Expediente contradictorio de ruina

Actualizado el 21 de mayo de 2020
Ver en la web de la administración

Declaración que hace el Ayuntamiento ya sea de oficio o a instancia de cualquier interesado del estado ruinoso de un edificio.

Se concede:

  • Cuando el coste de las obras que se deban hacer para su conservación sea superior al 50% del valor actual del edificio o plantas afectadas, excluido el valor del suelo.
  • Cuando el edificio presente un deterioro grave de sus elementos estructurales o fundamentales.
  • Cuando se deban hacer obras que no pueden ser autorizadas por encontrarse el edificio en situación de fuera de ordenación.

Este documento es necesario para poder derribar un edificio cuando ha sido calificado como ruinoso.

¿Qué puede hacer?

Puede finalizar el trámite por internet: rellenar el formulario de solicitud, adjuntar la documentación necesaria y presentarlo todo en el registro telemático del Ayuntamiento de Barcelona.

¿Qué necesita saber?

¿Cómo se hace el trámite?

El formulario le pedirá que se identifique con un certificado digital y que utilice la firma electrónica para presentar la solicitud en el registro telemático. Consúltese la lista de certificados digitales aceptados en este portal y los componentes técnicos que requiere la firma electrónica.

  1. Rellene el formulario.

  2. Adjunte los archivos o ficheros de la documentación necesaria para el trámite. Consulte las condiciones que tienen que cumplir los documentos electrónicos para que se acepten en este portal y el modo de generarlos.

  3. Confirme los datos y firme la solicitud para presentarla en el registro telemático.

Después

Los Servicios Técnicos tramitan el expediente y, si es el caso, expiden la calificación de ruina y notifican al interesado la resolución del expediente.

¿Quién lo puede pedir?

La persona propietaria del edificio.

Documentación

Recuerde que deberá tener la documentación preparada en archivos o ficheros para adjuntarla al formulario.

Para hacer el trámite es necesario aportar esta documentación:

  • Relación de los ocupantes del edificio
  • Justificación de la propiedad del edificio
  • Certificación expedida por un arquitecto, con justificación de la causa por la que se solicita la ruina, el estado físico del inmueble y si reúne condiciones de habitabilidad y seguridad para permitir la permanencia de los ocupantes.

Precio

    Año 2016:

    • Tasa: 2.456,78 euros

Organismo responsable


Oficinas de la administración

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE SANT ANDREU

Calle Segre, 24*32, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DE LA PLAÇA SANT MIQUEL

Plaza Sant Miquel, 3, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE NOU BARRIS

Plaza Major de Nou Barris, 1, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE SANTS-MONTJUÏC

Creu Coberta, 104, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DE GARCILASO

Calle Garcilaso, 103, Barcelona

Tel. 010

DEPARTAMENT D'INFORMACIÓ I DOCUMENTACIÓ - OFICINA D'INFORMACIÓ URBANÍSTICA

Avenida Diagonal, 230, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE GRÀCIA

Plaza Vila de Gràcia, 2, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE L'EIXAMPLE

Calle Aragó, 328, Barcelona

Tel. 010

BIBLIOTEQUES DE BARCELONA

Calle la Rambla, 99, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE CIUTAT VELLA

Calle Ramelleres, 17, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DE LA MARINA

Pg Zona Franca, 185*219, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE SANT MARTÍ

Plaza Valentí Almirall, 1, Barcelona

Tel. 010

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