Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM): Exención vehículos para personas de movilidad reducida o matriculado a nombre de persona con discapacidad para su uso exclusivo.
DESCRIPCIÓN
- Estarán exentos del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, los vehículos para personas de movilidad reducida a que se refiere la letra A del anexo II del Reglamento General de Vehículos, aprobado por Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre (vehículo cuya tara no sea superior a 350 kg y que, por construcción, no puede alcanzar en llano una velocidad superior a 45 km/h, proyectado y construido especialmente, y no meramente adaptado, para el uso de personas con alguna disfunción o incapacidad física, equiparándoseles, en cuanto al resto de sus características técnicas, a los ciclomotores de tres ruedas).
- Asimismo, están exentos los vehículos matriculados a nombre de minusválidos para su uso exclusivo, aplicándose esta exención, en tanto se mantengan dichas circunstancias, tanto a los vehículos conducidos por personas con discapacidad como a los destinados a su transporte.
- Las exenciones citadas en los dos párrafos anteriores no resultarán aplicables a los sujetos pasivos beneficiarios de las mismas por más de un vehículo simultáneamente. Se considerarán, a estos efectos, personas con minusvalía quienes tengan esta condición legal en grado igual o superior al 33%.
Dirigido a Personas Físicas, Personas con Discapacidad
Requisitos
Las exenciones citadas anteriormente, no resultarán aplicables a los sujetos pasivos beneficiarios de las mismas por más de un vehículo simultáneamente. Se considerarán, a estos efectos, personas con minusvalía quienes tengan esta condición legal en grado igual o superior al 33 por 100.
Plazo Resolución
Si se solicita previamente a la matriculación, producirá efectos en el ejercicio de ésta. Si la solicitud es posterior los efectos serán para el ejercicio siguiente.
FORMAS DE TRAMITACIÓN
Presencial
PROCESO:
Para poder aplicar las exenciones mencionadas, los interesados deberán instar su concesión indicando las características del vehículo, su matrícula y la causa del beneficio.
DOCUMENTACIÓN:
Los interesados deberán acompañar a su solicitud los siguientes documentos:
- Original del Permiso de Conducción (carnet de conducir) del beneficiario/a o del conductor/a habitual del vehículo.
- Original del Permiso de Circulación
- Original y Fotocopia de la Resolución del reconocimiento de discapacidad en grado igual o superior al 33% emitido por el Instituto Aragonés de Servicios Sociales.
- Impreso de Solicitud debidamente cumplimentado y rubricado.
LUGAR DE PRESENTACIÓN:
Unidad Técnica de Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica
Vía Hispanidad, 20, Planta B - Zaragoza 50071
- Tfno: 976 724565, 4563
- Fax: 976 721766
- Horario: Atención al púbico de 8,30 a 13 h.
Impresos relacionados
- Modelo de Representación para actuaciones relativas a la Gestión de Tributos Municipales (documento pdf)
- Solicitud de Exención de Vehículo para Personas de Movilidad Reducida o de Vehículo matriculado a nombre de Discapacitado/a para su uso exclusivo. (documento pdf)
Órgano Gestor
Unidad Técnica de Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica
Vía Hispanidad, 20, Planta B - Zaragoza 50071
- Tfno: 976 724565, 4563
- Fax: 976 721766
- Horario: Atención al púbico de 8,30 a 13 h.
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
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Antonio Leyva, 87, Zaragoza
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Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
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