Cédula de habitabilidad de primera y segunda ocupación

Actualizado el 21 de mayo de 2020
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La cédula de habitabilidad es el documento que acredita que una vivienda cumple los requisitos de habitabilidad y solidez fijados por Decreto y que es apta para ser destinada a residencia humana.

Es obligatoria para:

  • Alquilar y vender una vivienda
  • Contratar los servicios de agua, gas y electricidad en las compañías suministradoras correspondientes.

Hay dos tipos de cédula de habitabilidad:

  • De primera ocupación: para viviendas nuevas o como resultado de una gran rehabilitación
  • De segunda ocupación: para vivienda usada o preexistente.

En el caso de no poder obtener la cédula puede consultar el trámite Certificado de condiciones de habitabilidad de edificios y viviendas

¿Qué puede hacer?

Puede solicitar la cédula de habitabilidad de la vivienda.

¿Qué necesita saber?

¿Cómo se hace el trámite?

Puede presentar la documentación requerida ante cualquier Oficina de la Vivienda de Barcelona, preferentemente con cita previa*.

En el momento de presentar la solicitud será entregada la carta de pago que deberá hacerse efectiva en las entidades bancarias que se indiquen.

Los técnicos podrán presentar la solicitud telemáticamente a través de su colegio profesional.

* Puede solicitar cita previa por internet a través de la página de trámites o por el Teléfono de Información y Trámites del Ayuntamiento de Barcelona.

Después

En el plazo de 30 días hábiles podrá pasar a recoger la cédula en cualquier oficina de la vivienda de Barcelona, preferentemente con cita previa*, siempre que se haya hecho efectivo el pago de la tasa correspondiente.

Así mismo, en caso de no pasar a recoger la cédula, esta será enviada por correo ordinario al interesado.

* Puede solicitar cita previa por internet a través de la página de trámites o al Teléfono de Información y Trámites del Ayuntamiento de Barcelona.

¿Quién lo puede pedir?

En todos los casos:

  • La persona propietaria de la vivienda.
  • Representante de la persona propietaria debidamente autorizada.

Para duplicados de las cédulas:

  • La persona propietaria de la vivienda.
  • La persona arrendataria de la vivienda.
  • Representante de la persona propietaria o arrendataria debidamente autorizada.

Documentación

Documentación genérica a presentar en todos los casos:

  • Impreso de solicitud normalizado.
  • DNI/NIE de la persona propietaria, si es el caso.
  • DNI/NIE de la persona arrendataria, si es el caso.
  • DNI/NIE de la persona representante, si es el caso.

Viviendas de nueva edificación:

  • Licencia de obras o documento equivalente.
  • Original del certificado final de obra y habitabilidad, firmado por el personal técnico competente y visado por el colegio profesional correspondiente.
  • Original del certificado del cumplimiento del control de calidad (realizado por el técnico, aparejador que haya realizado la obra).
  • Licencia municipal de primera ocupación o la solicitud de esta.

Cambio de uso de un local a una vivienda:

  • Certificado de final de obra y de habitabilidad realizado por un arquitecto, arquitecto técnico o aparejador de las obras.
  • Licencia municipal de obras, autorizando el cambio de uso.
  • Licencia municipal de primera ocupación.

Caso de subdivisión de una vivienda existente:

  • La vivienda tiene cocina y puerta de acceso: debe tramitar la cédula como si se tratase de una vivienda usada.
  • La vivienda no tiene cocina ni puerta de acceso: debe tramitar la cédula como vivienda nueva o resultante de una rehabilitación.

Viviendas usadas:

  • Certificado emitido por un técnico (aparejador o arquitecto) conforme la vivienda cumple los niveles de viviendas exigidos. Este certificado incluye el impreso de solicitud normalizado.

Puede solicitar un duplicado de la cédula de habitabilidad mientras esta esté vigente:

  • Escritura de compra-venta (en caso de solicitarlo el propietario).
  • Contrato de alquiler vigente (en caso de solicitarlo el arrendatario).
    • 3 últimos recibos de alquiler pagados.

¿Dónde se puede hacer?

Fechas

Primera ocupación: caduca a los 25 años.

Primera ocupación por rehabilitación: caduca a los 15 años.

Segunda ocupación: caduca a los 15 años.

Transcurrido este plazo deben tramitarse nuevamente.

Precio

    Cédula de habitabilidad nueva ocupación / primera ocupaciónprecio
    Cédula de 1 vivienda nueva39,00 euros
    Cédula de 2 a 5 viviendas nuevas (por cada vivienda)24,00 euros
    Cédula de 6 o más viviendas nuevas (por cada vivienda)18,00 euros
    Cédula de habitabilidad de viviendas usadas / segunda ocupación
    Cédula por cada vivienda usada 18,00 euros
    Duplicado cédula de primera o segunda ocupacióngratuito

    Bonificación: 30% del importe en el caso de realizarse el pago por internet.

Organismo responsable


Oficinas de la administración

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Calle Segre, 24*32, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DE LA PLAÇA SANT MIQUEL

Plaza Sant Miquel, 3, Barcelona

Tel. 010

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Plaza Major de Nou Barris, 1, Barcelona

Tel. 010

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Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DE GARCILASO

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Avenida Diagonal, 230, Barcelona

Tel. 010

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Tel. 010

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Calle Aragó, 328, Barcelona

Tel. 010

BIBLIOTEQUES DE BARCELONA

Calle la Rambla, 99, Barcelona

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