Proyecto con el contenido establecido en la base 10.1 de la Orden EMO/193/2014, de 23 de junio.
  2. Solicitud responsable de cumplimiento de requisitos.
  3. Si no se ha presentado con anterioridad en el SOC o se quieren modificar los datos, hoja de domiciliación bancaria, según modelo del Departamento de la Vicepresidencia y de Economía y Hacienda.
  4. Las entidades que contraten la docencia a un servicio externo, el contrato o convenio de colaboración de acuerdo con los contenidos mínimos establecidos en el Anexo 4 de la Orden. Si el contrato o convenio no está todavía firmado por las dos partes, a la espera del otorgamiento de la subvención, se puede presentar un preacuerdo o documento proforma, con los mismos contenidos mínimos, a fin de que el Servicio Público de Empleo de Cataluña lo pueda valorar. Además, también tienen que presentar el documento G146NFO-323 - Declaraciones responsables de la empresa subcontratada.

Los formularios que las entidades tienen que presentar para poder solicitar la subvención son:

  1. G146NAPRE-001: solicitud de aprobación del proyecto de formación profesional "Aprendiendo y trabajando" y de subvención para la realización de la acción de apoyo, coordinación, tutoría y seguimiento al proyecto.
  2. G146NAPRE-002: proyecto de formación profesional del programa piloto "Aprendiendo y trabajando".
  3. G146NAPRE-003: contenido de la formación complementaria del programa piloto "Aprendiendo y trabajando".
  4. G146NAPRE-004: relación nominal de las personas participantes.

Requisitos

Las entidades participantes deben cumplir los requisitos siguientes:

  1. Dar ocupación, en el caso de empresas públicas o privadas con 50 personas trabajadoras o más, al menos a un 2% de trabajadores/as con discapacidad sobre el número total de trabajadores/as de la entidad, o bien aplicar las medidas alternativas de acuerdo con lo que disponen el artículo 42 del Real Decreto legislativo 1/2013 de 29 de noviembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley general de derecho de las personas con discapacidades y de su inclusión social (BOE nº. 289, de 3/12/2013), el Real decreto 364/2005, de 8 de abril (BOE nº. 94 de 20/4/2005), el Decreto 322/2011, de 19 de abril (DOGC nº. 5864, de 21/04/2011).
  2. Cumplir las obligaciones tributarias ante el Estado y la Generalitat y las obligaciones ante la Seguridad Social. Este cumplimiento se tendrá que mantener a lo largo de todo el procedimiento: en el momento de presentación de solicitud, previo a la resolución de otorgamiento y antes de recibir cualquier pago.
  3. No encontrarse en ninguna de las circunstancias que prevé el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE nº. 276, de 18/11/2003).
  4. Disponer, de acuerdo con los agentes sociales, los medios que utilizan para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo y de intervenir en sus centros de trabajo. Este requisito sólo es aplicable en el caso de empresas con una plantilla igual o superior a 25 personas.
  5. Cumplir los requisitos establecidos en los artículos 32.1, 32.3 y 36.4 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística (DOGC nº. 2553, de 07/01/1998).
  6. No haber sido sancionada, en resolución firme, por la comisión de infracción grave en materia de integración laboral de discapacitados, o muy grave en materia de relaciones laborales o en materia de seguridad y salud en el trabajo, de conformidad con el Texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones en el orden social, aprobado por el Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
  7. Cumplir las obligaciones y no incurrir en los supuestos de prohibición establecidos en los artículos 90.bis y 92.bis del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña (DOGC nº. 3791ª, de 31/12/2002).
  8. Acreditar que disponen de un sistema de organización y de gestión de la prevención, de acuerdo con la Ley 31/1995, de prevención de riesgos laborales; el Real decreto 39/1997, de 17 de enero, por el cual se aprueba el Reglamento de los servicios de prevención, así como de acuerdo con las modificaciones posteriores introducidas por la Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales.
  9. Cumplir la obligación de respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral y, con esta finalidad, adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre hombres y mujeres. En el caso de las empresas de más de 250 personas trabajadoras, éstas tendrán que elaborar y aplicar con carácter obligatorio un Plan de Igualdad, de acuerdo con lo que establece el artículo 45 de la Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, por la igualdad efectiva entre hombres y mujeres (BOE nº. 71, de 23/3/2007).
  10. En caso de que no corresponda o no se solicite subvención para acciones de apoyo, coordinación, tutoría y seguimiento, la entidad tendrá que acreditar disponer de recursos humanos para desarrollar estas tareas.
  11. Cumplir los requisitos específicos que se determinan en esta Orden y cumplir cualquier otra obligación legal o reglamentaria que pueda afectarlas.

Con respecto a la documentación correspondiente al centro de formación incluido en el proyecto formación profesional "Aprendiendo y trabajando", además, se tendrá que acreditar:

  • Estar de alta en el Registro de centros y entidades de formación del Servicio Público de Empleo de Cataluña, y en el Fichero de especialidades formativas del Servicio de Empleo de Cataluña y estar acreditado para el certificado de profesionalidad que se quiere impartir en las direcciones en que se quiera impartir la formación.
  • Disponer de los medios técnicos, humanos y materiales necesarios para realizar funciones de programación, coordinación y control interno de la acción formativa.
  • Disponer del documento acreditativo de la entidad que imparta la formación de la solidez del inmueble o inmuebles donde se impartirán las acciones, expedido/s y visado/s como máximo con una anterioridad de 4 años al inicio de las acciones formativas.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Plazos

Del28.06.2014al 15.10.2014

Presencialmente


Puntos de tramitación

Las entidades beneficiarias tienen que presentar los proyectos de formación profesional según el modelo normalizado en las oficinas de gestión empresarial. La acción formativa, que compone el proyecto, se tendrá que gestionar mediante la aplicación GIA. Esta aplicación está disponible para las entidades formadoras acreditadas por el Servicio de Empleo de Cataluña en la página web.

La presentación de los proyectos también se puede realizar de acuerdo con los supuestos que prevé el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.


Oficinas de la administración

Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)

Otros Jardins de Les Dones de Negre 1, 08930, Sant Adrià de Besòs

Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya

Calle Provença 339, 08037, Barcelona

Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)

Avenida Dr. Josep Laporte 2, 43204, Reus

Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)

Calle Mallorca 272, 08037, Barcelona

Tel. 932723100

Consorci Hospitalari de Vic

Calle Francesc Pla, el Vigatà 1, 08500, Vic

Tel. 938891111

Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)

Calle Rosselló 132, 08036, Barcelona

Tel. 932275706

Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)

Calle Rosselló 149-153, 08036, Barcelona

Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)

Carrer Girona 20, 08010, Barcelona

Consorci del Parc Fluvial del Llobregat

Otros Torre de L'Amo de Viladomiu Nou s/n, 08680, Gironella

Tel. 938250689

Cataluña Radio

Avinguda Diagonal 614-616, 08021, Barcelona

Institut Català de Ciències del Clima (IC3)

Calle Doctor Trueta 203, 08005, Barcelona

Autoritat Territorial de la Mobilitat (ATM). Àrea de Girona

Plaza Pompeu Fabra 1, 17002, Girona

Tel. 902627781

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